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<blockquote data-quote="DSV" data-source="post: 1498209" data-attributes="member: 10911"><p>Informe del JGM al bloque de diputados PRO sobre robo de armamentos:</p><p></p><p><strong>FUERZAS ARMADAS</strong></p><p></p><p><strong>Sírvase Informar sobre:</strong></p><p></p><p>Robo, hurto y extravío de armas y municiones de las durante los años 2010 y 2011:</p><p></p><p>a) Informe la cantidad de armas de fuego, piezas y repuestos de las mismas, municiones y explosivos pertenecientes a las Fuerzas Armadas de la Nación se han perdido sea por hurtos, robos o extravíos.</p><p></p><p>b) Informe los motivos y circunstancias por los que se perdieron los 14 fusiles de asalto liviano (FAL) calibre 7,62x51mm; 3 ametralladoras Halcón calibre 9mm; 31 pistolas Browning High Power calibre 9mm; 1 ametralladora de apoyo MAG calibre 7,62x51mm y una ametralladora pesada de uso antiaéreo Browning calibre .50 BMG. y cualquier otro material bélico que en el transcurso de los años 2010 a 2012 haya sido sustraído o extraviado a las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>c) Informe acerca del avance en las investigaciones administrativas internas de cada fuerza en las cuales se estudia la pérdida de dichas armas.</p><p></p><p>d) Informe acerca de las medidas disciplinarias adoptadas en virtud de las mencionadas pérdidas de armas.</p><p></p><p>e) Informe acerca de las medidas de seguridad adoptadas dentro de las Fuerzas Armadas tendientes a evitar que estos casos de extravío, robo y hurto de material bélico sigan sucediéndose.</p><p></p><p></p><p>RESPUESTA</p><p></p><p><strong>A) <u>EJÉRCITO</u></strong></p><p></p><p></p><p><strong>Inciso a)</strong></p><p></p><p></p><p>- Del BATALLON DE ARSENALES 601 “SARGENTO MAYOR ESTEBAN DE LUCA” se verificaron los siguientes faltantes en el año 2011:</p><p></p><p></p><p>a.</p><p></p><p>CORREDERA PARA FUSIL FAL CAL 7,62</p><p></p><p>VEINTITRES (23)</p><p></p><p>USADAS</p><p></p><p>b.</p><p></p><p>CERROJO PARA FUSIL FAL CAL 7,62</p><p></p><p>VEINTIOCHO (28)</p><p></p><p>USADOS</p><p></p><p>c.</p><p></p><p>ARMADURA PARA FUSIL FAL CAL 7,62</p><p></p><p>VEINTINUEVE (29)</p><p></p><p>USADAS</p><p></p><p>d.</p><p></p><p>CAJON DE MECANISMO PARA FUSIL FAL CAL 7,62</p><p></p><p>VEINTISEIS (26)</p><p></p><p>USADOS</p><p></p><p>e.</p><p></p><p>CAJON DE MECANISMO PARA FUSIL FAP CAL 7,62</p><p></p><p>UNO (1)</p><p></p><p>USADO</p><p></p><p></p><p>- Del BATALLÓN DE ARSENALES 603 “SAN LORENZO” se verificaron los siguientes faltantes en el año 2011:</p><p></p><p></p><p>a.</p><p></p><p>FUSIL CAL 7,62mm, FAL M 1 MODIF M IV </p><p></p><p>CUARENTA Y TRES (43)</p><p></p><p>COMPLETOS</p><p></p><p>b.</p><p></p><p>FUSIL CAL 7,62mm, FAL M 1 MODIF M IV </p><p></p><p>CIENTO NUEVE (109)</p><p></p><p>INCOMPLETOS</p><p></p><p>c.</p><p></p><p>AMETRALLADORA CAL 12,7mm, BROWNING </p><p></p><p>SEIS (6)</p><p></p><p>INCOMPLETAS</p><p></p><p>d.</p><p></p><p>AMETRALLADORA CAL 7.62mm, MAG </p><p></p><p>UNA (1)</p><p></p><p>COMPLETA</p><p></p><p>e.</p><p></p><p>PISTOLA CAL 9 X 19 mm – FM –LIC BROWNING</p><p></p><p>UNA (1)</p><p></p><p>COMPLETA</p><p></p><p>f.</p><p></p><p>REPUESTOS DE ARMAMENTOS</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>1) CORREDERA PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm</p><p></p><p>SEIS (6)</p><p></p><p>NUEVAS</p><p></p><p></p><p>2) ARMADURA PARA FUSIL FAL CAL 7,62 mm</p><p></p><p>VEINTISEIS (26)</p><p></p><p>NUEVAS</p><p></p><p></p><p>3) CAÑÓN PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm</p><p></p><p>DOCIENTOS VEINTICINCO (225)</p><p></p><p>NUEVOS</p><p></p><p></p><p>4) CAÑÓN PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm</p><p></p><p>CUARENTA Y CINCO (45)</p><p></p><p>USADOS</p><p></p><p></p><p>5) ARMADURA PARA FUSIL FAL CAL 7,62 mm</p><p></p><p>DOCIENTOS TREINTA Y TRES (233)</p><p></p><p>USADAS</p><p></p><p></p><p>6) CAJON DE MECANISMO PARA FUSIL FAP CAL 7,62 mm</p><p></p><p>DOCIENTOS SESENTA (260)</p><p></p><p>USADOS</p><p></p><p></p><p>7) CORREDERA PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm</p><p></p><p>DOCIENTOS CUARENTA Y CINCO (245)</p><p></p><p>USADAS</p><p></p><p></p><p>8) CERROJO PARA FUSIL FAL CAL 7,62 mm</p><p></p><p>DOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (256)</p><p></p><p>USADOS</p><p></p><p></p><p>9) CAÑÓN PARA PISTOLA AMETRALLADORA CAL 9mm PA 3</p><p></p><p>UNO (1)</p><p></p><p>NUEVO</p><p></p><p></p><p>10) BLOCK DE CIERRE PARA PISTOLA AMET CAL 9 mm PA 3</p><p></p><p>UNO (1)</p><p></p><p>NUEVO</p><p></p><p></p><p>11) CAÑÓN PARA AMETRALLADORA CAL 7,62 mm MAG</p><p></p><p>TRES (3)</p><p></p><p>NUEVOS</p><p></p><p></p><p></p><p><strong>c) </strong></p><p></p><p></p><p>1.- Información Disciplinaria (Expte 29 11 – 0058/5), que se sustanció por aplicación de los Art(s) 31 y 13, Inc 23 del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, Ley 26394, Anexo IV. El Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO designó a un Oficial Superior, como Instructor de la Información Disciplinaria por el faltante de armamento en el Batallón de Arsenales 603 – SAN LORENZO. Tanto el Consejo de Disciplina de la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL como el Consejo General de Disciplina del EJÉRCITO ARGENTINO, tomaron la debida intervención.</p><p></p><p></p><p>2.- “Sumario Av. faltante Fusil Fal Nº 15214 (Batallón de Arsenales 603 “San Lorenzo”)”, Expte Nº 14926/2011 que tramita ante la Fiscalía Federal Nº 1 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Marcelo Degiovanni. El último requerimiento efectuado por la Fiscalía fue el 04 de mayo de 2012, mediante Oficio N° 573, en el cual se requirió el Libro de Guardia del BATALLÓN DE ARSENALES 603 “SAN LORENZO”, del período comprendido entre el 10 de marzo al 25 de mayo de 2011.</p><p></p><p></p><p>3.- Información Disciplinaria (Expte CQ 11 – 1253/5), que se sustancia por aplicación de los Art(s) 31 y 13, Inc 23 del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, Ley 26394, Anexo IV, con motivo del faltante de repuestos de armamento en el Batallón de Arsenales 601 – ESTEBAN DE LUCA. Con fecha 21 de octubre de 2011, el JEMGE designó a un Oficial Jefe, como Instructor de la citada Información Disciplinaria. Esta Información se encuentra en la etapa de instrucción, siendo imputado el Sargento Mecánico de Artillería Carlos Javier SERVÍN (DNI 27.457.686), resolviéndose la suspensión del servicio de dicho personal militar.</p><p></p><p><strong>d)</strong> Se adoptaron las siguientes medidas disciplinarias:</p><p></p><p></p><ul> <li data-xf-list-type="ul">Mayor de Artillería Jorge Ezequiel PACHECO: CUARENTA Y CINCO (45) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Mayor de Arsenales José Marcelo DILSIZIAN: CINCUENTA (50) días de arresto simple. </li> <li data-xf-list-type="ul">Mayor de Arsenales Gustavo Elisandro MONTIEL: CUARENTA Y CINCO (45) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Capitán de Arsenales Arnaldo Efraín TROSSERO: CINCUENTA Y CINCO (55) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Teniente Primero de Arsenales Bruno Hernán SZPYTMA: CUARENTA (40) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Suboficial Mayor Mecánico Motorista Héctor Vicente MASTRACCHIO: QUINCE (15) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Suboficial Principal Conductor Motorista Rubén Alberto GIACHERO: DIEZ (10) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Suboficial Principal de Equipos de Campaña Federico OTERO: CUARENTA Y CINCO (45) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Suboficial Principal Oficinista Juan Carlos GOMEZ: QUINCE (15) días de arresto simple.</li> <li data-xf-list-type="ul">Suboficial Principal Mecánico Motorista Electricista Marcelo Pablo CLOUX: CUARENTA (40) días de arresto simple.</li> </ul><p></p><p><strong>e)</strong> Medidas de seguridad adoptadas: </p><p></p><p></p><p>1. Reemplazo de encargados en los principales depósitos de las diferentes Cuentas Logísticas.</p><p></p><p></p><p>2. Instalación de contenedores para brindar seguridad adicional al armamento.</p><p></p><p></p><p>3. Inspección, control y relevamiento de repuestos de armamento en todas la Bases de Apoyo Logístico y Batallones de Arsenales.</p><p></p><p></p><p>4. Implementación y carga de datos al software dedicado para gestión integral de repuestos de armamento.</p><p></p><p></p><p>5. Creación de un Batallón de Arsenales Depósito, cuya responsabilidad primaria será la guarda, custodia y administración de los efectos sensibles.</p><p></p><p></p><p> 6. Definición de nuevas tecnologías, medidas electrónicas y determinación de necesidades presupuestarias para su obtención.</p><p></p><p></p><p><strong>B) FUERZA AÉREA</strong></p><p></p><p></p><p><strong>a) </strong>Las armas de fuego robadas son las siguientes:</p><p></p><p></p><p>• VEINTIÚN (21) Pistolas Semi Automáticas 9 mm Browning.</p><p></p><p>• DOS (2) FUSILES AUTOMÁTICOS LIVIANOS MODELOS PARA.</p><p></p><p>• UNA (1) Pistola Ametralladora Ingrand calibre 9mm.</p><p></p><p>• DOS (2) Pistolas Ametralladoras modelo Halcón.</p><p></p><p></p><p>Munición robada:</p><p></p><p></p><p>• MIL CIEN (1.100) Cartuchos 9mm.</p><p></p><p>• MIL DOSCIENTOS (1.200) Cartuchos 7,62mm.</p><p></p><p><strong>b)</strong> El material faltante se encontraba depositado en la sala de armas de la Compañía Histórica, dependiente del Cuartel General del Estado Mayor General de la FAA y en la I Brigada Aérea de El Palomar.</p><p></p><p></p><p><strong>c)</strong> Se realizaron actuaciones para deslindar responsabilidades administrativas que culminaron con las sanciones correspondientes.</p><p></p><p></p><p></p><p><strong>e)</strong> Medidas de seguridad adoptadas:</p><p></p><p></p><p>1°) Se creó el Departamento Protección de Fuerzas cuya tarea es “Planificar, coordinar, asesorar y supervisar las actividades concernientes a la seguridad y defensa de las instalaciones militares pertenecientes al Comando de Adiestramiento y Alistamiento (CAA) de la Fuerza Aérea, con la finalidad de garantizar la vida y la libertad de las personas y la protección de los bienes que constituyen el patrimonio nacional, preservando la integridad de los medios y recursos puestos a disposición de las Unidades, como la de aquellos que sean desplegados”</p><p></p><p></p><p>2°) Se impartieron directivas especificas a las Unidades dependientes del Comando de Adiestramiento y Alistamiento y se creó la figura del Oficial de Seguridad y Defensa (OSD) con responsabilidad en todos los aspectos que hacen a la seguridad y defensa de instalaciones militares, posteriormente se desarrollo el “Manual Aeronáutico de Procedimientos para Protección de Fuerzas” (MAP 44).</p><p></p><p></p><p>3°) Se establecieron los procedimientos para evaluar y aprobar los Planes de Seguridad y Defensa de las Unidades y Organismos dependientes de la Fuerza Aérea.</p><p></p><p></p><p>4°) Se inicio un programa de visita sorpresiva a las unidades, a efectos de ejercitar el concepto de seguridad basado en aspectos legales y operacionales que rigen la Seguridad y Defensa de Unidades Militares.</p><p></p><p></p><p>5°) Se desarrollaron ejercicios operativos destinados a comprobar, estandarizar y actualizar los procedimientos terrestres de seguridad y defensa de instalaciones en el ámbito de la Fuerza Aérea.</p><p></p><p></p><p>6°) Se ha diagramado y adquirido un sistema básico para la vigilancia y detección mediante el uso de alarmas y CCTV para seguridad de las instalaciones militares, con la intención de establecer un sistema centralizado en el Cuartel General.</p><p></p><p></p><p><strong>B) ARMADA</strong></p><p></p><p></p><p></p><p><strong>e)</strong> Medidas adoptadas en forma permanente a través de las siguientes órdenes y reglamentaciones:</p><p></p><p></p><p>- Orden Permanente del COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO DE LA ARMADA Nº 05/10 "C" (Instrucciones Particulares sobre Seguridad del Armamento).</p><p></p><p></p><p>- Orden Permanente del Comandante de la Infantería de Marina Nº 01/10 "C" (Normas Generales sobre Seguridad de Unidades, Control y Uso de Armamento Portátil).</p><p></p><p></p><p>- Orden Permanente del COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO DE LA ARMADA Nº 06/11 "R" (Instrucciones de Conducción para Unidades, Subunidades y Fracciones de Seguridad de la Armada).</p><p></p><p></p><p>- Orden Permanente del COMANDO DE OPERACIONES NAVALES Nº 01/05 "S" (INTENSIFICAR MEDIDAS DE SEGURIDAD FÍSICAS).</p><p></p><p></p><p>- Manual de Seguridad Física R.G. 1-712 "R" Capítulo 3.</p><p></p><p></p><p></p><p>- Circular Técnica DIAE AM-03 – REVISIÓN 04.</p><p></p><p></p><p>- Inspecciones realizadas por el Departamento Seguridad del COMANDO DE LA INFANTERÍA DE MARINA, en bases y establecimientos navales, verificando las condiciones de seguridad de los cargos armamento y sala de armas.</p><p></p><p></p><p><strong>389. POLICÍA FEDERAL ARGENTINA</strong></p><p></p><p><strong>Sírvase Informar sobre:</strong></p><p></p><p>Robo, hurto y/o extravío de armas bajo custodia en la Comisaría 38 en abril de 2012:</p><p></p><p>a) Informe las causas y circunstancias por las cuales se tenían bajo custodia las 74 armas de fuego que luego desaparecieron de la comisaría nº 38 de la Policía Federal.</p><p></p><p>b) Informe el nombre y apellido de los oficiales de la Policía Federal a cargo de la comisaría 38 que tuvieron bajo su responsabilidad la custodia de las 74 armas de fuego desaparecidas.</p><p></p><p>c) Informe con el mayor grado de detalle el tipo, calibre, marca y capacidad operativa de cada una de las 74 armas de fuego desaparecidas de la comisaría 38 de la Policía Federal.</p><p></p><p>d) Informe acerca de los operativos llevados a cabo por las fuerzas de seguridad en virtud de los cuales se incautaron las 74 armas de fuego mencionadas.</p><p></p><p>e) Informe acerca del avance y resultados de las investigaciones administrativas internas en las cuales se investiga la desaparición de dichas armas.</p><p></p><p>f) Informe acerca de las medidas disciplinarias adoptadas en virtud de las mencionadas desapariciones de armas.</p><p></p><p>g) Informe acerca de las medidas de seguridad adoptadas tendientes a evitar que estos casos de extravío, robo y hurto de armas bajo custodia policial sigan sucediéndose.</p><p></p><p>h) Informe los mecanismos mediante los cuales las Fuerzas de Seguridad dan cuenta al Ministerio de Seguridad de la situación en que se encuentran las armas secuestradas que se encuentran bajo su custodia.</p><p></p><p>i) Informe la cantidad y características de las armas de fuego y municiones que en la actualidad se encuentran bajo custodia de la Policía Federal y demás fuerzas de seguridad dependientes del Gobierno Nacional.</p><p></p><p></p><p>RESPUESTA</p><p></p><p>a) El armamento que resultara sustraído de la COMISARÍA 38ª, se encontraba en depósito en dicha Seccional con motivo de hallarse vinculado a diversas actuaciones con conocimiento de las autoridades jurisdiccionales competentes.</p><p></p><p>Dicha situación es producto del cumplimiento de la misión asignada a la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA por el Decreto Ley 333/58, Ley orgánica de esta Institución.</p><p></p><p>En ese sentido su artículo 1º establece: “La Policía Federal cumple funciones de policía de seguridad y judicial en el territorio de las provincias y Capital de la Nación, dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación”.</p><p></p><p>En el mismo orden, y como funciones de esta Fuerza, establece el Artículo 3º de dicha norma:</p><p></p><p>1. Prevenir los delitos de la competencia de los Jueces de la Nación;</p><p></p><p>2. Averiguar los delitos de la competencia de los jueces de la Nación, practicar las diligencias para asegurar su prueba, descubrir a los autores y partícipes, entregándolos a la justicia, con los deberes y atribuciones que a la Policía confiere el Código de Procedimientos en lo Criminal (Código Procesal Penal de la Nación, conforme nueva denominación -ley 23.984-).</p><p></p><p>b) A raíz de los hechos sucedidos en la COMISARIA 38ª, y por disposición del Sr. Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, en el ámbito del Departamento INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS de la Superintendencia de ASUNTOS INTERNOS se instruye el Sumario Administrativo Nº 465-18-000047/2012, caratulado “ESCLARECIMIENTO DEL HECHO Y DE CORRESPONDER JUZGAR CONDUCTA DE SUS RESPONSABLES” donde resulta parte personal a determinar del numerario de la COMISARÍA 38ª</p><p></p><p>En estrecha vinculación con estos actuados, la Superintendencia referida instruye la Prevención Sumaria Nº 37/12 en sede de la División OPERACIONES JUDICIALES, caratulada “Diligencia Judicial”, la cual fuera ordenada en el marco de la Causa Nº I-16-023.721/12, caratulada “N.N. S/ROBO CALIFICADO”, con intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 16, a cargo de la Dra. Mónica CUÑARRO, Secretaría de la Dra. Ileana SCHYGIEL, la cual ordenara diversas diligencias procesales tendientes a determinar la cantidad cierta de armas secuestradas, circunstancias que permitan la atribución de responsabilidades penales y la localización de los autores y del material sustraído, las que están en pleno trámite instructorio.</p><p></p><p>A la fecha se han formulado cargos administrativos contra los siguientes funcionarios, habida cuenta que del desarrollo de las investigaciones administrativas han surgido elementos que denotan conductas disciplinariamente reprochables:</p><p></p><p><strong>* </strong>Jefe de Oficina de Policía Judicial: Principal LP. 533 Juan Marcelo PRYTULA el siguiente cargo administrativo a saber: “ EN SU CALIDAD DE JEFE DE LA OFICINA DE JUDICIALES NO FISCALIZO QUE LAS ARMAS SECUESTRADAS SE HALLARAN A RESGUARDO, CORRECTAMENTE ROTULADAS Y ORDENADAS DE FORMA QUE PUDIERAN SER FÁCILMENTE IDENTIFICADAS, NI PROCURO QUE SOBRE EL DEPÓSITO DE LA DEPENDENCIA SE ADOPTARAN LAS MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD, PERDIENDO EL CONTROL SOBRE LA TOTALIDAD DE LOS ELEMENTOS SECUESTRADOS AL NO CONFECCIONAR EL LIBRO HABILITADO PARA TAL FIN EN FORMA ADECUADA, POSIBILITANDO CON SU ACCIONAR QUE ARMAMENTO AFECTADO A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES FUERA SUSTRAÍDO”, “NO REALIZAR CORRECTAMENTE EL COTEJO DE ARMAMENTO SECUESTRADO QUE SE HALLABA EN EL DEPOSITO DE LA ARMERÍA DE LA DEPENDENCIA ELABORANDO UN INFORME INEXACTO EN RELACIÓN A LA CANTIDAD DE ARMAS FALTANTES” Y “HABER EFECTUADO LA ENTREGA DEL RODADO MARCA BMW CEO 719 A SU TITULAR, CIRCUNSTANCIA QUE CONSTA EN LA SUSTANCIACIÓN DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO NRO 465-18-00070/12, SIN EFECTUAR LA CONSULTA PERTINENTE CON LA JUDICATURA ACTUANTE”.-</p><p></p><p>* Jefe de la Oficina de Administración: Ayudante LP. 2379 Luis Ángel VEGA, se le endilgo el siguiente reproche disciplinario “EN SU CALIDAD DE OFICIAL A CARGO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN NO LLEVO A CABO LOS CONTROLES ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES TENDIENTES A IDENTIFICAR LOS ELEMENTOS AFECTADOS A CAUSAS JUDICIALES QUE SE HALLAN EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA, COMO ASÍ TAMPOCO VELÓ QUE DICHO DEPOSITO GUARDARA UN CORRECTO ORDEN, PULCRITUD NI MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR EL INGRESO IRRESTRICTO AL SECTOR, POSIBILITANDO QUE SE VERIFICARA EL FALTANTE DE ARMAMENTO SECUESTRADO Y DEPOSITADO EN LA DEPENDENCIA AFECTADO A CAUSAS JUDICIALES” </p><p></p><p>* Encargado de la Armería de la COMISARIA 38ª: Sargento 1° LP. 52744 José Antonio LADA, se le formuló el siguiente reproche disciplinario a saber: “EN SU CALIDAD DE ARMERO DE LA COMISARÍA 38 FUERON OBSERVADAS SERIAS Y NOTORIAS FALTAS EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES, AL NO EFECTUAR UN CONCIENZUDO CONTROL Y REGISTRO DE ARMAS SECUESTRADAS Y AFECTADAS A CAUSAS JUDICIALES QUE FUERAN DESTINADOS A SU RESGUARDO EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA, EL CUAL SE HALLABA DENTRO DE SU ORBITA, EVIDENCIÁNDOSE EN EL LUGAR UN COMPLETO DESORDEN Y FALTA DE ASEO, POSIBILITANDO CON SU DESIDIA LA SUSTRACCIÓN DE ARMAMENTO VINCULADO A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES, LABRÁNDOSE LAS PERTINENTES ACTUACIONES JUDICIALES”, “ HABER INCUMPLIDO CON SUS FUNCIONES ESPECIFICAS EN CALIDAD DE ARMERO DE LA COMISARÍA 38° TODA VEZ QUE SE CONSTATO QUE NO EFECTIVIZO LA LIMPIEZA DEL ARMAMENTO PROVISTO AL PERSONAL ASIGNADO A LA DEPENDENCIA EN ATENCIÓN A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 51 INCISO D) DEL REGLAMENTO GENERAL DE ARMAS Y TIRO (R.G.P.F.A. NRO 8) CONFORME FUERA PUBLICADO EN CALIDAD DE RECORDATORIA EN LA O.D.I. NRO 214 DEL 10/11/11”, y “ NO REALIZAR CORRECTAMENTE EL COTEJO DEL ARMAMENTO SECUESTRADO QUE SE HALLABA EN DEPOSITO EN LA ARMERÍA DE LA DEPENDENCIA ELABORANDO UN INFORME INEXACTO EN RELACIÓN A LA CANTIDAD DE ARMAS FALTANTES”, “DISCONTINUAR EL ASIENTO EN EL LIBRO REGISTRO DE ELEMENTOS SECUESTRADOS DE LAS ANOTACIONES PERTINENTES”.-</p><p></p><p>Independientemente de lo expuesto se dispuso el cambio de situación de revista de los antes nombrados, desde “Servicio Efectivo” a “Disponibilidad” previsto en el artículo 48 inciso g) de la Ley 21.965, medidas publicadas en la Orden del Día Interna Nº 63 de fecha 04/04/2012.