Informe Rattenbach (diciembre de 1982)

III Parte - Evaluación y análisis crítico

Capítulo VIII - Las causas de la derrota

Fallas de orden político

737. Al analizar los fundamentos que llevaron a la Junta Militar a adoptar la decisión estratégica de recuperar las Islas Malvinas y obligar a Gran Bretaña a negociar con seriedad el futuro de la soberanía sobre los archipiélagos australes, puede afirmarse que se procedió en forma legitima, con el objetivo político de recuperar las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur para el patrimonio nacional. Cabe señalar que este objetivo es coherente con el objetivo nacional permanente de lograr la integridad territorial de la Nación, de acuerdo con lo establecido en nuestra Constitución.

738. Al ser la guerra la continuación de la política por otros medios, corresponde considerar en primer término, y antes de analizar las operaciones militares, la situación lograda al finalizar el conflicto, en relación con los objetivos políticos que se fijaron antes de iniciar las hostilidades.

739. El fracaso total en el logro de los objetivos perseguidos, fueran ya éstos de orden externo o interno, epilogó la acción estratégica concebida por la Junta Militar cuando inició el conflicto del Atlántico Sur.

740. El hecho que indujo a la Junta Militar a adoptar esta decisión puede comprenderse por cuanto, luego de infructuosas negociaciones a través de más de 17 años y pese a los mandatos de las Naciones Unidas, no había señal alguna de que Gran Bretaña pensara con seriedad en devolver los archipiélagos antes bien, las acciones y hechos producidos indicaban que la verdadera intención británica era conservarlos, aduciendo ahora los deseos de los isleños de no transferir la soberanía a la República Argentina.

741. Se conocía, además, el propósito del Gobierno del Reino Unido de reestructurar la Armada Británica, la cual se vería, en breve lapso, frente a la alternativa de reducir sus medios ante el objetivo estratégico impuesto a Gran Bretaña en la OTAN, de concurrir a la defensa del Atlántico Norte, principalmente con medios submarinos y antisubmarinos. Esto implicaba el retiro del servicio activo de numerosas unidades, entre ellas los portaaviones livianos HMS "Hermes" e "Invencible", el buque polar "HMS Endurance" -al. momento destacado en el Atlántico Sur-, y una parte sustancial de otras naves de superficie.

742. A ello debe sumarse la existencia de otros intereses internos en Gran Bretaña que podían incidir en un conflicto en el Atlántico Sur, tales como la importancia estratégica de la región, (por su proyección antártico y sus potenciales riquezas petroleras y de minerales estratégicos), la influencia de un reducido grupo de le aisladores en el Parlamento que propugnaban la no-negociación con nuestro país por la transferencia de soberanía de las islas, argumentando los derechos y deseos de los "kelpers", y, finalmente, la situación particular del partido gobernante, que se hallaba acuciado por los problemas internos de desocupación y de orden económico-social.

743. Asimismo, en el orden internacional, Gran Bretaña aparecía, a través de su partido gobernante y la personalidad de la Primer Ministro, como el único aliado confiable de los EE.UU. en Europa para con su política de defensa, ante el avance de las izquierdas en los parlamentos y gobiernos de la mayoría de los países de Europa Occidental.

744. El análisis de esta situación política debió inducir a la Junta Militar a postergar los proyectos para la recuperación de las islas, particularmente teniendo en cuenta que nuestras FF.AA. no se hallaban en condiciones de enfrentar una reacción británica que debió considerarse la más peligrosa y muy probable, como fue la de acudir con todo su poderío a recuperar los archipiélagos.

745. En consecuencia el incidente de Georgias del Sur debió ser superado por vía diplomática, lo cual era factible y no ofrecía complicaciones que pudiesen afectar la dignidad nacional, tal como se pretendió esgrimir en un momento dado con el objeto de adelantar la aplicación de los planes elaborados o en elaboración para el empleo del poder militar. Este adelanto no sólo resultó contraproducente en términos de las fuerzas propias, sino que benefició a Gran Bretaña, por diversas causas.

746. En tal sentido, el incidente "Georgias" debió ser evitado. Esto pudo hacerse con la simple determinación de que no se llevase a cabo el viaje a Puerto Leith. El día 05 de Enero la Junta Militar, acertadamente, tomó esta decisión. Más tarde, sin embargo, y en circunstancias no debidamente fundadas (piénsese que se hallaban en curso las negociaciones de Nueva York y que la presencia de obreros argentinos en las Islas podía producir un incidente negativo para estas tratativas, tal como finalmente ocurrió para beneficio de Gran Bretaña), la Junta Militar cambió su punto de vista.

747. El incidente "Georgias" que convenientemente dimensionado bien puede considerarse el "Sarajevo del Atlántico Sur", alertó a la prensa británica y al Parlamento, quienes con un tratamiento desusado y "tremendista" incitaron al gobierno conservador de la Sra. Thatcher y al Foreign Office a adoptar medidas drásticas.

748. La reacción del gobierno argentino se formalizó el día 26-MAR y consistió en adelantar la toma de las Islas, en lugar de diferirla para circunstancias más propicias. Esta acción fue desacertada, teniendo en cuenta, particularmente, que la estrategia planeada podía ser aplicada en un futuro. Cabe recordar que se había esperado 149 años y nada presuponía la existencia de impedimentos para aguardar una oportunidad más favorable.

749. Producida la ocupación de las islas el día 02-ABR, Gran Bretaña convocó de inmediato al Consejo de Seguridad, circunstancia ésta que había sido considerada poco probable por nuestra Cancillería, la cual no había adoptado medidas de orden diplomático para prever esta contingencia. El resultado fue la conocida Resolución 502, que dio pie al gobierno inglés para apuntalar su decisión de enviar la flota al Atlántico Sur. Dicha acción descolocó total mente a nuestro país en este fundamental foro internacional, del cual esperaba tener apoyo para fundar sus reclamos referentes a las islas.

750. Esta circunstancia, que pudo y debió haberse evitado con una adecuada acción diplomática, no se justifica, aun cuando se aludió a la necesidad de mantener el secreto de la operación y al poco tiempo disponible para lograr entendimientos con aquellos países que podían accionar en favor propio. Téngase en cuenta que Gran Bretaña tuvo menos tiempo aún que nuestro país para proceder en la contingencia, pero lo hizo con rapidez y eficiencia, pese a la presencia, en el Consejo de Seguridad, de varios países pertenecientes al bloque de los No Alineados.

751. Ante el hecho irreversible de la Resolución 502, quedaba la alternativa de cumplir o no su mandato. Lo primero hubiese obligado al retiro de las fuerzas propias de Puerto Argentino, pero no necesariamente a las del gobierno establecido del General Menéndez. Existió, además, una exposición para obligar a Gran Bretaña a detener el envío de fuerzas y a iniciar negociaciones. En suma, la Resolución 502 podía convertirse en una herramienta útil en manos de diplomáticos avezados para la consecución de los objetivos propios; y todo ello, sin infringir la ley internacional.

752. La decisión fue la de no acatar el mandato de la Resolución, exigiendo su cumplimiento integral, e iniciar negociaciones por medio de la asistencia del Secretario de Estado de los EE.UU., considerado éste el medio más idóneo para lograr un entendimiento, no obstante que este país, ya en ese momento, había otorgado a Gran Bretaña el uso de las facilidades de la Base Ascensión, que resultaría fundamental para las futuras operaciones.

753. El resultado de esta asistencia fue el colapso de las tratativas y la declaración, ya entonces hecha pública, por parte de EE.UU., de apoyar a Gran Bretaña en el conflicto. Todo ello se produjo luego de tres semanas, durante las cuales la flota británica adoptó posiciones relativas favorables para iniciar la recuperación de los archipiélagos. La mediación Haig, por otra parte, había bloqueado otras posibles negociaciones, que podrían haber logrado mejores resultados, y que nuestro país recurriera a otros foros internacionales tales como la OEA y los "No Alineados", si bien representaron éxitos diplomáticos por las solidaridades logradas, ellos carecían de fuerza para cambiar el curso de los acontecimientos, claramente gobernados por Gran Bretaña.

Esto limitó enormemente la libertad de acción de nuestro país, aun cuando se logró enfrentar a los EE.UU. con América Latina, la cual, conforme lo establecido en el TIAR (Art. 20), condicionó su acción a lo ya resuelto por el Consejo de Seguridad.

754. Luego de producirse el ataque británico a Puerto Argentino, y el día O1-MAY, se recibió el ofrecimiento del Perú para iniciar tratativas con Gran Bretaña a través del gobierno de los EE.UU., las cuales fueron aceptadas por nuestro gobierno.

755. En esos momentos, resultó evidente lo erróneo de dos supuestos que condicionaron la concepción política y estratégica de la Junta Militar: QUE GRAN BRETAÑA NO REACCIONARIA MILITARMENTE Y QUE LOS EE.UU. NO PERMITIRÍAN UNA ESCALADA MILITAR. Dado que los hechos estaban demostrando lo contrario, correspondió modificar la concepción política y estratégica, en lugar de perseverar en el error. EL ARTE DE LA CONDUCCIÓN CONSISTE EN RECONOCER LA OPORTUNIDAD EN QUE DEBE ADOPTARSE UNA NUEVA RESOLUCIÓN.

756. En un momento dado de las tratativas se produjo la mediación del Presidente del Perú. La Junta Militar decidió aceptar, entonces, una de las propuestas presuntamente exitosa, haciendo algunas modificaciones menores que serían discutidas en una negociación ulterior. El hundimiento del Crucero A.R.A. "General Belgrano" constituyó un factor de orden emotivo, que condicionó el prudente rechazo de la propuesta. Sin embargo, con miras a la negociación ulterior que permitiera el cese de fuego que ya comenzaba a cobrar muchas víctimas y al logro de los objetivos propuestos, lo racional y conveniente hubiera sido aceptarla.

757. Con referencia a la situación propia, queda establecido que tanto la Junta como el propio Canciller partieron de presupuestos reñidos con la realidad. Los conceptos de "inexpugnabilidad" y las ex presiones "triunfalistas" exageradas que los medios de difusión propios hicieron de ciertas acciones bélicas, confundieron a los conductores argentinos respecto de la verdadera situación militar de las fuerzas en oposición, induciéndoles a adoptar posturas excesivamente inflexibles y contradictorias que fueron cerrando, progresivamente, los caminos de la negociación.

758. El día 17-MAY se recibió otra propuesta, que fue modificada por Argentina. Todas estas modificaciones le ratificaron a Gran Bretaña, ya dispuesta para el desembarco final, el convencimiento de que no había, prácticamente, más rutas viables de llegar a una solución negociada. El desembarco inglés se produjo el 21-MAY.

Conclusiones

759. De lo expuesto, y como contribuyentes decisivos para el desenlace negativo en el logro del objetivo propuesto, surgen los siguientes errores fundamentales cometidos a nivel político.

a. No adoptar las medidas necesarias para evitar el incidente, de las Islas Georgias, de acuerdo con la propia determinación de no perturbar las negociaciones con el Reino Unido.

b. No adoptar, una vez producido el incidente, las medidas para neutralizarlo, en previsión de una oportunidad más favorable para ejecutar los propios planes.

c. No realizar, con la participación de los organismos específicos correspondientes, una apreciación profunda, completa y acertada de la probable reacción británica, así como la de otros países vinculados y de los organismos internacionales, en particular EE.UU., el Consejo de Seguridad de la UN, la C.E.E. y la OEA. Aceptar, en cambio, como PREMISA CIERTA QUE AQUELLA REACCIÓN SERIA SOLO DIPLOMÁTICA Y QUE LOS EE.UU. NO PERMITIRÍAN UNA ESCALADA MILITAR QUE EPILOGARA EN UN ENFRENTAMIENTO ARMADO.

d. Decidir el adelanto de la operación Azul, colocando con ello a nuestras Fuerzas Armadas en una grave situación de riesgo por su falta de alistamiento y preparación, y por la relación desfavorable de su poder militar para enfrentar a un enemigo -consecuencia- superior.

e. No adoptar, con la debida anticipación, las medias necesarias para neutralizar las acciones diplomáticas de Gran Bretaña, las que seguramente sobrevendrían por nuestra delicada situación política y económica-social internas, por el conflicto de límites con Chile, y por el hostigamiento y deterioro internacional de nuestra imagen. Recuérdese que el derecho de veto que posee R.U. en el Consejo de Seguridad de la UN y la dependencia que sujeta a la OEA en sus decisiones sobre seguridad respecto de ese Organismo Internacional (TIAR - Art. 2 y concordantes), enfatizaban la necesidad de aquellas presiones.

f. Pretender condicionar el acatamiento de la Resolución 502 y renunciar, de ese modo, al inicio de las negociaciones que entonces eran impuestas por el Consejo de Seguridad, creando así la probabilidad del enfrentamiento militar.

g. No apreciar en su debido valor y trascendencia tanto la intervención personal del Presidente de los EE.UU., como la advertencia que, sobre la posición de su país en apoyo del Reino Unido, formularon el Secretario de Estado Haig a nuestro Embajador ante la Casa Blanca, y el Embajador de los EE.UU. al Presidente de la Nación, el día 01-ABR.

h. No aprovechar las oportunidades de solución aceptable para la crisis, perdiendo de vista que EL OBJETIVO PRIMORDIAL NO ERA LA GUERRA SINO LA RECUPERACIÓN DE LOS ARCHIPIÉLAGOS POR EL CAMINO DE LA NEGOCIACIÓN, AHORA OBLIGATORIA PARA AMBAS PARTES.

i. Adoptar, durante las negociaciones para el logro de los objetivos, actitudes y procedimientos poco razonables ante la realidad de la situación y la magnitud del poder integral del oponente, en contradicción con los objetivos que se perseguían.

j. Desencadenar, en el ámbito del mundo occidental, acontecimientos políticos y militares de naturaleza, gravedad y epílogo tales, que provocaron el total fracaso de las acciones tendientes a la recuperación del territorio argentino usurpado -permanente y hondo anhelo nacional-, con la consiguiente frustración espiritual de nuestra población y el desprestigio de la autoridad superior de las FF.AA.

k. No ajustar oportunamente la conducción política, ante la declaración del Comandante del TOAS, realizada el 06-ABR-82, sobre las limitaciones de las Fuerzas Navales propias para lograr y mantener el dominio del mar.

760. En resumen, la falta de una apreciación correcta e integral del conflicto en todas sus alternativas y dinámica, originó la carencia de una estrategia general que integrara la conducción parcial en los distintos xxxxxxxx político, Militar, Económico y Psicológico/social. Todo ello se vio acentuado por la inexistencia de un organismo con adecuada organización y capacidad para la conducción de la guerra y con unidad de criterios y de esfuerzos. La prescindencia del empleo de los organismos específicos disponibles se sumó a lo expuesto y provocó, en definitiva, que todo el país, en modo alguno interviniera en el conflicto como "una nación en armas".


Fallas en el planeamiento

761. A partir de la idea original de la Junta Militar de ordenar la planificación de la llamada "alternativa militar", a ser desarrollada por un organismo "Ad -hoc", que elaboraría el planeamiento dentro del mayor secreto, se inició UNA SERIE DE DESACIERTOS, los que se han analizado exhaustivamente en el Capítulo III.

762. Los errores originados en la máxima conducción política y militar del país se fueron transmitiendo de esta manera en la cadena de comando en sentido descendente y produjeron una planificación contribuyente defectuosa, la que se tradujo en una acción improvisada por parte de nuestras FF.AA., según lo detallado en los capítulos VI y VII.

763. De las conclusiones mencionadas en el capítulo III, párrafos 170 a 174, puede resumiese que, en materia de planeamiento, existieron las siguientes fallas:

a. Se designó un organismo ad-hoc" (Comisión de Trabajo) para desarrollar los planes que conducirían finalmente a la Nación a la guerra, en lugar de utilizar un elemento competente para tal fin. Al imponérsela criterios y limitaciones inadecuadas para el cumplimiento de la tarea asignada, se omitió incluir la intervención de los organismos específicos existentes. EN LOS ESTUDIOS, SE CUBRIÓ BÁSICAMENTE, SOLO LA ETAPA DE LA OCUPACIÓN DE LAS ISLAS.

b. SE ADELANTÓ INDEBIDAMENTE LA EJECUCIÓN DE LA "OPERACIÓN AZUL", cuando el planeamiento y las necesarias previsiones concurrentes no se hallaban todavía completas, ni las FF.AA. preparadas para un conflicto de características y magnitud tales.

c. Se produjeron innumerables inconvenientes en la planificación contribuyente, dado el adelantamiento de la ejecución de las operaciones, provocando, fundamentalmente, que LOS COMANDOS ESTRATÉGICO-OPERACIONALES CREADOS NO FUERAN LOS ADECUADOS, y que las relaciones de mando, misiones, responsabilidades y jurisdicciones operacionales no se establecieran con claridad ni acierto.

d. Se modificó, en el transcurso del tiempo que siguió a la recuperación de las islas, EL PROPÓSITO DE NEGOCIAR SU POSESIÓN POR EL DE CONSERVARLAS POR LA FUERZA, lo cual contradecía la intención original, conforme lo expresaran los ex miembros de la Junta Militar.

e. NO SE REALIZÓ UNA PLANIFICACIÓN FORMAL CON LA PARTICIPACIÓN DE TODAS LAS ÁREAS DEL GOBIERNO, de acuerdo con la metodología correspondiente, antes de llegar a la decisión política de ocupar las islas" o de "usar el poder militar".

f. Se dio lugar, por la falta de planificación de la fase de post-ocupación y del mantenimiento de las islas, a que LAS OPERACIONES POSTERIORES SE FUERAN IMPROVISANDO Y ORDENANDO "SOBRE LA MARCHA".

g. El adelantamiento de la ejecución de las operaciones produjo innumerables inconvenientes en la planificación contribuyente, provocando, fundamentalmente, que los comandos estratégico-operacionales creados no fueran los adecuados, y que las relaciones de mando, misiones, responsabilidades y jurisdicciones operacionales no se establecieran con claridad ni acierto.

Conclusión

764. Los procedimientos adoptados por la Junta Militar condujeron a la Nación a la guerra sin una adecuada preparación, contradiciendo normas esenciales de planificación y engendrando así errores y omisiones fundamentales que afectaron la orientación estratégica militar y la coherencia de la planificación contribuyente. Todo ello constituyó una causa decisiva de la derrota.
 
III Parte - Evaluación y análisis crítico

Capítulo VIII - Las causas de la derrota

Fallas en la conducción

765. No existió, durante el desarrollo del conflicto, una conducción que centralizara, en forma orgánica, continua y eficiente, el ejercicio de un comando unificado, con control de todos los facto res que conformaban las situaciones de crisis.

766. El COMIL tampoco ejerció la autoridad de la que estaba legalmente investido, debido a las interferencias que, en mayor o menor grado, produjeron los Comandantes en Jefe según sus modalidades, personalidad y costumbres. De esta forma fue dable observar que en pleno desarrollo del conflicto, los titulares de comandos de nivel operacional y aun táctico superior por ejemplo vulneraban frecuentemente la línea de Comando comunicándose directamente con su Comandante en Jefe. Por ello, dichos Comandantes neutralizaban la función correcta de comando, sobrepasaban instancias orgánicas naturales, producían informes o recibían instrucciones u órdenes que no eran del conocimiento de sus superiores directos generándose así graves problemas de conducción. A esto deben sumarse también las decisiones del tipo ejemplificado por el Sr. Comandante en Jefe del Ejército quien luego de una visita a las Islas Malvinas enviar una brigada de Infantería adicional al Teatro de Operaciones Malvinas, todo ello sin suficientes elementos de juicio y sin el conocimiento ni el asesoramiento del Comandante de Guarnición Malvinas, el Comandante del Teatro, del COMIL y del propio EMG.

767. AL NO EXISTIR UNA VERDADERA REPARACIÓN PARA LA ACCIÓN CONJUNTA, nuestras Fuerzas Armadas enfrentar una guerra contra Gran Bretaña con DESCONOCIMIENTO DE LA DOCTRINA CONJUNTA, acción que influyó negativamente en la conducción de todos los niveles involucrados. Los comandos operacionales se asignaron más por razones de política ínter fuerzas que por necesidades funcionales, y se crearon comandos específicos y conjuntos que no obedecían a reales necesidades operacionales del problema que se debía resolver.

768. El no haber ejercitado con anterioridad la conducción conjunta, constituyó una DEBILIDAD DECISIVA PARA NUESTRAS FF.AA. hecho que se puso gravemente de manifiesto en la confrontación con un enemigo altamente capacitado.

769. En el nivel estratégico operacional, el CTOAS no superó este tipo de problemas mediante el ejercicio pleno de la autoridad de que estaba legalmente investido, cuestión de hacer pesar sus responsabilidades y su consecuente autoridad ante sus comandos superiores colaterales y subordinados. Tras iniciarse las hostilidades, un ejercicio cabal de la conducción LE IMPONÍA trasladarse al Teatro de operaciones Malvinas para estimular con su presencia a los Comandos y tropas dependientes desplegados en las Islas, informarse in situ de las realidades que no era posible conocer debidamente por partes radioeléctricos o conversaciones telefónicas, y adoptar -o proponer- las correcciones inmediatas que la situación requería. Esta observación es válida también para el CEOPECON, organismo que incurrió en similar falencia.

770. Los Comandos Específicos, caso del CAE y la F AS, si bien realizaron una ADECUADA CONDUCCIÓN Considerando las limitaciones de sus medios dependientes evidenciaron también algunos problemas conjuntos, a los que ya se ha hecho referencia, en particular en la relación con otros comandos colaterales del Teatro de operaciones.

Al crear los comandos operacionales, por ejemplo, la superioridad asignó a la FAS y al CTOAS una superposición de espacios, cuando LO MÁS ADECUADO habría sido integrar la FAS como componente aéreo del TOAS.

Ello generó roces y problemas de coordinación, inadecuada distribución de la poca información de exploración y reconocimiento disponible, esfuerzos innecesarios, incorrecta distribución del poder combativo, negativas a subordinar medios de un comando para que continuasen operando en otro, y diferentes criterios en la asignación de prioridades a distintas misiones.

771. La constitución del CEOPECON tampoco modificó sensiblemente estas falencias, toda vez que la profundidad de los problemas de la conducción superior del TOAS no podía superarse con una simple coordinación, la cual resultó fundamentalmente logística. Antes bien, su instalación y funcionamiento contribuyó, aún más a desdibujar la imagen y autoridad del TOAS e incurrió en errores similares tal como fue el no trasladarse ninguno de sus miembros al teatro Malvinas a informar personalmente de la situación en el terreno.

772. Al no haberse previsto con anticipación suficiente la constitución del TOAS, su Comandante, una vez designado, debió empezar a operar impartiendo su primera directiva a través de un Plan esquemático. La Comisión de Trabajo había señalado que de producirse una reacción militar británica con posterioridad a la ocupación de las Islas Malvinas, el COMIL debía tomar directamente la conducción, designando un Jefe de Estado Mayor Especial o al JEMC para el seguimiento diario de las operaciones.

773. Desde su constitución, el TOAS fue un Comando con atribuciones y medios restringidos, que incurrió en los siguientes errores:

a. Debió haber reclamado la constitución de un Estado Mayor Conjunto para llevar adelante el planeamiento y ejecución de las operaciones navales, terrestres y aéreas conjuntas, y los medios necesarios para ejecutarlas.

b. No elaboró una Concepción Estratégica Operacional Integral y detallada sobre el empleo conjunto de los medios de los tres componentes del Teatro de operaciones Malvinas, en tiempo y espacio, que permitiera utilizarlos en el momento preciso, siempre en forma coordinada y económica.

c. Hubo demoras y exceso de precauciones en la utilización de los medios logísticos marítimos, al principio de las operaciones, por una sobreestimación del bloqueo naval denunciado por el ENO., actitud que se extendió luego al empleo de unidades de la Flota.

774. En la Guarnición militar Malvinas hicieron crisis, dentro de la Fuerza Ejército, problemas específicos de conducción, directamente vinculados e influidos, recíprocamente, por cuanto quedó dicho. Su Comandante incurrió en las siguiente falencias:

a. Ante la dualidad de sus funciones (Gobernador Militar y Comandante Conjunto), no acertó a darle el debido orden de prioridad a las mismas y renunció, implícitamente, al ejercicio de su autoridad sobre los comandos y unidades de tropas dependientes.

2. Careció de un verdadero Estado Mayor Conjunto para ejercer el comando superior, lo que agravó las circunstancias expuestas, y no evidenció aptitudes de carácter y espíritu militar, en el grado eminente que reclamaba su histórica misión. Cabe destacar, también, que la presencia en las Islas de otros Generales de distinta antigüedad perturbó la verticalidad del mando, en las graves condiciones que imponían dichas operaciones militares.

3. No exhibió ni evidenció las aptitudes de mando y arrojó indispensables en la emergencia, y no fue en esa oportunidad única en su vida militar el ejemplo y la figura que la situación exigía frente a las tropas allí destacadas.

775. En el escenario de las Islas la integración se logró en cierta medida con solidez y claridad en los hechos mismos del combate.

Así, por ejemplo sucedió con la xxx de las 3 FF.AA. y con el BIM 5 que se agregó a la Brigada de I. Mex, X mientras su Ba. Art. de refuerzo hacía lo propio con el GA, aerot. 4. No sucedió, en cambio, lo mismo con los medios aéreos ahí destacados que no lo hicieron con el componente aéreo del Comando Malvinas. Todo lo expresado demuestra que aún las necesidades de la lucha fueron insuficientes para superar la totalidad de los obstáculos que debió eliminar una adecuada acción conjunta, de haberlo sido realmente.

776. Dentro de la Fuerza Ejército, empeñada en las Islas Malvinas, se observó, especialmente a nivel táctico, una tendencia generalizada a no evaluar, en muchos casos, elementos reales que afectaban las situaciones. Esta tendencia, que produjo efectos sumamente peligrosos al no analizarse a la luz de la realidad una determinada situación militar, tuvo una cabal demostración en la caída de Puerto Argentino, hecho éste que ocurrió sorpresivamente, aún para las máximas autoridades nacionales. Tal desconocimiento de la realidad tuvo dos causas principales:

a. Ausencia del comandante superior en sus unidades subordinadas, para el mejor conocimiento de sus problemas y necesidades, y para el estímulo y apoyo personal de su presencia.

b. Falta de disposición espiritual por parte de algunos mandos subordinados para informar a sus superiores, en forma objetiva y veraz, hechos u opiniones que podían no ser del agrado de éstos.

777. Ejemplo elocuente de esta actitud, son entre otros la exposición del General Daher ante el Comandante en Jefe del Ejército el día 09-JUN-82.

A pesar de las inclemencias del tiempo, prolongada estadía del personal en sus posiciones y problemas de provisión de elementos, el estado físico es bueno y el estado anímico es excelente MERCED A LA INTENSA ACCIÓN DE MANDO.

(Pág. 236, Informe Ex-Ctes en Jefe, Cap. IV).

Otro ejemplo es el Memorándum del Gral. Menéndez del 16-MAY. (Anexo VI/16).

778. Las disposiciones adoptadas en las islas para su defensa no fueron acertadas. En efecto:

a. El CMM no aprovechó debidamente las condiciones del terreno, orientando el esfuerzo en direcciones equivocadas. Al aferrar se innecesariamente a zonas donde nunca se empeñó en combate, realizó despliegues inadecuados de sus fuerzas, a las cuales causó también un grave e innecesario desgaste por su prematura instalación en el terreno, en condiciones muy precarias desde todo punto de vista.

b. EL CTE. FF.TT. y ulteriormente de la Agrupación Malvinas, cometió el error táctico de no reorganizar su dispositivo después del desembarco de San Carlos, Además, condujo luego su combate defensivo, sin la dinámica que muestran las reacciones ofensivas, y con incorrecto aprovechamiento del terreno. finalmente por razón de sus reservas insuficientes inconvenientemente ubicadas y su falta de movilidad por el inadecuado uso y preservación que ya se había hecho de los helicópteros disponibles, así como por la falta de sus vehículos blindados livianos de transporte llevó el fracaso a su acción en la forma conocida. Su personalidad absorbente lo hizo en general impermeable al asesoramiento, acentuando así las falencias señaladas.

c. La organización para el combate de la GMM reveló dispersión de esfuerzos, asignación no proporcional de los medios, desaprovechamiento del terreno, superposición del mando y DESCONOCIMIENTO DE LA ACCIÓN CONJUNTA. De los 9 Regimientos enviados a Malvinas, únicamente combatieron 4 en forma efectiva, y parcialmente sólo 2, contra un enemigo con mayor poder de combate que se limitó, en favor de su mayor movilidad y de su total libertad de acción, a aplicar él principio de concentración del ataque en el punto más débil.

779. La falta de espíritu de lucha y la subsecuente desmoralización que evidenció una parte de las tropas, es responsabilidad inexcusable de todo comando.

780. Es importante señalar que hubo comandos operacionales y unidades que fueron conducidas con eficiencia, valor y decisión. En esos casos, ya en la espera, en el combates en sus pausas, el rendimiento fue siempre elevado. Tal el caso, por ejemplo, de la Fuerza Aérea Sur, la Aviación Naval, los medios aéreos de las 3 Fuerzas destacados en las islas, el Comando Aéreo de Transporte; la Artillería de Ejército y de la I.M.; la ADA de las 3 FF.AA., correcta y eficazmente integradas, al igual que el BIM 5, el Escuadrón de Caballería Blindada 10 (+) , las Cas. Comandos 601 y 602 o el RIM 25. Como ha ocurrido siempre en las circunstancias críticas, el comportamiento de las tropas en combate fue función directa de la calidad de sus mandos.

Conclusiones

781. La carencia de un adecuado adiestramiento para la acción conjunta se tradujo en la falta de la necesaria unidad de comando y de la imprescindible coherencia de las operaciones interfuerzas, actuándose, prácticamente, en compartimientos estancos, sin la debida integración y convergencia de esfuerzos. Todo ello agravó las vulnerabilidades orgánicas, la relación del poder de combate desfavorable, la instrucción y equipamientos deficientes de las unidades desplegadas en las islas, y los errores, omisiones y fallas de la conducción del combate en los distintos niveles.

782 . En el nivel de mando superior de las FF.AA. no hubo una actuación directa en el conflicto sólo existió a través de los informes u opiniones cuando ello se requirió en forma colectiva o individual. De esta manera, y acerca de responsabilidades formalmente imputables, nadie se vio particularmente involucrado. Sin embargo, y suponiendo la existencia de responsabilidades residuales en quienes ejercían los Comandos Superiores en el continente en esas circunstancias y renunciaron al deber y derecho de asesorar o de lograr la información necesaria participando en la elaboración de apreciaciones base de las resoluciones con que fueron conducidas la guerra y las operaciones esta Comisión considera que en estos casos, la evaluación y determinación de las conclusiones correspondientes, ES ATRIBUCIÓN EXCLUSIVA DE LOS RESPECTIVOS COMANDANTES EN JEFE DE CADA FUERZA.


Fallas en la oportunidad

783. En primer lugar, es necesario señalar que el estado general del país, en el momento de tomarse la decisión de ocupar las Islas Malvinas, no era el más adecuado para enfrentar un hecho político internacional de tal naturaleza.

784. Fueron causas concurrentes a ello, las siguientes:

a. La crisis socio-económica reinante con un país postrado por problemas acuciantes de este orden.

b. La situación política interna, que, como consecuencia de lo expresado en el inciso anterior, se hallaba altamente sensibilizada, con movimientos políticos y sindicales internos que alteraban la paz social y, ejercían una considerable oposición al gobierno. Todo ello, a la hora de la victoria, hubiese sido superable, pero se debió tener en cuenta que, a la hora de la derrota, significarían una grave convulsión de todo orden y el fin del PRN.

785. Si la situación externa hubiera sido favorable para el objetivo nacional de reconquistar los archipiélagos australes, la oportunidad para realizarla habría sido acertada. Pero no fue así, ya que:

a. Las autoridades nacionales eran duramente atacadas, particularmente por el problema de los derechos humanos, lo cual debilitaba sensiblemente el frente externo.

b. La República Argentina se hallaba sancionada por los EE.UU., con embargos a sus importaciones, de armamentos, lo cual limitaba su libertad de acción pata equiparse y modernizar adecuadamente sus pertrechos militares.

c. Las relaciones con el Tercer Mundo / No Alineados, no pasaba por un buen momento, habida cuenta de ciertos problemas recientes que habían generado oposición en estos foros.

d. La vigencia del conflicto Austral, con su indudable importancia.

786. Al adelantarse la fecha prevista para la ejecución de la Operación Azul, se produjeron los siguientes inconvenientes:

a. El equipamiento de las FF.AA no se había completado aún. Como ejemplo, merece destacarse el material Super Etendard-Exocet que quedó en los muelles de Marsella, al ser alcanzado por un embargo a las exportaciones de armas por parte de Francia, poco antes de su embarque con destino al país.

b. No se dio tiempo a las FF.AA para preparar y adiestrar sus medios en forma adecuada. El Ejército no había concluido la baja de la clase 1962 y acababa de incorporar a la clase 1963.

c. Se eligió el peor momento del año en cuanto a sus condiciones climáticas, ya que las tropas propias no estaban debidamente equipadas ni adiestradas para soportar un asedio prolongado en las islas. Era también la peor estación para permitir operar adecuadamente a la Fuerza Aérea (pocas horas de luz diurna, techos bajos, nieblas, lluvias, etc).

787. De haberse esperado más tiempo, la Marina Real británica habría sufrido la disminución de una parte sustancial de su flota de superficie atendiendo a cortes presupuestarios y al nuevo rol estratégico que le asignaba la OTAN en su teatro de operaciones. (De 66 buques en 1991, a 44 en 1985 y la supresión de los dos portaaviones livianos.)

Conclusión

788. La oportunidad LIBREMENTE FIJADA POR LA JUNTA MILITAR PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS ARCHIPIÉLAGOS DEL ATLÁNTICO SUR, benefició fundamentalmente al enemigo.
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Determinación de las responsabilidades

Capítulo IX - Responsabilidades en el nivel político nacional
Responsabilidades en el nivel político nacional
Junta Militar
Poder Ejecutivo Nacional y Gabinete Nacional

Capítulo X - Responsabilidades en el nivel estratégico militar
Comité Militar
Comisión de trabajo
Comandante en Jefe del Ejército
Comandante en Jefe de la Armada
Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea
Jefe del Estado Mayor Conjunto

Capítulo XI - Responsabilidades en el nivel estratégico operacional
Responsabilidades en el nivel estratégico operacional

Capítulo XII - Responsabilidades en otros niveles
Responsabilidades en otros niveles

Capítulo XIII - Encuadramiento jurídico de los responsables
Encuadramiento jurídico de los responsables
Encuadramiento individual
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo IX - Responsabilidades en el nivel político nacional

Responsabilidades en el nivel político nacional

789. En el presente capítulo se analizarán las responsabilidades de los miembros de la Junta Militar, del Presidente de la Nación y de integrantes del Gabinete Nacional. La Comisión no ha investigado la existencia, actividades ni influencia de los asesoramientos extra oficiales y aun de carácter interno, que pudieron haberse producido, en particular ante la Junta Militar y el Poder Ejecutivo Nacional; toda vez que ello se encuentra fuera de la Misión recibida y habría; por otra parte; obligado a escudriñar en la trastienda de complejos acontecimientos en procura de hallar nombres y hechos que, con gran frecuencia, son difícilmente demostrables, y de establecer responsabilidades que no siempre pueden imputarse oficialmente. Así, la Comisión ha limitado su análisis y evaluación a los funcionarios y organismos específicos con autoridad, y, en consecuencia, con responsabilidad legal concreta respecto del conflicto con el Reino Unido.


Junta Militar

790. De acuerdo con lo detallado en los capítulos precedentes, la Comisión considera que sus miembros de la Junta Militar, órgano supremo del Estado (Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, Artículo ) son responsables de:

a. CONDUCIR LA NACIÓN A LA GUERRA CON GRAN BRETAÑA, SIN ESTAR DEBIDAMENTE PREPARADA PARA UN ENFRENTAMIENTO DE ESTAS CARACTERÍSTICAS Y MAGNITUD CON LAS CONSECUENCIAS CONOCIDAS DE NO LOGRAR EL OBJETIVO POLÍTICO Y DE HABER COLOCADO AL PAÍS EN UNA CRÍTICA SITUACIÓN POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, título CONCLUSIONES.

2) Capítulo IV títulos LA DECISIÓN DE LA JUNTA MILITAR y CONCLUSIONES.

3) Capítulo VI, título EL OBJETIVO ESTRATÉGICO

4) Capítulo VIII, títulos FALLAS DE ORDEN POLÍTICO, FALLAS EN EL PLANEAMIENTO y sus conclusiones.

b. NO REALIZAR UNA APRECIACIÓN INTEGRAL DE TODOS LOS FACTORES QUE PODÍAN INCIDIR EN LA SITUACIÓN, EN DETRIMENTO DE LOS OBJETIVOS QUE SE PRETENDÍAN LOGRAR.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título, LA RESOLUCIÓN 502 del CONSEJO DE SEGURIDAD y sus conclusiones.

2) Capítulo III, títulos LOS DOCUMENTOS PRODUCIDOS POR LA CT, DIRECTIVA ESTRATEGIA NACIONAL.2/82 y CONCLUSIONES.

3) Capítulo IV, títulos LA DECISIÓN DE LA JUNTA MILITAR y CONCLUSIONES.

4) Capítulo VI, títulos EL OBJETIVO ESTRATÉGICO y LAS PREVISIONES PARA EL CONFLICTO AUSTRAL.

5) Capítulo VII, título LA INTELIGENCIA ESTRATÉGICA.

6) Capítulo VIII, título FALLAS DE ORDEN POLÍTICO y sus conclusiones.

c. CONDUCIR A LAS FF.AA., COMO CONSECUENCIA DE UN PLANEAMIENTO APRESURADO, INCOMPLETO Y DEFECTUOSO, A UN ENFRENTAMIENTO PARA EL CUAL NO SE HALLABAN PREPARADAS NI EQUIPADAS, CONTRIBUYENDO CON ELLO A LA DERROTA MILITAR.

Lo expresado precedentemente se funda básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, título LA CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO LOS DOCUMENTOS PRODUCIDOS POR LA COMISIÓN DE TRABAJO y PLAN ESQUEMÁTICO DE CAMPAÑA DEL TEATRO DE OPERACIONES MALVINAS

2) Capítulo IV, título CONCLUSIONES (párrafo 182).

3) Capítulo VIII, títulos FALLAS EN EL PLANEAMIENTO y FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

d. NO ADOPTAR EN EL CAMPO DE LA POLÍTICA INTERNACIONAL LAS NECESARIAS ACCIONES DIPLOMÁTICAS PRECAUTORIAS Y CONDUCENTES AL LOGRO DEL OBJETIVO POLÍTICO QUE SE PERSEGUÍA, O A LA NEUTRALIZACIÓN DE LOS EFECTOS QUE PREVISIBLEMENTE SE PRODUCIRÍAN, EN CASO DE NO LOGRARSE AQUEL.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan

1) Capítulo II, título LA RESOLUCIÓN 502 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD.

2) Capítulo III, título ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS EMITIDOS

3) Capítulo IV, título LA DECISIÓN DE LA JUNTA MILITAR.

4) Capítulo V, título CONCLUSIONES.

5) Capítulo VIII, títulos FALLAS DE ORDEN POLÍTICO Y FALLAS EN LA OPORTUNIDAD.

e. ESCOGER UN MOMENTO INOPORTUNO PARA LLEVAR A CABO LAS ACCIONES DIPLOMÁTICAS Y MILITARES TENDENTES AL LOGRO DEL OBJETIVO PROPUESTO, MOSTRANDO ASÍ UNA ACTITUD EQUIVOCA RESPECTO DE LAS VERDADERAS MOTIVACIONES DE LA DECISIÓN ADOPTADA Y DEL ADELANTO DE SU EJECUCIÓN.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título LA RESOLUCIÓN N°; 502 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD.

2) Capítulo IV, título CONCLUSIONES.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN OPORTUNIDAD.

f. Desaprovechar la oportunidades concretas que se tuvieron para lograr una solución honorable factible del conflicto.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente en el capítulo y título que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio que éste se sustenta:

1) Capítulo V Título CONCLUSIONES

791. La Junta Militar es un órgano colegiado por lo cual las responsabilidades detalladas precedentemente deben ser asignadas en igual forma a cada uno de los integrantes, en su calidad de autores y partícipes de los hechos y omisiones que originan aquéllas, no obstante la existencia de matices diferenciales entre los mismos
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo IX - Responsabilidades en el nivel político nacional

Poder Ejecutivo Nacional y Gabinete Nacional

792. En lo que hace al Poder Ejecutivo Nacional y Gabinete Nacional, la Comisión ha evaluado a las autoridades de dicho ámbito y considera que las mismas quedan alcanzadas por las responsabilidades que se señalan a continuación.

Presidente de la Nación

793. El Presidente de la Nación era, simultáneamente, miembro de la Junta Militar y Comandante en Jefe del Ejército y, además, por su condición de tal, integrante del Comité Militar. Ejerció así una suma de tareas, funciones y responsabilidades, lo que incidió negativamente en el desempeño eficaz dé estos importantes cargos.

A juicio de esta Comisión, es responsable de:

ASUMIR ATRIBUCIONES QUE COMPETÍAN A LA JUNTA MILITAR, EN EL PROCESO DE LA TOMA DE DECISIONES DE POLÍTICA INTERNACIONAL, LAS QUE LUEGO, TENDRÍAN INFLUENCIA EN EL DESARROLLO DEL CONFLICTO, AL APROBAR EL COMUNICADO AMPLIATORIO DEL 02 -MAR-82 QUE RESULTO INOPORTUNO A LOS FINES QUE SE PERSEGUÍAN Y ALBERTO INNECESARIAMENTE AL GOBIERNO BRITÁNICO.

Lo expresado precedentemente se funda básicamente en el capítulo y título que se menciona a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta

1) Capítulo II, título LA GESTIÓN DEL DR. COSTA MENDEZ (párrafos 69 y 88).

b. ASUMIR ANTE EL PUEBLO DE LA NACIÓN , EN CIRCUNSTANCIAS EN QUE ERA ACONSEJABLE LA MODERACIÓN COMPROMISOS QUE COARTARON LA LIBERTAD DE ACCIÓN DEL GOBIERNO NACIONAL, CREARON FALSAS EXPECTATIVAS POPULARES Y CONTRIBUYERON A DIFICULTAR LA BÚSQUEDA DE UNA SALIDA NEGOCIADA AL CONFLICTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III título LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02-ABR-82.

2) Capítulo V título LA INTERVENCIÓN DEL GRAL. HAIG.

c. OMITIR LA CONSULTA Y EL ASESORAMIENTO DE LOS ORGANISMOS ESPECIALIZADOS ;QUE PUDIERON HABER CLARIFICADO EL ANÁLISIS PREVIO DE LA SITUACIÓN Y EL PROCESO DE LA TOMA DE DECISIONES (SECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y CNI); NO OBSTANTE EL SECRETO IMPUESTO A LA PLANIFICACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, título ANTECEDENTES.

2) Capítulo VIII, títulos FALLAS EN EL PLANEAMIENTO y CONCLUSIONES.

d. CONFUNDIR UN OBJETIVO CIRCUNSTANCIAL DE POLÍTICA INTERNA (NECESIDAD DE REVITALIZAR EL PRN) CON UNA GESTA DE LEGÍTIMA REIVINDICACIÓN HISTÓRICA Y DAR LUGAR A QUE SE INTERPRETARA QUE PRETENDÍA CAPITALIZAR PARA SI EL RÉDITO POLÍTICO, EN CASO DE UNA SOLUCIÓN FAVORABLE.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.

2) Capítulo IV, título LA DECISIÓN DE LA JUNTA MILITAR.

3) Capítulo VIII, título FALLAS DE ORDEN POLÍTICO.

Ministro de Relaciones Exteriores y Culto

794. La actuación del Canciller en el Conflicto tuvo una importancia relevante y vital, ya que el objetivo político se lo obtendría, fundamentalmente, como corolario de una acción diplomática oportuna y eficaz. Surge de lo actuado que el Dr. Costa Méndez tomó conocimiento anticipado de la intención de la Junta Militar de ocupar las Islas.

795. Se considera que le caben las siguientes responsabilidades:

a. NO ADOPTAR LAS PREVISIONES PARA PRODUCIR LOS MOVIMIENTOS ADECUADOS DE SU PERSONAL, DE MANERA QUE LOS CARGOS CLAVES PARA UN CONFLICTO DE ESTA NATURALEZA ESTUVIESEN DESEMPEÑADOS POR FUNCIONARIOS DE LA MÁXIMA IDONEIDAD Y EXPERIENCIA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan.

1) Capítulo II, título LA GESTIÓN DEL DR. COSTA MENDEZ y CONCLUSIONES

2) Declaraciones de los Doctores, Roca y Ortíz de Rozas.

b. NO APRECIAR DEBIDAMENTE LA REACCIÓN INTERNACIONAL QUE PODÍA PRODUCIRSE EN CASO DE OCUPACIÓN DE LOS ARCHIPIÉLAGOS, EN PARTICULAR POR PARTE DE GRAN BRETAÑA Y ESTADOS UNIDOS PESE A ESTAR ALERTADO ANTICIPADAMENTE DE LA INTENCIÓN DE EFECTUAR DICHA OCUPACIÓN.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.

2) Capítulo IV, título CONCLUSIONES.

3) Capítulo V, título CONCLUSIONES.

4) Capítulo VIII, título FALLAS DE ORDEN POLÍTICO.

c. PRODUCIR, COMO RESULTADO DE LA ÚLTIMA RONDA DE NEGOCIACIONES CON GRAN BRETAÑA (NUEVA YORK, 26/27-FEB-82), UN COMUNICADO AMPLIATORIO QUE RESULTO INOPORTUNO ;ADEMAS DE IMPRUDENTE POR LA VELADA AMENAZA DE SU CONTENIDO; LO CUAL ALERTO A GRAN BRETAÑA ACERCA DE LA INTENCIÓN DE LA OCUPACIÓN MILITAR.

Lo expresado precedentemente se funda básicamente en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.

2) Capítulo TV, título EL INCIDENTE DE LAS ISLAS GEORGIAS DEL SUR - LA MARCHA DE LOS ACONTECIMIENTOS (Párrafo 188).

d. CONDUCIR INADECUADAMENTE LA CRISIS DE LAS ISLAS GEORGIAS Y, CONTRARIAMENTE A LO QUE EN ESE. MOMENTO CONVENÍA -COMO ERA MINIMIZAR EL CONFLICTO-, CONTRIBUIR A PRECIPITAR LOS EFECTOS DE AQUELLA EN PERJUICIO DEL OBJETIVO DE RECUPERAR LAS ISLAS MALVINAS. EL INCIDENTE PUDO HABER SIDO SUPERADO POR LAS VÍAS DIPLOMÁTICAS, SIN COMPLICACIONES QUE PUDIESEN AFECTAR LA DIGNIDAD NACIONAL, A DIFERENCIA DE LO QUE SE PRETENDIÓ AFIRMAR EN SU MOMENTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo II título CONCLUSIONES

2) Capítulo IV título CONCLUSIONES

3) Capítulo VII título FALLAS DE ORDEN POLÍTICO Y CONCLUSIONES.

4) Declaración del Dr. Costa Mendez.

e. REALIZAR EL DIA 02-ABR-82, ANTE EL GABINETE NACIONAL UNA EVALUACIÓN ERRÓNEA ACERCA DE LA VOTACIÓN EN EL CONSEJO DE SEGURIDAD, AL CONCLUIR QUE ESTA RESULTARÍA FAVORABLE A LA ARGENTINA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se menciona a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo V, CONCLUSIONES.

f. NO PRODUCIR LAS ACCIONES OPORTUNAS Y ADECUADAS QUE SUS ALTAS FUNCIONES LE IMPONÍAN, RESPECTO DE LAS ALTERNATIVAS DIPLOMÁTICAS Y MILITARES QUE SE DESARROLLARON, TALES COMO:

1) DADA LA SITUACIÓN IMPERANTE EN LA REGIÓN AUSTRAL, NO ASESORAR AL PEN NI AL COMIL ACERCA DE LOS PELIGROS DE ABRIR UN SEGUNDO FRENTE DE CONFLICTO EN ESOS MOMENTOS.

2) ALERTADO SOBRE LA INTENCIÓN DE RECUPERAR MILITARMENTE LAS ISLAS, NO REQUERIR PROGRESIVAMENTE AL PRESIDENTE, PRECISIONES ACERCA DEL ACCIONAR DE LA JUNTA TENDIENTE AL LOGRO DEL OBJETIVO Y, CONSECUENTEMENTE NO ASESORAR NI CLARIFICAR LAS PROBABLES ALTERNATIVAS QUE PODÍAN DERIVARSE COMO RESULTADO DE LA OCUPACIÓN.

