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<blockquote data-quote="Charly B." data-source="post: 1398381" data-attributes="member: 3581"><p>Decreto Ley Nº 20.429/73</p><p>...</p><p></p><p>SECCION IV </p><p></p><p>Repuestos</p><p></p><p>Art. 9 El régimen que el Decreto Ley Nº 20.429/73 y la presente reglamentación establecen sobre la base de la clasificación del material enunciado precedentemente, se hace extensivo a sus repuestos principales cuando los mismos por su destino de utilización, correspondieren en forma exclusiva y especial al material previsto.</p><p>Todo legítimo usuario con excepción de las Fuerzas Armadas y la Fuerza Pública, que desee adquirir repuestos de esta naturaleza para sus armas, deberá cumplimentar los recaudos que la presente reglamentación establece para la adquisición del arma para la cual está destinado el repuesto.</p><p></p><p><em><strong>Art. 10 Prohíbese la construcción de armas con piezas adquiridas como repuestos.</strong></em></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Charly B., post: 1398381, member: 3581"] Decreto Ley Nº 20.429/73 ... SECCION IV Repuestos Art. 9 El régimen que el Decreto Ley Nº 20.429/73 y la presente reglamentación establecen sobre la base de la clasificación del material enunciado precedentemente, se hace extensivo a sus repuestos principales cuando los mismos por su destino de utilización, correspondieren en forma exclusiva y especial al material previsto. Todo legítimo usuario con excepción de las Fuerzas Armadas y la Fuerza Pública, que desee adquirir repuestos de esta naturaleza para sus armas, deberá cumplimentar los recaudos que la presente reglamentación establece para la adquisición del arma para la cual está destinado el repuesto. [I][B]Art. 10 Prohíbese la construcción de armas con piezas adquiridas como repuestos.[/B][/I] [/QUOTE]
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