Son muchas las variantes y posibilidades de tener problemas legales al utilizar una aeronave [LV] en el caso que planteas.
Una aeronave con matrícula [LV] es una aeronave privada mas allá de quien la opere o quien vaya abordo. El código Aeronáutico Argentino (Derecho de fondo) rige para todas las aeronaves y las divide en las siguientes categorías: Privadas, públicas, militares y extranjeras.
Esta diferencia sirve principalmente para otorgarle a las aeronaves públicas ciertas atribuciones/limitaciones claro está cuando estén en ejercicio de sus funciones. No tendrá las mismas atribuciones una aeronave pública que está participando de un rescate que la misma haciendo un vuelo ferry para mantenimiento.
Un ejemplo automotor de esto sería una ambulancia. Es un vehículo del servicio público al cual dotamos de ciertas atribuciones (pasar un semáforo en rojo) cuando se encuentra en emergencia pero carece de las mismas cuando se dirige a hacer la VTV.
Para darte una idea de las atribuciones que brinda el código Aeronáutico a las aeronaves públicas baste leer el primer artículo.
Ahora vamos a analizar el ejemplo que plantea. Una aeronave privada tripulada por la PFA se pone en la final de aeroparque. Lo primero que van a conseguir es que en controlador de torre los recontra ca-gue a pedos/pute@das por lo que están haciendo e inmediatamente ponga manos a la obra, dentro de sus posibilidades, para finalizar la acción. Seguro dará conocimiento a las autoridades aeronáuticas, a las de la PFA (explicando lo anómalo de la situación), y a las judiciales. Un fiscal avispado buscará en el CP los artículos del título "DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA" y se hará la fiesta. Al mismo tiempo los gerentes de las empresas aerocomerciales empezarán a llamar a sus abogados contando la cantidad de $$$ que el bendito helicóptero les está haciendo perder.
Aterrizado el helicóptero lo primero que debería dar es la detención preventiva de los ocupantes (maxime si son personal PFA por eso del delito calificado), después la individualización y detención del dueño del bien (helicóptero) utilizado en el delito. Si los ocupantes estaban bajo orden de algún jefe este también debería comparecer ante las autoridades judiciales.
Vamos al ejemplo automotor de vuelta. Dos policías de la PFA enterados de un delito se suben a un auto particular y acuden al lugar. En el camino pasan varios semáforos en rojo y en uno de ellos chocan con otro vehículo. Con la suerte que tienen los policías en el otro vehículo viajaban un futuro ingeniero de la nasa, la actriz de moda, y papá noel resultando todos muertos. ¿Que cree usted que le pasará a los dos policías de la PFA?
Si la utilización de la aeronave LV se dió ante una emergencia policial/social debería informarse con antelación a las autoridades. Eso no quita que finalizado el vuelo se deba concurrir a sede judicial a dar las explicaciones del caso.
Saludos