Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Fuerzas Aéreas
Futuro de las Fuerzas Aéreas
Rumores y discusión sobre el próximo multirrol que no fue para la FAA
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="Checho32" data-source="post: 2935491" data-attributes="member: 37798"><p>Quizás no te tomaste la molestia de leer lo que puse, en el artículo dos de la decisión administrativa es clara por demás...</p><p></p><p><strong><em>ARTÍCULO 2º.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45.22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.</em></strong></p><p></p><p>Ley 27565</p><p></p><p>Artículo 1°- Fondo. Creación. Créase el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF), a fin de financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas.</p><p></p><p>Artículo 2°- Objeto. Finalidad. Los recursos del FONDEF serán afectados específicamente a la recuperación, modernización y/o incorporación de material de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la ley 24.948.</p><p></p><p>Artículo 3°- Destino. Asignación. El destino y asignación de los recursos del FONDEF se efectuará de conformidad a lo dispuesto en el marco normativo de la Defensa Nacional.</p><p>En todos los casos, siempre que sea posible deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:</p><p>1. Favorecer la sustitución de importaciones, el desarrollo de proveedores y la inserción internacional de la producción local de bienes y servicios orientados a la defensa.</p><p>2. Promover la innovación productiva, inclusiva y sustentable, por medio de un mayor escalonamiento tecnológico.</p><p>3. Incrementar las acciones de investigación y desarrollo, tanto en el sector público como privado.</p><p>4. Mejorar las condiciones de creación, difusión y asimilación de innovaciones por parte de la estructura productiva nacional.</p><p></p><p>Artículo 4°- Constitución e integración del fondo. Recursos. El Fondo Nacional de la Defensa estará integrado de la siguiente forma:</p><p>1. Con el CERO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (0,35%) del total de los Ingresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado por el Sector Público Nacional para el año 2020, el CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) para el año 2021, CERO COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (0,65%) para el año 2022, hasta alcanzar el CERO COMA OCHO POR CIENTO (0,8%) para el año 2023, manteniéndose este último porcentaje para los sucesivos ejercicios presupuestarios.</p><p></p><p><strong>Este aporte es independiente a los recursos que sean asignados al Ministerio de Defensa y a las Fuerzas Armadas en el presupuesto nacional.</strong></p><p></p><p>El resaltado es mío, pero copia textual de la ley. Si el aporte es independiente de los recursos asignados al Min Def y a las FFAA, no debe pagarse con el fondos aprobados imputados a dichas dependencias</p><p>Como lo hizo la decisión administrativa que te puse antes...</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Checho32, post: 2935491, member: 37798"] Quizás no te tomaste la molestia de leer lo que puse, en el artículo dos de la decisión administrativa es clara por demás... [B][I]ARTÍCULO 2º.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45.22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.[/I][/B] Ley 27565 Artículo 1°- Fondo. Creación. Créase el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF), a fin de financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas. Artículo 2°- Objeto. Finalidad. Los recursos del FONDEF serán afectados específicamente a la recuperación, modernización y/o incorporación de material de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la ley 24.948. Artículo 3°- Destino. Asignación. El destino y asignación de los recursos del FONDEF se efectuará de conformidad a lo dispuesto en el marco normativo de la Defensa Nacional. En todos los casos, siempre que sea posible deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios: 1. Favorecer la sustitución de importaciones, el desarrollo de proveedores y la inserción internacional de la producción local de bienes y servicios orientados a la defensa. 2. Promover la innovación productiva, inclusiva y sustentable, por medio de un mayor escalonamiento tecnológico. 3. Incrementar las acciones de investigación y desarrollo, tanto en el sector público como privado. 4. Mejorar las condiciones de creación, difusión y asimilación de innovaciones por parte de la estructura productiva nacional. Artículo 4°- Constitución e integración del fondo. Recursos. El Fondo Nacional de la Defensa estará integrado de la siguiente forma: 1. Con el CERO COMA TREINTA Y CINCO POR CIENTO (0,35%) del total de los Ingresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado por el Sector Público Nacional para el año 2020, el CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) para el año 2021, CERO COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (0,65%) para el año 2022, hasta alcanzar el CERO COMA OCHO POR CIENTO (0,8%) para el año 2023, manteniéndose este último porcentaje para los sucesivos ejercicios presupuestarios. [B]Este aporte es independiente a los recursos que sean asignados al Ministerio de Defensa y a las Fuerzas Armadas en el presupuesto nacional.[/B] El resaltado es mío, pero copia textual de la ley. Si el aporte es independiente de los recursos asignados al Min Def y a las FFAA, no debe pagarse con el fondos aprobados imputados a dichas dependencias Como lo hizo la decisión administrativa que te puse antes... [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
Libertador de Argentina
Responder
Inicio
Foros
Fuerzas Aéreas
Futuro de las Fuerzas Aéreas
Rumores y discusión sobre el próximo multirrol que no fue para la FAA
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba