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<blockquote data-quote="Yelmo58" data-source="post: 3534140" data-attributes="member: 6442"><p><em><strong>Reglamento relativo a las leyes y costumbres de la guerra terrestre (H.IV.R)</strong></em></p><p><em>Art. 10. Los prisioneros de guerra pueden ponerse en libertad bajo palabra si las leyes de su país los autorizan para esto, y en ese caso están obligados, bajo la garantía de su honor personal, a cumplir escrupulosamente, tanto respecto de su propio Gobierno como de aquel que los ha hecho prisioneros, los compromisos que hayan contraído.</em></p><p><em></em></p><p><em>En el mismo caso su propio Gobierno está obligado a no exigir ni a aceptar de ellos servicio alguno contrario a la palabra empeñada.</em></p><p><em></em></p><p><em> Art. 11. Un prisionero de guerra no puede ser compelido a aceptar su libertad bajo palabra, como tampoco el Gobierno enemigo está obligado a acceder a la petición del prisionero que solicite su libertad bajo palabra.</em></p><p><em></em></p><p><em> Art. 12. Todo prisionero de guerra puesto en libertad bajo palabra y que fuere reaprehendido en armas contra el Gobierno con el cual se había comprometido bajo su honor, o contra los aliados de éste </em><strong><em>pierde el derecho al tratamiento de los prisioneros de guerra y puede ser llamado ante los Tribunales.</em></strong></p><p></p><p>En Argentina, era delito militar, aceptar la libertad bajo palabra</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Yelmo58, post: 3534140, member: 6442"] [I][B]Reglamento relativo a las leyes y costumbres de la guerra terrestre (H.IV.R)[/B] Art. 10. Los prisioneros de guerra pueden ponerse en libertad bajo palabra si las leyes de su país los autorizan para esto, y en ese caso están obligados, bajo la garantía de su honor personal, a cumplir escrupulosamente, tanto respecto de su propio Gobierno como de aquel que los ha hecho prisioneros, los compromisos que hayan contraído. En el mismo caso su propio Gobierno está obligado a no exigir ni a aceptar de ellos servicio alguno contrario a la palabra empeñada. Art. 11. Un prisionero de guerra no puede ser compelido a aceptar su libertad bajo palabra, como tampoco el Gobierno enemigo está obligado a acceder a la petición del prisionero que solicite su libertad bajo palabra. Art. 12. Todo prisionero de guerra puesto en libertad bajo palabra y que fuere reaprehendido en armas contra el Gobierno con el cual se había comprometido bajo su honor, o contra los aliados de éste [/I][B][I]pierde el derecho al tratamiento de los prisioneros de guerra y puede ser llamado ante los Tribunales.[/I][/B] En Argentina, era delito militar, aceptar la libertad bajo palabra [/QUOTE]
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Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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