EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 1° de febrero de 2017 y hasta el 28 de febrero de 2018, en el cargo de COORDINADOR DE SERVICIOS AL BENEFICIARIO dependiente de la SUBGERENCIA DE RELACIONES CON EL BENEFICIARIO del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, al Doctor D. Lucio Martín BENÍTEZ (D.N.I. N° 29.170.851), Nivel B – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del mismo.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – Entidad 470 - INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad
e. 25/06/2018 N° 45165/18 v. 25/06/2018
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 1° de febrero de 2017 y hasta el 28 de febrero de 2018, en el cargo de COORDINADOR DE SERVICIOS AL BENEFICIARIO dependiente de la SUBGERENCIA DE RELACIONES CON EL BENEFICIARIO del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, al Doctor D. Lucio Martín BENÍTEZ (D.N.I. N° 29.170.851), Nivel B – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del mismo.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – Entidad 470 - INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Oscar Raúl Aguad
e. 25/06/2018 N° 45165/18 v. 25/06/2018