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<blockquote data-quote="elpatriota" data-source="post: 1264226" data-attributes="member: 6614"><p>La presunción en caso de no contratación por temas de hiv, drogas y alcoholismo es a favor del no contratado. O al menos eso nos pasó.</p><p>Pasó en la Empresa donde trabajo con 2 casos: uno con hiv y otro con drogas que salieron del preocupacional. Los argumentos que esgrimis son los mismos que alegó el Estudio Jurídico que nos patrocina. Y aún así, en 1ra instancia fuimos condenados por Daños y Perjuicios.</p><p>Coincido con lo que ponés de la jurisprudencia pacífica. Pero a mi primo que tiene un restobar en Palermo, uno de sus empleados fue desvinculado por concurrir a trabajar en estado de ebriedad y generar un alboroto con los clientes. En 1ra instancia, la sentencia dijo que se trataba de un caso de enfermedad social y no sé cuantas cosas más que no había tenido en cuenta el empleador, condenándolo a restituirlo a su puesto de trabajo y en caso de no hacerlo, abonarle la indemnización por despido sin causa.</p><p>Y te repito: coincido 100% en los fundamentos que expresás pero estos casos ocurrieron y eso es lo que genera una situación "rara"</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="elpatriota, post: 1264226, member: 6614"] La presunción en caso de no contratación por temas de hiv, drogas y alcoholismo es a favor del no contratado. O al menos eso nos pasó. Pasó en la Empresa donde trabajo con 2 casos: uno con hiv y otro con drogas que salieron del preocupacional. Los argumentos que esgrimis son los mismos que alegó el Estudio Jurídico que nos patrocina. Y aún así, en 1ra instancia fuimos condenados por Daños y Perjuicios. Coincido con lo que ponés de la jurisprudencia pacífica. Pero a mi primo que tiene un restobar en Palermo, uno de sus empleados fue desvinculado por concurrir a trabajar en estado de ebriedad y generar un alboroto con los clientes. En 1ra instancia, la sentencia dijo que se trataba de un caso de enfermedad social y no sé cuantas cosas más que no había tenido en cuenta el empleador, condenándolo a restituirlo a su puesto de trabajo y en caso de no hacerlo, abonarle la indemnización por despido sin causa. Y te repito: coincido 100% en los fundamentos que expresás pero estos casos ocurrieron y eso es lo que genera una situación "rara" [/QUOTE]
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