3) NO DISCERNIR ACERTADAMENTE LA NATURALEZA DE LAS RELACIONES ENTRE LA ARGENTINA Y LOS EE.UU. INDUCIENDO DECISIVAMENTE A LA JUNTA A LANZAR LA OPERACIÓN, EN EL CONVENCIMIENTO DE QUE ESA POTENCIA NO PERMITIRÍA UNA CONFRONTACIÓN BÉLICA, CONTRIBUYENDO CON ESA GRAVE FALENCIA A CREAR EN EL GOBIERNO LA FALSA SEGURIDAD DE UN AMPARO POLÍTICO QUE EN REALIDAD NO EXISTÍA Y AGRAVANDO ASÍ EL ERROR DE SUPONER QUE GRAN BRETAÑA NO PRODUCIRÍA UNA RESPUESTA MILITAR, COMO EFECTIVAMENTE DESARROLLO EN REALIDAD.

4) NO EFECTUAR UNA APRECIACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN MUNDIAL CON LA PROFUNDIDAD NECESARIA, QUE PERMITIERA COMPRENDER NUESTRA UBICACIÓN EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS INTERNACIONALES, LA SITUACIÓN DE GRAVE AISLAMIENTO DEL PAÍS Y LAS DERIVACIONES INCONTROLABLES QUE EL CONFLICTO PODÍA DESATAR.

5) NO SEÑALAR ADECUADAMENTE LA CAPACIDAD DIPLOMÁTICA DEL REINO UNIDO, NI SUS PROBLEMAS POLÍTICOS INTERNOS, TALES COMO LA DIFÍCIL SITUACIÓN DEL PARTIDO GOBERNANTE Y LA PRÓXIMA DESACTIVACIÓN DE UNA PARTE DE LA FLOTA BRITÁNICA.

6) PROPICIAR EL ADELANTO DE LA OPERACIÓN AZUL, LO CUAL FUE EL INICIO DE UNA SERIE DE IMPROVISACIONES POLÍTICAS Y MILITARES QUE CONTRIBUYERON A LA DERROTA PROPIA.

7) NO EVALUAR ADECUADAMENTE Y EN CONSECUENCIA NO ASESORAR CON JUSTEZA LA DESFAVORABLE SITUACIÓN ANTE EL CONSEJO DE SEGURIDAD, Y NO PRODUCIR LOS HECHOS DIPLOMÁTICOS POSIBLES Y NECESARIOS PARA EVITAR LA RESOLUCIÓN 502, QUE CONSTITUYO PARA GRAN BRETAÑA EL RESPALDO JURÍDICO Y POLÍTICO PARA EL ENVIÓ DE LA FUERZA DE TAREAS Y SU POSTERIOR ACTITUD INTRANSIGENTE EN LAS NEGOCIACIONES.

8) NO ENFATIZAR ANTE EL GOBIERNO NACIONAL LA ADVERTENCIA DE LOS EE.UU. SOBRE EL APOYO QUE BRINDARÍAN A GRAN BRETAÑA EN CASO DE CONFLICTO, FORMULADA EL DIA 01-ABR-82, Y NO RESALTAR ESTE GRAVE HECHO A LA JUNTA MILITAR, TENIENDO EN CUENTA LA RELACIÓN ESPECIAL Y LOS LAZOS POLÍTICOS, ÉTNICOS Y CULTURALES QUE UNEN A LOS EE.UU. CON GRAN BRETAÑA, A DIFERENCIA DE LOS QUE AQUÉL PAÍS TENIA CON AMÉRICA LATINA, TODO LO CUAL ANULABA TAMBIÉN EL SUPUESTO SEGURO POLÍTICO DE LA NEUTRALIDAD DE WASHINGTON EN EL CONFLICTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos II, IV y V, con sus conclusiones.

2) Capítulo VIII, títulos FALLAS DE ORDEN POLÍTICO y CONCLUSIONES.

3) Declaración del Embajador Takacs.

7) ADOPTAR DURANTE LAS NEGOCIACIONES ACTITUDES Y PRESUPUESTOS EFECTISTAS E INCONDUCENTES QUE FUERON CERRANDO LOS CAMINOS PARA UNA NEGOCIACIÓN RAZONABLE.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo 11, título CONCLUSIONES (Párrafos 87 y 88).

2) Capítulo 111, título LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02-ABR-82.

3) Capítulo V, título LA GESTIÓN DEL GRAL. HAIG.

h. NO HABER ASESORADO NI CONDUCIDO ACERTADAMENTE LAS NEGOCIACIONES, EN LAS OPORTUNIDADES CONCRETAS QUE SE TUVIERON PARA LOGRAR UNA SOLUCIÓN FACTIBLE DEL DIFERENDO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.

2) Capítulo IV, TÍTULO CONCLUSIONES.

3) Capítulo V, Títulos CONCLUSIONES

4) Capítulo VIII, Títulos FALLAS DE ORDEN POLÍTICO.

i. NO ASESORAR DEBIDAMENTE, CON RESPECTO A LA RESOLUCIÓN 502, SOBRE LA CONVENIENCIA DE SU ACATAMIENTO POR VÍA DE LA NEGOCIACIÓN OBLIGATORIA, PARA EVITAR UNA CONFRONTACIÓN BÉLICA EN CONDICIONES ABSOLUTAMENTE DESFAVORABLES.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título CONCLUSIONES.

2) Capítulo V, títulos CONCLUSIONES

796. Aunque escapa al nivel de consideración en cuanto a su análisis evaluación por parte de la Comisión, es deber de ésta señalar la responsabilidad que le cabe al personal superior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en su quehacer específico, toda vez que -en general- se advierte una limitada competencia en su asesoramiento especializado y en su labor profesional durante el Conflicto.

797. El expediente CM VI/38/83 incluye los asesoramientos producidos por el Ministerio, que fueron reunidos y remitidos a requerimiento de la comisión. Prácticamente en la mitad de los escasos documentos emitidos, se expresa: no se registra quién lo ha producido y, eventualmente no se conoce la fecha de su elaboración.

Debe destacarse el acierto y solvencia del Memorándum del 14-ABR-82, producido por el Jefe del Departamento Europa Occidental. En cuanto al resto, son simples papeles de trabajo carentes, en general, de toda idea novedosa u original, que por su solidez pudiera haber sido valiosa para la gestión diplomática en desarrollo.

798. Sin perjuicio de lo expuesto, cabe señalar que esta Comisión recibió una denuncia -acompañada de documentación- que vincula al Dr. Nicanor Costa Méndez con Empresas multinacionales, de la cual -por encontrarse ya radicada, por separado, en la Justicia Federal- sólo se informó, oportunamente, a la Honorable Junta Militar. (Nota 101/83 S-CAERCAS, adjuntando documentación).

Ministro de Economía

799. El Ministro de Economía fue marginado de los estudios previos a la decisión de ocupar las islas, y tampoco tuvo conocimiento oportuno de la resolución adoptada ni recibió directiva concreta alguna del Gobierno respecto de la crisis que se enfrentaría.

800. La inexistencia de una legislación adecuada que, en caso de guerra, disponga el de las distintas Carteras de Estado y de los principales organismos del Gobierno, otorgó al Ministerio de Economía amplia independencia para conducir la economía nacional durante el transcurso de la crisis. Ello así, obligó a adoptar medidas de emergencia como la de crear la Comisión Nacional de Vigilancia (Ley 22.591) destinada al contralor de la propiedad enemiga, cuyos antecedentes y consideraciones, así como las diligencias desarrolladas por esta Comisión, se incluyen como Anexo IX/l, con la opinión favorable respecto a la conveniencia de que los organismos responsables efectúen una evaluación detallada de su accionar, para determinar el grado de eficiencia logrado en su cometido.

801. La brevedad del Conflicto no permite apreciar el real acierto de las medidas efectivamente adoptadas en apoyo del esfuerzo de guerra y tampoco existen fundamentos para juzgarlas, en el supuesto de haber sido aquél, en cambio, intenso y prolongado.

802. No se le atribuyen responsabilidades.

803. La posible irregularidad cometida en la esfera del Banco de la Nación Argentina y, en consecuencia, en el ámbito de su responsabilidad ministerial, con motivo de la transferencia de depósitos oficiales de Londres a Suiza, ya ha sido puesta en conocimiento de la autoridad correspondiente.

Otros miembros del Gabinete

804. La circunstancia de que el Ministro de Defensa, el Secretario de Inteligencia de Estado y el Secretario de Información Pública, hayan sido marginados del quehacer de la conducción de sus áreas correspondientes ;en situaciones propias ya de la guerra; moralmente no excusa su responsabilidad por no haber planteado el reclamo de participar, en sus funciones específicas, en la elaboración de las decisiones para la dirección de la guerra, sobre la base de su derecho legal y de la autoridad con que estaban investidos.
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo X - Responsabilidades en el nivel estratégico militar

Comité Militar

806. El Comité Militar, como órgano responsable del planeamiento estratégico militar y de la conducción superior de la guerra, es responsable de:

a. NO DISPONER LA APLICACIÓN DE PAUTAS ESENCIALES EN EL PROCESO DE PLANEAMIENTO, PRODUCIENDO UNA INDEBIDA E IMPROPIA APRECIACIÓN DE LA SITUACIÓN Y UNA PLANIFICACIÓN DEFECTUOSA E INCOMPLETA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título LA RESOLUCIÓN 502 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD.

2) Capítulo III, títulos ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS EMITIDOS y CONCLUSIONES

3) Capítulo IV, títulos LA DIFUSIÓN DE LA JUNTA MILITAR , LA TOMA DE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR y CONCLUSIONES.

4) Capítulo VI, títulos EL OBJETIVO ESTRATEGICO, LAS PREVISIONES PARA EL CONFLICTO AUSTRAL y LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

5) Capítulo VIII, título FALLAS EN EL PLANEAMIENTO.

b. NO DISPONER EL PLANEAMIENTO DE LA FASE ULTERIOR A LA OCUPACIÓN DE LAS ISLAS MALVINAS, LO CUAL GENERO GRAVES IMPROVISACIONES Y AFECTO DECIDIDAMENTE LA EFICACIA DE LA CONDUCCIÓN DE LAS OPERACIONES FRENTE AL ENEMIGO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, títulos LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02-ABR-82 y CONCLUSIONES.

2) Capítulo IV, títulos LA DECISIÓN ESTRATÉGICA MILITAR y CONCLUSIONES.

3) Capítulo VI, título EL OBJETIVO ESTRATÉGICO.

4) Capítulo VII, títulos EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES y TÁCTICOS.

5) Capítulo VIII, título FALLAS EN EL PLANEAMIENTO.

c. CREAR COMANDOS OPERACIONALES INADECUADOS, CON SUPERPOSICIÓN DE ÁMBITOS JURISDICCIONALES Y DESPROVISTOS DE LOS COMPONENTES NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA MISIÓN QUE SE LES HABÍA IMPUESTO LO CUAL OCASIONO DEFICIENCIAS EN EL QUEHACER OPERATIVO, FRICCIONES ENTRE COMANDOS E INCORRECTA DISTRIBUCIÓN DEL PODER COMBATIVO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, título CONCLUSIONES (párrafos 171/172).

2) Capítulo VI, títulos LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

3. Capítulo VII, títulos EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES y EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES DEL NIVEL TÁCTICO

4) Capítulo VIII, título FALLAS EN EL PLANEAMIENTO.

d. ASUMIR Y TRANSMITIR UN INFUNDADO OPTIMISMO RESPECTO DE LAS PERSPECTIVAS DE LOGRAR UNA SOLUCIÓN PACIFICA DEL CONFLICTO, POR MEDIO DE LA NEGOCIACIÓN, PROVOCANDO CON ELLO DEMORAS Y SUPERFICIALIDAD EN LAS PREVISIONES PARA EL COMBATE, Y LUEGO, AL INICIARSE LAS HOSTILIDADES, UNA GRAN CONFUSIÓN Y SORPRESA EN LAS FUERZAS PROPIAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se detalla a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo V, títulos CONCLUSIONES FINALES.

e. NO EJERCER EN FORMA UNIFICADA Y PRECISA LA CONDUCCIÓN SUPERIOR DE LA GUERRA, OCASIONANDO CON ELLO QUE SUS COMANDOS SUBORDINADOS NO RESPETARAN LA CADENA DE COMANDO ESTABLECIDA Y SE PRODUJERAN INTERFERENCIAS Y OTRAS ANOMALÍAS EN LA CONDUCCIÓN, LO CUAL FUE EN DETRIMENTO DE LA EFECTIVIDAD DEL ACCIONAR CONJUNTO DE LAS FUERZAS PROPIAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, títulos LOS DOCUMENTOS PRODUCIDOS POR EL ESTADO MAYOR CONJUNTO y LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02-ABR-82

2) Capítulo VII, títulos EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES EN JEFE, EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES y EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES DE NIVEL TÁCTICO.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

f. NO HABER ACTUALIZADO LA SITUACIÓN MILITAR PESE A EXISTIR CONSTANCIAS DE QUE LOS SUPUESTOS ASUMIDOS Y LAS CAPACIDADES REMANENTES DEL ENEMIGO ERAN AMPLIAMENTE SUPERADAS POR LA REALIDAD, CONDUCIENDO ASÍ A LAS FF.AA. A UN ENFRENTAMIENTO DESIGUAL.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo II, título LA RESOLUCIÓN 502 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD

2) Capítulo III, título LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02- ABR-82

3. Capítulo IV, título LA DECISIÓN DE LA JUNTA MILITAR Y CONCLUSIONES

1. Capítulo VI, título OBJETIVO ESTRATÉGICO

5) Capítulo VIII, títulos FALLAS EN EL PLANEAMIENTO y FALLAS POLÍTICAS.

g. APROBAR LA SUSPENSIÓN DEL TRAFICO MARÍTIMO A PUERTO ARGENTINO, OCASIONANDO CON ELLO LA IMPOSIBILIDAD DE ABASTECER ADECUADAMENTE A LOS EFECTIVOS DESTACADOS EN LAS ISLAS, LO CUAL FUE FACTOR IMPORTANTE EN SU DESEMPEÑO MORAL, JUNTO CON OTRAS DEFICIENCIAS DE ORDEN LOGÍSTICO QUE DEBIÓ HABER PREVISTO ACABADAMENTE, CONFORME CON LOS DATOS CONOCIDOS DE LA SITUACIÓN INICIAL.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan.

1) Capítulo VI, titulo LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES.

h. APROBAR LA DECISIÓN DE REPLEGAR LA FLOTA A AGUAS POCO PROFUNDAS, POR RAZONES DE SEGURIDAD, DEBIDO A LA AMENAZA SUBMARINA ENEMIGA, EN ESPERA DE UNA ADECUADA OPORTUNIDAD, Y NO EXIGIR Su EMPLEO -LIMITADO PERO POSIBLE- MEDIANTE EL EMPEÑAMIENTO DE UNIDADES DE SUPERFICIE EN OPERACIONES DE DISPERSIÓN O DE DESGASTE DE LA FUERZA DE TAREAS BRITÁNICA, LA QUE ACTUABA CON TOTAL IMPUNIDAD EN EL MAR.

EN ESA FORMA SE HABRÍA CONTRIBUIDO A ALIVIAR LA PRESIÓN DEL ENEMIGO SOBRE LAS ISLAS MALVINAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, títulos EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES EN JEFE y COMANDANTES OPERACIONALES, LAS DIFICULTADES Y DEFICIENCIAS TÉCNICAS Y LOGÍSTICAS.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

i. VULNERAR ASIMISMO LOS PRINCIPIOS ESENCIALES QUE CONSAGRAN LAS EXPERIENCIAS BÉLICAS PARA LA ACCIÓN CONJUNTA Y AFECTAR DE ESE MODO LA UNIDAD DE COMANDO Y LA MÁXIMA INTEGRACIÓN DE LAS FUERZAS, ASÍ COMO SU PLENA UTILIZACIÓN Y SU APOYO MUTUO.

Lo expresado precedentemente básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

j. NO ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA INTEGRAR LA ACCIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS MEDIOS AÉREOS QUE ACTUABAN EN EL ÁREA DE RESPONSABILIDAD DEL TOAS, CUANDO AL REPLEGARSE EL PORTAAVIONES 25 DE MAYO A SU APOSTADERO, SUS AVIONES FUERON ENVIADOS A BASES EN EL CONTINENTE.

CON ELLO SE PRODUJO:

1) DISPERSIÓN DEL ESFUERZO E INCORRECTA DISTRIBUCIÓN DEL PODER COMBATIVO.

2) DESCOORDINACIÓN EN LAS MISIONES DE ATAQUE.

3) AGUDIZACIÓN DE LOS PROBLEMAS PARA EL REAPROVISIONAMIENTO EN VUELO, DADOS LOS ESCASOS MEDIOS DISPONIBLES.

4) FRICCIONES ENTRE COMANDOS OPERATIVOS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

k. NO EJERCER UNA SUPERVISIÓN ADECUADA DE SUS COMANDOS ESTRATÉGICOS OPERACIONALES DEPENDIENTES PERMITIENDO QUE ÉSTOS INCURRIERAN EN ERRORES Y FALTAS DE COORDINACIÓN QUE AFECTARON EL ACCIONAR CONJUNTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES y EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES A NIVEL TÁCTICO

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

1. ESTABLECER DOS COMANDOS OPERACIONALES DIFERENTES (TOM Y TOAS) PARA LO QUE SERIAN DISTINTAS xxxxx DE UNA MISMA OPERACIÓN (OCUPACIÓN DE LAS ISLAS xxxx DE UN GENERAL DE DIVISIÓN, Y CONSOLIDACIÓN Y DEFENSA A CARGO DE UN VICEALMIRANTE) ESTA ORGÁNICA DE COMPROMISO QUE xxxxx A RAZONES DE POLÍTICA ÍNTER FUERZAS NO RESPONDÍAN A LAS VERDADERAS NECESIDADES DEL EMPLEO EFICAZ DEL PODER MILITAR Y PRODUJO GRAVES INCONVENIENTES.

Lo expresado precedentemente xxxxxxxx, básicamente en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, título LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA A PARTIR DEL 02-ABR-82.

2) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

3) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES.

4) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

m. ASIGNAR (DEMIL ; 1/82) A LA REM (BR I AEROT IV), UNA MISIÓN DE IMPOSIBLE CUMPLIMIENTO, EN RAZÓN DE LA DISTANCIA, LOS MEDIOS DISPONIBLES Y LAS CARACTERÍSTICAS DEL TO. AQUÉLLA CONSISTIÓ EN LA EXIGENCIA IMPUESTA DE ESTAR EN CAPACIDAD DE EFECTUAR UNA OPERACIÓN AEROTRANSPORTADA (MEDIANTE AERODESEMBARCO Y/O AEROLANZAMIENTO) SOBRE GRYTVIKEN, Y, SIMULTANEAMENTE, LA DE ESTAR EN CONDICIONES DE HACER LO PROPIO SOBRE PUERTO ARGENTINO Y EN EL MARCO REGIONAL. ESTE ERROR SE AGRAVO ULTERIORMENTE AL PREVERSE SU EMPLEO SOBRE EL ENEMIGO YA DESPLEGADO Y EN FUERZA, CONOCIENDO LAS PROPIAS LIMITACIONES PARA EL LOGRO DE LA SUPERIORIDAD AÉREA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se detalla a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo III, título ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS PRODUCIDOS.

807. El Comité Militar era un órgano conjunto integrado, por los tres Comandantes en Jefe de las FF.AA., por lo que las responsabilidades detalladas precedentemente deben ser asignadas en forma igual a cada uno de ellos, en calidad de autores y partícipes de los hechos que las determinan.
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo X - Responsabilidades en el nivel estratégico militar


Comisión de trabajo

808. La Comisión de Trabajo, como organismo de asesoramiento y elaboración del planeamiento de la Junta Militar, con el que se condujo a las FF.AA. a la recuperación de los archipiélagos australes, cumplió con la misión impuesta, pese a que se pueden señalar algunas falencias cometidas, tales como:

a. NO APLICAR PAUTAS ESENCIALES AL PROCESO DE PLANEAMIENTO, LO QUE MOTIVÓ UNA INCORRECTA xxxx DE LA SITUACIÓN Y UNA PLANIFICACIÓN ULTERIOR xxxxx INCOMPLETA.

b. NO TENER EN CUENTA SUS PROPIAS LIMITACIONES COMO ORGANISMO DE PLANEAMIENTO, Y NO ALERTAN A LA JUNTA MILITAR -CON EL DEBIDO ÉNFASIS- ACERCA DE LOS PELIGROS QUE UNA PLANIFICACIÓN IMPROPIA PODÍA ACARREAR PARA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS PERSEGUIDOS.

c. ESCOGER COMO MODO DE ACCIÓN PARA LA OCUPACIÓN DE LAS ISLAS, UNA OPERACIÓN ANFIBIA CON MEDIOS Y PERSONAL EXAGERADOS Y SIN CONSIDERAR OTRAS ALTERNATIVAS POSIBLES PARA REDICOR TAN PEQUEÑA GUARNICIÓN.

809. No se le atribuyen responsabilidades penales.



Comandante en Jefe del Ejército

810. El Comandante en Jefe del Ejército, en su calidad de tal, es responsable de:

a. NO EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA DOCTRINA CONJUNTA, LO QUE ES INEXCUSABLE EN LA GUERRA MODERNA, EN LA CUAL LOS OBJETIVOS SOLO PUEDEN SER LOGRADOS CON EFICACIA, MEDIANTE LA ACCIÓN CONJUNTA DE LAS FF.AA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

b. EMPEÑAR AL EJERCITO ARGENTINO, COMO PARTE DEL PODER MILITAR DE LA NACIÓN, SIN LA NECESARIA PREPARACIÓN, EN PARTICULAR PARA LA ACCIÓN CONJUNTA, Y SIN LA ADECUADA INSTRUCCIÓN NI EL EQUIPAMIENTO CORRESPONDIENTE PARA LA LUCHA, EN CONDICIONES RIGUROSAS, CONTRA UN ENEMIGO ALTAMENTE ADIESTRADO, CON EQUIPO Y ARMAMENTOS SUPERIORES Y EFICIENTEMENTE CONDUCIDO, Y CARECIENDO ASIMISMO, DEL PLANEAMIENTO DEBIDO PARA SU MEJOR EMPLEO.

DURANTE LAS ACCIONES BÉLICAS DESARROLLADAS, TODO ESTO SE TRADUJO EN GRAVES IMPROVISACIONES Y REDUCIDO RENDIMIENTO DE LOS CUADROS Y TROPAS.

Lo expresado precedentemente sé funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ., COMANDANTES OPERACIONALES y TÁCTICOS.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

c. NO ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS DE ORDEN LOGÍSTICO PARA ASEGURAR A LAS TROPAS DESPLEGADAS EN LA ISLAS, LOS SUMINISTROS PARA SU NORMAL FUNCIONAMIENTO.

Lo expresado xxxxxxxxx se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustenta.

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, títulos EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES EN JEFE y LA LOGÍSTICA.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

d. RETENER EN EL CONTINENTE TROPAS ESPECIALIZADAS QUE, POR SU EQUIPAMIENTO Y ACLIMATACIÓN, ERAN LAS MAS APTAS PARA EL TEATRO MALVINAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, títulos 'LOS PLANES CONTRIBUYENTES, LAS PREVISIONES PARA EL CONFLICTO AUSTRAL.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

e. ORDENAR, LUEGO DE UNA VISITA AL TEATRO DE OPERACIONES MALVINAS, EL DESPLAZAMIENTO DE UNA BRIGADA DE INFANTERÍA ADICIONAL A LAS YA DESPLEGADAS, SIN EL REQUERIMIENTO, OPINIÓN NI ASESORAMIENTO DEL COMANDANTE CONJUNTO MALVINAS, DEL COMANDANTE DEL TOAS, NI DEL EMGE, OCASIONANDO SERIOS PROBLEMAS AL TRANSPORTE AÉREO DE MEDIOS A LAS ISLAS, Y GENERANDO INCONVENIENTES A LA CONDUCCIÓN Y UNA INCORRECTA DISTRIBUCIÓN DEL PODER DE COMBATE.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

2) Capitulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

f. ORDENAR EL ENVIÓ A LAS ISLAS MALVINAS DE LA BRIGADA DE INFANTERÍA IIIa., YA DESPLEGADA EN LA PATAGONIA -DESORGANIZADA Y DESGASTADA POR SUCESIVOS REDESPLIEGUES- Y QUE AUN CARECÍA DE LA ADAPTACIÓN FÍSICA Y EL EQUIPAMIENTO ADECUADO PARA SOPORTAR LOS RIGORES DEL CLIMA AUSTRAL.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se detalla a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

g RESOLVER, SIN EL DEBIDO ASESORAMIENTO Y COMO RESULTADO DE SU INSPECCIÓN AL DISPOSITIVO PARA LA DEFENSA DE LAS ISLAS, EL REFUERZO DE LOS EFECTIVOS DE LA ISLA GRAN MALVINA, QUIENES FINALMENTE NO CUMPLIERON NINGÚN ROL SIGNIFICATIVO, COMPLICANDO CONSIDERABLEMENTE EL TRANSPORTE DE ABASTECIMIENTOS A LUGARES ALEJADOS Y DE DIFÍCIL TRÁNSITO.

Lo expresado precedentemente se funda básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ.

2) Declaraciones de los Generales MENENDEZ Y PARADA.
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo X - Responsabilidades en el nivel estratégico militar



Comandante en Jefe de la Armada

811. El Comandante en Jefe de la Armada, en su calidad de tal, es responsable de:

a. NO EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA DOCTRINA CONJUNTA, LO QUE ES INEXCUSABLE EN LA GUERRA MODERNA, EN LA CUAL LOS OBJETIVOS SO LO PUEDEN SER LOGRADOS CON EFICACIA MEDIANTE LA ACCIÓN CONJUNTA DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

b. HABER COMPROMETIDO A LA ARMADA EN UN CONFLICTO BELICO CON GRAN BRETAÑA, NO OBSTANTE LAS LIMITACIONES PARA EL EMPLEO DE LOS BUQUES DE SUPERFICIE Y LA CARENCIA DE LA NECESARIA PREPARACIÓN PARA LA ACCIÓN CONJUNTA, LO CUAL SE TRADUJO EN FALTA DE EFECTIVIDAD PARA DESARROLLAR OPERACIONES EFICACES DURANTE LAS ACCIONES BÉLICAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

c. HABER COMPROMETIDO A LA ARMADA EN UN CONFLICTO DE LAS CARACTERÍSTICAS CONOCIDAS, SIN LOS MEDIOS SUFICIENTES, COMO POR EJEMPLO, LA ESCASA DISPONIBILIDAD DE MARINOS PROPIOS, ELEMENTO ESTE, PARA EL CASO xxxx MILITAR DE LA NACIÓN

Lo expresado precedentemente se fundamenta básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LAS OPERACIONES.

d. HABER SIDO UNO DE LOS PROPULSORES DE LA IDEA DE RECUPERAR LAS ISLAS Y, NO OBSTANTE, AL PRODUCIRSE LA ACCIÓN BRITÁNICA, PROPICIAR EN EL COMIL LA DECISIÓN DE NO EMPLEAR EN LA BATALLA LAS UNIDADES DE SUPERFICIE PROPIAS, ADUCIENDO LAS CAPACIDADES DE LA FUERZA SUBMARINA NUCLEAR ENEMIGA. SIN EMBARGO, DICHAS CAPACIDADES HABÍAN SIDO YA ANALIZADAS, LLEGÁNDOSE A LA CONCLUSIÓN - EL DIA 30 DE MARZO- DE QUE LAS AMENAZAS SERIAN FUNDAMENTALMENTE NAVALES Y QUE EL COMANDO DEL TEATRO DE OPERACIONES A ESTABLECER DEBÍA, POR ELLO, SER EJERCIDO POR EL COMANDANTE DE OPERACIONES NAVALES. ESTE RECLAMO, SI BIEN LÓGICO, NO SE COMPADECE CON LA DECISIÓN DE REPLEGAR EL GRUESO DEL PODER NAVAL PROPIO, A LA HORA DEL COMBATE, Y RESULTA INCOMPATIBLE CON SU ACTUAL JERARQUÍA E INVESTIDURA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se detalla a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ.I.

e. SUSTRAER UN MEDIO ESENCIAL DEL PODER MILITAR DE UN POSIBLE ENFRENTAMIENTO CON EL ENEMIGO, CON LO CUAL SE PRODUJERON LOS SIGUIENTES EFECTOS NEGATIVOS PARA LA SUERTE DE LAS ARMAS PROPIAS :I

1) OTORGAR AL ENEMIGO, SIN DISPUTÁRSELO, EL DOMINIO ABSOLUTO DEL MAR.

2) DEBILITAR GRAVEMENTE LAS ACCIONES DE DEFENSA DE LA GUARNICIÓN MALVINAS.

3) DESMORALIZAR AL PERSONAL, TANTO DE LA ARMADA CUANTO DE LAS OTRAS FUERZAS, YA QUE MIENTRAS UNA PARTE ESTABA EMPEÑADA EN EL COMBATE, OTRA ERA SUSTRAÍDA DE ESTE.

4) PRODUCIR, EN EL FRENTE INTERNO, UNA SENSACIÓN DE FRUSTRACIÓN Y DESCRÉDITO, AL ADVERTIR QUE LAS NAVES DE SUPERFICIE PREPARADAS Y SOSTENIDAS PARA LA DEFENSA NACIONAL, NO ERAN EMPLEADAS AL MOMENTO DE COMBATIR, NI AUN EN FORMA RESTRINGIDA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

2) Capítulo VIII título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.




Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea


812. El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, en su calidad de tal, es responsable de:

a. NO EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA DOCTRINA CONJUNTA, LO QUE ES INEXCUSABLE EN LA GUERRA MODERNA EN LA CUAL LOS OBJETIVOS SOLO PUEDEN SER LOGRADOS MEDIANTE EL EMPLEO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

b. HABER COMPROMETIDO A LA FUERZA ARREA EN UN CONFLICTO BÉLICO CON GRAN BRETAÑA, NO OBSTANTE LAS LIMITACIONES DE LOS MEDIOS DISPONIBLES Y SIN EL NECESARIO ADIESTRAMIENTO PARA LA ACCIÓN CONJUNTA Y PARA EL TIPO DE OPERACIÓN QUE DEBIÓ_ ENFRENTAR. SI BIEN SE IMPROVISARON TÁCTICAS Y ARMAMENTOS QUE PRODUJERON DAÑOS IMPORTANTES AL ENEMIGO, ESTOS PUDIERON SER MAS SIGNIFICATIVOS Y MENORES LAS PERDIDAS PROPIAS, DE NO MEDIAR LO EXPUESTO PRECEDENTEMENTE.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS CC.JJ..

2)Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

c. LLEVAR A CABO GESTIONES DIPLOMÁTICAS PARTICULARES, EN PROCURA DE UNA SOLUCIÓN NEGOCIADA DEL CONFLICTO, SIN CONOCIMIENTO DE LA JUNTA MILITAR.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo V, título ALGUNAS GESTIONES REALIZADAS EN EE.UU. EN ESE PERIODO.

2) Declaración del Brigadier General LAMI DOZO.

3) Declaración del Dr. COSTA MENDEZ.

d. NO DESTACAR SUFICIENTEMENTE, DESDE EL COMIENZO DE LAS OPERACIONES, LA IMPORTANCIA DE ALARGAR LA PISTA DE PUERTO ARGENTINO, PARA PERMITIR LA OPERACIONES DE AVIONES DE ATAQUE PROPIOS Y PROLONGAR ASÍ SUS ALCANCES SOBRE LA FLOTA ENEMIGA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se detallan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan.

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES EN JEFE.
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo X - Responsabilidades en el nivel estratégico militar

Jefe del Estado Mayor Conjunto


813. Como Secretario del Comité Militar y titular del máximo organismo de nivel conjunto de las FF.AA. es responsable de:

a. ELABORAR LA DENAC 2/82, SIN HABER EFECTUADO, EN FORMA COMPLETA, LA CORRESPONDIENTE APRECIACIÓN DE LA SITUACIÓN, ARRIBANDO A UNA RESOLUCIÓN IMPERFECTA, QUE NO RESISTE UN ANÁLISIS LÓGICO DE FACTIBILIDAD, Y CON LA CUAL SE CONDUJO A NUESTRAS FF.AA. AL ENFRENTAMIENTO CON GRAN BRETAÑA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, títulos ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS PRODUCIDOS y CONCLUSIONES.

b. NO ASESORAR DEBIDAMENTE AL COMITÉ MILITAR, RESPECTO DE:

1) LA APLICACIÓN CORRECTA DEL SISTEMA DE PLANEAMIENTO, LO CUAL PRODUJO UNA IMPROPIA APRECIACIÓN DE LA SITUACIÓN Y UNA PLANIFICACIÓN ULTERIOR DEFECTUOSA E INCOMPLETA.

