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<blockquote data-quote="LACIGARRA" data-source="post: 2035335" data-attributes="member: 7152"><p><span style="font-size: 18px"><strong>INCREMENTO SALARIAL FUERZAS ARMADAS 2016 según Dr. Bonder</strong></span></p><p></p><p><strong>Estimados:</strong></p><p></p><p></p><p><strong>Me dirijo a Uds. a fin de informarles que hoy 13/06/2016 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 377/16 que fija una nueva escala salarial que comenzará a regir el 01/06/2016, pero en 3 etapas (7% para el mes de junio – 10% julio – 14% agosto). El incremento es no acumulativo, esto quiere decir que se aplican los diferentes porcentuales sobre el haber correspondiente al mes de Mayo. </strong></p><p></p><p></p><p><strong>De acuerdo a lo informado por autoridades del Gobierno Nacional, además del incremento correspondiente al año en curso, se efectúa una primera etapa de reducción del componente no remunerativo y no bonificable (negro) que integra los haberes del personal en actividad.</strong></p><p></p><p></p><p><span style="color: #ff0000"><strong>Este logro se obtiene, producto de la litigiosidad y planteo de demandas judiciales, donde los jueces han reconocido el carácter remunerativo y bonificable de los falsos suplementos particulares de responsabilidad jerárquica y administración de material que solo cobran los activos.</strong></span></p><p></p><p></p><p><strong>Existe jurisprudencia favorable de 1° y 2° instancia y Dios mediante, el año que viene podríamos tener fallo de la Corte Suprema.</strong></p><p><strong></strong></p><p><strong>ADEMAS, REDUCE LOS COEFICIENTES DE LOS SUPLEMENTOS DE RESPONSABILIDAD JERARQUICA Y ADMINISTRACION DE MATERIAL percibidos por el personal en actividad, quedando los mismos de la siguiente manera. Recuerden que para calcular el monto del suplemento debe multiplicarse el coeficiente por el importe del haber mensual (código 01 del recibo):</strong></p><p><strong></strong></p><p><strong></strong></p><p></p><p><strong>Ahora paso a reflexionar, sobre lo que imagino serán los interrogantes más frecuentes.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>1° Al ser una modificación de la escala salarial, afectará los haberes de los activos, retirados y pensionadas.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>2° Este decreto no afecta el trámite del juicio que sigue adelante por el retroactivo 01/07/2005 – 31/07/2012 (SALAS – ZANOTTI).</strong></p><p></p><p></p><p><strong>3° Tampoco afecta el trámite de las demandas contra el decreto 1305/12. El decreto simplemente reduce los coeficientes de los suplementos cuya eliminación definitiva estamos peleando. </strong></p><p></p><p></p><p><strong>4° Quienes tengan en curso su demanda contra el decreto 1305/12 NO DEBERAN INICIAR UN NUEVO PLANTEO. </strong></p><p></p><p></p><p><strong>5° Quienes no hayan iniciado el reclamo nuevo, les sugiero que lo hagan, porque les están prescribiendo sumas importantísimas de retroactivos que se pierden para siempre. Recordemos que desde el 01/08/2015, dicho plazo se recortó a 2 años. Esto quiere decir que quien interponga demanda hoy, recuperará retroactivos hasta mismo mes de 2014. Cada mes que pasa, es uno que se pierde y ese dinero nunca se recuperará</strong></p><p></p><p></p><p><strong>Al respecto de este último punto, me es grato informar que hay demandas a liquidar en las 3 FFAA y en el IAF y que en los próximos meses estaré informando cuales son los resultados concretos obtenidos con estos reclamos una vez que los expedientes sean devueltos de los organismos liquidadores (LIQUIDACIONES)</strong></p><p></p><p></p><p><strong>Quienes no se hayan decido, o crean que con esta política se resolverá la problemática y que “todo está de 10” tengan en cuenta que, con los valores y coeficientes actuales:</strong></p><p></p><p></p><p><strong>1° En el caso de un Suboficial Mayor retirado, el monto del suplemento que percibe el par en actividad “en negro” es de – redondeando - $11.000.- por mes.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>2° Si de acuerdo a lo peticionado ante la Justicia Y LO ORDENADO EN LOS FALLOS, este monto se lo pagasen como parte del sueldo (REMUNERATIVO Y BONIFICABLE), cobrarían un plus de antigüedad de $7.700.- y un TMC plus de $1.100.- </strong></p><p></p><p></p><p><strong>3° Quiere decir que le están adeudando $19.800.