Plan Escudo Norte - Operativo Fortín II -Operativo Integración Norte

nico22

Colaborador
http://www.infobae.com/sociedad/201...rante-3-horas-sin-que-nadie-pudiera-evitarlo/

Un vuelo clandestino atravesó 600 kilómetros de espacio aéreo argentino durante 3 horas sin que nadie pudiera evitarlo
El 20 de agosto los radares detectaron un "tránsito aéreo irregular", pero la Fuerza Aérea no cuenta con aviones capaces de responder en a tiempo

Por Fernando Morales 2 de septiembre de 2017


La trayectoria del vuelo ilegal registrada por los radares, hasta que le perdieron el rastro en los Esteros del Iberá
El 20 de agosto pasado, a mediatarde, las alarmas se encendieron cuando un TAI (Tránsito Aéreo Irregular) surcó por tres horas unos 600 kilómetros del espacio aéreo argentino con total impunidad. El hecho, celosamente mantenido en reserva por la autoridades de la aviación civil (EANA/ANAC), fue dado a conocer a Infobae por una alta fuente delMinisterio de Seguridad de la Nación.

Mientras las autoridades realizaban tareas rutinarias de control de tráfico y a plena luz del día, una aeronave no identificada ingresó procedente de Paraguay y con rumbo sur-este. A una velocidad de aproximadamente 200 kilómetros por hora, el vuelo clandestino cruzó por la provincia de Chaco, continuando sobre la provincia de Corrientes y se perdió su rastro a la altura de los Esteros del Iberá: por su trayectoria, se estima que la máquina se adentró en el estado brasileño de Rio Grande do Sul.

"Estamos acostumbrados a este tipo de detecciones, pero esta llama la atención por dos motivos. En primer lugar porque volaba a 6000 pies (unos 2000 metros), lo que demuestra que no intentaba esquivar los radares, y en segundo lugar por la impunidad con la que cruzó unos 600 kilómetros del espacio aéreo argentino", indicó uno de los operadores del sistema de control consultado por Infobae.


inRead invented by Teads


En el momento de los hechos, la Fuerza Aérea tenía apostados en Posadas (Misiones) dos interceptores turbohélice "Pucara": del análisis de la situación efectuada por las autoridades a cargo del control aéreo, se determinó que la interceptación no sería factible, por lo que solo quedó adoptar una actitud pasiva frente a una clara violación de la soberanía aérea del País.

Si bien Argentina no cuenta con una ley de derribo de aeronaves no identificadasque, luego de reiteradas advertencias se nieguen a aterrizar, lo que sí se encuentra plenamente vigente es un protocolo de interceptación de vuelos furtivos. Esta tarea se realiza en general con los ya mencionados Pucará, más aviones Pampa y Tucano. Pero según varios pilotos consultados, los tres tipos de máquinas adolecen de severas limitaciones de velocidad para la tarea.

"Un clásico Lear Jet de uso ejecutivo desarrolla hasta 900 km/h mientras que un Pucará apenas alcanza los 500. Para hablar seriamente de interceptar deberemos contar con máquinas supersónicas que alcancen cuando menos los 2000km/h", explicaron fuentes de la Fuerza Aérea a Infobae.


Interceptar no es derribar

Cuando un avión ingresa al espacio aéreo nacional y es detectado por algún radar de los que integran el denominado "Operativo Frontera", las autoridades militares cruzan la información con el Comando Aeroespacial de Defensa ubicado en la localidad de Merlo (provincia de Buenos Aires). Si no existe correspondencia entre la aeronave detectada y los planes de vuelo autorizados por las autoridades de aviación civil, la Fuerza Aérea está facultada para, sin mediar la intervención judicial, interceptar el aparato en vuelo.

Una vez que se tiene la certeza que se está en presencia de un "TAI", el jefe de servicio de turno habilita el despegue de los aviones interceptores, cuya misión es posicionarse a la par de la aeronave sospechosa e intentar entablar contacto radial. En caso de lograrlo, se le informa que está sobrevolando de manera ilegal el espacio aéreo nacional, y se le indica que debe aterrizar o abandonarlo. En forma simultánea, se toman fotografías del infractor con el propósito de detectar su matrícula para la posterior intervención judicial y notificación a los organismos aéreos internacionales. En ningún caso los interceptores se encuentran artillados.

El hecho de que finalmente la aeronave en cuestión se haya "esfumado" de la pantalla de los radares cuando todavía sobrevolaba el territorio nacional permite inferir que aún falta mucho en materia de control con radares. Una calificada fuente de la aviación militar explicó que "los radares instalados actualmente son 3D, es decir que captan altura, azimut y distancia. Hay radares en Tartagal, Ingeniero Juárez (Formosa), Las Lomitas y San Pedro. Todos estos son de producción nacional, de INVAP. Luego hay un radar en Resistencia y otro en Posadas de origen español y un radar de origen español montado en la localidad de Saenz Peña, también en la provincia de Chaco. Cada uno de estos radares tiene un rango de cobertura de 200 millas (unos 330 kmts.)". En virtud de la baja altura en que normalmente vuelan los aviones de los narcotraficantes, se hace imprescindible colocar más radares para que no queden puntos ciegos en la detección.

Pocas aeronaves e inadecuadas para la tarea

No es un secreto que la Argentina no cuenta con una flota de aviones acorde al espacio aéreo a defender. Actualmente el país encara la compra de tres escuadrillas (12 unidades) de aviones tipo "Texan". Pero según fuentes aeronáuticas consultadas, estas aeronaves si bien son aptas para entrenamiento adolecen por su tipo de propulsión (turbohélice) de las mismas limitaciones que las actuales para la interceptación: su baja velocidad.

Con un costo mucho mayor –siempre según el decir de expertos en la materia– la solución radicaría en adquirir unidades F5 o F16, tal como tienen los países vecinos.
 
Cuantitavimente si la FAA derriba un par de aeronaves narco, sostengo que la opinión publica se mostraría muy favorable al gobierno., no se solucionara el problema de los narcotraficantes pero sera un interesante comienzo.
debería articularse el poder judicial y la FAA , garantizándole el primero a esta ultima seguridad jurídica en el accionar, tantos jueces alguno debe haber que apoye el derribo!
 
Cuantitavimente si la FAA derriba un par de aeronaves narco, sostengo que la opinión publica se mostraría muy favorable al gobierno., no se solucionara el problema de los narcotraficantes pero sera un interesante comienzo.
debería articularse el poder judicial y la FAA , garantizándole el primero a esta ultima seguridad jurídica en el accionar, tantos jueces alguno debe haber que apoye el derribo!
Estimado, sin Ley de derribo SANCIONADA por el Congreso, NEVER. Para que en 20 o 30 años los pobres pilotos sigan los pasos de sus camaradas gerontes y mueran como perros en cautiverio???. No. Lo mismo que en el tema terrorista que se viene. Que salgan los politicos a parar el tsunami. Vamos a observar atentamente que merda hacen con el quilombito. Saludos!!!
 
Por como fueron las PASO seguramente el gobierno va a anular o modificar la ley de derribo como tal vez la ley que no permite actuar al ejercito para mandarlos a la frontera.
 

DSV

Colaborador
Cambios en las FFAA: el 1° de agosto llegan los primeros 100 militares a Salta
Por decisión de Mauricio Macri la frontera será reforzada para combatir el narcotráfico y el terrorismo internacional. Sin tareas de inteligencia, ¿qué funciones tendrán?
28 Jul 2018

El miércoles 1° de agosto entra en vigencia la modificación del decreto 727 del reglamentario de la ley de Defensa que, bajo la premisa del presidente Mauricio Macri, introduce cambios en las competencias de las Fuerzas Armadas (FFAA), dotándolas de mayores recursos y personal.
Organizaciones sociales y de derechos humanos repudiaron los cambios con una marcha nacional que en Salta pasó con pintadas en la sede del Ejército. La próxima semana llegan los primeros 100 efectivos a la provincia. Desde apoyo sanitario, asistencia en catástrofes hasta tareas sociales como la reconstrucción de escuelas. ¿Qué cambia con las nuevas competencias de las FFAA?
Leé más: seis claves de Macri sobre la reestructuración en las Fuerzas Armadas
Las FFAA cuentan hoy con 85.000 efectivos -entre el Ejército, Armada y Fuerza Aérea-, y el 5% de ellos se concentrará en la frontera norte, ruta obligada para el narcotráfico que teje conexiones en Bolivia, Chile, Paraguay, como principales centros. El objetivo es reforzar la lucha contra la droga y combatir el terrorismo internacional.
En diálogo con LA GACETA el comandante de la Vta. Brigada de Montaña “Gral. Belgrano”, Juan Manuel Pulleiro, le puso números a los anuncios de Macri y anticipó que desde el 1° de agosto Jujuy contará con 50 militares más mientras a Salta llegaron unos 100. Los restantes 250 se distribuirán en las provincias de Formosa y Misiones para completar los primeros 400 efectivos y llegar a 4.000 militares en la frontera.
Las modificaciones impulsadas en la ley que había promulgado el expresidente, Néstor Kirchner, y que fueron inspiradas por la ex ministra de Defensa, Nilda Garré y el CELS, eliminan el costado restrictivo del uso legal de las FFAA, que sólo podrían intervenir en un combate contra otra fuerza armada respaldada por un Estado.
Ante un hipotético ataque de un grupo terrorista, sin respaldo de una Nación, las FFAA no podían combatir porque violaban la ley de Defensa. Con los cambios anunciados el lunes en Campo de Mayo -y oficializados un día después en el Boletín Oficial- se anula el decreto 1.691 de Kirchner que estableció las directivas militares para esa doctrina y las cambia por una nueva.
Innovación, modernización y reconversión del aparato militar
Bajo las premisas de combatir el terrorismo internacional y agudizar la lucha contra el narcotráfico, el comandante Juan Manuel Pulleiro ratificó que las FFAA no harán tareas de inteligencia. Refirió a este punto como una desinformación o mala intención de organizaciones de derechos humanos que generan miedo en la comunidad.
“Creo que hay un amplio desconocimiento o una mala intención de interpretar como quieren los cambios porque, de ninguna manera, Macri tiene intención de movilizar las FFAA a la calle. El objetivo es volver al espíritu de la Ley de Defensa Nacional de 1988 en la cual estaba claro que las FFAA participaban en conflictos con otras organizaciones de origen externo”, explicó.
En ese sentido indicó que “el decreto de Garré modificaba la adhesión estatal. Hay que llevar tranquilidad a la ciudadanía, las FFAA no van a salir a la calle, sí a complementar las capacidades de las fuerzas de seguridad con nuestro apoyo logístico”.
Las nuevas funciones
Sin tareas de inteligencia, las FFAA brindarán apoyo logístico en cuestiones sanitarias, seguirán teniendo participación en catástrofes naturales y sus responsabilidades llegarán hasta brindar ayuda en la reconstrucción de una escuela.
“La mayor presencia no implicará operaciones de seguridad interior, cada vez que salimos a dar apoyo a una actividad extra, alejadas a las capitales de Salta y Jujuy, nos acercamos a los puntos más alejados llevándole a los vecinos los médicos que no pueden llegar hasta allí o bien a quienes no pueden recurrir por una cuestión de recursos. Vamos a tener mayor atención a los vecinos”, dijo Pulleiro insistiendo en que “los cambios están apuntados en brindar más apoyo a las comunidades, aquellas donde no llegan los recursos nacionales, nosotros se los vamos a alcanzar. Vamos a reconstruir escuelas, a llevar apoyo sanitario a donde más lo necesiten”.
Acerca de ello el Comandante recordó la asistencia que brindaron las fuerzas en catástrofes naturales como las inundaciones a principios de año que se registraron en el sur de Bolivia y el norte de Salta, los aludes de agua y barro que derribaron caminos, puentes y las crecidas de ríos que arrasaron pueblos enteros llevándose casas y pertenencias.
Pero además de las funciones sociales, las FFAA custodiarán represas hidroeléctricas y tendrán objetivos estratégicos por cumplir que, hasta entonces, son protegidos por Gendarmería. Los cambios permitirán movilizar a unos 1.000 gendarmes desde esas represas al Gran Buenos Aires y a otras zonas urbanas del país, para combatir la inseguridad interna.


https://www.lagacetasalta.com.ar/no...s-100-militares-salta.html?utm_source=Twitter
 

Daniel1962

Moderador
Miembro del Staff
Moderador
¿Como se va a llamar este nuevo plan antinarco/apoyo a las FFSS?:

1. "Reforma de las FFAA: ¡¡a las fronteras!!"
2. "Gendarmeria ¡Andá para Buenos Aires! que esto lo cuidamos nosotros"
3. "Narco: entrégate y tendrás un juicio justo... "
4. "Fronteras cuidadas (12 y 18 cuotas)"
 

Daniel1962

Moderador
Miembro del Staff
Moderador
https://www.facebook.com/FUERZASDEFARG/
Fuerzas de Defensa Argentinas
7 min ·
La Vta Brigada de Montaña comenzó con el despliegue de personal y medios de sus distintas unidades para dar inicio a los Ejercicios Invernales en la Puna Saltojujeña que se prolongara durante el mes de agosto.
La Finalidad de los ejercicios invernales es lograr la integración de los nuevos soldados a sus fracciones orgánicas, adaptarse al clima de la puna con temperaturas bajo cero y ejecutar marchas a pie y motorizadas en caminos y sendas en alta montaña (Superior a 4000 msnm).
Fuente y fotos: Vta Brigada de Montaña - Ejército Argentino

Che, esto es ADIESTRAMIENTO, nada que ver con la "nueva mision"... :confused:

Acá un reportaje clarito:

https://www.zona-militar.com/foros/...s-del-ministerio-de-defensa.1991/post-2444583

Y ahora que lo leo (antes habia mirado las fotos nomás) la nota dice:
La Vta Brigada de Montaña comenzó con el despliegue de personal y medios de sus distintas unidades para dar inicio a los Ejercicios Invernales en la Puna Saltojujeña que se prolongara durante el mes de agosto.

:eek:
 

fanatikorn

Colaborador
¿Como se va a llamar este nuevo plan antinarco/apoyo a las FFSS?:

1. "Reforma de las FFAA: ¡¡a las fronteras!!"
2. "Gendarmeria ¡Andá para Buenos Aires! que esto lo cuidamos nosotros"
3. "Narco: entrégate y tendrás un juicio justo... "
4. "Fronteras cuidadas (12 y 18 cuotas)"
Me río para no llorar.....
 

nico22

Colaborador
OPERATIVO INTEGRACIÓN NORTE



VISTO lo dispuesto por las Leyes Nros. 23.554, N° 24.059 y N° 24.948, los Decretos Nros. 727 del 12 de junio de 2006, 683 del 23 de julio de 2018 y 703 del 30 de julio de 2018, y
CONSIDERANDO: Que la Defensa Nacional es una función esencial e indelegable del Estado Nacional y tiene por objetivo rector garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación y la protección de la vida y la libertad de sus habitantes.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA debe contar con la capacidad de anticipar, disuadir y superar las amenazas, riesgos y desafíos del siglo XXI que afecten la seguridad nacional.
Que, en este marco resulta necesario fortalecer la acción del Estado Nacional para garantizar el control efectivo de los espacios.
Que el Sistema de Defensa Nacional debe cumplir un rol clave, en estadios de paz y crisis, en la vigilancia, control y preservación del espacio marítimo insular y fluvial, aeroespacial, ciberespacial, espacial y terrestre.
Que el Instrumento Militar posee capacidades distintivas que permiten ejercer una vigilancia efectiva de los espacios terrestres de interés, mediante una disuasión por presencia.
Que por ello es imperioso profundizar, desde sus ámbitos naturales de competencia, la interacción sinérgica de las capacidades de los Sistemas de Defensa y de Seguridad Interior, teniendo en cuenta la diferencia fundamental que separa la Defensa Nacional de la Seguridad Interior.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha establecido como objetivos prioritarios para la gestión de gobierno la lucha contra el narcotráfico, la reducción de la pobreza y la unión de los argentinos.
Que si bien estos objetivos están bajo la responsabilidad principal de otros Ministerios, la envergadura de los mismos exige la colaboración de todas las áreas del Estado para enfrentar eficazmente aquellos desafíos.
Que, además, por Decreto N° 703/18 el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó la Directiva de Política de Defensa Nacional, en la cual se contemplan como parte del Sistema de Defensa Nacional, entre las modalidades de empleo del Instrumento Militar, operaciones de apoyo a las FUERZAS DE SEGURIDAD, de conformidad con las prescripciones de Ley N° 24.059.
Que, en virtud de ello, el MINISTERIO DE DEFENSA debe adoptar todas las medidas necesarias para la implementación inmediata de las acciones tendientes a fortalecer las tareas de apoyo que desarrolla actualmente el Instrumento Militar respecto al Sistema de Seguridad Interior; de conformidad con lo dispuesto por las Leyes N° 23.554 y N° 24.059, priorizando el apoyo logístico en las zonas de frontera como forma de aunar esfuerzos para el logro de los objetivos identificados por la Directiva de Política de Defensa Nacional.
Que con el dictado del Decreto N° 683/18, modificatorio del Decreto N° 727/06 y el dictado de la nueva Directiva de Política de Defensa Nacional imponen a las FUERZAS ARMADAS un mayor protagonismo en la contribución a las FUERZAS DE SEGURIDAD para el desarrollo de las tareas que resultan de responsabilidad primaria de estas últimas.
Que, de este modo, las FUERZAS ARMADAS deberán actuar en las tareas de apoyo logístico a requerimiento de las operaciones desplegadas bajo la conducción del Sistema de Seguridad Interior; con las limitaciones prescriptas por la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior.
Que, a la luz de lo expresado anteriormente, resulta necesario incrementar la presencia de las FUERZAS ARMADAS en la frontera norte para reforzar el apoyo estrictamente logístico en las acciones llevadas a cabo por las FUERZAS DE SEGURIDAD en el marco de las disposiciones de Ley N° 24.059.
Que, por otra parte, por las especiales características de adiestramiento del Instrumento Militar está bien preparado para brindar diversas acciones de apoyo a la comunidad.
Que, en esta misma dirección, la Directiva de Política de Defensa Nacional asigna al Instrumento Militar el desarrollo de operaciones de Apoyo a la Comunidad que, por las características de la región norte, deberá fortalecerse el desarrollo de este tipo de operaciones.
Que, en el marco del Decreto N°683/18, las FUERZAS ARMADAS tendrán por misión alistar, adiestrar y sostener los medios puestos a su disposición, con el objeto de desarrollar las aptitudes operativas requeridas por el Planeamiento Estratégico Militar.
Que, en consecuencia, en virtud del fortalecimiento del Accionar Militar Conjunto, resulta necesario incrementar el Adiestramiento Operacional del Instrumento Militar en zonas de frontera, con el objeto de cumplir eficazmente las tareas ordenadas por la presente medida.
Que, a la luz de lo expresado anteriormente, resulta necesario incrementar la presencia de las FUERZAS ARMADAS para garantizar el apoyo logístico a las FUERZAS DE SEGURIDAD en el marco de la Ley N ° 24.059, por lo que se estima conveniente establecer el “Operativo Integración Norte”, en la Zona de Frontera comprendida entre la localidad de San Antonio de los Cobres en la provincia de Salta y la ciudad de Puerto Iguazú en la provincia de Misiones.
Que, en virtud de ello, corresponde hacer saber al EJÉRCITO ARGENTINO, a la ARMADA ARGENTINA y a la FUERZA AÉREA ARGENTINA que deberán poner a disposición todos los recursos humanos y materiales que les sean requeridos por el COMANDO OPERACIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS a los efectos de la conducción de las operaciones necesarias para la implementación del “Operativo Integración Norte”.
Que, por otra parte, resulta necesario declarar secreto militar, en los términos del Decreto N° 9390 de fecha 11 de octubre de 1963, el anexo que se aprueba en la presente respecto de las reglas de comportamiento REGLAS DE COMPORTAMIENTO PARA EL OPERATIVO INTEGRACIÓN NORTE.
Que la declaración de secreto del referido Anexo se justifica por reunir la información contenida en él las características propias del secreto militar, en virtud de tratarse de una instrucción que tiene una importancia fundamental para la preparación y empleo de las FUERZAS ARMADAS durante el término de vigencia de la conformación del OPERATIVO INTEGRACION NORTE; tiempo al que se sujeta esta declaración.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley de Defensa Nacional Nº 23.554, el artículo 13 del Decreto N° 727/06, el artículo 19 inciso 11 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 y el artículo 5 del Decreto N° 9390/63.
Por ello, EL MINISTRO DE DEFENSA RESUELVE: ARTÍCULO 1°. – Establécese el OPERATIVO INTEGRACIÓN NORTE, en la Zona de Frontera comprendida entre la localidad de San Antonio de los Cobres en la provincia de Salta y la ciudad de Puerto Iguazú en la provincia de Misiones.
ARTICULO 2°. – Las FUERZAS ARMADAS fortalecerán las tareas de apoyo logístico que desarrolla el Instrumento Militar con el Sistema de Seguridad Interior y realizarán actividades de adiestramiento operacional y Operaciones de Apoyo a la Comunidad de conformidad con lo dispuesto por las Leyes N° 23.554 de Defensa Nacional y N° 24.059 de Seguridad Interior.
ARTÍCULO 3°. – Instrúyese al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS a impartir las Directivas necesarias a través del COMANDO OPERACIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, quien confeccionará el plan correspondiente y efectuará las previsiones y coordinaciones necesarias para la correcta implementación de la presente con la GENDARMERÍA NACIONAL y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
ARTÍCULO 4°. – Instrúyese al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS para que, con la mayor celeridad que esté a su alcance, eleve al MINISTERIO DE DEFENSA las previsiones presupuestarias que considere necesarias para la implementación y desarrollo de la presente.
ARTÍCULO 5°. – El EJÉRCITO ARGENTINO, la ARMADA ARGENTINA y la FUERZA AÉREA ARGENTINA deberán poner a disposición todos los recursos humanos y materiales que les sean requeridos por el COMANDO OPERACIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS a los efectos de la conducción de las operaciones.
ARTÍCULO 6°. – Apruébanse las reglas de comportamiento para el OPERATIVO INTEGRACIÓN NORTE que forman parte de la presente medida, como Anexo I (IF-2018-37341162-APN-DNPYE#MD) a cuyo cumplimiento deberán sujetar su accionar las FUERZAS ARMADAS en el referido operativo.
ARTÍCULO 7°.- Declárese SECRETO MILITAR, en los términos del Decreto N° 9390/63, por tener una importancia fundamental para la preparación y empleo de las FUERZAS ARMADAS y estar vinculado estrechamente a la defensa nacional, al Anexo I (IF-2018-37341162-APN-DNPYE#MD) que se aprueba por el artículo precedente.
ARTÍCULO 8°.- Requíerese al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN arbitrar los medios necesarios a fin de hacer total reserva de los documentos obrantes en el presente expediente en atención a que los mismos contienen información de carácter SECRETO MILITAR.
ARTÍCULO 9°.- La presente medida tendrá vigencia a partir del 6 de agosto de 2018, por un plazo de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, al COMANDANTE OPERACIONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS y a los Jefes de los ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS FUERZAS ARMADAS, regístrese y archívese.
 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
AMBITO FINANCIERO

