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<blockquote data-quote="copperhead" data-source="post: 266625" data-attributes="member: 91"><p>Sr. Forista</p><p></p><p>No sirve demasiado volver a poner solamente los 'extractos' usados por la posición peruana para defender su postura, para aclarar la situación presentada.</p><p></p><p>Para realmente entender la génesis del conflicto limítrofe es menester acudir a una parte a lo menos significativa de los documentos originales.</p><p></p><p>Por ejemplo( para el primer y segundo parrafo que Ud. postea)</p><p></p><p><em>2. ..... los <strong>Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman </strong>como norma de su política internacional marítima, <strong>la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde </strong>sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de <strong>200 millas marinas desde las referidas costas. </strong></em></p><p><em>3. <strong>La jurisdicción y soberanía exclusivas sobre la zona marítima indicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde</strong>. </em></p><p><em>4. En el caso de territorio insular, la <strong>zona de 200 millas marinas </strong>se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas. Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por del <strong>paralelo al punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos</strong></em></p><p></p><p><strong>Como puede Ud. leer, el trasfondo de la declaración , es proclamar la soberanía sobre las 200 millas y que en el caso de existir islas que puedan sobreponer su proyección de 200 millas ( caso existente entre Peru y Ecuador)está proyección nunca podrá traspasar el límite proyectado por el paralelo que corresponde al límite marítimo.</strong></p><p></p><p>Para entender lo posteado por Ud. en el tercer parrafo, es necesario agregar lo siguiente del documento firmado en 1954:</p><p></p><p><em>CONSIDERANDO: </em></p><p><em>Que la experiencia ha demostrado que debido a las dificultades que encuentran las embarcaciones de poco porte, tripuladas por gente de mar con escasos conocimientos de náutica o que carecen de los instrumentos necesarios para determinar con exactitud su posición en alta mar, se produce con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la <strong>frontera marítima</strong> entre los Estados vecinos.</em></p><p></p><p><strong>De lo cual se colige con bastante claridad, que existe una frontera marítima y que esta es la que debe ser , de alguna manera, salvaguardada con los procedimientos acordados en dicha declaración.</strong></p><p></p><p>Saludos.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="copperhead, post: 266625, member: 91"] Sr. Forista No sirve demasiado volver a poner solamente los 'extractos' usados por la posición peruana para defender su postura, para aclarar la situación presentada. Para realmente entender la génesis del conflicto limítrofe es menester acudir a una parte a lo menos significativa de los documentos originales. Por ejemplo( para el primer y segundo parrafo que Ud. postea) [I]2. ..... los [B]Gobiernos de Chile, Ecuador y Perú proclaman [/B]como norma de su política internacional marítima, [B]la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde [/B]sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países, hasta una distancia mínima de [B]200 millas marinas desde las referidas costas. [/B] 3. [B]La jurisdicción y soberanía exclusivas sobre la zona marítima indicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde[/B]. 4. En el caso de territorio insular, la [B]zona de 200 millas marinas [/B]se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas. Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por del [B]paralelo al punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos[/B][/I] [B]Como puede Ud. leer, el trasfondo de la declaración , es proclamar la soberanía sobre las 200 millas y que en el caso de existir islas que puedan sobreponer su proyección de 200 millas ( caso existente entre Peru y Ecuador)está proyección nunca podrá traspasar el límite proyectado por el paralelo que corresponde al límite marítimo.[/B] Para entender lo posteado por Ud. en el tercer parrafo, es necesario agregar lo siguiente del documento firmado en 1954: [I]CONSIDERANDO: Que la experiencia ha demostrado que debido a las dificultades que encuentran las embarcaciones de poco porte, tripuladas por gente de mar con escasos conocimientos de náutica o que carecen de los instrumentos necesarios para determinar con exactitud su posición en alta mar, se produce con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la [B]frontera marítima[/B] entre los Estados vecinos.[/I] [B]De lo cual se colige con bastante claridad, que existe una frontera marítima y que esta es la que debe ser , de alguna manera, salvaguardada con los procedimientos acordados en dicha declaración.[/B] Saludos. [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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