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<blockquote data-quote="SUT" data-source="post: 266435" data-attributes="member: 6528"><p>Indicativo Daga, estas en un error, el Tratado de 1874 fue legal en cuanto fue firmado por el detentador de poder oficial en Bolivia...y para mas inri se firmo EN BOLIVIA, EN SUCRE, EL SEIS DE AGOSTO DE 1874.</p><p></p><p>PERO</p><p></p><p>de no serlo, pues la cosa es aun mas grave y mucho mas favorable a Chile, pues el Tratado anterior, de 1866, en que Chile CEDE territorio a Bolivia, lo hace en condiciones sustancialmente mas onerosas</p><p></p><p>de hecho, el propio Tratado de 1874 se considera a si mismo una modificacion del Tratado anteror de 1866</p><p></p><p>el parrafo que nos interesa, que corresponde al preambulo del TTado es el siguiente</p><p></p><p></p><p></p><p>en</p><p></p><p><a href="http://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_límites_de_1874_entre_Bolivia_y_Chile">http://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_límites_de_1874_entre_Bolivia_y_Chile</a></p><p></p><p>Notese por tanto la alusion al Ttdo anterior de 1866 y, sobre todo, la referencia finald e que ambos embajadores son ministros plenipotenciarios y se confirman mutuamente en dicha condicion.</p><p></p><p>esta es una precaucion clasica, precisamente para evitar que alguien pueda borrar con el codo lo que escribio con la mano...:cheers2::sifone:</p><p></p><p></p><p>Nuevamente un error...en 1879 definitivamente el primer agredido no fue Bolivia sino Chile pues Bolivia desconoce el Tratado en cuestion. Es este desconocimiento el que desencandea una serie de consecuencias juridicas</p><p></p><p>La primera es que siendo un tratado transaccional, de territorio por excenciones tributarias, la violacion en un aspecto anula las obligaciones en el segundo..de esa forma, de violar Bolivia sus compromisos, Chile no queda obligado a los suyos, en cuanto a ceder dicho territorio.</p><p></p><p>La segunda es que, no habiendo Chile JAMAS reconocido el caracter soberano inicial o fundacional de Bolivia sobre la costa del Pacifico, y habiendo realizado actividades soberanas propias en ella ( como el otorgamiento de patentes de guaneras, en ocasion a ciudadanos de la propia Bolivia...), esto extingue culquier derecho boliviano en la zona y le cabia recuperarlo.</p><p></p><p>Esto se hace de forma militar por razones obvias; las autoridades bolivianas estaban ejerciendo un acto arbitrario al no reconocer las excenciones tributarias, y amenazaban llevar este desconocimiento un paso mas alla con el remate de posesiones privadas chilenas a traves de un remate fiscal por la fuerza. Chile desembarca fuerzas proporcionales ( algunas compañias de infanteria del regto 2° de Linea, Maipo)...</p><p></p><p>Notese tambien el intercambio diplomatico con base de esta accion, enfatizando el interes de no ejercicio de violencia por parte del Cdte Chileno de desembarco.</p><p></p><p></p><p></p><p><a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Desembarco_chileno_en_Antofagasta#cite_note-Mellafe-0">http://es.wikipedia.org/wiki/Desembarco_chileno_en_Antofagasta#cite_note-Mellafe-0</a></p><p></p><p>De la misma manera, de haber sido el agresor, no se podria haber ofrecido Mediacion por parte del Peru ( mas alla delcaracter viciado de esta por el interes evidente de Peru con Bolivia por causa dle TTdod e 1873 de alianza militar secreta) , ya que por ppio solo habria quedado la reparacion del daño, pese a ello, Peru envia un Ministro Plenipotenciario a Chile , el Ministro Lavalle, que ofrecio un retorno a una condicion Status Quo Ante, es decir, volver a la condicion PREVIA al problema, la fecha para ello la fija en la asignacion de los Impuestos violatorios bolivianos, no en el desembarco de fzas chilenas.</p><p></p><p>Chile no agrede, responde con fuerza proporcionada al uso de la fuerza en la violacion de un Tratado valido entre Estados.</p><p></p><p></p><p></p><p>Error, tus derechos solo se aplican a tus intereses con relevancia juridica, la mayor parte de los intereses de las personas y de los estados no estan sujetos al ambito juridico, funcionando sin problemas en el ambito de la costumbre regular. de otra forma no se entendria a la Costumbre como creadora de derechos primordial en el ambito del Derecho Internacional.</p><p></p><p>Saludos,</p><p></p><p>Sut</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="SUT, post: 266435, member: 6528"] Indicativo Daga, estas en un error, el Tratado de 1874 fue legal en cuanto fue firmado por el detentador de poder oficial en Bolivia...y para mas inri se firmo EN BOLIVIA, EN SUCRE, EL SEIS DE AGOSTO DE 1874. PERO de no serlo, pues la cosa es aun mas grave y mucho mas favorable a Chile, pues el Tratado anterior, de 1866, en que Chile CEDE territorio a Bolivia, lo hace en condiciones sustancialmente mas onerosas de hecho, el propio Tratado de 1874 se considera a si mismo una modificacion del Tratado anteror de 1866 el parrafo que nos interesa, que corresponde al preambulo del TTado es el siguiente en [url]http://es.wikisource.org/wiki/Tratado_de_límites_de_1874_entre_Bolivia_y_Chile[/url] Notese por tanto la alusion al Ttdo anterior de 1866 y, sobre todo, la referencia finald e que ambos embajadores son ministros plenipotenciarios y se confirman mutuamente en dicha condicion. esta es una precaucion clasica, precisamente para evitar que alguien pueda borrar con el codo lo que escribio con la mano...:cheers2::sifone: Nuevamente un error...en 1879 definitivamente el primer agredido no fue Bolivia sino Chile pues Bolivia desconoce el Tratado en cuestion. Es este desconocimiento el que desencandea una serie de consecuencias juridicas La primera es que siendo un tratado transaccional, de territorio por excenciones tributarias, la violacion en un aspecto anula las obligaciones en el segundo..de esa forma, de violar Bolivia sus compromisos, Chile no queda obligado a los suyos, en cuanto a ceder dicho territorio. La segunda es que, no habiendo Chile JAMAS reconocido el caracter soberano inicial o fundacional de Bolivia sobre la costa del Pacifico, y habiendo realizado actividades soberanas propias en ella ( como el otorgamiento de patentes de guaneras, en ocasion a ciudadanos de la propia Bolivia...), esto extingue culquier derecho boliviano en la zona y le cabia recuperarlo. Esto se hace de forma militar por razones obvias; las autoridades bolivianas estaban ejerciendo un acto arbitrario al no reconocer las excenciones tributarias, y amenazaban llevar este desconocimiento un paso mas alla con el remate de posesiones privadas chilenas a traves de un remate fiscal por la fuerza. Chile desembarca fuerzas proporcionales ( algunas compañias de infanteria del regto 2° de Linea, Maipo)... Notese tambien el intercambio diplomatico con base de esta accion, enfatizando el interes de no ejercicio de violencia por parte del Cdte Chileno de desembarco. [url]http://es.wikipedia.org/wiki/Desembarco_chileno_en_Antofagasta#cite_note-Mellafe-0[/url] De la misma manera, de haber sido el agresor, no se podria haber ofrecido Mediacion por parte del Peru ( mas alla delcaracter viciado de esta por el interes evidente de Peru con Bolivia por causa dle TTdod e 1873 de alianza militar secreta) , ya que por ppio solo habria quedado la reparacion del daño, pese a ello, Peru envia un Ministro Plenipotenciario a Chile , el Ministro Lavalle, que ofrecio un retorno a una condicion Status Quo Ante, es decir, volver a la condicion PREVIA al problema, la fecha para ello la fija en la asignacion de los Impuestos violatorios bolivianos, no en el desembarco de fzas chilenas. Chile no agrede, responde con fuerza proporcionada al uso de la fuerza en la violacion de un Tratado valido entre Estados. Error, tus derechos solo se aplican a tus intereses con relevancia juridica, la mayor parte de los intereses de las personas y de los estados no estan sujetos al ambito juridico, funcionando sin problemas en el ambito de la costumbre regular. de otra forma no se entendria a la Costumbre como creadora de derechos primordial en el ambito del Derecho Internacional. Saludos, Sut [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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