- brutos por mes y casi $10.000.- por cada Aguinaldo.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>4° Mismo ejemplo para un Coronel, Capitán de Navío o Comodoro, la diferencia que no le están reconociendo es de $26.100.- brutos por mes y $13.000.- por cada Aguinaldo.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>5° Son los topes de escala, que no quiere decir que quienes tengan grados inferiores, o el personal en actividad no deban accionar, porque así sean $10.000.- o $5.000.- por mes es mucho. Y aunque no fuese mucho, es SU dinero y corresponde a algo tan básico y esencial como son sus haberes los que revisten carácter alimentario.</strong></p><p></p><p></p><p><strong><span style="color: #ff0000">6° Esta problemática no se arregla con blanqueos a cuenta gota en varios años o con propuestas futuras de pagos parciales, cómodas cuotas y quitas importantes como se planea para los jubilados de la ANSES. A los acreedores foráneos les pagaron Dólar sobre Dólar contante y sonante porque un JUEZ (extranjero) así lo dispuso. Por qué Ud. se va a quedar cruzado de brazos esperando que alguien se apiade de su situación si la Justicia Argentina les está dando las herramientas para hacerse de su dinero?</span></strong></p><p></p><p></p><p><strong>7° Es por esto que ningún medio brinda precisiones técnicas ni cifras concretas del desbarajuste que existe. </strong></p><p></p><p></p><p><strong>8° Debe tener en cuenta que su deudor es el ESTADO ARGENTINO, que es una entidad que se haya por encima de los gobiernos que se van sucediendo los que son simples administradores del erario público. El Estado es siempre el mismo y es el que está en deuda con Uds.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>Sé mejor que nadie que los plazos son largos y que uno puede estar cansado de tanto manoseo. Pero esta batalla no la libramos solo por Uds. Lo hacemos también por sus hijos, esposas/os, familiares, etc. y por todas las privaciones y malos momentos vividos producto de la situación económica y los bajos haberes.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>Por último y como mucho se habla también de realizar un proyecto de pago de juicios, tal como se evalúa para los jubilados y pensionadas de la ANSES, les aviso que si el día de mañana este mecanismo se aplicara entre FFAA y FFSS, UNICAMENTE podrán acceder al cobro de los retroactivos del decreto 1305/12 quienes hayan planteado demanda. Quienes no, solo verán su haber mejorado pero perderán varios cientos de miles de Pesos.</strong></p><p></p><p></p><p><strong>Ante cualquier duda o inquietud, me tienen a su disposición. </strong></p><p><strong>Atte.</strong></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="LACIGARRA, post: 2035335, member: 7152"] [SIZE=5][B]INCREMENTO SALARIAL FUERZAS ARMADAS 2016 según Dr. Bonder[/B][/SIZE] [B]Estimados:[/B] [B]Me dirijo a Uds. a fin de informarles que hoy 13/06/2016 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 377/16 que fija una nueva escala salarial que comenzará a regir el 01/06/2016, pero en 3 etapas (7% para el mes de junio – 10% julio – 14% agosto). El incremento es no acumulativo, esto quiere decir que se aplican los diferentes porcentuales sobre el haber correspondiente al mes de Mayo. [/B] [B]De acuerdo a lo informado por autoridades del Gobierno Nacional, además del incremento correspondiente al año en curso, se efectúa una primera etapa de reducción del componente no remunerativo y no bonificable (negro) que integra los haberes del personal en actividad.[/B] [COLOR=#ff0000][B]Este logro se obtiene, producto de la litigiosidad y planteo de demandas judiciales, donde los jueces han reconocido el carácter remunerativo y bonificable de los falsos suplementos particulares de responsabilidad jerárquica y administración de material que solo cobran los activos.[/B][/COLOR] [B]Existe jurisprudencia favorable de 1° y 2° instancia y Dios mediante, el año que viene podríamos tener fallo de la Corte Suprema. ADEMAS, REDUCE LOS COEFICIENTES DE LOS SUPLEMENTOS DE RESPONSABILIDAD JERARQUICA Y ADMINISTRACION DE MATERIAL percibidos por el personal en actividad, quedando los mismos de la siguiente manera. Recuerden que para calcular el monto del suplemento debe multiplicarse el coeficiente por el importe del haber mensual (código 01 del recibo): [/B] [B]Ahora paso a reflexionar, sobre lo que imagino serán los interrogantes más frecuentes.