</p><p></p><p>· Personal que cumpliera funciones como “Sargento de Guardia” en la COMISARIA 38ª: 1) Sargento 1°. LP. 52774 Juan Horacio SOSA, 2) Sargento 1° LP: 52678 Juan Domingo ZARACHO, 3) Sargento 1 LP: 52.486 Oscar Roberto OCAÑA, 4) Sargento LP. 6904 José Ramón MERINO, 5) 6) Sargento LP. 9229 Juan Alberto CHAZARRETA, 7) Sargento LP. 2342 Jorge Luis BERON, 8) 9) Sargento LP. 17950 Pedro Ángel SALAS, 10) Cabo 1 LP. 23859 Juan Marcelo KIPILDOR, 11) Cabo 1 LP. 1508 Jacinto Ernesto MAZA, 12) Cabo 1 LP: 16711 Gustavo Patricio GARCIA, 13) Cabo 1 LP: 11560 Jorge Alejandro QUINTEROS, 14) Cabo LP. 19.996, Héctor Andrés OJEDA, 15) Cabo LP: 16086 Héctor Napoleón MEDINA 16) Agente LP. 13714 Héctor Rubén BATISTON HERRERA. Todos en servicio efectivo, a quienes se le formuló el siguiente cargo administrativo a saber:“ EN SU CONDICIÓN DE SARGENTO DE GUARDIA DE LA COMISARÍA 38 OMITIÓ VELAR POR LA CORRECTA CUSTODIA DE LA TOTALIDAD DE LAS INSTALACIONES DE LA DEPENDENCIA, POSIBILITANDO CON ELLO QUE FUERAN SUSTRAÍDAS ARMAS AFECTADAS A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES, QUE SE ENCONTRABAN DEPOSITADAS EN LA DEPENDENCIA”</p><p></p><p>Sin perjuicio de lo antes señalado, y como consecuencia del devenir de la investigación administrativa, se proyecta formular cargo disciplinario para con los siguientes Oficiales:</p><p></p><p>* Ex Subinspector LP. 1822 Maximiliano Rodrigo CHEJOLAN (quien fuera dado de baja de la Institución con fecha 19-04-12 mediante resolución 349 publicada en la Orden del Día Interna 75), quien cumpliera funciones como Oficial de Administración con anterioridad al Ayudante VEGA, a quien se le endilgo: “EN SU CALIDAD DE OFICIAL A CARGO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN NO LLEVO A CABO LOS CONTROLES ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES TENDIENTES A IDENTIFICAR LOS ELEMENTOS AFECTADOS A CAUSAS JUDICIALES QUE SE HALLABAN EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA, COMO ASÍ TAMPOCO VELÓ QUE DICHO DEPOSITO GUARDARA UN CORRECTO ORDEN, PULCRITUD NI MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR EL INGRESO IRRESTRICTO AL SECTOR, POSIBILITANDO QUE SE VERIFICARA EL FALTANTE DE ARMAMENTO SECUESTRADO Y DEPOSITADO EN LA DEPENDENCIA AFECTADO A CAUSAS JUDICIALES”.</p><p></p><p>* Principal LP. 1129 Adrián Ignacio OCHOA, quien se bien se desempeñaba como Oficial a cargo de la Brigada de la Dependencia a su vez supervisaba las tareas que desarrollaban los Oficiales de Administración “EJERCIENDO FUNCIONES QUE IMPLICARON LA SUPERVISIÓN DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISARÍA 38, NO IMPARTIÓ AL PERSONAL A SUS ORDENES LAS DIRECTIVAS PERTINENTES TENDIENTES A LOGRAR QUE EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA GUARDARA ORDEN Y PULCRITUD, COMO ASÍ TAMPOCO DISPUSO LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR EL INGRESO IRRESTRICTO AL SECTOR, DEL PERSONAL AJENO AL LUGAR, POSIBILITANDO CON SU ACCIONAR QUE A LA POSTRE SE VERIFICARA EL FALTANTE DE ARMAMENTO SECUESTRADO Y AFECTADO A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES QUE SE ENCONTRABA A RESGUARDO EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA.</p><p></p><p>Por otra parte se evalúan dentro del mismo marco investigativo las responsabilidades que pudieran corresponder a los Oficiales Jefes que conformaron el Comando de la Dependencia, Comisario Carlos Raúl GRANDAL, Subcomisario Ricardo Juan GRISOLIA, Subcomisario Pedro FERNÁNDEZ NARVÁEZ, Subcomisario Horacio ORELLANA, quienes fueron destinados a otras unidades policiales.</p><p></p><p>c) En relación a este punto debe tenerse en cuenta que en principio, fueron denunciadas como sustraídas del interior de la COMISARIA 38ª una determinada cantidad de armas.</p><p></p><p>Con posterioridad, y teniendo en cuenta la forma en que era gestionada la Armería de la Dependencia (lo que es motivo de reproche disciplinario tanto para su encargado como para los funcionarios con responsabilidad de contralor y fiscalización), se estableció que parte de ellas habían sido remitidas a los Juzgados interventores. A esos efectos se discriminan las armas en cuestión según las circunstancias aludidas.</p><p></p><p></p><p><strong>FALTANTES</strong></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Nº</p><p></p><p>SUM</p><p></p><p>TIPO</p><p></p><p>MARCA</p><p></p><p>MODELO</p><p></p><p>cal.</p><p></p><p>Num</p><p></p><p>JUZG. INTERV.</p><p></p><p>Nº</p><p></p><p>SEC</p><p></p><p>1</p><p></p><p>3411/07</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>taurus</p><p></p><p>pt51</p><p></p><p>6,35</p><p></p><p>limada</p><p></p><p>JDO INST.</p><p></p><p>49</p><p></p><p>1</p><p></p><p>2</p><p></p><p>4835/07</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>astra</p><p></p><p>detective</p><p></p><p>9</p><p></p><p>limada</p><p></p><p>JDO. FED.</p><p></p><p>11</p><p></p><p>22</p><p></p><p>3</p><p></p><p>5730/07</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>colt</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>146691</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>42</p><p></p><p></p><p>4</p><p></p><p>6794/07</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>amadeo rossi</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>w220666</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>7</p><p></p><p></p><p>5</p><p></p><p>2170/08</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>custer</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>a8162</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>5</p><p></p><p></p><p>6</p><p></p><p>2285/08</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>smith wesson</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>1k25330</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>5</p><p></p><p></p><p>7</p><p></p><p>2340/08</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>taurus</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>310263</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>5</p><p></p><p></p><p>8</p><p></p><p>4831/08</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p>23</p><p></p><p>22</p><p></p><p>limada</p><p></p><p>JDO. CORREC.</p><p></p><p>1</p><p></p><p>52</p><p></p><p>9</p><p></p><p>6014/08</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>taurus</p><p></p><p>magnum</p><p></p><p>44</p><p></p><p>ne942378</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>35</p><p></p><p></p><p>10</p><p></p><p>6014/08</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>doberman</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>92175</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>35</p><p></p><p></p><p>11</p><p></p><p>6765/08</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p>thunder</p><p></p><p>9</p><p></p><p>17977</p><p></p><p>JDO FED.</p><p></p><p>5</p><p></p><p></p><p>12</p><p></p><p>6765/08</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>browning</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>16525-013025</p><p></p><p>JDO FED.</p><p></p><p>5</p><p></p><p></p><p>13</p><p></p><p>918/09</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>astra</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>176250</p><p></p><p>JDO. MEN</p><p></p><p>3</p><p></p><p>7</p><p></p><p>14</p><p></p><p>1452/09</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>browning</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>5580 001080</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>2</p><p></p><p>107</p><p></p><p>15</p><p></p><p>2837/09</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>keeper</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>3972</p><p></p><p>JDO. MEN</p><p></p><p>7</p><p></p><p>19</p><p></p><p>16</p><p></p><p>3661/09</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>taurus</p><p></p><p>pt92</p><p></p><p>9</p><p></p><p>tpf94252</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>38</p><p></p><p>132</p><p></p><p>17</p><p></p><p>4277/09</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p></p><p>380</p><p></p><p>221023</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>2</p><p></p><p></p><p>18</p><p></p><p>899/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>browning</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>12-66128</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>46</p><p></p><p>136</p><p></p><p>19</p><p></p><p>1692/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p>23</p><p></p><p>22</p><p></p><p>224247</p><p></p><p>JDO. MEN</p><p></p><p>3</p><p></p><p>7</p><p></p><p>20</p><p></p><p>2487/10</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>taurus</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>oe71967</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>41</p><p></p><p>112</p><p></p><p>21</p><p></p><p>4552/10</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>doberman</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>u02286</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>46</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>4473/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>glok</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>hxr421</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>45</p><p></p><p></p><p>23</p><p></p><p>4473/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p>52</p><p></p><p>22</p><p></p><p>sin numeracion</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>45</p><p></p><p></p><p>24</p><p></p><p>5716/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>browning</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>011025-14525</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>18</p><p></p><p>156</p><p></p><p>25</p><p></p><p>6508/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>tanque</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>sin numeracion</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>16</p><p></p><p>111</p><p></p><p>26</p><p></p><p>7831/10</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>doberman</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>0489s</p><p></p><p>JDO. MENORES</p><p></p><p>6</p><p></p><p>16</p><p></p><p>27</p><p></p><p>8315/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>leslie</p><p></p><p>l25</p><p></p><p>25</p><p></p><p>232144</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>28</p><p></p><p>1</p><p></p><p>28</p><p></p><p>8315/10</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p>83</p><p></p><p>380</p><p></p><p>245362</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>28</p><p></p><p>1</p><p></p><p>29</p><p></p><p>8315/10</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>king cobra</p><p></p><p></p><p>357</p><p></p><p>kv9968</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>28</p><p></p><p>1</p><p></p><p>30</p><p></p><p>8108/10</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>doberman</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>b 05943</p><p></p><p>JDO. MENORES</p><p></p><p>1</p><p></p><p>1</p><p></p><p>31</p><p></p><p>1698/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>pietro beretta</p><p></p><p>92 fs</p><p></p><p>9</p><p></p><p>sin numeracion</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>34</p><p></p><p>114</p><p></p><p>32</p><p></p><p>3305/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>11-601902</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>4</p><p></p><p>113</p><p></p><p>33</p><p></p><p>3305/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>browning</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>11-244978</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>4</p><p></p><p>113</p><p></p><p>34</p><p></p><p>4401/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>browning</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>sin numeracion</p><p></p><p>JDO. FED.</p><p></p><p>4</p><p></p><p>8</p><p></p><p>35</p><p></p><p>7003/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>525723</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>46</p><p></p><p></p><p>36</p><p></p><p>7897/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>529170</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>31</p><p></p><p>119</p><p></p><p>37</p><p></p><p>7860/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>bersa</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>601076</p><p></p><p>FISC. INST.</p><p></p><p>47</p><p></p><p>1</p><p></p><p>38</p><p></p><p>7138/11</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>JAGUAR</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>192048</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>30</p><p></p><p>164</p><p></p><p>39</p><p></p><p>5860/08</p><p></p><p>revolver</p><p></p><p>ruby</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>27831</p><p></p><p>JDO. INST.</p><p></p><p>31</p><p></p><p>1</p><p></p><p></p><p></p><p><strong>ARMAS DENUNCIADAS QUE ESTABAN EN ARMERIA</strong></p><p></p><p></p><p></p><p>1</p><p></p><p>4717/08</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>LIMADA</p><p></p><p></p><p>2</p><p></p><p>6014/08</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>BAGUAL</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p></p><p>3</p><p></p><p>2105/10</p><p></p><p>ESCOPETA</p><p></p><p>MAHELY</p><p></p><p></p><p>16</p><p></p><p>4000</p><p></p><p></p><p>4</p><p></p><p>5625/10</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>GAP</p><p></p><p></p><p>8</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p></p><p>5</p><p></p><p>695/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>M64</p><p></p><p>22</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p></p><p>6</p><p></p><p>7897/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BALLESTER MOLINA</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>79673</p><p></p><p></p><p><strong>ARMAS A CONFIRMAR (EN PARTE SUMARIAL CONSTA ELEVADA)</strong></p><p></p><p>1</p><p></p><p>1355/07</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>GACELA</p><p></p><p></p><p>32L</p><p></p><p>37841</p><p></p><p></p><p>2</p><p></p><p>3518/07</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>21526</p><p></p><p></p><p>3</p><p></p><p>4298/07</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>TANQUE</p><p></p><p></p><p>32L</p><p></p><p>125-18070</p><p></p><p></p><p>4</p><p></p><p>483/08</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>ITALO</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p></p><p>5</p><p></p><p>6336/08</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>TAURUS</p><p></p><p>MILENIUM</p><p></p><p>9</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p></p><p>6</p><p></p><p>6336/08</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>MINI THUNDER</p><p></p><p>40</p><p></p><p>579007</p><p></p><p></p><p>7</p><p></p><p>7161/09</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>01-227765</p><p></p><p></p><p></p><p><strong>ARMAS DENUNCIADAS QUE FUERON ELEVADAS CONFIRMACION TELEFONICA O POR RECIBO</strong></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>1</p><p></p><p>4882/07</p><p></p><p>ESCOPETA</p><p></p><p>RECORTADA</p><p></p><p>SIN MARCA</p><p></p><p>16</p><p></p><p>7381</p><p></p><p>RECIBO TOC 15 21/01/08</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>2</p><p></p><p>5261/07</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>DOBERMAN</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>4247</p><p></p><p>RECIBO TOC 23 21/01/08</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>3</p><p></p><p>5380/07</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>THUNDER</p><p></p><p>380</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p>RECIBO TOM 3 19/06/08</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>4</p><p></p><p>8479/07</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>TIVER</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>6114</p><p></p><p>29/02/08 INFORMA DRA SAA</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>5</p><p></p><p>5606/07</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>7,65</p><p></p><p>319559</p><p></p><p>27/11/07 INFORMA ALBERTO GARCIA</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>6</p><p></p><p>5606/07</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>GALAND</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>6019</p><p></p><p>27/11/07 INFORMA ALBERTO GARCIA</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>7</p><p></p><p>2447/08</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>TAURUS</p><p></p><p>MILENIUM</p><p></p><p>9</p><p></p><p>TRK85263</p><p></p><p>RECIBO 1/9/09 TOC19</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>8</p><p></p><p>8622/08</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>DOBERMAN</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>SIN NUM</p><p></p><p>RECIBO 12/5/09 TOC 29</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>1875/09</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>R00593</p><p></p><p>RECIBO 24/08/09 TOC17</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>10</p><p></p><p>2346/09</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>DOBERMAN</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>286</p><p></p><p>RECIBO 24/08/09 TOC 19</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>11</p><p></p><p>1707/10</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>GLOCK</p><p></p><p>19</p><p></p><p>9</p><p></p><p>HHU679</p><p></p><p>RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>12</p><p></p><p>1707/10</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>SIN MARCA</p><p></p><p></p><p>38</p><p></p><p>258</p><p></p><p>RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>13</p><p></p><p>1707/10</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>BAGUAL</p><p></p><p>PASPER</p><p></p><p>22</p><p></p><p>360089</p><p></p><p>RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>14</p><p></p><p>1707/10</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>PASPER</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>4581</p><p></p><p>RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>15</p><p></p><p>7281/10</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>THUNDER</p><p></p><p>9</p><p></p><p>540120</p><p></p><p>ELEVADA 19/11/11 TOC 18 CAUSA 3633</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>16</p><p></p><p>2215/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>11-176263</p><p></p><p>RECIBO 29/03/2011 FISC INST 18</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>17</p><p></p><p>2215/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>THUNDER</p><p></p><p>9</p><p></p><p>11-598078</p><p></p><p>RECIBO 29/03/2011 FISC INST 18</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>18</p><p></p><p>2215/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>THUNDER</p><p></p><p>9</p><p></p><p>11-527231</p><p></p><p>RECIBO 29/03/2011 FISC INST 18</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>19</p><p></p><p>4083/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BROWNING</p><p></p><p></p><p>9</p><p></p><p>51231623</p><p></p><p>28/07/2011 ARMAMENTO Y MUNICION</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>20</p><p></p><p>5815/11</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>SIN MARCA</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>12226</p><p></p><p>RECIBO 13/09/11 UNIDAD FISCAL SUR</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>21</p><p></p><p>5815/11</p><p></p><p>REVOLVER</p><p></p><p>TIBER</p><p></p><p></p><p>32</p><p></p><p>07415A</p><p></p><p>RECIBO 13/09/11 UNIDAD FISCAL SUR</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>7603/11</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p></p><p>22</p><p></p><p>12795</p><p></p><p>RECIBO DIV BALISTICA METROPOLITANA</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>23</p><p></p><p>7638/11</p><p></p><p>pistola</p><p></p><p>TAURUS</p><p></p><p>PT92</p><p></p><p>9</p><p></p><p>sin numeración</p><p></p><p>llamado telefónico T.O.C. Nº 29</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>24</p><p></p><p>1975/09</p><p></p><p>PISTOLA</p><p></p><p>BERSA</p><p></p><p>THUNDER</p><p></p><p>22</p><p></p><p>LIMADA</p><p></p><p>T.O.C. Nº 27</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>d) En virtud de las circunstancias señaladas en el punto c) del presente la COMISARIA 38ª no cuenta con otra información relacionada con el armamento sustraído que aquella señalada en dicho ítem.</p><p></p><p>En consecuencia no es posible aportar información respecto de las causas en las que tales elementos fueron oportunamente secuestrados, lo que en definitiva surgirá de las actuaciones prevencionales que se instruyen en el ámbito de la Superintendencia de ASUNTOS INTERNOS, conforme se indica en el punto b) del presente.</p><p></p><p>e) Este ítem fue oportunamente respondido en el punto b) de la presente.</p><p></p><p>f) En virtud de hallarse en plena etapa investigativa tanto las actuaciones prevencionales como disciplinarias, a la fecha no se ha adoptado sanción para con los responsables del presente hecho, dado que previamente deben agotarse las instancias del procedimiento que permitan una acabada recopilación de probanzas, como el ejercicio de las garantías que hacen a la defensa de los investigados.</p><p></p><p>Sin perjuicio de ello, y toda vez que el hecho investigado reviste una indudable gravedad, se ha dispuesto por parte del Comando Institucional el cambio de situación de revista del siguiente personal, pasando de “Servicio Efectivo” a “Disponibilidad” prevista en el artículo 48 inciso g) de la Ley 21.965, medidas éstas que fueran publicadas en la Orden del Día Interna Nº 63 de fecha 04/04/2012.- </p><p></p><p>* Jefe de Oficina de Policía Judicial: Principal LP. 533 Juan Marcelo PRYTULA</p><p></p><p>* Jefe de la Oficina de Administración: Ayudante LP. 2379 Luis Ángel VEGA</p><p></p><p>* Encargado de la Armería de la COMISARIA 38ª: Sargento 1° LP. 52744 José Antonio LADA</p><p></p><p>g) En virtud de los hechos ocurridos en la COMISARÍA 38ª, y en miras a evitar su repetición, mediante Memorando 010-12-000021-2012 el Comando Institucional dispuso que la División ARMAMENTO Y MUNICIÓN reciba en depósito la totalidad del armamento y municiones secuestradas que se encontraran en depósito en las distintas Comisarías, sin perjuicio de la instrucción de las actuaciones judiciales y/o periciales que pudieren corresponder que se mantienen en la órbita de las Dependencias competentes en la cuestión.</p><p></p><p>A esos efectos, y con el objetivo de agilizar metodológicamente el trabajo y las medidas de seguridad pertinentes, en la División ARMAMENTO Y MUNICION se ha creado una Base de Datos a la cual se ingresa la información correspondiente a cada arma. La carga al sistema informático, fotografías con orden numérico para identificación del material, ingreso al libro de armas secuestradas e inspección técnica del armamento, se efectúa conjuntamente con personal de la Comisaría a controlar.</p><p></p><p>Por otra parte, habiéndose detectado la necesidad de regular y establecer los mecanismos para el traslado a dependencias del RENAR del armamento incautado o secuestrado que se estipula en la legislación. Tanto el artículo quinto de la Ley 25.938 como el artículo sexto del decreto 531/05, establecen que cuando la causa concluye o cuando el estado del trámite lo permita, la autoridad debe disponer la remisión del material al Registro Nacional de Armas para que desde allí se disponga su destrucción.</p><p></p><p>Teniendo en cuenta que no siempre se cumple de esta manera, el armamento suele quedar depositado en el lugar originario y no se busca su traslado, por lo cual se acumula en los depósitos de las fuerzas de seguridad y se generan las situaciones de reinserción en el delito. Por lo anterior, se están instrumentando los mecanismos para que el informe sobre el armamento incautado se procese y envíe al RENAR de manera inmediata, así como se busque que el mismo sea retirado de las dependencias policiales en un corto plazo de tiempo.</p><p></p><p>Como puede observarse, los ejes de trabajo en este sentido han sido por un lado la búsqueda de regularizar la situación del armamento en la actualidad, así como también el proyectar a futuro líneas de acción que permitan mecanizar el proceso y reducir al mínimo el tiempo que el armamento se encuentra en dependencias policiales. De tal forma, se evitan las situaciones en que el armamento vuelve a ser parte del circuito delictivo.</p><p></p><p>h) En la actualidad, las Fuerzas Federales remiten a requerimiento de esta cartera ministerial un listado que contiene el detalle de las armas secuestradas, incautadas y decomisadas que por orden judicial, se encuentran depositadas en dependencias de las fuerzas. Se encuentra detallado en ese informe la fecha de depósito, el tipo de armas, la aptitud de uso, juzgado y jurisdicción en la que se encuentra. Todo lo anterior se encuentra además dividido según la dependencia en la cual se encuentra depositado dicho armamento.</p><p></p><p>Desde este Ministerio se ha buscado normalizar la situación del armamento decomisado con relación a la ley 25.938, solicitando se informe al respecto, de manera tal de solicitar se actúe en consecuencia en todos aquellos casos en los cuales no se ha llevado a cabo la información al RENAR.</p><p></p><p>Cabe señalar que para el caso de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA da cuenta al Ministerio de SEGURIDAD de las armas que se encuentran secuestradas bajo custodia y a disposición de los diversos Juzgados o Fiscalías actuantes, con motivo del requerimiento formulado por dicha Cartera a través de la Nota JG/MS N° 43/12 de fecha 03 de abril del corriente año.</p><p></p><p>A través de la misma se dispuso que se proceda a “la remisión de un detalle de las armas secuestradas, incautadas y decomisadas que, por orden judicial, se encuentran depositadas en dependencias de esta Fuerza, indicando fecha de depósito, tipo de arma, aptitud de uso, juzgado y jurisdicción remitente y dependencia donde se encuentra localizada. Se indicará así mismo, si se viene dando cumplimiento a las previsiones de la Ley 25.938”</p><p></p><p>En virtud de ello se efectuó un relevamiento entre las diversas Áreas operativas de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, elaborando los informes que fueron elevados al citado Ministerio a través de Nota N° 001-01-000.696/12 del 25/04/2012, suscripta por el Sr. Jefe de la Institución.</p><p></p><p>i) La tabla que aparece a continuación muestra el total del armamento en dependencias de tres de las cuatro fuerzas federales, desagregando además las características de las mismas.</p><p></p><p>Fuerzas</p><p></p><p>Total de armas</p><p></p><p>Pistolas</p><p></p><p>Revólveres</p><p></p><p>Escopetas</p><p></p><p>Fusiles</p><p></p><p>Otros</p><p></p><p>Prefectura Naval Argentina</p><p></p><p>167</p><p></p><p>35</p><p></p><p>51</p><p></p><p>44</p><p></p><p>2</p><p></p><p>35</p><p></p><p>Gendarmería Nacional Argentina</p><p></p><p>2156</p><p></p><p>320</p><p></p><p>562</p><p></p><p>737</p><p></p><p>34</p><p></p><p>503</p><p></p><p>Policía de Seguridad Aeroportuaria</p><p></p><p>174</p><p></p><p>42</p><p></p><p>61</p><p></p><p>38</p><p></p><p>9</p><p></p><p>24</p><p></p><p>Como puede observarse, hay una gran cantidad de armamentos que no ha sido requerido por los juzgados intervinientes ni por el RENAR para su efectiva destrucción. Este Ministerio se encuentra trabajando en fortalecer los vínculos tanto con la Justicia como con dicho organismo a los fines de agilizar el trámite por el cual se destruya el armamento que se encuentra en dependencias policiales.</p><p></p><p>Para el caso particular de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y tal como fuera informado en el item g) del presente punto, en forma oportuna el Comando Institucional dispuso que la División ARMAMENTO Y MUNICIÓN recepcione la totalidad del armamento y municiones secuestradas que se encontraran en depósito en las distintas Comisarías, agregando a su misión específica la función de actuar como depósito de dichos elementos.</p><p></p><p>En virtud de ello se han remitido a dicha Dependencia un total de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES (4563), de las cuales se han incorporado a la BASE DE DATOS un total de DOS MIL SETECIENTOS SETENTA (2770) armas, de las cuales se han controlado MIL OCHOCIENTAS SESENTA Y SEIS (1866) y se han registrado CUARENTA Y UN (41) EGRESOS, por disposición Judicial, variando diariamente estas cantidades acorde a los ingresos e egresos de armamento que se producen en forma cotidiana.</p><p></p><p>Por tal motivo, y dado que se está trabajando intensamente en la carga de todo el armamento transferido a título de depósito al arsenal policial, no resulta viable proporcionar el detalle de los mismos hasta tanto se encuentre finalizada su carga en la Base de Datos aludida.</p><p></p><p>Sin perjuicio de ello se informan las armas que se encuentran depositadas en dependencias de las distintas Superintendencias operativas, entre ellas el armamento que a la fecha se encuentra en las Comisarías y en proceso de ser remitido a la antedicha División:</p><p></p><p>· Armas de puño: 497</p><p></p><p>· Armas Largas: 177</p><p></p><p>· Armas Caseras: 1</p><p></p><p>· Municiones 15.667</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="DSV, post: 1498209, member: 10911"] Informe del JGM al bloque de diputados PRO sobre robo de armamentos: [B]FUERZAS ARMADAS[/B] [B]Sírvase Informar sobre:[/B] Robo, hurto y extravío de armas y municiones de las durante los años 2010 y 2011: a) Informe la cantidad de armas de fuego, piezas y repuestos de las mismas, municiones y explosivos pertenecientes a las Fuerzas Armadas de la Nación se han perdido sea por hurtos, robos o extravíos. b) Informe los motivos y circunstancias por los que se perdieron los 14 fusiles de asalto liviano (FAL) calibre 7,62x51mm; 3 ametralladoras Halcón calibre 9mm; 31 pistolas Browning High Power calibre 9mm; 1 ametralladora de apoyo MAG calibre 7,62x51mm y una ametralladora pesada de uso antiaéreo Browning calibre .50 BMG. y cualquier otro material bélico que en el transcurso de los años 2010 a 2012 haya sido sustraído o extraviado a las Fuerzas Armadas. c) Informe acerca del avance en las investigaciones administrativas internas de cada fuerza en las cuales se estudia la pérdida de dichas armas. d) Informe acerca de las medidas disciplinarias adoptadas en virtud de las mencionadas pérdidas de armas. e) Informe acerca de las medidas de seguridad adoptadas dentro de las Fuerzas Armadas tendientes a evitar que estos casos de extravío, robo y hurto de material bélico sigan sucediéndose. RESPUESTA [B]A) [U]EJÉRCITO[/U][/B] [B]Inciso a)[/B] - Del BATALLON DE ARSENALES 601 “SARGENTO MAYOR ESTEBAN DE LUCA” se verificaron los siguientes faltantes en el año 2011: a. CORREDERA PARA FUSIL FAL CAL 7,62 VEINTITRES (23) USADAS b. CERROJO PARA FUSIL FAL CAL 7,62 VEINTIOCHO (28) USADOS c. ARMADURA PARA FUSIL FAL CAL 7,62 VEINTINUEVE (29) USADAS d. CAJON DE MECANISMO PARA FUSIL FAL CAL 7,62 VEINTISEIS (26) USADOS e. CAJON DE MECANISMO PARA FUSIL FAP CAL 7,62 UNO (1) USADO - Del BATALLÓN DE ARSENALES 603 “SAN LORENZO” se verificaron los siguientes faltantes en el año 2011: a. FUSIL CAL 7,62mm, FAL M 1 MODIF M IV CUARENTA Y TRES (43) COMPLETOS b. FUSIL CAL 7,62mm, FAL M 1 MODIF M IV CIENTO NUEVE (109) INCOMPLETOS c. AMETRALLADORA CAL 12,7mm, BROWNING SEIS (6) INCOMPLETAS d. AMETRALLADORA CAL 7.62mm, MAG UNA (1) COMPLETA e. PISTOLA CAL 9 X 19 mm – FM –LIC BROWNING UNA (1) COMPLETA f. REPUESTOS DE ARMAMENTOS 1) CORREDERA PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm SEIS (6) NUEVAS 2) ARMADURA PARA FUSIL FAL CAL 7,62 mm VEINTISEIS (26) NUEVAS 3) CAÑÓN PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm DOCIENTOS VEINTICINCO (225) NUEVOS 4) CAÑÓN PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm CUARENTA Y CINCO (45) USADOS 5) ARMADURA PARA FUSIL FAL CAL 7,62 mm DOCIENTOS TREINTA Y TRES (233) USADAS 6) CAJON DE MECANISMO PARA FUSIL FAP CAL 7,62 mm DOCIENTOS SESENTA (260) USADOS 7) CORREDERA PARA FUSIL FAL CAL 7,62mm DOCIENTOS CUARENTA Y CINCO (245) USADAS 8) CERROJO PARA FUSIL FAL CAL 7,62 mm DOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS (256) USADOS 9) CAÑÓN PARA PISTOLA AMETRALLADORA CAL 9mm PA 3 UNO (1) NUEVO 10) BLOCK DE CIERRE PARA PISTOLA AMET CAL 9 mm PA 3 UNO (1) NUEVO 11) CAÑÓN PARA AMETRALLADORA CAL 7,62 mm MAG TRES (3) NUEVOS [B]c) [/B] 1.- Información Disciplinaria (Expte 29 11 – 0058/5), que se sustanció por aplicación de los Art(s) 31 y 13, Inc 23 del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, Ley 26394, Anexo IV. El Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO designó a un Oficial Superior, como Instructor de la Información Disciplinaria por el faltante de armamento en el Batallón de Arsenales 603 – SAN LORENZO. Tanto el Consejo de Disciplina de la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL como el Consejo General de Disciplina del EJÉRCITO ARGENTINO, tomaron la debida intervención. 2.- “Sumario Av. faltante Fusil Fal Nº 15214 (Batallón de Arsenales 603 “San Lorenzo”)”, Expte Nº 14926/2011 que tramita ante la Fiscalía Federal Nº 1 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Marcelo Degiovanni. El último requerimiento efectuado por la Fiscalía fue el 04 de mayo de 2012, mediante Oficio N° 573, en el cual se requirió el Libro de Guardia del BATALLÓN DE ARSENALES 603 “SAN LORENZO”, del período comprendido entre el 10 de marzo al 25 de mayo de 2011. 3.- Información Disciplinaria (Expte CQ 11 – 1253/5), que se sustancia por aplicación de los Art(s) 31 y 13, Inc 23 del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas, Ley 26394, Anexo IV, con motivo del faltante de repuestos de armamento en el Batallón de Arsenales 601 – ESTEBAN DE LUCA. Con fecha 21 de octubre de 2011, el JEMGE designó a un Oficial Jefe, como Instructor de la citada Información Disciplinaria. Esta Información se encuentra en la etapa de instrucción, siendo imputado el Sargento Mecánico de Artillería Carlos Javier SERVÍN (DNI 27.457.686), resolviéndose la suspensión del servicio de dicho personal militar. [B]d)[/B] Se adoptaron las siguientes medidas disciplinarias: [LIST] [*]Mayor de Artillería Jorge Ezequiel PACHECO: CUARENTA Y CINCO (45) días de arresto simple. [*]Mayor de Arsenales José Marcelo DILSIZIAN: CINCUENTA (50) días de arresto simple. [*]Mayor de Arsenales Gustavo Elisandro MONTIEL: CUARENTA Y CINCO (45) días de arresto simple. [*]Capitán de Arsenales Arnaldo Efraín TROSSERO: CINCUENTA Y CINCO (55) días de arresto simple. [*]Teniente Primero de Arsenales Bruno Hernán SZPYTMA: CUARENTA (40) días de arresto simple. [*]Suboficial Mayor Mecánico Motorista Héctor Vicente MASTRACCHIO: QUINCE (15) días de arresto simple. [*]Suboficial Principal Conductor Motorista Rubén Alberto GIACHERO: DIEZ (10) días de arresto simple. [*]Suboficial Principal de Equipos de Campaña Federico OTERO: CUARENTA Y CINCO (45) días de arresto simple. [*]Suboficial Principal Oficinista Juan Carlos GOMEZ: QUINCE (15) días de arresto simple. [*]Suboficial Principal Mecánico Motorista Electricista Marcelo Pablo CLOUX: CUARENTA (40) días de arresto simple. [/LIST] [B]e)[/B] Medidas de seguridad adoptadas: 1. Reemplazo de encargados en los principales depósitos de las diferentes Cuentas Logísticas. 2. Instalación de contenedores para brindar seguridad adicional al armamento. 3. Inspección, control y relevamiento de repuestos de armamento en todas la Bases de Apoyo Logístico y Batallones de Arsenales. 4. Implementación y carga de datos al software dedicado para gestión integral de repuestos de armamento. 5. Creación de un Batallón de Arsenales Depósito, cuya responsabilidad primaria será la guarda, custodia y administración de los efectos sensibles. 6. Definición de nuevas tecnologías, medidas electrónicas y determinación de necesidades presupuestarias para su obtención. [B]B) FUERZA AÉREA[/B] [B]a) [/B]Las armas de fuego robadas son las siguientes: • VEINTIÚN (21) Pistolas Semi Automáticas 9 mm Browning. • DOS (2) FUSILES AUTOMÁTICOS LIVIANOS MODELOS PARA. • UNA (1) Pistola Ametralladora Ingrand calibre 9mm. • DOS (2) Pistolas Ametralladoras modelo Halcón. Munición robada: • MIL CIEN (1.100) Cartuchos 9mm. • MIL DOSCIENTOS (1.200) Cartuchos 7,62mm. [B]b)[/B] El material faltante se encontraba depositado en la sala de armas de la Compañía Histórica, dependiente del Cuartel General del Estado Mayor General de la FAA y en la I Brigada Aérea de El Palomar. [B]c)[/B] Se realizaron actuaciones para deslindar responsabilidades administrativas que culminaron con las sanciones correspondientes. [B]e)[/B] Medidas de seguridad adoptadas: 1°) Se creó el Departamento Protección de Fuerzas cuya tarea es “Planificar, coordinar, asesorar y supervisar las actividades concernientes a la seguridad y defensa de las instalaciones militares pertenecientes al Comando de Adiestramiento y Alistamiento (CAA) de la Fuerza Aérea, con la finalidad de garantizar la vida y la libertad de las personas y la protección de los bienes que constituyen el patrimonio nacional, preservando la integridad de los medios y recursos puestos a disposición de las Unidades, como la de aquellos que sean desplegados” 2°) Se impartieron directivas especificas a las Unidades dependientes del Comando de Adiestramiento y Alistamiento y se creó la figura del Oficial de Seguridad y Defensa (OSD) con responsabilidad en todos los aspectos que hacen a la seguridad y defensa de instalaciones militares, posteriormente se desarrollo el “Manual Aeronáutico de Procedimientos para Protección de Fuerzas” (MAP 44). 3°) Se establecieron los procedimientos para evaluar y aprobar los Planes de Seguridad y Defensa de las Unidades y Organismos dependientes de la Fuerza Aérea. 4°) Se inicio un programa de visita sorpresiva a las unidades, a efectos de ejercitar el concepto de seguridad basado en aspectos legales y operacionales que rigen la Seguridad y Defensa de Unidades Militares. 5°) Se desarrollaron ejercicios operativos destinados a comprobar, estandarizar y actualizar los procedimientos terrestres de seguridad y defensa de instalaciones en el ámbito de la Fuerza Aérea. 6°) Se ha diagramado y adquirido un sistema básico para la vigilancia y detección mediante el uso de alarmas y CCTV para seguridad de las instalaciones militares, con la intención de establecer un sistema centralizado en el Cuartel General. [B]B) ARMADA[/B] [B]e)[/B] Medidas adoptadas en forma permanente a través de las siguientes órdenes y reglamentaciones: - Orden Permanente del COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO DE LA ARMADA Nº 05/10 "C" (Instrucciones Particulares sobre Seguridad del Armamento). - Orden Permanente del Comandante de la Infantería de Marina Nº 01/10 "C" (Normas Generales sobre Seguridad de Unidades, Control y Uso de Armamento Portátil). - Orden Permanente del COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO DE LA ARMADA Nº 06/11 "R" (Instrucciones de Conducción para Unidades, Subunidades y Fracciones de Seguridad de la Armada). - Orden Permanente del COMANDO DE OPERACIONES NAVALES Nº 01/05 "S" (INTENSIFICAR MEDIDAS DE SEGURIDAD FÍSICAS). - Manual de Seguridad Física R.G. 1-712 "R" Capítulo 3. - Circular Técnica DIAE AM-03 – REVISIÓN 04. - Inspecciones realizadas por el Departamento Seguridad del COMANDO DE LA INFANTERÍA DE MARINA, en bases y establecimientos navales, verificando las condiciones de seguridad de los cargos armamento y sala de armas. [B]389. POLICÍA FEDERAL ARGENTINA[/B] [B]Sírvase Informar sobre:[/B] Robo, hurto y/o extravío de armas bajo custodia en la Comisaría 38 en abril de 2012: a) Informe las causas y circunstancias por las cuales se tenían bajo custodia las 74 armas de fuego que luego desaparecieron de la comisaría nº 38 de la Policía Federal. b) Informe el nombre y apellido de los oficiales de la Policía Federal a cargo de la comisaría 38 que tuvieron bajo su responsabilidad la custodia de las 74 armas de fuego desaparecidas. c) Informe con el mayor grado de detalle el tipo, calibre, marca y capacidad operativa de cada una de las 74 armas de fuego desaparecidas de la comisaría 38 de la Policía Federal. d) Informe acerca de los operativos llevados a cabo por las fuerzas de seguridad en virtud de los cuales se incautaron las 74 armas de fuego mencionadas. e) Informe acerca del avance y resultados de las investigaciones administrativas internas en las cuales se investiga la desaparición de dichas armas. f) Informe acerca de las medidas disciplinarias adoptadas en virtud de las mencionadas desapariciones de armas. g) Informe acerca de las medidas de seguridad adoptadas tendientes a evitar que estos casos de extravío, robo y hurto de armas bajo custodia policial sigan sucediéndose. h) Informe los mecanismos mediante los cuales las Fuerzas de Seguridad dan cuenta al Ministerio de Seguridad de la situación en que se encuentran las armas secuestradas que se encuentran bajo su custodia. i) Informe la cantidad y características de las armas de fuego y municiones que en la actualidad se encuentran bajo custodia de la Policía Federal y demás fuerzas de seguridad dependientes del Gobierno Nacional. RESPUESTA a) El armamento que resultara sustraído de la COMISARÍA 38ª, se encontraba en depósito en dicha Seccional con motivo de hallarse vinculado a diversas actuaciones con conocimiento de las autoridades jurisdiccionales competentes. Dicha situación es producto del cumplimiento de la misión asignada a la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA por el Decreto Ley 333/58, Ley orgánica de esta Institución. En ese sentido su artículo 1º establece: “La Policía Federal cumple funciones de policía de seguridad y judicial en el territorio de las provincias y Capital de la Nación, dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación”. En el mismo orden, y como funciones de esta Fuerza, establece el Artículo 3º de dicha norma: 1. Prevenir los delitos de la competencia de los Jueces de la Nación; 2. Averiguar los delitos de la competencia de los jueces de la Nación, practicar las diligencias para asegurar su prueba, descubrir a los autores y partícipes, entregándolos a la justicia, con los deberes y atribuciones que a la Policía confiere el Código de Procedimientos en lo Criminal (Código Procesal Penal de la Nación, conforme nueva denominación -ley 23.984-). b) A raíz de los hechos sucedidos en la COMISARIA 38ª, y por disposición del Sr. Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, en el ámbito del Departamento INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS de la Superintendencia de ASUNTOS INTERNOS se instruye el Sumario Administrativo Nº 465-18-000047/2012, caratulado “ESCLARECIMIENTO DEL HECHO Y DE CORRESPONDER JUZGAR CONDUCTA DE SUS RESPONSABLES” donde resulta parte personal a determinar del numerario de la COMISARÍA 38ª En estrecha vinculación con estos actuados, la Superintendencia referida instruye la Prevención Sumaria Nº 37/12 en sede de la División OPERACIONES JUDICIALES, caratulada “Diligencia Judicial”, la cual fuera ordenada en el marco de la Causa Nº I-16-023.721/12, caratulada “N.N. S/ROBO CALIFICADO”, con intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 16, a cargo de la Dra. Mónica CUÑARRO, Secretaría de la Dra. Ileana SCHYGIEL, la cual ordenara diversas diligencias procesales tendientes a determinar la cantidad cierta de armas secuestradas, circunstancias que permitan la atribución de responsabilidades penales y la localización de los autores y del material sustraído, las que están en pleno trámite instructorio. A la fecha se han formulado cargos administrativos contra los siguientes funcionarios, habida cuenta que del desarrollo de las investigaciones administrativas han surgido elementos que denotan conductas disciplinariamente reprochables: [B]* [/B]Jefe de Oficina de Policía Judicial: Principal LP. 533 Juan Marcelo PRYTULA el siguiente cargo administrativo a saber: “ EN SU CALIDAD DE JEFE DE LA OFICINA DE JUDICIALES NO FISCALIZO QUE LAS ARMAS SECUESTRADAS SE HALLARAN A RESGUARDO, CORRECTAMENTE ROTULADAS Y ORDENADAS DE FORMA QUE PUDIERAN SER FÁCILMENTE IDENTIFICADAS, NI PROCURO QUE SOBRE EL DEPÓSITO DE LA DEPENDENCIA SE ADOPTARAN LAS MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD, PERDIENDO EL CONTROL SOBRE LA TOTALIDAD DE LOS ELEMENTOS SECUESTRADOS AL NO CONFECCIONAR EL LIBRO HABILITADO PARA TAL FIN EN FORMA ADECUADA, POSIBILITANDO CON SU ACCIONAR QUE ARMAMENTO AFECTADO A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES FUERA SUSTRAÍDO”, “NO REALIZAR CORRECTAMENTE EL COTEJO DE ARMAMENTO SECUESTRADO QUE SE HALLABA EN EL DEPOSITO DE LA ARMERÍA DE LA DEPENDENCIA ELABORANDO UN INFORME INEXACTO EN RELACIÓN A LA CANTIDAD DE ARMAS FALTANTES” Y “HABER EFECTUADO LA ENTREGA DEL RODADO MARCA BMW CEO 719 A SU TITULAR, CIRCUNSTANCIA QUE CONSTA EN LA SUSTANCIACIÓN DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO NRO 465-18-00070/12, SIN EFECTUAR LA CONSULTA PERTINENTE CON LA JUDICATURA ACTUANTE”.- * Jefe de la Oficina de Administración: Ayudante LP. 2379 Luis Ángel VEGA, se le endilgo el siguiente reproche disciplinario “EN SU CALIDAD DE OFICIAL A CARGO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN NO LLEVO A CABO LOS CONTROLES ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES TENDIENTES A IDENTIFICAR LOS ELEMENTOS AFECTADOS A CAUSAS JUDICIALES QUE SE HALLAN EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA, COMO ASÍ TAMPOCO VELÓ QUE DICHO DEPOSITO GUARDARA UN CORRECTO ORDEN, PULCRITUD NI MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR EL INGRESO IRRESTRICTO AL SECTOR, POSIBILITANDO QUE SE VERIFICARA EL FALTANTE DE ARMAMENTO SECUESTRADO Y DEPOSITADO EN LA DEPENDENCIA AFECTADO A CAUSAS JUDICIALES” * Encargado de la Armería de la COMISARIA 38ª: Sargento 1° LP. 52744 José Antonio LADA, se le formuló el siguiente reproche disciplinario a saber: “EN SU CALIDAD DE ARMERO DE LA COMISARÍA 38 FUERON OBSERVADAS SERIAS Y NOTORIAS FALTAS EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES, AL NO EFECTUAR UN CONCIENZUDO CONTROL Y REGISTRO DE ARMAS SECUESTRADAS Y AFECTADAS A CAUSAS JUDICIALES QUE FUERAN DESTINADOS A SU RESGUARDO EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA, EL CUAL SE HALLABA DENTRO DE SU ORBITA, EVIDENCIÁNDOSE EN EL LUGAR UN COMPLETO DESORDEN Y FALTA DE ASEO, POSIBILITANDO CON SU DESIDIA LA SUSTRACCIÓN DE ARMAMENTO VINCULADO A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES, LABRÁNDOSE LAS PERTINENTES ACTUACIONES JUDICIALES”, “ HABER INCUMPLIDO CON SUS FUNCIONES ESPECIFICAS EN CALIDAD DE ARMERO DE LA COMISARÍA 38° TODA VEZ QUE SE CONSTATO QUE NO EFECTIVIZO LA LIMPIEZA DEL ARMAMENTO PROVISTO AL PERSONAL ASIGNADO A LA DEPENDENCIA EN ATENCIÓN A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 51 INCISO D) DEL REGLAMENTO GENERAL DE ARMAS Y TIRO (R.G.P.F.A. NRO 8) CONFORME FUERA PUBLICADO EN CALIDAD DE RECORDATORIA EN LA O.D.I. NRO 214 DEL 10/11/11”, y “ NO REALIZAR CORRECTAMENTE EL COTEJO DEL ARMAMENTO SECUESTRADO QUE SE HALLABA EN DEPOSITO EN LA ARMERÍA DE LA DEPENDENCIA ELABORANDO UN INFORME INEXACTO EN RELACIÓN A LA CANTIDAD DE ARMAS FALTANTES”, “DISCONTINUAR EL ASIENTO EN EL LIBRO REGISTRO DE ELEMENTOS SECUESTRADOS DE LAS ANOTACIONES PERTINENTES”.- Independientemente de lo expuesto se dispuso el cambio de situación de revista de los antes nombrados, desde “Servicio Efectivo” a “Disponibilidad” previsto en el artículo 48 inciso g) de la Ley 21.965, medidas publicadas en la Orden del Día Interna Nº 63 de fecha 04/04/2012. · Personal que cumpliera funciones como “Sargento de Guardia” en la COMISARIA 38ª: 1) Sargento 1°. LP. 52774 Juan Horacio SOSA, 2) Sargento 1° LP: 52678 Juan Domingo ZARACHO, 3) Sargento 1 LP: 52.486 Oscar Roberto OCAÑA, 4) Sargento LP. 6904 José Ramón MERINO, 5) 6) Sargento LP. 9229 Juan Alberto CHAZARRETA, 7) Sargento LP. 2342 Jorge Luis BERON, 8) 9) Sargento LP. 17950 Pedro Ángel SALAS, 10) Cabo 1 LP. 23859 Juan Marcelo KIPILDOR, 11) Cabo 1 LP. 1508 Jacinto Ernesto MAZA, 12) Cabo 1 LP: 16711 Gustavo Patricio GARCIA, 13) Cabo 1 LP: 11560 Jorge Alejandro QUINTEROS, 14) Cabo LP. 19.996, Héctor Andrés OJEDA, 15) Cabo LP: 16086 Héctor Napoleón MEDINA 16) Agente LP. 13714 Héctor Rubén BATISTON HERRERA. Todos en servicio efectivo, a quienes se le formuló el siguiente cargo administrativo a saber:“ EN SU CONDICIÓN DE SARGENTO DE GUARDIA DE LA COMISARÍA 38 OMITIÓ VELAR POR LA CORRECTA CUSTODIA DE LA TOTALIDAD DE LAS INSTALACIONES DE LA DEPENDENCIA, POSIBILITANDO CON ELLO QUE FUERAN SUSTRAÍDAS ARMAS AFECTADAS A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES, QUE SE ENCONTRABAN DEPOSITADAS EN LA DEPENDENCIA” Sin perjuicio de lo antes señalado, y como consecuencia del devenir de la investigación administrativa, se proyecta formular cargo disciplinario para con los siguientes Oficiales: * Ex Subinspector LP. 1822 Maximiliano Rodrigo CHEJOLAN (quien fuera dado de baja de la Institución con fecha 19-04-12 mediante resolución 349 publicada en la Orden del Día Interna 75), quien cumpliera funciones como Oficial de Administración con anterioridad al Ayudante VEGA, a quien se le endilgo: “EN SU CALIDAD DE OFICIAL A CARGO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN NO LLEVO A CABO LOS CONTROLES ADMINISTRATIVOS CORRESPONDIENTES TENDIENTES A IDENTIFICAR LOS ELEMENTOS AFECTADOS A CAUSAS JUDICIALES QUE SE HALLABAN EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA, COMO ASÍ TAMPOCO VELÓ QUE DICHO DEPOSITO GUARDARA UN CORRECTO ORDEN, PULCRITUD NI MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR EL INGRESO IRRESTRICTO AL SECTOR, POSIBILITANDO QUE SE VERIFICARA EL FALTANTE DE ARMAMENTO SECUESTRADO Y DEPOSITADO EN LA DEPENDENCIA AFECTADO A CAUSAS JUDICIALES”. * Principal LP. 1129 Adrián Ignacio OCHOA, quien se bien se desempeñaba como Oficial a cargo de la Brigada de la Dependencia a su vez supervisaba las tareas que desarrollaban los Oficiales de Administración “EJERCIENDO FUNCIONES QUE IMPLICARON LA SUPERVISIÓN DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISARÍA 38, NO IMPARTIÓ AL PERSONAL A SUS ORDENES LAS DIRECTIVAS PERTINENTES TENDIENTES A LOGRAR QUE EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA GUARDARA ORDEN Y PULCRITUD, COMO ASÍ TAMPOCO DISPUSO LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS PARA EVITAR EL INGRESO IRRESTRICTO AL SECTOR, DEL PERSONAL AJENO AL LUGAR, POSIBILITANDO CON SU ACCIONAR QUE A LA POSTRE SE VERIFICARA EL FALTANTE DE ARMAMENTO SECUESTRADO Y AFECTADO A DISTINTAS CAUSAS JUDICIALES QUE SE ENCONTRABA A RESGUARDO EN EL DEPOSITO DE LA DEPENDENCIA. Por otra parte se evalúan dentro del mismo marco investigativo las responsabilidades que pudieran corresponder a los Oficiales Jefes que conformaron el Comando de la Dependencia, Comisario Carlos Raúl GRANDAL, Subcomisario Ricardo Juan GRISOLIA, Subcomisario Pedro FERNÁNDEZ NARVÁEZ, Subcomisario Horacio ORELLANA, quienes fueron destinados a otras unidades policiales. c) En relación a este punto debe tenerse en cuenta que en principio, fueron denunciadas como sustraídas del interior de la COMISARIA 38ª una determinada cantidad de armas. Con posterioridad, y teniendo en cuenta la forma en que era gestionada la Armería de la Dependencia (lo que es motivo de reproche disciplinario tanto para su encargado como para los funcionarios con responsabilidad de contralor y fiscalización), se estableció que parte de ellas habían sido remitidas a los Juzgados interventores. A esos efectos se discriminan las armas en cuestión según las circunstancias aludidas. [B]FALTANTES[/B] Nº SUM TIPO MARCA MODELO cal. Num JUZG. INTERV. Nº SEC 1 3411/07 pistola taurus pt51 6,35 limada JDO INST. 49 1 2 4835/07 pistola astra detective 9 limada JDO. FED. 11 22 3 5730/07 revolver colt 32 146691 FISC. INST. 42 4 6794/07 revolver amadeo rossi 38 w220666 FISC. INST. 7 5 2170/08 revolver custer 32 a8162 FISC. INST. 5 6 2285/08 revolver smith wesson 38 1k25330 FISC. INST. 5 7 2340/08 revolver taurus 32 310263 FISC. INST. 5 8 4831/08 pistola bersa 23 22 limada JDO. CORREC. 1 52 9 6014/08 revolver taurus magnum 44 ne942378 JDO. INST. 35 10 6014/08 revolver doberman 32 92175 JDO. INST. 35 11 6765/08 pistola bersa thunder 9 17977 JDO FED. 5 12 6765/08 pistola browning 9 16525-013025 JDO FED. 5 13 918/09 pistola astra 22 176250 JDO. MEN 3 7 14 1452/09 pistola browning 9 5580 001080 JDO. INST. 2 107 15 2837/09 revolver keeper 38 3972 JDO. MEN 7 19 16 3661/09 pistola taurus pt92 9 tpf94252 JDO. INST. 38 132 17 4277/09 pistola bersa 380 221023 FISC. INST. 2 18 899/10 pistola browning 9 12-66128 JDO. INST. 46 136 19 1692/10 pistola bersa 23 22 224247 JDO. MEN 3 7 20 2487/10 revolver taurus 38 oe71967 JDO. INST. 41 112 21 4552/10 revolver doberman 32 u02286 FISC. INST. 46 22 4473/10 pistola glok 9 hxr421 FISC. INST. 45 23 4473/10 pistola bersa 52 22 sin numeracion FISC. INST. 45 24 5716/10 pistola browning 9 011025-14525 JDO. INST. 18 156 25 6508/10 pistola tanque 22 sin numeracion JDO. INST. 16 111 26 7831/10 revolver doberman 32 0489s JDO. MENORES 6 16 27 8315/10 pistola leslie l25 25 232144 FISC. INST. 28 1 28 8315/10 pistola bersa 83 380 245362 FISC. INST. 28 1 29 8315/10 revolver king cobra 357 kv9968 FISC. INST. 28 1 30 8108/10 revolver doberman 32 b 05943 JDO. MENORES 1 1 31 1698/11 pistola pietro beretta 92 fs 9 sin numeracion JDO. INST. 34 114 32 3305/11 pistola bersa 9 11-601902 JDO. INST. 4 113 33 3305/11 pistola browning 9 11-244978 JDO. INST. 4 113 34 4401/11 pistola browning 9 sin numeracion JDO. FED. 4 8 35 7003/11 pistola bersa 9 525723 FISC. INST. 46 36 7897/11 pistola bersa 9 529170 JDO. INST. 31 119 37 7860/11 pistola bersa 9 601076 FISC. INST. 47 1 38 7138/11 revolver JAGUAR 38 192048 JDO. INST. 30 164 39 5860/08 revolver ruby 38 27831 JDO. INST. 31 1 [B]ARMAS DENUNCIADAS QUE ESTABAN EN ARMERIA[/B] 1 4717/08 PISTOLA BROWNING 9 LIMADA 2 6014/08 REVOLVER BAGUAL 22 SIN NUM 3 2105/10 ESCOPETA MAHELY 16 4000 4 5625/10 PISTOLA GAP 8 SIN NUM 5 695/11 PISTOLA BERSA M64 22 SIN NUM 6 7897/11 PISTOLA BALLESTER MOLINA 22 79673 [B]ARMAS A CONFIRMAR (EN PARTE SUMARIAL CONSTA ELEVADA)[/B] 1 1355/07 REVOLVER GACELA 32L 37841 2 3518/07 PISTOLA BROWNING 9 21526 3 4298/07 REVOLVER TANQUE 32L 125-18070 4 483/08 REVOLVER ITALO 22 SIN NUM 5 6336/08 PISTOLA TAURUS MILENIUM 9 SIN NUM 6 6336/08 PISTOLA BERSA MINI THUNDER 40 579007 7 7161/09 PISTOLA BROWNING 9 01-227765 [B]ARMAS DENUNCIADAS QUE FUERON ELEVADAS CONFIRMACION TELEFONICA O POR RECIBO[/B] 1 4882/07 ESCOPETA RECORTADA SIN MARCA 16 7381 RECIBO TOC 15 21/01/08 2 5261/07 REVOLVER DOBERMAN 22 4247 RECIBO TOC 23 21/01/08 3 5380/07 PISTOLA BERSA THUNDER 380 SIN NUM RECIBO TOM 3 19/06/08 4 8479/07 REVOLVER TIVER 32 6114 29/02/08 INFORMA DRA SAA 5 5606/07 PISTOLA BROWNING 7,65 319559 27/11/07 INFORMA ALBERTO GARCIA 6 5606/07 REVOLVER GALAND 22 6019 27/11/07 INFORMA ALBERTO GARCIA 7 2447/08 PISTOLA TAURUS MILENIUM 9 TRK85263 RECIBO 1/9/09 TOC19 8 8622/08 REVOLVER DOBERMAN 22 SIN NUM RECIBO 12/5/09 TOC 29 9 1875/09 PISTOLA BROWNING 9 R00593 RECIBO 24/08/09 TOC17 10 2346/09 REVOLVER DOBERMAN 22 286 RECIBO 24/08/09 TOC 19 11 1707/10 PISTOLA GLOCK 19 9 HHU679 RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124 12 1707/10 REVOLVER SIN MARCA 38 258 RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124 13 1707/10 REVOLVER BAGUAL PASPER 22 360089 RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124 14 1707/10 REVOLVER PASPER 22 4581 RECIBO 30/3/10 JUZG INST 27 SEC 124 15 7281/10 PISTOLA BERSA THUNDER 9 540120 ELEVADA 19/11/11 TOC 18 CAUSA 3633 16 2215/11 PISTOLA BROWNING 9 11-176263 RECIBO 29/03/2011 FISC INST 18 17 2215/11 PISTOLA BERSA THUNDER 9 11-598078 RECIBO 29/03/2011 FISC INST 18 18 2215/11 PISTOLA BERSA THUNDER 9 11-527231 RECIBO 29/03/2011 FISC INST 18 19 4083/11 PISTOLA BROWNING 9 51231623 28/07/2011 ARMAMENTO Y MUNICION 20 5815/11 REVOLVER SIN MARCA 32 12226 RECIBO 13/09/11 UNIDAD FISCAL SUR 21 5815/11 REVOLVER TIBER 32 07415A RECIBO 13/09/11 UNIDAD FISCAL SUR 22 7603/11 PISTOLA BERSA 22 12795 RECIBO DIV BALISTICA METROPOLITANA 23 7638/11 pistola TAURUS PT92 9 sin numeración llamado telefónico T.O.C. Nº 29 24 1975/09 PISTOLA BERSA THUNDER 22 LIMADA T.O.C. Nº 27 d) En virtud de las circunstancias señaladas en el punto c) del presente la COMISARIA 38ª no cuenta con otra información relacionada con el armamento sustraído que aquella señalada en dicho ítem. En consecuencia no es posible aportar información respecto de las causas en las que tales elementos fueron oportunamente secuestrados, lo que en definitiva surgirá de las actuaciones prevencionales que se instruyen en el ámbito de la Superintendencia de ASUNTOS INTERNOS, conforme se indica en el punto b) del presente. e) Este ítem fue oportunamente respondido en el punto b) de la presente. f) En virtud de hallarse en plena etapa investigativa tanto las actuaciones prevencionales como disciplinarias, a la fecha no se ha adoptado sanción para con los responsables del presente hecho, dado que previamente deben agotarse las instancias del procedimiento que permitan una acabada recopilación de probanzas, como el ejercicio de las garantías que hacen a la defensa de los investigados. Sin perjuicio de ello, y toda vez que el hecho investigado reviste una indudable gravedad, se ha dispuesto por parte del Comando Institucional el cambio de situación de revista del siguiente personal, pasando de “Servicio Efectivo” a “Disponibilidad” prevista en el artículo 48 inciso g) de la Ley 21.965, medidas éstas que fueran publicadas en la Orden del Día Interna Nº 63 de fecha 04/04/2012.- * Jefe de Oficina de Policía Judicial: Principal LP. 533 Juan Marcelo PRYTULA * Jefe de la Oficina de Administración: Ayudante LP. 2379 Luis Ángel VEGA * Encargado de la Armería de la COMISARIA 38ª: Sargento 1° LP. 52744 José Antonio LADA g) En virtud de los hechos ocurridos en la COMISARÍA 38ª, y en miras a evitar su repetición, mediante Memorando 010-12-000021-2012 el Comando Institucional dispuso que la División ARMAMENTO Y MUNICIÓN reciba en depósito la totalidad del armamento y municiones secuestradas que se encontraran en depósito en las distintas Comisarías, sin perjuicio de la instrucción de las actuaciones judiciales y/o periciales que pudieren corresponder que se mantienen en la órbita de las Dependencias competentes en la cuestión. A esos efectos, y con el objetivo de agilizar metodológicamente el trabajo y las medidas de seguridad pertinentes, en la División ARMAMENTO Y MUNICION se ha creado una Base de Datos a la cual se ingresa la información correspondiente a cada arma. La carga al sistema informático, fotografías con orden numérico para identificación del material, ingreso al libro de armas secuestradas e inspección técnica del armamento, se efectúa conjuntamente con personal de la Comisaría a controlar. Por otra parte, habiéndose detectado la necesidad de regular y establecer los mecanismos para el traslado a dependencias del RENAR del armamento incautado o secuestrado que se estipula en la legislación. Tanto el artículo quinto de la Ley 25.938 como el artículo sexto del decreto 531/05, establecen que cuando la causa concluye o cuando el estado del trámite lo permita, la autoridad debe disponer la remisión del material al Registro Nacional de Armas para que desde allí se disponga su destrucción. Teniendo en cuenta que no siempre se cumple de esta manera, el armamento suele quedar depositado en el lugar originario y no se busca su traslado, por lo cual se acumula en los depósitos de las fuerzas de seguridad y se generan las situaciones de reinserción en el delito. Por lo anterior, se están instrumentando los mecanismos para que el informe sobre el armamento incautado se procese y envíe al RENAR de manera inmediata, así como se busque que el mismo sea retirado de las dependencias policiales en un corto plazo de tiempo. Como puede observarse, los ejes de trabajo en este sentido han sido por un lado la búsqueda de regularizar la situación del armamento en la actualidad, así como también el proyectar a futuro líneas de acción que permitan mecanizar el proceso y reducir al mínimo el tiempo que el armamento se encuentra en dependencias policiales. De tal forma, se evitan las situaciones en que el armamento vuelve a ser parte del circuito delictivo. h) En la actualidad, las Fuerzas Federales remiten a requerimiento de esta cartera ministerial un listado que contiene el detalle de las armas secuestradas, incautadas y decomisadas que por orden judicial, se encuentran depositadas en dependencias de las fuerzas. Se encuentra detallado en ese informe la fecha de depósito, el tipo de armas, la aptitud de uso, juzgado y jurisdicción en la que se encuentra. Todo lo anterior se encuentra además dividido según la dependencia en la cual se encuentra depositado dicho armamento. Desde este Ministerio se ha buscado normalizar la situación del armamento decomisado con relación a la ley 25.938, solicitando se informe al respecto, de manera tal de solicitar se actúe en consecuencia en todos aquellos casos en los cuales no se ha llevado a cabo la información al RENAR. Cabe señalar que para el caso de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA da cuenta al Ministerio de SEGURIDAD de las armas que se encuentran secuestradas bajo custodia y a disposición de los diversos Juzgados o Fiscalías actuantes, con motivo del requerimiento formulado por dicha Cartera a través de la Nota JG/MS N° 43/12 de fecha 03 de abril del corriente año. A través de la misma se dispuso que se proceda a “la remisión de un detalle de las armas secuestradas, incautadas y decomisadas que, por orden judicial, se encuentran depositadas en dependencias de esta Fuerza, indicando fecha de depósito, tipo de arma, aptitud de uso, juzgado y jurisdicción remitente y dependencia donde se encuentra localizada. Se indicará así mismo, si se viene dando cumplimiento a las previsiones de la Ley 25.938” En virtud de ello se efectuó un relevamiento entre las diversas Áreas operativas de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, elaborando los informes que fueron elevados al citado Ministerio a través de Nota N° 001-01-000.696/12 del 25/04/2012, suscripta por el Sr. Jefe de la Institución. i) La tabla que aparece a continuación muestra el total del armamento en dependencias de tres de las cuatro fuerzas federales, desagregando además las características de las mismas. Fuerzas Total de armas Pistolas Revólveres Escopetas Fusiles Otros Prefectura Naval Argentina 167 35 51 44 2 35 Gendarmería Nacional Argentina 2156 320 562 737 34 503 Policía de Seguridad Aeroportuaria 174 42 61 38 9 24 Como puede observarse, hay una gran cantidad de armamentos que no ha sido requerido por los juzgados intervinientes ni por el RENAR para su efectiva destrucción. Este Ministerio se encuentra trabajando en fortalecer los vínculos tanto con la Justicia como con dicho organismo a los fines de agilizar el trámite por el cual se destruya el armamento que se encuentra en dependencias policiales. Para el caso particular de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y tal como fuera informado en el item g) del presente punto, en forma oportuna el Comando Institucional dispuso que la División ARMAMENTO Y MUNICIÓN recepcione la totalidad del armamento y municiones secuestradas que se encontraran en depósito en las distintas Comisarías, agregando a su misión específica la función de actuar como depósito de dichos elementos. En virtud de ello se han remitido a dicha Dependencia un total de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES (4563), de las cuales se han incorporado a la BASE DE DATOS un total de DOS MIL SETECIENTOS SETENTA (2770) armas, de las cuales se han controlado MIL OCHOCIENTAS SESENTA Y SEIS (1866) y se han registrado CUARENTA Y UN (41) EGRESOS, por disposición Judicial, variando diariamente estas cantidades acorde a los ingresos e egresos de armamento que se producen en forma cotidiana. Por tal motivo, y dado que se está trabajando intensamente en la carga de todo el armamento transferido a título de depósito al arsenal policial, no resulta viable proporcionar el detalle de los mismos hasta tanto se encuentre finalizada su carga en la Base de Datos aludida. Sin perjuicio de ello se informan las armas que se encuentran depositadas en dependencias de las distintas Superintendencias operativas, entre ellas el armamento que a la fecha se encuentra en las Comisarías y en proceso de ser remitido a la antedicha División: · Armas de puño: 497 · Armas Largas: 177 · Armas Caseras: 1 · Municiones 15.667 [/QUOTE]
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