Menú
Inicio
Visitar el Sitio Zona Militar
Foros
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Qué hay de nuevo
Nuevos mensajes
Última actividad
Miembros
Visitantes actuales
Entrar
Registrarse
Novedades
Buscar
Buscar
Buscar sólo en títulos
Por:
Nuevos mensajes
Buscar en los foros
Menú
Entrar
Registrarse
Inicio
Foros
Area Militar General
Malvinas 1982
Actividad de los Submarinos durante el Conflicto de Malvinas
JavaScript is disabled. For a better experience, please enable JavaScript in your browser before proceeding.
Estás usando un navegador obsoleto. No se pueden mostrar estos u otros sitios web correctamente.
Se debe actualizar o usar un
navegador alternativo
.
Responder al tema
Mensaje
<blockquote data-quote="Me 109" data-source="post: 2140283"><p>A mi me parece una nimiedad lo de la derrota del ARA Salta.</p><p>Muchísimo más grave es la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 24892, hecho por la C.S.J.N., que abre la puerta a todo tipo de reclamo. Hace irrelevante la situación geográfica del personal.</p><p>Observen lo que dice:</p><p></p><p><em>“La colaboración directa, activa y determinante de aquél con los combatientes asignados al operativo bélico debe ser efectivamente ponderada, por lo que el desentendimiento de tales circunstancias importaría una inadmisible discriminación, que no ha de ser tolerada por este Tribunal.” “…tanto el requerimiento de la ‘situación geográfica’ en los términos expresados, como la exigencia de haber ‘entrado efectivamente en combate’ conducen a declarar la inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 24.892 por vulnerar la garantía prevista en el art. 16 de la Constitución Nacional</em></p><p></p><p></p><p>(cursiva es transcripción textual del fallo de la C.S.J.N. en autos CSJN 94/2012( 48-G)/GS1 – Gerez, Carmelo Antonio C/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ Impugnación de resolución administrativa – proceso ordinario.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Me 109, post: 2140283"] A mi me parece una nimiedad lo de la derrota del ARA Salta. Muchísimo más grave es la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 24892, hecho por la C.S.J.N., que abre la puerta a todo tipo de reclamo. Hace irrelevante la situación geográfica del personal. Observen lo que dice: [I]“La colaboración directa, activa y determinante de aquél con los combatientes asignados al operativo bélico debe ser efectivamente ponderada, por lo que el desentendimiento de tales circunstancias importaría una inadmisible discriminación, que no ha de ser tolerada por este Tribunal.” “…tanto el requerimiento de la ‘situación geográfica’ en los términos expresados, como la exigencia de haber ‘entrado efectivamente en combate’ conducen a declarar la inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 24.892 por vulnerar la garantía prevista en el art. 16 de la Constitución Nacional[/I] (cursiva es transcripción textual del fallo de la C.S.J.N. en autos CSJN 94/2012( 48-G)/GS1 – Gerez, Carmelo Antonio C/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa s/ Impugnación de resolución administrativa – proceso ordinario. [/QUOTE]
Insertar citas…
Verificación
¿Cuanto es 2 mas 6? (en letras)
Responder
Inicio
Foros
Area Militar General
Malvinas 1982
Actividad de los Submarinos durante el Conflicto de Malvinas
Este sitio usa cookies. Para continuar usando este sitio, se debe aceptar nuestro uso de cookies.
Aceptar
Más información.…
Arriba