Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Fuerzas Aéreas
Aviación Comercial y Tecnología Aeroespacial
Proyecto Tronador - Cohete espacial
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="AMADEUS2010" data-source="post: 1638796" data-attributes="member: 219"><p>Bueno y casualmente los periodistas utlizan mal la sigla "retenciones a las exportaciones". Ves que no entendes un joraca, yo no te dije que las retenciones son un DERECHO DE EXPORTACION. te explique como funcionaban los DERECHOS A LAS EXPORTACIONES. </p><p></p><p>Te explico lo de las Retenciones y Percepciones Campeón: Las retenciones u/o percepciones, es una forma de Flujo de Fondos mensual anticipado con que cuenta el estado para financiarce períodicamente. Ya que las mismas, los contribuyentes, deben ingresarlas cada QUINCE DIAS. Con el APLICATIVO SICORE DE LA AFIP. La primera quincena ES UNA PAGO A CUENTA, y la segunda QUINCENA ES LA Declaracion Jurada del mes EN CURSO.</p><p></p><p>En Ganancias tenes la RG 830, Retenciones de Ganancias. Los contribuyentes, llamese Responsables Inscriptos, ante una compra realizada, (Bienes muebles o servicios) y el pago es superior a 12000 pesos acumulativo en el mes, debe realizar retención de ganancias y depositarlas dependiendo de la quincena.</p><p>En Ganancias, solo es Agente de Percepción LA ADUANA, UNICO ORGANISMO QUE HACE PERCEPCIONES DE GANANCIAS, en importaciones realizadas del contribuyente.</p><p></p><p>En iva tenes la RG 2854, generalmente los agentes de retención del mismo, son los exportadores. ante pagos que deben realizar al proveedor, le hacen retenciones de iva, dependiendo del rubro u actividad en que se halla encuadrado el mismo. Ya que al ser exportadores, no van a poder utilizar el Crédito Fiscal ya que no Facturan con IVA. y si venden en el mercado interno tambien, deben realizar prorrateo del mismo, dependiendo del % que representa de las ventas internas. las Retenciones las haces cuando debes realzar un pago. o sea haces retenciones en las compras realizadas por el movimiento financiero que tenes en el pago de las mismas.</p><p>En Iva Tenes agentes de Percepción de IVA, que aqui tenes una mayor amplitud de contribuyentes, generalmente, asignan como agentes de percepción de iva, a contribuyentes que tienen un gran caudal de facturacion en determinados rubros u actividades. Las percepciones las haces en la facturción de ventas.</p><p></p><p>Despues si queres te explico como compensas cada una de estas retenciones y/o percepciones. Ya que tenes las Realizadas y tenes las SUFRIDAS. </p><p></p><p>Explicativos Saludos</p><p>Amadeus</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="AMADEUS2010, post: 1638796, member: 219"] Bueno y casualmente los periodistas utlizan mal la sigla "retenciones a las exportaciones". Ves que no entendes un joraca, yo no te dije que las retenciones son un DERECHO DE EXPORTACION. te explique como funcionaban los DERECHOS A LAS EXPORTACIONES. Te explico lo de las Retenciones y Percepciones Campeón: Las retenciones u/o percepciones, es una forma de Flujo de Fondos mensual anticipado con que cuenta el estado para financiarce períodicamente. Ya que las mismas, los contribuyentes, deben ingresarlas cada QUINCE DIAS. Con el APLICATIVO SICORE DE LA AFIP. La primera quincena ES UNA PAGO A CUENTA, y la segunda QUINCENA ES LA Declaracion Jurada del mes EN CURSO. En Ganancias tenes la RG 830, Retenciones de Ganancias. Los contribuyentes, llamese Responsables Inscriptos, ante una compra realizada, (Bienes muebles o servicios) y el pago es superior a 12000 pesos acumulativo en el mes, debe realizar retención de ganancias y depositarlas dependiendo de la quincena. En Ganancias, solo es Agente de Percepción LA ADUANA, UNICO ORGANISMO QUE HACE PERCEPCIONES DE GANANCIAS, en importaciones realizadas del contribuyente. En iva tenes la RG 2854, generalmente los agentes de retención del mismo, son los exportadores. ante pagos que deben realizar al proveedor, le hacen retenciones de iva, dependiendo del rubro u actividad en que se halla encuadrado el mismo. Ya que al ser exportadores, no van a poder utilizar el Crédito Fiscal ya que no Facturan con IVA. y si venden en el mercado interno tambien, deben realizar prorrateo del mismo, dependiendo del % que representa de las ventas internas. las Retenciones las haces cuando debes realzar un pago. o sea haces retenciones en las compras realizadas por el movimiento financiero que tenes en el pago de las mismas. En Iva Tenes agentes de Percepción de IVA, que aqui tenes una mayor amplitud de contribuyentes, generalmente, asignan como agentes de percepción de iva, a contribuyentes que tienen un gran caudal de facturacion en determinados rubros u actividades. Las percepciones las haces en la facturción de ventas. Despues si queres te explico como compensas cada una de estas retenciones y/o percepciones. Ya que tenes las Realizadas y tenes las SUFRIDAS. Explicativos Saludos Amadeus [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Libertador de Argentina
Responder
Inicio
Foros
Fuerzas Aéreas
Aviación Comercial y Tecnología Aeroespacial
Proyecto Tronador - Cohete espacial
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba