Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Fuerzas Navales
Tecnologías, Tácticas y Sistemas Navales
OPV-87 "ARA Bouchard"
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="Merchant Marine one" data-source="post: 2896082" data-attributes="member: 13119"><p>La depredación existe , pero lamentablemente es legal , ya que es la Secretaría de Pesca la que otorga las cuotas de las diferentes especies a capturar.</p><p></p><p>Lo hace con asesoramiento técnico del INIDEP ( Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero).</p><p></p><p>No tengo nada que decir del INIDEP , todo lo contrario , sé que trabajan en excelentísima forma , un íntimo amigo mío es biólogo marino y allí desarrolla sus actividades.</p><p></p><p>Pero.......a ver:</p><p></p><p>Una cosa es la recomendación técnica del INIDEP , otra es la presión ejercida por los Armadore$ pesquero$ a la Secretaría de Pesca ( perdón , quise escribir Armadores pesqueros ) , y otra es la presión ejercida por la Empresa Armadora ( y por qué no por el capitán de pesca del buque ) , al Inspector de Pesca que por ley debe estar embarcado.</p><p></p><p>Entonces..........INIDEP recomienda una cuota anual de , pongamos , 10.000 toneladas de calamar.</p><p></p><p>Secretaría de Pesca autoriza unas 12.500 toneladas.</p><p></p><p>El Inspector de Pesca sabe que el buque está autorizado a traer 180 toneladas de calamar , que , ejem , en la práctica son 230 toneladas......porqué? </p><p>porque SÏ............porque sino el buque podría llegar a traer 230 toneladas y un tripulante menos.</p><p></p><p>Eso es una barbaridad?? Claramente.</p><p></p><p>Resumiendo , existen una serie , una larguísima serie de " irregularidades " que hacen que el número de toneladas pescadas sea mucho mayor a la declarada.</p><p></p><p>En muy poquitas palabras , ves una flota de 100 poteros?</p><p></p><p>Quedate tranquilo que allí hay 90 autorizados , y 10 extranjeros y piratas.</p><p></p><p>Por razones más que obvias no voy a nombrar empresas o buques poteros donde navegué como Jefe de Máquinas , pero todos cumplían al pie de la letra con lo normado por la Ley de Navegación , el REFOCAPEMM ( Régimen de Formación y Capacitación del personal Embarcado de la Marina Mercante ).</p><p></p><p>1. Obligación de tomar puerto argentino para desembarco de carga refrigerada.</p><p>2. Obligación de empleo de personal de puerto de nacionalidad argentina.</p><p>3. Obligación de cargar combustible producido y distribuido en el país.</p><p>4. Obligación de cargar provisiones y suministros en el puerto de descarga.</p><p>5. En caso de buques de bandera extranjera , obligación de embarcar los oficiales de nacionalidad argentina , Capitán , Jefe de Máquinas y los 2 primeros oficiales , cubierta y máquinas.</p><p>6. Un porcentaje del personal subalterno debe también ser argentino.</p><p>7. Obligación de embarcar un Inspector de Pesca</p><p></p><p></p><p>Bueno...........todo lo anterior , simplemente para que no se crean el cuento de que una flota china de poteros blancos llega a piratear en el Mar Argentino , porque no es así.</p><p></p><p>Llegan barcos extranjeros y pescan sin permiso? claramente , lo hacen en todos los océanos del mundo.</p><p></p><p>Las flotas de poteros sobrevoladas por los aviones navales argentinos son ilegales?</p><p>De ninguna manera.</p><p></p><p>Reitero los porcentajes , poteros piratas , 1 de cada 10.</p><p></p><p>Diferencias con otras naciones??</p><p></p><p>Claro!! Tratá de pescar ilegalmente en aguas chilenas , peruanas , brasileñas, colombianas, venezolanas , estadounidenses o canadienses!</p><p>El primer tiro de 3" salido de un Oto Melara va derecho a la línea de flotación , altura sala de máquinas.</p><p></p><p></p><p>abrazos......</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Merchant Marine one, post: 2896082, member: 13119"] La depredación existe , pero lamentablemente es legal , ya que es la Secretaría de Pesca la que otorga las cuotas de las diferentes especies a capturar. Lo hace con asesoramiento técnico del INIDEP ( Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero). No tengo nada que decir del INIDEP , todo lo contrario , sé que trabajan en excelentísima forma , un íntimo amigo mío es biólogo marino y allí desarrolla sus actividades. Pero.......a ver: Una cosa es la recomendación técnica del INIDEP , otra es la presión ejercida por los Armadore$ pesquero$ a la Secretaría de Pesca ( perdón , quise escribir Armadores pesqueros ) , y otra es la presión ejercida por la Empresa Armadora ( y por qué no por el capitán de pesca del buque ) , al Inspector de Pesca que por ley debe estar embarcado. Entonces..........INIDEP recomienda una cuota anual de , pongamos , 10.000 toneladas de calamar. Secretaría de Pesca autoriza unas 12.500 toneladas. El Inspector de Pesca sabe que el buque está autorizado a traer 180 toneladas de calamar , que , ejem , en la práctica son 230 toneladas......porqué? porque SÏ............porque sino el buque podría llegar a traer 230 toneladas y un tripulante menos. Eso es una barbaridad?? Claramente. Resumiendo , existen una serie , una larguísima serie de " irregularidades " que hacen que el número de toneladas pescadas sea mucho mayor a la declarada. En muy poquitas palabras , ves una flota de 100 poteros? Quedate tranquilo que allí hay 90 autorizados , y 10 extranjeros y piratas. Por razones más que obvias no voy a nombrar empresas o buques poteros donde navegué como Jefe de Máquinas , pero todos cumplían al pie de la letra con lo normado por la Ley de Navegación , el REFOCAPEMM ( Régimen de Formación y Capacitación del personal Embarcado de la Marina Mercante ). 1. Obligación de tomar puerto argentino para desembarco de carga refrigerada. 2. Obligación de empleo de personal de puerto de nacionalidad argentina. 3. Obligación de cargar combustible producido y distribuido en el país. 4. Obligación de cargar provisiones y suministros en el puerto de descarga. 5. En caso de buques de bandera extranjera , obligación de embarcar los oficiales de nacionalidad argentina , Capitán , Jefe de Máquinas y los 2 primeros oficiales , cubierta y máquinas. 6. Un porcentaje del personal subalterno debe también ser argentino. 7. Obligación de embarcar un Inspector de Pesca Bueno...........todo lo anterior , simplemente para que no se crean el cuento de que una flota china de poteros blancos llega a piratear en el Mar Argentino , porque no es así. Llegan barcos extranjeros y pescan sin permiso? claramente , lo hacen en todos los océanos del mundo. Las flotas de poteros sobrevoladas por los aviones navales argentinos son ilegales? De ninguna manera. Reitero los porcentajes , poteros piratas , 1 de cada 10. Diferencias con otras naciones?? Claro!! Tratá de pescar ilegalmente en aguas chilenas , peruanas , brasileñas, colombianas, venezolanas , estadounidenses o canadienses! El primer tiro de 3" salido de un Oto Melara va derecho a la línea de flotación , altura sala de máquinas. abrazos...... [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Libertador de Argentina
Responder
Inicio
Foros
Fuerzas Navales
Tecnologías, Tácticas y Sistemas Navales
OPV-87 "ARA Bouchard"
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba