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Relaciones Chile - Perú
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<blockquote data-quote="SUT" data-source="post: 266521" data-attributes="member: 6528"><p>Faramir, el tema alude al Tratado de 1929, concretamente al Articulo 1 del protocolo complementario. Por el, tanto Chile como Peru se comprometen a consultar al otro para la entrega a "terceras potencias" del territorio afectado por el Tratado, es decir, las ciudades de Arica, Tacna y sus aledaños. De esa forma, cuando Chile, en la conferencia de Charaña en 1975, ofrecio un corredor a Bolivia entre la frontera con Peru y el limite norte de Arica, se consulto a Peru. Lamentablemente, Peru "contrapropuso" convertir Arica en trinacional ( !!!!!) y el Pdte velasco decidio tratar de Invadir el norte de Chile. Cuando las ordenes se impartieron el 15 de agosto de 1975, el Cdte de las fuerzas peruanas de ataque , Gral Morales Bermudez, decidio derrocar a Velasco antes que atacar Chile....</p><p></p><p>De esa forma, Peru es el que se opone a todo trance a la entrega de un corredor a Bolivia, pues les "cortaria" cualquier proyeccion al sur, y de eventualmente recuperar Tarapaca, en el eje de las alusiones de los coforistas del pais del Rimac aca presentes en los ultimos dias.</p><p></p><p></p><p></p><p>Sipan. La relevancia del decreto de 1947 no radica en que este vigente o no, sino que crea costumbre internacional y demuestra que el Peru, DESPUES de acordar el limite actual esta intentando modificarlo....</p><p></p><p>Sobre lo que decidan las leyes peruanas, con todo respeto, no son de relevancia a un proceso internacional si contradicen un Tratado y, mas relevante aun, la permanente y constante practica peruana, que confirma sin excepcion alguna, la posicion chilena.</p><p></p><p></p><p>Tienes un error grave...la primera vez no cabia protestar pues era una simpe, ley interna sin relevancia internacional. Cuando en la segunda ocasion se publica la cartografia, se protesta pues esta se deposita en la ONU, es decir, se pretende que tenga poder vinculante.</p><p></p><p></p><p></p><p>En derecho internacional es muchisimo mas relevante poder demostrar la conducta efectiva de las partes, y el Peru acepta no solo la tesis chilena en terminos practicos, sino ademas en docenas de aspectos derivados, como la trasneferencia del control aereo, de la responsabilidad SAR, etc, etc...</p><p></p><p></p><p>tenia el amparo mas relevante; la aceptacion explicita del Peru al no oponerse y ademas derivar de la soberania efectiva docenas de consecuencias, que llegan hasta 1995 con la delimitacion del departamento de Tacna...</p><p></p><p>Praxis efectiva...</p><p></p><p></p><p></p><p>La verdad no veo tu punto; la ratificacion existe decadas previas a la impugnacion peruana y, lo mas relevante, la practica del comportamiento internacional peruano se aviene a la tesis chilena. </p><p></p><p></p><p></p><p>Tres errores algo complejos</p><p></p><p>Partamos por el mas serio, la Convemar no habla jamas de lineas "equitativas" ( que corresponde a un juicio de valor...) sino de EQUIDISTANTES, y eso, explicitamente, solo en aquellos casos en los que no existe Tratado. Cuando Chile suscribe la Convemar , deja expresa reserva de la existencia de los Tratados referidos</p><p></p><p>PERO</p><p></p><p>Peru NO es signatario de la Convencion del Mar, y no lo es pues su reclamacion de 200 millas de mar territorial choca frontalmente con el planteamiento de este documento.</p><p></p><p>De esa forma 1) Peru esta pidiendo aplicar n su favor una norma de un Tratado del que NO es parte y 2) no lo es por la incompatibilidad de una reclamacion previa...</p><p></p><p>Eso nos recuerda que NO es posible escoger aspectos puntuales de un Tratado en beneficio propio. Se hace el todo o nada....</p><p></p><p></p><p>Luego, el Pacto de Solucion Pacifica de Controversias, conocido popularmente como Pacto de Bogota, aude a la solucion Pacifica de problemas. La Tesis Chilena es que NO hay controversia, y por ese motivo Chile se reserva el derecho a rechazar la competencia de la Corte.Esto puede ser hecho en dos momentos; en los primeros tres meses tras la presentacion Peruana y en la replica a la presentacion hecha ayer en un año mas.</p><p></p><p>Finalmente vuelvo a insistir que Peru se ha comportado en la practica de acuerdo a la Tesis chilena, de modo que tiende a confirmar la mirada de nuestro pais...eso tiene un peso enorme en cualquier corte.</p><p></p><p></p><p></p><p>Seria interesante que dieras mas detalles de eso, pues Chile en los 80s lo que hace es una cosa TOTALMENTE DIFERENTE A LO QUE DICES. En esencia, se aviene a la Convencion del Mar, aceptando modificar su reclamacion por 200 millas de Mar Territorial en subsidio de las 200 millas de Zona Economica Exclusiva antes reclamados. Justo es recordar que tanto Chile como Ecuador y Peru tenian la misma reclamacion, siendo Chile y Ecuador modificadores de esta tesis y suscriptores de la Convemar, mientras que Peru retiene su pretension original.</p><p></p><p>De esa forma, tienes una severa confusion entre la ZEE, que es un concepto por el cual se reclaman derechos solo economicos medidas desde la costa y que permite el transito inocente, y la condicion de la delimitacion entre dos paises que reclaman ZEE...pero, no siendo Peru un pais que la reclame , sino que pide, de forma unica en el mundo, 200 millas de mar territorial, configurandese una situacion unica y especifica.</p><p></p><p>Que por lo demas se mide desde la costa hacia el oceano, y no tiene relacion ninguna en el sentido planteado.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Nuevo error grave; cada dia, a cada avion que el control aereo peruano entrega la responsabilidad al chileno en el paralelo, a cada dia que la responsabilidad SAR de rescate y salvamento se entrega de la Guardacosta peruana a la DGTM de la Armada de Chile en el Paralelo..</p><p></p><p>Cada dia que la Armada de Chile captura pescadores ilegales en nuestras aguas y los incauta y entrega las embarcaciones y personas al poder judicial chileno para su proceso, sentencia y multa, que se pagan de forma regular y constante...</p><p></p><p>Peru acepta que Chile ejerce soberania en la zona....</p><p></p><p>Dia tras dia, mes tras mes, año tras año, decada tras decada...desde ppios de la decada del 50 del siglo pasado...:sifone::cheers2:</p><p></p><p>Ante lo cual.....</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="SUT, post: 266521, member: 6528"] Faramir, el tema alude al Tratado de 1929, concretamente al Articulo 1 del protocolo complementario. Por el, tanto Chile como Peru se comprometen a consultar al otro para la entrega a "terceras potencias" del territorio afectado por el Tratado, es decir, las ciudades de Arica, Tacna y sus aledaños. De esa forma, cuando Chile, en la conferencia de Charaña en 1975, ofrecio un corredor a Bolivia entre la frontera con Peru y el limite norte de Arica, se consulto a Peru. Lamentablemente, Peru "contrapropuso" convertir Arica en trinacional ( !!!!!) y el Pdte velasco decidio tratar de Invadir el norte de Chile. Cuando las ordenes se impartieron el 15 de agosto de 1975, el Cdte de las fuerzas peruanas de ataque , Gral Morales Bermudez, decidio derrocar a Velasco antes que atacar Chile.... De esa forma, Peru es el que se opone a todo trance a la entrega de un corredor a Bolivia, pues les "cortaria" cualquier proyeccion al sur, y de eventualmente recuperar Tarapaca, en el eje de las alusiones de los coforistas del pais del Rimac aca presentes en los ultimos dias. Sipan. La relevancia del decreto de 1947 no radica en que este vigente o no, sino que crea costumbre internacional y demuestra que el Peru, DESPUES de acordar el limite actual esta intentando modificarlo.... Sobre lo que decidan las leyes peruanas, con todo respeto, no son de relevancia a un proceso internacional si contradicen un Tratado y, mas relevante aun, la permanente y constante practica peruana, que confirma sin excepcion alguna, la posicion chilena. Tienes un error grave...la primera vez no cabia protestar pues era una simpe, ley interna sin relevancia internacional. Cuando en la segunda ocasion se publica la cartografia, se protesta pues esta se deposita en la ONU, es decir, se pretende que tenga poder