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<blockquote data-quote="EFDV" data-source="post: 1579330" data-attributes="member: 15609"><p>Aunque lo considero una especulación improbable, la consecuencia de una eventual "no certificación" como rompehielos es que, valga la redundancia, no sería prudente utilizarlo como rompehielos.</p><p></p><p>En cuanto a su segunda pregunta -a la que no le veo relación con la primera- la Convención sobre derecho del Mar (o COVEMAR) establece las regulaciones en la materia.</p><p>La COVEMAR divide el océano en "mar territorial", "zona contigua", "zona económica exclusiva" (ZEE) y "aguas internacionales". En las tres primeras tiene jurisdicción el Estado ribereño. </p><p>En el caso de Argentina, la "autoridad internacional" sobre el "mar territorial", la "zona contigua" y la "zona económica exclusiva" es el Estado Argentino a través de su gobierno federal.</p><p>El "mar territorial" y la "zona contigua" es lo que se suele denominar "Mar Argentino". Muchos incluyen también a la ZEE, pero en este caso esa argentinidad esta limitada exclusivamente a la explotación económica. Para todo lo demás son aguas internacionales.</p><p>Las "aguas internacionales" son, muy burdamente, territorios sin ley. Nadie tiene jurisdicción sobre las mismas.</p><p></p><p>Las convenciones internacionales son actos de buena fe. Supone que los Estado-parte ejercerán sus derechos y cumplirán con sus obligaciones por el sólo hecho de que prometieron que así lo harían. </p><p>Si un Estado-parte no cumple con sus obligaciones, siempre existen procedimientos de resolución pacífica de controversias. Probablemente el caso más reciente y emblemático fue la retención ilegal de la ARA Libertad en Gana.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="EFDV, post: 1579330, member: 15609"] Aunque lo considero una especulación improbable, la consecuencia de una eventual "no certificación" como rompehielos es que, valga la redundancia, no sería prudente utilizarlo como rompehielos. En cuanto a su segunda pregunta -a la que no le veo relación con la primera- la Convención sobre derecho del Mar (o COVEMAR) establece las regulaciones en la materia. La COVEMAR divide el océano en "mar territorial", "zona contigua", "zona económica exclusiva" (ZEE) y "aguas internacionales". En las tres primeras tiene jurisdicción el Estado ribereño. En el caso de Argentina, la "autoridad internacional" sobre el "mar territorial", la "zona contigua" y la "zona económica exclusiva" es el Estado Argentino a través de su gobierno federal. El "mar territorial" y la "zona contigua" es lo que se suele denominar "Mar Argentino". Muchos incluyen también a la ZEE, pero en este caso esa argentinidad esta limitada exclusivamente a la explotación económica. Para todo lo demás son aguas internacionales. Las "aguas internacionales" son, muy burdamente, territorios sin ley. Nadie tiene jurisdicción sobre las mismas. Las convenciones internacionales son actos de buena fe. Supone que los Estado-parte ejercerán sus derechos y cumplirán con sus obligaciones por el sólo hecho de que prometieron que así lo harían. Si un Estado-parte no cumple con sus obligaciones, siempre existen procedimientos de resolución pacífica de controversias. Probablemente el caso más reciente y emblemático fue la retención ilegal de la ARA Libertad en Gana. [/QUOTE]
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