[/B] [B]1° Al ser una modificación de la escala salarial, afectará los haberes de los activos, retirados y pensionadas.[/B] [B]2° Este decreto no afecta el trámite del juicio que sigue adelante por el retroactivo 01/07/2005 – 31/07/2012 (SALAS – ZANOTTI).[/B] [B]3° Tampoco afecta el trámite de las demandas contra el decreto 1305/12. El decreto simplemente reduce los coeficientes de los suplementos cuya eliminación definitiva estamos peleando. [/B] [B]4° Quienes tengan en curso su demanda contra el decreto 1305/12 NO DEBERAN INICIAR UN NUEVO PLANTEO. [/B] [B]5° Quienes no hayan iniciado el reclamo nuevo, les sugiero que lo hagan, porque les están prescribiendo sumas importantísimas de retroactivos que se pierden para siempre. Recordemos que desde el 01/08/2015, dicho plazo se recortó a 2 años. Esto quiere decir que quien interponga demanda hoy, recuperará retroactivos hasta mismo mes de 2014. Cada mes que pasa, es uno que se pierde y ese dinero nunca se recuperará[/B] [B]Al respecto de este último punto, me es grato informar que hay demandas a liquidar en las 3 FFAA y en el IAF y que en los próximos meses estaré informando cuales son los resultados concretos obtenidos con estos reclamos una vez que los expedientes sean devueltos de los organismos liquidadores (LIQUIDACIONES)[/B] [B]Quienes no se hayan decido, o crean que con esta política se resolverá la problemática y que “todo está de 10” tengan en cuenta que, con los valores y coeficientes actuales:[/B] [B]1° En el caso de un Suboficial Mayor retirado, el monto del suplemento que percibe el par en actividad “en negro” es de – redondeando - $11.000.- por mes.[/B] [B]2° Si de acuerdo a lo peticionado ante la Justicia Y LO ORDENADO EN LOS FALLOS, este monto se lo pagasen como parte del sueldo (REMUNERATIVO Y BONIFICABLE), cobrarían un plus de antigüedad de $7.700.- y un TMC plus de $1.100.- [/B] [B]3° Quiere decir que le están adeudando $19.800.- brutos por mes y casi $10.000.- por cada Aguinaldo.[/B] [B]4° Mismo ejemplo para un Coronel, Capitán de Navío o Comodoro, la diferencia que no le están reconociendo es de $26.100.- brutos por mes y $13.000.- por cada Aguinaldo.[/B] [B]5° Son los topes de escala, que no quiere decir que quienes tengan grados inferiores, o el personal en actividad no deban accionar, porque así sean $10.000.- o $5.000.- por mes es mucho. Y aunque no fuese mucho, es SU dinero y corresponde a algo tan básico y esencial como son sus haberes los que revisten carácter alimentario.[/B] [B][COLOR=#ff0000]6° Esta problemática no se arregla con blanqueos a cuenta gota en varios años o con propuestas futuras de pagos parciales, cómodas cuotas y quitas importantes como se planea para los jubilados de la ANSES. A los acreedores foráneos les pagaron Dólar sobre Dólar contante y sonante porque un JUEZ (extranjero) así lo dispuso. Por qué Ud. se va a quedar cruzado de brazos esperando que alguien se apiade de su situación si la Justicia Argentina les está dando las herramientas para hacerse de su dinero?[/COLOR][/B] [B]7° Es por esto que ningún medio brinda precisiones técnicas ni cifras concretas del desbarajuste que existe. [/B] [B]8° Debe tener en cuenta que su deudor es el ESTADO ARGENTINO, que es una entidad que se haya por encima de los gobiernos que se van sucediendo los que son simples administradores del erario público. El Estado es siempre el mismo y es el que está en deuda con Uds.[/B] [B]Sé mejor que nadie que los plazos son largos y que uno puede estar cansado de tanto manoseo. Pero esta batalla no la libramos solo por Uds. Lo hacemos también por sus hijos, esposas/os, familiares, etc. y por todas las privaciones y malos momentos vividos producto de la situación económica y los bajos haberes.[/B] [B]Por último y como mucho se habla también de realizar un proyecto de pago de juicios, tal como se evalúa para los jubilados y pensionadas de la ANSES, les aviso que si el día de mañana este mecanismo se aplicara entre FFAA y FFSS, UNICAMENTE podrán acceder al cobro de los retroactivos del decreto 1305/12 quienes hayan planteado demanda. Quienes no, solo verán su haber mejorado pero perderán varios cientos de miles de Pesos.[/B] [B]Ante cualquier duda o inquietud, me tienen a su disposición. [/B] [B]Atte.[/B] [/QUOTE]
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