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Resarcimiento por el ataque al Regimiento Infantería de Monte de Formosa
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<blockquote data-quote="ElCuervo" data-source="post: 1280149" data-attributes="member: 9608"><p>No es "agravado" en el sentido de "homicidio agravado por el vinculo" (que cambia la escala penal) por eso use ese ejemplo, es un homicidio simple y la diferencia se da en la reprochabilidad del acto (es decir se acerca mas al máximo, que al mínimo)</p><p>.</p><p></p><p>Creo que esta confundido. Nadie hablo de igualdad en términos de "igualdad vulgar" como es mas grave el "gatillo fácil" a el "exceso de legitima defensa de un civil". Ambos son "Homicidios Simples" (en realidad en el primer caso hay otras variables que lo pueden agravar, pero al análisis simple, son lo mismo, no compliquemos) pero seguramente en el segundo caso a pena sea menor (y hasta no se lo considere homicidio simple)</p><p>Nadie habla de "peor" o "mejo" sino de una mayor exigencia o no de cuidado en el obrar (estoy definiendo mal, pero quiero hacerlo simple)</p><p>Seguramente a un conductor "normal" le exigen menos diligencia que a un conductor "profesional" (ya existen licencias diferenciadas) Pero lo que si no podemos discutir es que en caso de un accidente vial (pongamos que fue un accidente obra de la negligencia de ambos) a ambos se les caratula la causa "Homicidio Culposo" pero la "pena" del "profesional" seguramente sera mayor. </p><p>La igualdad radica en la "Caratula" que se le da al acto. Los crímenes de algunas organizaciones armadas, configuran Lesa Humanidad, así como los cometidos por algunos miembros de las fuerzas del Estado.</p><p></p><p>Hay, que no sean publicas no implica que no existan. A su vez le respondo ¿Donde estaban las denuncias en Organismos Internacionales antes de 2003?</p><p></p><p>Que no existe diferencia para algo ocurrido antes o después de ese año. La dimensión temporal es secundaria. </p><p></p><p>Es un tema de lógica. Si algo fue "suspendido" implica que no estuvo en vigencia, y que no fue violado. En cambio si no fue cumplido, implica que estuvo en vigencia, y se puede castigar su incumplimiento. Se esta confundiendo, la diferencia es fundamental. No se pueden "suspender" los derechos humanos, pues son propios de individuo.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="ElCuervo, post: 1280149, member: 9608"] No es "agravado" en el sentido de "homicidio agravado por el vinculo" (que cambia la escala penal) por eso use ese ejemplo, es un homicidio simple y la diferencia se da en la reprochabilidad del acto (es decir se acerca mas al máximo, que al mínimo) . Creo que esta confundido. Nadie hablo de igualdad en términos de "igualdad vulgar" como es mas grave el "gatillo fácil" a el "exceso de legitima defensa de un civil". Ambos son "Homicidios Simples" (en realidad en el primer caso hay otras variables que lo pueden agravar, pero al análisis simple, son lo mismo, no compliquemos) pero seguramente en el segundo caso a pena sea menor (y hasta no se lo considere homicidio simple) Nadie habla de "peor" o "mejo" sino de una mayor exigencia o no de cuidado en el obrar (estoy definiendo mal, pero quiero hacerlo simple) Seguramente a un conductor "normal" le exigen menos diligencia que a un conductor "profesional" (ya existen licencias diferenciadas) Pero lo que si no podemos discutir es que en caso de un accidente vial (pongamos que fue un accidente obra de la negligencia de ambos) a ambos se les caratula la causa "Homicidio Culposo" pero la "pena" del "profesional" seguramente sera mayor. La igualdad radica en la "Caratula" que se le da al acto. Los crímenes de algunas organizaciones armadas, configuran Lesa Humanidad, así como los cometidos por algunos miembros de las fuerzas del Estado. Hay, que no sean publicas no implica que no existan. A su vez le respondo ¿Donde estaban las denuncias en Organismos Internacionales antes de 2003? Que no existe diferencia para algo ocurrido antes o después de ese año. La dimensión temporal es secundaria. Es un tema de lógica. Si algo fue "suspendido" implica que no estuvo en vigencia, y que no fue violado. En cambio si no fue cumplido, implica que estuvo en vigencia, y se puede castigar su incumplimiento. Se esta confundiendo, la diferencia es fundamental. No se pueden "suspender" los derechos humanos, pues son propios de individuo. [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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