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Torturas en Islas Malvinas
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<blockquote data-quote="Carlitos Suiza" data-source="post: 698696" data-attributes="member: 8055"><p>LISANDRO 83</p><p></p><p>Usted tiene razón al decir que es una ley "extinta" el Código de Justicia Militar, con lo cual está reconociendo implícitamente que alguna vez esa misma ley tenía "vida", por ello la aplicación de la misma no constituía un delito, sino que la no aplicación de la norma sí lo era.</p><p></p><p>Le ruego me sepa interpretar, el reclamo formal ante los estrados no es un tema moral ni ético, es una cuestión jurídica y por ende se debe tratar con esos parámetros.</p><p></p><p>Ahora bien, descartanto toda cuestión jurídica, en lo personal y estado en el lugar de quién debía impartir el castigo, no habría actuado de esa forma sino que lo habría hecho ejecutar movimientos vivos, aunque ello me hubiera costado un castigo a mí mismo por no aplicar correctamente la sanción tipificada para ese delito en el Código de Justicia Militar.</p><p></p><p>Pero le repito, es mi parecer personal, el cual no tiene validéz alguna en los estrados judiciales, sino la normativa conforme a derecho.</p><p></p><p>P.S.: Le ruego mantenga las buenas costumbres y respeto, evitando las calificaciones personales y los epítetos indebidos. Podemos estar en las antípodas doctrinales e ideológicas, pero ello no habilita al comportamiento mal educado. Nunca le he faltado el respeto, espero se maneje de igual manera en adelante.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Carlitos Suiza, post: 698696, member: 8055"] LISANDRO 83 Usted tiene razón al decir que es una ley "extinta" el Código de Justicia Militar, con lo cual está reconociendo implícitamente que alguna vez esa misma ley tenía "vida", por ello la aplicación de la misma no constituía un delito, sino que la no aplicación de la norma sí lo era. Le ruego me sepa interpretar, el reclamo formal ante los estrados no es un tema moral ni ético, es una cuestión jurídica y por ende se debe tratar con esos parámetros. Ahora bien, descartanto toda cuestión jurídica, en lo personal y estado en el lugar de quién debía impartir el castigo, no habría actuado de esa forma sino que lo habría hecho ejecutar movimientos vivos, aunque ello me hubiera costado un castigo a mí mismo por no aplicar correctamente la sanción tipificada para ese delito en el Código de Justicia Militar. Pero le repito, es mi parecer personal, el cual no tiene validéz alguna en los estrados judiciales, sino la normativa conforme a derecho. P.S.: Le ruego mantenga las buenas costumbres y respeto, evitando las calificaciones personales y los epítetos indebidos. Podemos estar en las antípodas doctrinales e ideológicas, pero ello no habilita al comportamiento mal educado. Nunca le he faltado el respeto, espero se maneje de igual manera en adelante. [/QUOTE]
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Guerra desarrollada entre Argentina y el Reino Unido en 1982
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