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Su pregunta no molesta
Toma de rehenes en universidad nacional...
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<blockquote data-quote="AleDucat" data-source="post: 757918" data-attributes="member: 6660"><p>No se asusten, no es una noticia. Este es el subforo "Su pregunta no molesta", y lo que planteo es una situación hipotética:</p><p></p><p>En caso de que algún grupo terrorista tomara rehenes en una facultad de X Universidad Nacional, o simplificándolo (?), si okupas tomaran una facultad, cómo debería procederse para desalojarlos (o liberar a los rehenes, según el caso)? A quién le correspondería la jurisdicción? Que hay sobre jurisprudencia y FFSS actuando DENTRO de una Universidad (se me viene a la mente el Artículo 225 del CPP del que se habla ><a href="http://www.zona-militar.com/foros/showthread.php?p=627121#post627121">acá</a>< en el sentido de cómo puede afectar a la Memoria este tipo de accionar)? En caso de okupas y de que las FFSS no puedan actuar, podrían hacerlo, digamos, los estudiantes universitarios por su propia cuenta?</p><p></p><p>Agradezco cualquier tipo de opinión personal o dato técnico por igual, desde artículos del Código Civil o Penal, hasta ideas de cómo deberían actuar los estudiantes para iniciar el desalojo.</p><p></p><p>De acá a un par de páginas les cuento el por qué del planteo.</p><p></p><p></p><p>Saludos!</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="AleDucat, post: 757918, member: 6660"] No se asusten, no es una noticia. Este es el subforo "Su pregunta no molesta", y lo que planteo es una situación hipotética: En caso de que algún grupo terrorista tomara rehenes en una facultad de X Universidad Nacional, o simplificándolo (?), si okupas tomaran una facultad, cómo debería procederse para desalojarlos (o liberar a los rehenes, según el caso)? A quién le correspondería la jurisdicción? Que hay sobre jurisprudencia y FFSS actuando DENTRO de una Universidad (se me viene a la mente el Artículo 225 del CPP del que se habla >[URL="http://www.zona-militar.com/foros/showthread.php?p=627121#post627121"]acá[/URL]< en el sentido de cómo puede afectar a la Memoria este tipo de accionar)? En caso de okupas y de que las FFSS no puedan actuar, podrían hacerlo, digamos, los estudiantes universitarios por su propia cuenta? Agradezco cualquier tipo de opinión personal o dato técnico por igual, desde artículos del Código Civil o Penal, hasta ideas de cómo deberían actuar los estudiantes para iniciar el desalojo. De acá a un par de páginas les cuento el por qué del planteo. Saludos! [/QUOTE]
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