vinculante. En derecho internacional es muchisimo mas relevante poder demostrar la conducta efectiva de las partes, y el Peru acepta no solo la tesis chilena en terminos practicos, sino ademas en docenas de aspectos derivados, como la trasneferencia del control aereo, de la responsabilidad SAR, etc, etc... tenia el amparo mas relevante; la aceptacion explicita del Peru al no oponerse y ademas derivar de la soberania efectiva docenas de consecuencias, que llegan hasta 1995 con la delimitacion del departamento de Tacna... Praxis efectiva... La verdad no veo tu punto; la ratificacion existe decadas previas a la impugnacion peruana y, lo mas relevante, la practica del comportamiento internacional peruano se aviene a la tesis chilena. Tres errores algo complejos Partamos por el mas serio, la Convemar no habla jamas de lineas "equitativas" ( que corresponde a un juicio de valor...) sino de EQUIDISTANTES, y eso, explicitamente, solo en aquellos casos en los que no existe Tratado. Cuando Chile suscribe la Convemar , deja expresa reserva de la existencia de los Tratados referidos PERO Peru NO es signatario de la Convencion del Mar, y no lo es pues su reclamacion de 200 millas de mar territorial choca frontalmente con el planteamiento de este documento. De esa forma 1) Peru esta pidiendo aplicar n su favor una norma de un Tratado del que NO es parte y 2) no lo es por la incompatibilidad de una reclamacion previa... Eso nos recuerda que NO es posible escoger aspectos puntuales de un Tratado en beneficio propio. Se hace el todo o nada.... Luego, el Pacto de Solucion Pacifica de Controversias, conocido popularmente como Pacto de Bogota, aude a la solucion Pacifica de problemas. La Tesis Chilena es que NO hay controversia, y por ese motivo Chile se reserva el derecho a rechazar la competencia de la Corte.Esto puede ser hecho en dos momentos; en los primeros tres meses tras la presentacion Peruana y en la replica a la presentacion hecha ayer en un año mas. Finalmente vuelvo a insistir que Peru se ha comportado en la practica de acuerdo a la Tesis chilena, de modo que tiende a confirmar la mirada de nuestro pais...eso tiene un peso enorme en cualquier corte. Seria interesante que dieras mas detalles de eso, pues Chile en los 80s lo que hace es una cosa TOTALMENTE DIFERENTE A LO QUE DICES. En esencia, se aviene a la Convencion del Mar, aceptando modificar su reclamacion por 200 millas de Mar Territorial en subsidio de las 200 millas de Zona Economica Exclusiva antes reclamados. Justo es recordar que tanto Chile como Ecuador y Peru tenian la misma reclamacion, siendo Chile y Ecuador modificadores de esta tesis y suscriptores de la Convemar, mientras que Peru retiene su pretension original. De esa forma, tienes una severa confusion entre la ZEE, que es un concepto por el cual se reclaman derechos solo economicos medidas desde la costa y que permite el transito inocente, y la condicion de la delimitacion entre dos paises que reclaman ZEE...pero, no siendo Peru un pais que la reclame , sino que pide, de forma unica en el mundo, 200 millas de mar territorial, configurandese una situacion unica y especifica. Que por lo demas se mide desde la costa hacia el oceano, y no tiene relacion ninguna en el sentido planteado. Nuevo error grave; cada dia, a cada avion que el control aereo peruano entrega la responsabilidad al chileno en el paralelo, a cada dia que la responsabilidad SAR de rescate y salvamento se entrega de la Guardacosta peruana a la DGTM de la Armada de Chile en el Paralelo.. Cada dia que la Armada de Chile captura pescadores ilegales en nuestras aguas y los incauta y entrega las embarcaciones y personas al poder judicial chileno para su proceso, sentencia y multa, que se pagan de forma regular y constante... Peru acepta que Chile ejerce soberania en la zona.... Dia tras dia, mes tras mes, año tras año, decada tras decada...desde ppios de la decada del 50 del siglo pasado...:sifone::cheers2: Ante lo cual..... [/QUOTE]
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Verificación
Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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