POR EDGARDO AGUILERA.-
martes 7 de Agosto de 2018
Ordenan el despliegue de militares para el operativo en la frontera norte
• SE LLEVARÁ A CABO EN LA ZONA LIMÍTROFE COMPRENDIDA ENTRE SALTA Y MISIONES
Se lanzó el Operativo de Integración Norte. Involucra el despliegue de efectivos en una zona fronteriza que va desde Salta hasta Misiones. Es la estrategia que anunció Mauricio Macri cuando firmó el decreto para modificar la función de las Fuerzas Armadas.







Ordenes. El gobierno dispuso ayer el comiendo del desplazamiento de tropas al norte par atareas de apoyo logísticco y adiestramiento.


El Gobierno lanzó el "Operativo de Integración Norte", en la Zona de Frontera que abarca la localidad de San Antonio de los Cobres, en la provincia de Salta, y la ciudad de Puerto Iguazú, en la provincia de Misiones.

El despliegue militar ocurre luego de una polémica planteada por la oposición a raíz de la asignación de uniformados a tareas de apoyo logístico en la lucha contra el narcotráfico y otros delitos transnacionales.

La resolución del ministro de Defensa, Oscar Aguad, a publicarse en el Boletín Oficial, identificada con la sigla RESOL-2018-860-APN-MD, establece que se trata de fortalecer "las tareas de apoyo logístico que desarrolla el Instrumento Militar con el Sistema de Seguridad Interior" y realizar "actividades de adiestramiento operacional y Operaciones de Apoyo a la Comunidad". El documento informa que "la presente medida tendrá vigencia a partir del 6 de agosto de 2018", por un plazo de un año.

El Comandante Operacional de las Fuerzas Armadas, general de división Carlos Pérez Aquino, quien depende del jefe del Estado Mayor Conjunto, teniente general Bari del Valle Sosa, es el responsable máximo de la planificación y ejecución del operativo y de la coordinación con las autoridades de la Gendarmería y de la Prefectura para la implementación del apoyo logístico a esas fuerzas federales. Las FF.AA. tienen que poner a disposición del general Pérez Aquino sus recursos humanos y materiales (camiones, buques, aeronaves, equipos de comunicaciones, radares, etc.). El Ejército enviará alrededor de 300 hombres provenientes de las brigadas con asiento en Salta, Chaco y Misiones. Constituyen una unidad ligera integrada por las especialidades de comunicaciones, ingenieros, arsenales e infantería.

El jefe de la Fuerza Aérea, Enrique Amreim, dispuso el traslado de 6 aviones Tucano no artillados que estaban destinados a la formación de pilotos en el Grupo Escuela de la Escuela de Aviación Militar en Córdoba. Esas aeronaves operarán desde Resistencia, Chaco. Allí hay una base que se construyó en 2011 en inmediaciones del aeropuerto provincial.

Un edificio de dos plantas con capacidad para alojar pilotos, tripulaciones y técnicos del radar instalado pero nunca se constituyó en base permanente. No tiene personal de dotación fija, tampoco aeronaves. Se usa de manera temporaria como "base de despliegue", condición que eleva los costos porque el Estado (bolsillo del contribuyente) tiene que afrontar el gasto del traslado de toda la infraestructura de mantenimiento y apoyo a las aeronaves que rotan en cada despliegue como el actual Operativo de Integración.

Apoyo

En esta primera fase la Armada no tendrá una participación significativa. Se prevé para el mediano plazo el empleo de buques multipropósito de la Escuadrilla de Ríos, entre ellos el ARA Ciudad de Zárate para tareas de apoyo sanitario a las comunidades ribereñas.

En un anexo secreto se establecen Reglas de Comportamiento para el Operativo Integración Norte. Un conjunto de directivas que en esencia orientan los procedimientos a seguir en casos de empleo de fuerza letal, quién, cuándo y qué situación. Se sabe que la directriz es privilegiar la seguridad de las personas y la vida de quienes se vean en situación de riesgo inminente.

El gasto que demanda toda la operación se afrontará con partidas extrapresupuestarias. Una preocupación extendida en el alto mando castrense es que haya flujo de recursos y que no ocurra como en los operativos realizados en el Gobierno anterior, el Escudo del Norte, cuyas partidas se asignaban con cuentagotas y de manera extemporánea. "Debíamos disponer recursos propios para poder saldar la logística y los viáticos del personal desplegado", dijeron a este diario fuentes militares.


 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Muy bueno para el Señor Edgardo Aguilera...aclara que los EMB 312 Tucano ...NO ESTAN ARTILLADOS!!!!,esto publicado en un periodico brasileño,peruano y colombiano,es considerado un delito que atenta contra la seguridad del estado.
 
Arriba