2) LA CREACIÓN DE COMANDOS ESTRATÉGICOS OPERACIONALES. ELLO OCASIONO QUE ESTOS ESTUVIERAN DESPROVISTOS DE LOS COMPONENTES NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MISIONES IMPUESTAS Y QUE SE PRODUJERA SUPERPOSICIÓN DE SUS ÁMBITOS JURISDICCIONALES, TODO LO CUAL ORIGINO DEFICIENCIAS EN EL QUEHACER OPERATIVO, FRICCIONES ENTRE COMANDOS E INCORRECTA DISTRIBUCIÓN DEL PODER DE COMBATE.

3) LA ACTUALIZACIÓN DE LAS CAPACIDADES DEL ENEMIGO Y LA CONSIGUIENTE ADECUACIÓN DEL PLANEAMIENTO, AL CONOCERSE EL GRADO DE RESPUESTA MILITAR DEL REINO UNIDO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo III, títulos ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS PRODUCIDOS y CONCLUSIONES.

2) Capítulo Vi, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES

3) Capítulo VII título EL ACCIONAR DE LOS COMANDANTES OPERACIONALES.

4) Capítulo VIII, titulo EL PLANEAMIENTO FALLAS POLÍTICAS FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

c. ACEPTAR, DURANTE EL DESARROLLO DEL CONFLICTO, APRECIACIONES ERRÓNEAS ACERCA DE LA SITUACIÓN, TALES COMO:

1) NO CONSIDERAR LA UTILIZACIÓN DE LA ISLA ASCENSIÓN COMO ESCALA PROBABLE DEL DESPLIEGUE ENEMIGO, LA CUAL RESULTO FUNDAMENTAL.

2) POSIBILIDAD DE QUE EL ENEMIGO PERDIERA SUPERIORIDAD AÉREA (25-MAY).

3) CAPACIDAD DE LOS EFECTIVOS EN DARWIN - PRADERA DEL GANSO, PARA RESISTIR UN ATAQUE ENEMIGO (27-MAY).

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en:

1) Declaraciones del VL SUÁREZ DEL CERRO.

d. EN MATERIA DE ACCIÓN PSICOLÓGICA, SI BIEN CARECIÓ DE LOS MEDIOS Y EL TIEMPO SUFICIENTES PARA PLANIFICAR CON EFICACIA ESTE IMPORTANTE COMETIDO, ES RESPONSABLE DE:

1) NO REQUERIR NI EXTREMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA:

UTILIZAR ORGANIZADAMENTE CUANTOS MEDIOS IDÓNEOS EXISTÍAN EN EL PAÍS, PARA EL MEJOR LOGRO DE LOS FINES PROPIOS DE LA ACCIÓN PSICOLÓGICA.

EJERCER LA DEBIDA FISCALIZACIÓN SOBRE ALGUNOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PERIODÍSTICOS PARA EVITAR LA DIFUSIÓN DE NOTICIAS EXAGERADAMENTE EXITISTAS Y DE OTRAS QUE AFECTABAN A LA SEGURIDAD NACIONAL, POR LA NATURALEZA DE SU INFORMACIÓN.

CONTROLAR ADECUADAMENTE LA ACTIVIDAD DEL PERIODISMO BRITÁNICO EN LA ARGENTINA, QUE TUVO, EN CAMBIO, AMPLIAS FACILIDADES PARA EL USO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

2) NO AGOTAR LAS MEDIDAS PARA INVESTIGAR EL COMERCIO DE INFORMACION QUE, SEGÚN FUERA DENUNCIADOR SE HABRÍA REALIZADO DURANTE EL CONFLICTO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en el capítulo y título que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1) Capítulo VII, título LA ACCIÓN PSICOLÓGICA
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo XI - Responsabilidades en el nivel estratégico operacional


814. En el presente Capítulo se analizarán las responsabilidades de los Comandantes de nivel estratégico operacional, a saber:

a. Comandante del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM).

b. Comandante del Teatro de Operaciones Atlántico Sur (TOAS).

C. Comandante Aéreo Estratégico (CAE).

d. Comandante Aéreo de Transporte (CAT).

e. Comandante Aéreo de Defensa (CAD).

f. Centro de Operaciones Conjuntas (CEOPECON).

Comandante del Teatro de Operaciones Malvinas (CTOM)

815. El comandante del TOM, con los medios asignados para la recuperación de las Islas Malvinas cumplió la misión sin inconvenientes y respetando los criterios impuestos por la Superioridad, por medio del Plan Esquemático de campaña del Teatro de Operaciones Malvinas, en cuya operación intervino como miembro de la Comisión de Trabajo.

816. Las diferencias observadas en la planificación del TOM, que han sido analizadas en el Capítulo III, párrafos 148 y 149, influyeron en las operaciones, pero dado el breve lapso transcurrido entre la recepción del Plan y su fecha de ejecución, el CTOM no corrigió dichas deficiencias.

817. No se le atribuyen responsabilidades penales.

Comandante del Teatro de Operaciones Atlántico Sur (CTOAS)

818. El Comandante del TOAS, como titular del Comando Operacional más importante en el Conflicto, dados su jurisdicción y el hecho de dependería la Guarnición Militar Malvinas (GMM), de cuya suerte el resultado del Conflicto bélico era función directa, es responsable de:

a. CONCEBIR UNA ESTRATEGIA OPERACIONAL DESPROVISTA DE AGRESIVIDAD QUE, DE HABER EXISTIDO, HABRÍA CAUSADO DESGASTE, INCONVENIENTES Y ESFUERZOS AL ENEMIGO, LIMITÁNDOLE EL DOMINIO ABSOLUTO DEL MAR SUS PROPOSICIONES COMO COMANDANTE DEL TOAS, AL SER APROBADAS POR EL COMIL, SIGNIFICARON NO PROPORCIONAR APOYO NAVAL AL CGMM Y NO PROCURAR EVITAR SU AISLAMIENTO, IMPIDIENDO PALIAR ASÍ SUS NECESIDADES LOGÍSTICAS, TODO LO CUAL AFECTO EL CUMPLIMIENTO DE SU MISIÓN DE CONSOLIDAR LA ZONA INSULAR RECONQUISTADA, IMPEDIR SU RECUPERACIÓN POR EL ENEMIGO Y APOYAR LAS ACCIONES DEL GOBIERNO MILITAR.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que estos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES; el Plan Esquemático del TOAS.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS;

El Comandante TOAS.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

b. MANTENER BAJO CONTROL OPERACIONAL DEL COMANDANTE DEL COMPONENTE NAVAL Y DEL COMPONENTE EJERCITO DE LA GMM, LOS MEDIOS AÉREOS ESPECÍFICOS DESPLEGADOS. EN LAS ISLAS, CUANDO LO RAZONABLE HABRÍA SIDO AGRUPAR A TODOS ELLOS BAJO UN COMANDO UNIFICADO, DADOS LA E REDUCIDO DEL TO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

c. ATACAR AL ENEMIGO CUANDO ESTUVIESE AFERRADO, LO CUAL UUUKKIU EN SAN CARLOS ENTRE LOS DÍAS 21 Y 26 DE MAYO, DURANTE EL ESTABLECIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE LA CABEZA DE PLAYA ENEMIGA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES; el Plan Esquemático del TOAS.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS; El Comandante TOAS.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

d. NO RECLAMAR DEBIDAMENTE, DE ACUERDO CON SUS NECESIDADES POR EL HECHO DE QUE EL TOAS, DESDE SU CONSTITUCIÓN, ERA UN COMANDO OPERACIONAL QUE ESTABA ORGANIZADO CON ATRIBUCIONES Y MEDIOS RESTRINGIDOS LA INTEGRACIÓN DE UN VERDADERO COMANDO CONJUNTO.

Lo expresado precedentemente se funda en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES; El Plan Esquemático del TOAS.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS;

El Comandante TOAS.


3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

e. NO HABER REQUERIDO DEBIDAMENTE, DE PARTE DEL COMIL, LA ADECUADA ORGANIZACIÓN DE LOS MEDIOS AÉREOS QUE ACTUABAN EN EL ÁREA DE SU RESPONSABILIDAD, CON LO QUE SE PROVOCO DISPERSIÓN DEL ESFUERZO, FRICCIONES ENTRE LOS DISTINTOS COMANDOS Y AFECTACIÓN DE LA ACCIÓN CONJUNTA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capitulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES; El Plan Esquemático del TOAS.

2) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS; El Comandante TOAS.

3) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

F. NO ELABORARA UNA CONCEPCIÓN ESTRATÉGICA OPERACIONAL INTEGRAL, DETALLANDO EL EMPLEO CONJUNTO DE LOS TRES COMPONENTES DEL PODER MILITAR, EN TIEMPO Y ESPACIO.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, título LOS PLANES CONTRIBUYENTES; El Plan Esquemático del TOAS.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

G. IMPARTIR AL PERSONAL SUPERIOR DESTACADO EN GRYTVIKEN, ORDENES RELATIVAS A LA DEFENSA DEL OBJETIVO, CUYO CUMPLIMIENTO SE HALLABA EN PUGNA CON LAS NORMAS DEL CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS; El Comandante TOAS.

2) Declaración del VL JUAN JOSÉ LOMBARDO.

819. En el ejercicio de la conducción, como Comandante Superior operativo, reveló las siguientes falencias:

a. FALTO SU PRESENCIA, DURANTE EL PERIODO DE OPERACIONES EN LA GMM, PARA APRECIAR IN SITU LOS PROBLEMAS REALES QUE NO PODÍA CONOCER EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE MENSAJES Y CONVERSACIONES TELEFÓNICAS. ADEMÁS, SU PRESENCIA HABRÍA SIDO NECESARIA PARA ESTIMULAR A SUS COMANDOS Y TROPAS SUBORDINADOS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS; El Comandante TOAS.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

b. NO EJERCIÓ TODA LA AUTORIDAD DE SU COMANDO CON SU ESTADO MAYOR DEBIDAMENTE INTEGRADO, PUES EL CGMM; COMANDANTE SUBORDINADO- OMITÍA SOBRE LA MARCHA DE SUS OPERACIONES.

Lo expresado precedentemente se funda en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS; El Comandante TOAS.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

c. NO CONTROLO LA CONCRECIÓN, POR PARTE DEL CGMM, DEL PLAN CONTRIBUYENTE A SU PROPIO PLAN DE CAMPAÑA.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, título EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS; El Comandante TOAS.

Comandante Aéreo Estratégico (CAE)

820. Si bien desempeñó normalmente sus funciones, permitió una excesiva libertad a la FAS, y, al asignarle un ámbito jurisdiccional superpuesto con el TOAS, no controló estrechamente la relación entre su Comando subordinado y el TOAS.

821. No se le atribuyen responsabilidades penales.

Comandante Aéreo de Transporte (CAT)


822. El Comandante Aéreo de Transporte -cuyo organismo fue constituido a partir del día 06-ABR-82, para satisfacer las necesidades logísticas de Puerto Argentino- organizó un puente aéreo entre el continente y las Islas, que permitió paliar las deficiencias de abastecimiento al implantarse el bloqueo naval británico.

823. No se le atribuyen responsabilidades.

Comandante Aéreo de Defensa (CAD)

824. El Comandante Aéreo de Defensa, al tener una jurisdicción operacional exclusivamente en territorio continental, no tuvo una actuación bélica directa en las operaciones, si bien organizó y desplegó sus medios de acuerdo con la situación imperante.

825. No se le atribuyen responsabilidades.

Centro de Operaciones Conjuntas (CEOPECON)

826. Este organismo creado, tardíamente, por el COMIL para ANALIZAR Y DECIDIR LAS OPERACIONES NECESARIAS PARA EL LOGRO DEL OBJETIVO PROPUESTO :, no alcanzó a concretar xxx propósito. Sus integrantes son responsables de:

1. NO SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS EXISTENTES, YA QUE FUESE EN EL TOAS O EN LA GMM. FUERON CAUSAS CONTRIBUYENTES DE ELLO:

1. Atender casi exclusivamente los problemas y necesidades logísticas, siendo que el propósito de su creación lo orientaba fundamentalmente a lo XXXXXnal.

2. NO REQUERIR DEL COMIL LAS NECESARIAS Y MAS CONVENIENTES MODIFICACIONES, FUNDAMENTALMENTE ORGÁNICAS, PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU MISIÓN, NI ADECUAR, EN IGUAL SENTIDO, LA CONCEPCIÓN ESTRATÉGICA OPERACIONAL, REITERANDO CON ELLO LAS DEFICIENCIAS SEÑALADAS A LA CONDUCCIÓN ANTERIOR.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII, títulos EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS PROPIAS, CEOPECON.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

b. NO HACER EFECTIVA SU PRESENCIA COMO INTEGRANTES DEL CENTRO EN LA GMM, PARA CERCIORARSE IN SITU DE LOS PROBLEMAS EXISTENTES Y ESTIMULAR, ASÍ, A LAS FUERZAS DESPLEGADAS EN LAS ISLAS. SU AUSENCIA DEL ESCENARIO EFECTIVO DE LAS OPERACIONES FUE LA CAUSA PRINCIPAL DEL DESCONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN REAL DE LAS FUERZAS EMPEÑADAS EN LAS ISLAS, TODO LO CUAL SE TRADUJO, TAMBIÉN, EN QUE EL COMIL DESCONOCIERA LAS VERDADERAS CIRCUNSTANCIAS OPERACIONALES Y TÁCTICAS QUE SE VIVIAN EN ELLAS.

DEBIDO A ESTO SE IMPARTIERON ORDENES DE IMPOSIBLE CUMPLIMIENTO PARA LAS FUERZAS EN OPERACIONES, Y LA CAÍDA DE PUERTO ARGENTINO CONSTITUYO, POR LO RÁPIDO E INESPERADO UNA SORPRESA PARA EL PAÍS, CON SUS GRAVES EFECTOS NEGATIVOS.

Lo expresado precedentemente se funda, básicamente en los capítulos y títulos que se detallan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VII títulos EL ACCIONAR DE LAS FUERZAS CEOPECON y LA ACCIÓN PSICOLÓGICA.

2) Capítulo VIII título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

827. El CEOPECON era un organismo colegiado por lo que debe asignarse a cada uno de sus integrantes igual responsabilidad, EXCEPTO EN LO ATINENTE A LAS xxxxxx XXXXXXX PROVENIENTES DEL COMANDANTE EN JEFE DEL EJERCITO Y SIN CONOCIMIENTO XXX CONSULTA DEL CEOPECON, EL Gral. de Div. OSVALDO GARCIA TRANSMITIDO EN FORMA DIRECTA AL COMANDANTE DE LA GMM.

Esto último se funda en el Capítulo y título que se detalla a continuación y en los elementos de juicio en que éste se sustenta:

1. Capítulo VII, título XXXXXX DE LAS FUERZAS PROPIAS, CEOPECON.


FIRMAS DE LOS MILITARES ACTUANTES
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades

Capítulo XII - Responsabilidades en otros niveles

828. En el presente Capítulo se analizarán las responsabilidades correspondientes al Comandante de la Flota de Mar, al Comandante de la Fuerza Aérea Sur, al Comandante Conjunto Malvinas (Comandante de la Guarnición Militar Malvinas), al Jefe de Estado Mayor y a los Comandantes de los Componentes del Comando Conjunto Malvinas y a otros integrantes de éste.

Comandante de la Flota de Mar

829. Al imponerle su Comando Superior imitaciones para el empleo de sus fuerzas, debió haber preparado planes alternativos.

830. No se le atribuyen responsabilidades penales.

Comandante de la Fuerza Aérea Sur

831. En su calidad de titular de un Comando específico de la Fuerza Aérea con superposición en el ámbito operacional con el TOAS, planificó y ejecutó sus operaciones con xxxxxxx de independencia respecto de los componentes.

832. No se le atribuyen responsabilidades penales.

Comandante Conjunto Malvinas

833. El General Menéndez fue designado Gobernador Militar de las Islas Malvinas y, como tal, era al propio tiempo Gobernador político o civil y Comandante Militar. Se analizará su accionar solamente en este último carácter.

En tal sentido es responsable de:

a. NO ACREDITAR LAS APTITUDES INDISPENSABLES DE CARÁCTER, COMPETENCIA EN EL MANDO Y ESPÍRITU MILITAR QUE LE EXIGÍAN TAN GRAVES CIRCUNSTANCIAS; NO SER, TAMPOCO, UN EJEMPLO PARA SUS SUBORDINADOS, A LOS QUE NO SUPO IMPRIMIR LA ELEVADA MORAL DE COMBATE QUE RECLAMABA LA SITUACIÓN, DESVIRTUANDO, DE ESA FORMA, LA ALTA RESPONSABILIDAD CON QUE LA NACIÓN LO HABÍA INVESTIDO Y DE LA CUAL DEPENDÍA EL LOGRO DEL OBJETIVO POLÍTICO PERSEGUIDO, TAN CARO A LAS ASPIRACIONES NACIONALES PROPIAS.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y títulos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1. Capítulos VI, VII y sus Anexos.
2. Capítulo VIII, título Fallas en la Conducción.
3. Declaración del Teniente General LEOPOLDO FORTUNATO GALTIERI.

b. NO INFORMAR ACABADAMENTE A SU COMANDANTE SUPERIOR, ACERCA DE LAS ALTERNATIVAS QUE AFECTABAN SIGNIFICATIVAMENTE LA CAPACIDAD DE COMBATE DE LAS PROPIAS TROPAS Y, EN OPORTUNIDADES, DAR IDEA CONTRARIA A LA REALIDAD, CREANDO ASÍ, EN LAS ESFERAS SUPERIORES DE LA CONDUCCIÓN, UNA FALSA IMAGEN DE FORTALEZA MILITAR, QUE LLEGO A TENER INFLUENCIA EN LAS NEGOCIACIONES QUE SE DESARROLLABAN Y EN LA ACCIÓN PSICOLÓGICA EJERCIDA PARA CON EL PUBLICO INTERNO.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan, y en los elementos de juicio en que éstos be sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

2) Capítulo VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

3) Declaraciones del Teniente General LEOPOLDO FORTUNATO GALTIERI, General de Brigada AMERICO DAHER y General de División OSVALDO JORGE GARCIA.

c. CREAR EXPECTATIVAS EXAGERADAS QUE NO CORRESPONDÍAN A LA REAL SITUACIÓN TÁCTICA Y MORAL DE LAS TROPAS, EN PARTICULAR, MEDIANTE SU PROCLAMA ANTERIOR AL COMBATE FINAL, CUANDO EXPRESÓ SU DETERMINACIÓN PERSONAL Y CONDUCIR A EFECTIVOS DE UN EJÉRCITO DE TAN ELEVADA TRADICIÓN Y PRESTIGIO MILITAR, HASTA UN FIN COMPATIBLE CON EL HONOR DE SUS ARMAS Y LA SUERTE DE SUS FUERZAS.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

2) Declaración del Almirante JORGE ISAAC ANAYA.

d. EN EL ASPECTO PROFESIONAL:

1) DESPLEGAR, CON EXCESIVA ANTICIPACIÓN, LAS TROPAS BAJO SU MANDO EN SUS POSICIONES DE COMBATE, SIN RELEVOS NI LUGARES DE DESCANSO 0 PERMANENCIAS ALTERNADAS, Y SUJETAS A PRIVACIONES SEVERAS DE TODA ÍNDOLE, LO QUE PROVOCÓ DADOS EL CLIMA, EL TERRENO Y LA PRECARIEDAD DE MEDIOS DE TODO ORDEN UN DESGASTE PREMATURO DE ALGUNAS DE ELLAS, CON NUMEROSAS BAJAS ADMINISTRATIVAS Y DESMORALIZACIÓN GENERALIZADA, TODO LO CUAL FUE UNA CAUSA PRIMORDIAL DEL BAJO DESEMPEÑO DE LAS FUERZAS TERRESTRES PROPIAS, EN EL COMBATE.

2) NO REALIZAR UNA PLANIFICACIÓN CONTRIBUYENTE EN FORMA ADECUADA A LOS MEDIOS, SITUACIÓN Y MISIÓN IMPUESTA.

3) NO MODIFICAR EL DISPOSITIVO DEFENSIVO -EXCESIVAMENTE ESTÁTICO, EN CONTRA DE LAS ENSEÑANZAS DE LA GUERRA MODERNA Y LAS NORMAS DOCTRINARIAS VIGENTES- NI AUN AL DESEMBARCAR EL ENEMIGO EN LA ZONA DE BAHÍA AGRADABLE, A POCOS KILÓMETROS DE DISTANCIA DE SUS LÍNEAS, CUANDO EL OPONENTE SE ENCONTRABA EN CONDICIONES DESVENTAJOSAS POR HABER SIDO DIEZMADO POR UN ATAQUE AÉREO, Y EN MOMENTOS EN QUE LAS CIRCUNSTANCIAS ACONSEJABAN SU EXPLOTACIÓN TÁCTICA, A PESAR DE LAS SERIAS LIMITACIONES PROPIAS.

4) NO ADOPTAR LAS MEDIDAS CONDUCENTES A DISMINUIR LA DEFICIENTE ALIMENTACIÓN DE PARTE DE LAS TROPAS BAJO SU MANDO, LO CUAL FUE UNA CAUSA PRIMORDIAL DEL GRAVE DECAIMIENTO FÍSICO Y MORAL DE LAS MISMAS.

5) ASUMIR, RESPECTO DE LA IMPROBABILIDAD DEL ENFRENTAMIENTO ARMADO CON FUERZAS BRITÁNICAS, UNA ACTITUD DE CERTEZA TAL, QUE TRANSMITIÓ A CUADROS Y TROPAS DEPENDIENTES UNA CLARA EXPECTATIVA DE EXITOSA EVOLUCIÓN PACIFICA DEL CONFLICTO.

ELLO PERTURBÓ SENSIBLEMENTE LOS PREPARATIVOS PARA LA DEFENSA de las islas y obligó ulteriormente a improvisar en forma precipitada otras medidas defensivas, todo lo cual afectó, además, la moral de los combatientes al iniciarse efectivamente las acciones bélicas.

6) no efectuar oportunamente los requerimientos necesarios para cumplir con la misión de proveer su propia defensa de costas, ya que solo contaba con artillería de campaña.

7) adoptar un dispositivo defensivo como consecuencia de una errónea apreciación del probable lugar de desembarco del enemigo, y no rectificarlo una vez conocida la zona realmente escogida por éste a dicho efecto.

8) NO HABER ORGANIZADO DEBIDAMENTE SU COMANDO CONJUNTO, LO QUE PRODUJO DISPERSIÓN DEL ESFUERZO, ASIGNACIÓN INADECUADA DE MEDIOS E INCONVENIENTES EN EL ACCIONAR CONJUNTO.

9) NO HABER AGRUPADO LOS MEDIOS AÉREOS QUE LE DEPENDÍAN; BAJO UN COMANDO UNIFICADO, LO CUAL ARROJÓ COMO RESULTADOS SU USO INCORRECTO, ERRÓNEOS CRITERIOS DE EMPLEO, DISPERSIÓN DEL ESFUERZO TÉCNICO Y OPERATIVO, Y DUPLICIDAD DE TAREAS Y DE COMANDOS SOBRE MEDIOS ESCASOS EN UN TO DE REDUCIDAS DIMENSIONES, LIMITANDO ASÍ LAS PROPIAS CAPACIDADES DE FUEGO Y HELITRANSPORTADA . TODO ESTO RESULTÓ INJUSTIFICABLE, ESPECIALMENTE ANTE LA PRESENCIA DE UN ENEMIGO COMO EL QUE SE DEBÍA ENFRENTAR.

10) CONCEBIR, LUEGO DEL DESEMBARCO BRITÁNICO EN SAN CARLOS, UN PLAN IRREALIZABLE -QUE FUE EXPUESTO POR SU JEM AL COMIL- PARA ATACAR AL ENEMIGO, LO QUE REVELA UN GRAVE DESCONOCIMIENTO DE LA CRÍTICA SITUACIÓN QUE VIVÍAN SUS FUERZAS Y DE LAS CAPACIDADES DE LOS MEDIOS EN EL CONTINENTE, CUYO APOYO SE REQUERÍA.

11) NO HABER EJERCIDO LA CONDUCCIÓN NECESARIA DE LAS OPERACIONES, PESE A ESTAR LEGALMENTE INVESTIDO DE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE PARA ELLO, RENUNCIANDO ASÍ A SU EJERCICIO EFECTIVO, QUE DEJO IMPLÍCITAMENTE EN MANOS DE SUS COMANDOS SUBORDINADOS, A LOS CUALES, POR OTRA PARTE, TAMPOCO SUPERVISO DEBIDAMENTE.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

2) Capítulos VIII, título FALLAS EN LA CONDUCCIÓN.

Informes y declaraciones de: Tte. Gral. LEOPOLDO GALTIERI, General de División JOSÉ ANTONIO VAQUERO, General de División OSVALDO JORGE GARCIA, Vicealmirante JUAN JOSC LOMBARDO, Brigadier JOST MARIA INSCA, Contralmirante EDGARDO AROLDO OTERO, Brigadier LUIS GUILLERMO CASTELLANO, General de División EDGARDO NESTOR CALVI, General de Brigada AMERICCO DAHER, Contralmirante BARRY MELBOURNE HUSSEY, Coronel MANUEL RAMÓN DORREGO, Coronel FRANCISCO EDUARDO MACHINDIARENA, Coronel JUAN RAMON MAMABRAGAñA, Capitán de Fragata CARLOS HUGO ROBACIO y Mayor ENRIQUE MARIANO CEBALLOS.

e. involucrar en la situación a fuerzas que no se hallaban comprometidas en la lucha, cada vez que estaban desplegadas en la isla Gran Malvina.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulo VI, VII y sus Anexos.

2) Informes de los Coroneles FRANCISCO EDUARDO MACHINANDIARENA y JUAN RAMÓN MABRAGAÑA.

f. CONVALIDAR LA RENDICIÓN DE LOS EFECTIVOS EMPEÑADOS EN DARWIN PRADERA DEL GANSO, SIN UN CABAL CONOCIMIENTO DE SU REAL SITUACIÓN.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

g. NO ORDENAR LA DESTRUCCIÓN DE LOS DISTINTOS MATERIALES DE GUERRA QUE PODÍAN SER DE UTILIDAD AL ENEMIGO.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

h. NO CUMPLIR CON ALGUNOS DE SUS DEBERES FUNDAMENTALES DE COMANDANTE SUPERIOR EN CAMPAÑA FRENTE AL ENEMIGO EXTRANJERO, TALES COMO LOS DE MANTENER CONTACTO PERSONAL Y HACER EFECTIVA SU PRESENCIA EN EL DISPOSITIVO DE SUS FUERZAS DEPENDIENTES, DESPLEGADAS Y EN COMBATE Y TAMPOCO CUMPLIR, FINALMENTE, CON SU MISIÓN.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

i. capitular sin haber agotado la munición ni haber perdido los dos tercios de sus efectivos. Esta comisión no ha obtenido evidencias que la decisión de rendir sus fuerzas, se haya debido a presión y consejo recibido de persona alguna

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

834. FALTO YA DE TODA ALTERNATIVA VALIDA QUE SE ENCONTRARA TODAVíA BAJO SU CONTROL PARA EVITAR EL RESULTADO FINAL, SU CAPITULACIÓN SOLO PROTOCOLIZÓ UNA SITUACIÓN PREEXISTENTE DE DERROTA DE LA CUAL FUE RESPONSABLE COMO COMANDANTE CONJUNTO, LESIONANDO GRAVEMENTE EL HONOR DE NUESTRAS ARMAS Y DAÑANDO PROFUNDAMENTE LA FE DE LA NACIÓN EN SU VALOR Y EFICIENCIA PROFESIONAL.

Jefe del Estado Mayor del Comando Conjunto Malvinas

835. No se le atribuyen responsabilidades.

Comandantes de los Componentes del Comando Conjunto Malvinas


836. Los Comandantes cuyas responsabilidades se analizarán seguidamente, son : a. Comandante del Componente Terrestre Esta Comisión considera que el General Jofre, en tanto desempeñó el cargo en análisis y, ulteriormente, el de Comandante de la Agrupación Conjunta PUERTO ARGENTINO (27-MAY-82) - básicamente la masa de las Fuerzas Terrestres en la Isla Soledad-, es responsable de:

1) DISPONER EL DESPLIEGUE DEFENSIVO DE SUS FUERZAS SOBRE LA BASE DE UN DISPOSITIVO QUE, RÍGIDA Y EQUIVOCADAMENTE, SE SUSTENTABA EN CONSIDERAR QUE EL DESEMBARCO ENEMIGO SE PRODUCIRÍA CON MAYOR PROBABILIDAD EN LA ZONA NORTE DE PUERTO ARGENTINO Y QUE ESTUVO AFECTADO POR LA DISPERSIÓN QUE SIGNIFICABA DESTACAR EFECTIVOS IMPORTANTES A LA GRAN MALVINA.

2) DAR LUGAR A QUE, CON SU INCONVENIENTE MODALIDAD EN EL EJERCICIO DEL MANDO, SE AFECTARAN LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE LA ACCIÓN CONJUNTA Y LAS RELACIONES ENTRE LOS DISTINTOS NIVELES DE SU DEPENDENCIA, Y LOS COLATERALES, EN LA IMPARTICIÓN DE ORDENES, Y SE ENTORPECIERA TAMBIÉN, LA RECEPCIÓN DE ASESORAMIENTOS.

3) CONDUCIR LAS OPERACIONES DEFENSIVAS DE SU RESPONSABILIDAD CON SERIOS ERRORES Y LIMITACIONES, COMO CONSECUENCIA DE PERSISTIR EN LA APRECIACIÓN EQUIVOCADA ACERCA DEL ESFUERZO PRINCIPAL DEL ATAQUE BRITÁNICO Y DE OMITIR LOS REAJUSTES EN EL DISPOSITIVO Y DEMáS PROVISIONES PARA EL COMBATE, A FIN DE VOLCAR LA ACCIÓN PRINCIPAL DE LA DEFENSA SOBRE EL OESTE, SIN MANTENER LAS RESERVAS NECESARIAS EN ADECUADO EMPLAZAMIENTO PARA PROPORCIONARLE EL TERRENO PARA FORTALECER EL ESPESOR TÁCTICO DE LA POSICIÓN, EN PROCURA DE HACER DE LA DEFENSA DE PUERTO ARGENTINO, UNA OPERACIÓN ALTAMENTE COSTOSA PARA EL ENEMIGO

4) EJERCER EL MANDO DE MANERA EXCESIVAMENTE CENTRALIZADA Y PERSONAL, SATURANDO LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, Y PROVOCANDO CON ELLO PERTURBACIONES EN LA TRANSMISIÓN DE LAS ORDENES Y RECEPCIÓN DE LOS PARTES Y NOVEDADES.

NO OBSTANTE LAS RESPONSABILIDADES SEÑALADAS PRECEDENTEMENTE,

DEBE DESTACARSE QUE EL GENERAL JOFRE ESTUVO JUNTO A SUS TROPAS

EN LOS LUGARES Y SITUACIONES DE RIESGO, ESTIMULÁNDOLAS PERSONALMENTE PARA EL COMBATE, ALENTÁNDOLAS EN EL ESFUERZO, TRANSMITIÉNDOLES CONFIANZA Y COMPARTIENDO CON ELLAS EL PELIGRO. TODO ELLO PERMITE AFIRMAR QUE, SI NO CUMPLIÓ CON SU MISIÓN, SUPO EN CAMBIO, CUMPLIR CON SUS DEBERES MORALES DE COMANDANTE EN CAMPAÑA FRENTE AL ENEMIGO EXTRANJERO.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos VI, VII y sus Anexos.

b. Comandante del Componente Naval

Con referencia al ataque de comandos británicos a la Isla Borbón, que provocó la destrucción de varios aviones de la Armada y de la Fuerza Aérea que operaban desde la Base Aeronaval Calderón, en el Comando en Jefe de la Armada se instruyeron las correspondientes actuaciones de Justicia Militar, determinándose -por Resolución; 358 bis, del 04-JUL-83- la inexistencia de responsabilidades penales.

No obstante, la importancia que tuvo la destrucción de los aviones propios sufrida en la Isla Borbón, como merma del poder de combate de las Fuerzas desplegadas en las Malvinas, y su influencia ulterior sobre las operaciones, indica la conveniencia de ampliar la investigación de que se trata, a fin de establecer las responsabilidades disciplinarias remanentes que, eventualmente, pudieran existir aún.

c. Comandante del Componente Aéreo

No se le atribuyen responsabilidades.

Otros integrantes de la Guarnición Militar Malvinas

837. Esta Comisión, en el curso de la investigación, ha advertido la existencia de otras responsabilidades atribuibles a:

a. Comandante de la IlI a. Brigada de Infantería y Comandante de la agrupación Litoral.

El mismo es responsable de:

1. EMPLEAR, INNECESARIAMENTE Y EN MISIONES INADECUADAS, EFECTIVOS MUY VALIOSOS Y MEDIOS FÁCILMENTE VULNERABLES, PUESTOS BAJO SU RESPONSABILIDAD -CUALES FUERON LAS COMPAÑÍAS DE COMANDOS Y LA FUERZA DE HELICÓPTEROS- OCASIONANDO, CON ELLO BAJAS PROPIAS, SIN PRODUCIR DAÑOS DE SIGNIFICACIÓN AL ENEMIGO, Y PERDIDAS DE MATERIALES IRREEMPLAZABLES QUE AFECTARON GRAVEMENTE LA CAPACIDAD DE MANIOBRA DE LAS PROPIAS TROPAS, EN PARTICULAR DE SUS RESERVAS

2) no mantener el debido contacto personal con sus cuadros y tropas dependientes XXX instalar su puesto de comando en proximidades de los mismos desconociendo, en consecuencia, la real situación de sus fuerzas, como así también restarles el estímulo de la presencia del comandante en los lugares y ocasiones de riesgo y de prueba. al actuar de ese modo NO CUMPLIÓ CON TODOS SUS DEBERES DE COMANDANTE EN CAMPAÑA, FRENTE AL ENEMIGO EXTRANJERO.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los Capítulos VI, VII y sus Anexos, declaraciones del CL BARRY MELBOURNE HUSSEY, Grl. Br. OMAR EDGARDO PARADA y Cnel. JUAN RAMON MABRAGAñA.

b. Jefe del RI 5

ES RESPONSABLE DE ADHERIR A LA CAPITULACIÓN ESTIPULADA POR EL CGMM, PESE A DEPENDER DEL MISMO Y HABER RECIBIDO SUS ÓRDENES AL RESPECTO, POR CUANTO NO SE HALLABA DIRECTAMENTE COMPROMETIDO EN LA LUCHA QUE SE HABÍA REALIZADO EN LA ISLA SOLEDAD. NO OBSTANTE, SE SEÑALA LA DIFÍCIL SITUACIÓN QUE VIVÍA SU UNIDAD COMO CONSECUENCIA DE SU AISLAMIENTO, DE LA FALTA DE SUFICIENTES ELEMENTOS DE APOYO DE FUEGO Y, FUNDAMENTALMENTE, DEL ESTADO DE DESNUTRICIÓN DE SUS EFECTIVOS.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

2) Informe del Coronel JUAN RAMON MABRAGAÑA.

C. Jefe del RI 8 (+)

ES RESPONSABLE DE IGUAL CARGO QUE EL JEFE DEL RI 5, POR LAS MISMAS RAZONES SEÑALADAS PARA ESTE.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

2) Informe del Coronel ERNESTO ALEJANDRO REPOSSI.

d. Jefe del RI 12


ES RESPONSABLE DE LA RENDICIÓN DE LOS EFECTIVOS A SUS ORDENES EMPEÑADOS EN DARWIN-PRADERA DEL GANSO. SE SEÑALA QUE LA DIFÍCIL SITUACIÓN QUE VIVÍA SU UNIDAD ERA DE CONOCIMIENTO DE SUS COMANDOS NATURALES.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1. Capítulos VI, VII y sus Anexos.

2. Informe del Teniente General xxxxxxx ITALO PIAGGI.

e. Jefe de la Base Aérea Militar Cóndor

EXPRESO, PREVIAMENTE A LA RENDICIÓN, SU OPINIÓN PERSONAL EN FAVOR DE CONTINUAR LA LUCHA. FORMALIZO LA RENDICIÓN, EN SU CONDICIÓN DE OFICIAL MAS ANTIGUO, DE LA TOTALIDAD DE LAS FUERZAS PROPIAS DESTACADAS EN LA ZONA DE DARWIN-PRADERA DEL GANSO.

Lo expuesto precedentemente se funda, básicamente, en los capítulos, títulos y documentos que se mencionan a continuación, y en los elementos de juicio en que éstos se sustentan:

1) Capítulos VI, VII y sus Anexos.

f. Comandante de los Efectivos destacados en Grytviken (Georgias el Sur).

RINDIÓ SU TROPA AL ENEMIGO, SIN EFECTUAR LA DEBIDA RESISTENCIA SE INSTRUYE SUMARIO EN EL COMANDO EN JEFE DE LA ARMADA.

Lo expuesto precedentemente se funda en la declaración del Capitán de Navío CÉSAR TROMBETA.

g. Comandante de los Efectivos destacados en Puerto Leíth (Georgias del Sur).

Rindió su tropa al enemigo, sin efectuar la debida resistencia, no se tiene conocimiento de qué xxxx forma similar a lo indicado en el párrafo xx. Precedente, el comando en jefe de la armada haya ordenado la instrucción en un sumario.

Lo expuesto precedentemente se funda en la declaración del CN César Trombetta
 
IV Parte - Determinación de las responsabilidades


Capítulo XIII - Encuadramiento jurídico de los responsables


Encuadramiento jurídico de los responsables

838. En el presente Capítulo, se analizará cuál es el encuadramiento legal que le corresponde a cada una de las conductas descriptas en los Capítulos precedentes -IX, X, XI y XII - y que, a juicio de esta Comisión, se consideran alcanzadas por algún tipo de responsabilidad.

839. Al respecto cabe señalar que las transgresiones cometidas pueden enmarcarse en diferentes ámbitos, según la índole de las mismas. En ese sentido, esta Comisión aprecia, que las conductas antes referidas, son susceptibles de ser examinadas a la luz de los distintos campos que se señalan a continuación:

a. En lo político.

b. En lo penal.

c. En lo penal militar.

d. En lo disciplinario militar.

e. En el campo del honor.

840. En lo que atañe a lo político, cabe mencionar que al asumir la Junta Militar el Gobierno de la Nación, en el año 1976, asumió el poder político de la República y reservó para sí parte de las facultades de esta naturaleza (Arts. Xxx y 11° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional).

841. Sobre la base de esas atribuciones, la Junta Militar estatuyó el Acta de fecha 18-JUN-76, en la que declaró que tomaba para sí la responsabilidad de considerar la conducta de aquellas personas que hubieran ocasionado perjuicios a los superiores intereses de la Nación o lo hicieren en lo futuro, por hallarse comprendidas; entre otros supuestos- en negligencia grave en el ejercicio de funciones públicas, políticas, gremiales, o actividades que comprometan el interés público, y estableció las medidas a aplicar a dichas personas.

842. En virtud de lo expuesto, esta Comisión es de opinión que las conductas de índole política que resulten reprochables, según las conclusiones de esta investigación, deben ser enmarcadas y reprimidas a tenor de la referida Acta, mediante una Resolución de la Junta Militar, o a través del dictado de un Acta específica para el caso.

843. Respecto del marco penal, esta Comisión no advierte que las responsabilidades señaladas en los Capítulos más arriba mencionados, puedan encuadrarse en figura alguna contemplada en el Código Penal o en leyes especiales de la materia.

844. En lo atingente al ámbito de lo penal militar, las responsabilidades determinadas en los Capítulos IX, X, XI y XII que, prima facie, configuren los caracteres de infracción castrense en el grado de delito y que encuentren su tipificación en alguna de las normas establecidas en el Código de Justicia Militar en su respectivo articulado, deberán ser sometidas al órgano jurisdiccional competente, a fin que sea sustanciada la pertinente causa penal.

845. En lo que se refiere a la faz disciplinaria militar, las responsabilidades atribuidas en los mencionados Capítulos precedentes, que constituyan infracciones castrenses en el grado de falta y que se hallen previstas en el Código de Justicia Militar y en las respectivas Reglamentaciones de cada una de las FF.AA., corresponde que sean examinadas y sancionadas por la Junta Militar, en ejercicio de las facultades contempladas en el Art. 86, inc. 15 de la Constitución Nacional, el Art. 2, del Estatuto para el Proceso de Reorganizaci6n Nacional y el Art. 11 del Acta constitutiva de esta Comisión, salvo en los casos en que se considere que deben ser juzgadas conforme con el procedimiento del Artículo 182, inciso 20 del citado Código castrense.

846. En este campo, cabe expresar que la Comisión considera que la caracterización de las faltas señaladas se opera en base a la existencia de negligencia, impericia y/o inobservancia de los Reglamentos militares, en las diversas conductas que, a su vez, originan atribución de responsabilidad.

847. Las responsabilidades disciplinarias en que pudiesen haber incurrido las personas a quienes en los Capítulos precedentes no se les atribuyen responsabilidades penales, esta Comisión considera que deben ser eventualmente determinadas por la Junta Militar.

848. En cuanto al campo del honor, esta Comisión considera que -en principio- ninguno de los hechos que originan las responsabilidades indicadas en los Capítulos pertinentes constituye, de manera exclusiva, transgresiones al honor comprendidas en el Reglamento de la materia vigente en las FF.AA.

849. Sin perjuicio de ello, cabe expresar que de algunos de esos hechos podrían derivar aspectos susceptibles de ser examinados desde el punto de vista del honor, con posterioridad a la resolución que se adopte en el ámbito penal y/o disciplinario militar; tomando intervención, en su caso, las instancias de honor correspondientes.


Encuadramiento individual

850. A continuación se especificará el alcance individual del encuadra miento que le corresponde a cada uno de los responsables, a tenor de las conductas ya determinadas y de la normatividad aplicable en los distintos campos anteriormente referidos.

a. TENIENTE GENERAL (R) D. LEOPOLDO FORTUNATO GALTIERI

1) En lo político

Su conducta, en carácter de integrante de la Junta Militar y de Presidente de la Nación -y en base a las responsabilidades atribuidas en el Capítulo IX- configura el mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, al que se refiere el Art. 45 de la Constitución Nacional, y encuadra incisos b) y c) del Art. 10 del Acta de la Junta Militar, de fecha 18 de Junio de 1976. (Acta para considerar la conducta de aquellas personas responsables de ocasionar perjuicios a los superiores intereses de la Nación).

2) Penal militar

Las responsabilidades que se le han atribuido en el Capítulo X, párrafo 806 (excepto las de los incisos k y m) y párrafo 810 (excepto las de los incisos d y g) encuadran en los Artículos 737, 740, 747 y'831 del Código de Justicia Militar.

3) En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le han atribuido en el Capítulo X, párrafo 806 incisos k y m, y párrafo 810, incisos d. y 9-, encuadran en el N° 331 de la Reglamentación de Justicia Militar para el Comando en Jefe del Ejército (LM 1-I).

b. Almirante (R) Jorge Isaac Anaya

1. En lo político

En su condición de miembro de la Junta Militar y a tenor de las responsabilidades atribuidas en el Capítulo IX- su conducta configura el mal desempeño en el ejercicio de las funciones contempladas en el Artículo 45 de la Carta Magna, y queda alcanzada por los incisos b) y c) del Artículo 1° del Acta de la Junta Militar, del 18 de junio de 1976.

2) En lo Penal militar:

Las responsabilidades que se le atribuyen en el Capítulo x, párrafo 806 (salvo las de los incisos k y m) y párrafo 811, encuadran en los Artículos 737, 740 y 747 del Código de Justicia Militar.

3)En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le atribuyen en el Capítulo X, párrafo 806, incisos k y m, encuadran en el Artículo 277 de la Reglamentación de las leyes de Justicia Militar para la Armada.

c. BRIGADIER GENERAL (R) D. BASILIO ARTURO IGNACIO LAMI DOZO

1) En lo político:

En su calidad de miembro de la Junta Militar -y conforme con las responsabilidades atribuidas en el Capítulo IX- su conducta constituye el mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, que prevé la Constitución Nacional en su Artículo 45, encuadrando consecuentemente en el Artículo 10, incisos b) y c) del Acta estatuida, con fecha 18 de junio de 1976, por el referido órgano supremo del Estado.

2) En lo penal militar:

Las responsabilidades que se le han asignado en el Capítulo X, párrafo 806 (con excepción de las de los incisos k y m, y párrafo 812 (excepto el inciso c) encuadran en los Artículos 737 y 740 del Código de Justicia Militar.

3) En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le atribuyen en el Capítulo X, párrafo 806, incisos k y m, y párrafo 812, inciso c., encuadran en el; 299 de la Reglamentación de Justicia Militar para el Comando en Jefe de la Fuerza Aérea.

d. DOCTOR NICANOR COSTA MENDEZ

En lo político:

Su conducta como Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación y en base a las responsabilidades atribuidas en el Capítulo IX, párrafo 795, configura el mal desempeño en el ejercicio de sus funciones a que se refiere el Art. 45 de la Constitución Nacional, y encuadra en los incisos b) y c) del Art. 1° del Acta de la Junta Militar del 18 de junio de 1976.

e. VICEALMIRANTE ( r ) d. Leopoldo Alfredo Suárez Del Cerro

En lo penal militar:

Las responsabilidades que se le asignan en el Capítulo X, párrafo 813 (excepto las del inciso d.) encuadran en el Artículo 737 del Código de Justicia Militar.

2) En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le atribuyen en el Capítulo X, párrafo 813, inciso d., encuadran en el Artículo 277 de la Reglamentación de las Leyes de Justicia Militar para la Armada.

f. VICEALMIRANTE (R) D. JUAN JOSÉ LOMBARDO

1) En lo penal militar:

Las responsabilidades que se le han atribuido en el Capítulo XI, párrafo 818 (con excepción de las de los incisos b., d. y e.) y párrafo 826, encuadran en los Artículos 737, y' 751 en concordancia con el 514, del Código de Justicia Militar.

2) En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le asignan en el Capítulo XI, párrafo 818, incisos b., d. y e., y párrafo 819, encuadran en el Artículo 277 de la Reglamentación de las Leyes de Justicia Militar para la Armada.

g. GENERAL DE DIVISIÓN (R) D. OSVALDO JORGE GARCIA

En lo penal militar:

Las responsabilidades que se han atribuido en el Capítulo XI, párrafo 826, encuadran en el Artículo 737 del Código de Justicia Militar.

h. BRIGADIER MAYOR (R) D. HELLMUTH CONRADO WEBER

En lo penal militar:

Las responsabilidades que se han atribuido en el Capítulo XI, párrafo 826, encuadran en el Artículo 737 del Código de Justicia Militar.

i. general de brigada ( R) D. Mario benjamín Menéndez

1. En lo penal militar:

Las responsabilidades que se le han atribuido en el Capítulo XII, párrafo 833, (con excepción de las de los incisos a., c., d. 10) y que encuadran en los Artículos 736, 737, 740, 742 incisos; 743, 751, XXX y 839 inciso 2°, del Código de Justicia Militar.

2) En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le han asignado en el Capítulo XII, párrafo 833, incisos a., c., d. 10) y g., encuadran en el N° 331 de la Reglamentación de Justicia Militar para el Comando en Jefe del Ejército.

j. GENERAL DE BRIGADA (R) D. OSCAR LUIS JOFRE

1) En lo penal militar:

La responsabilidad que se le asigna en el Capítulo XII, párrafo 836, inciso a. 3), encuadra en el Artículo 737 del Código de Justicia Militar.

2) En lo disciplinario militar:

Las responsabilidades que se le atribuyen en el Capítulo XII, párrafo 836, incisos a. l), a. 2) y a. 4), encuadran en el Nº 331 de la Reglamentación de Justicia militar para el Comando en Jefe del Ejército.

k. GENERAL DE BRIGADA (R) D. OMAR EDGARDO PARADA

En lo penal militar:

Las responsabilidades que se le han atribuido en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso a., encuadran en el Artículo 737 del Código de Justicia Militar.

l. CORONEL D. JUAN RAMON MABRAGAÑA

En lo penal militar:

La responsabilidad que se le atribuye en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso b., encuadra en el Artículo 750 del Código de Justicia Militar.

m. CORONEL D. ERNESTO ALEJANDRO REPOSSI

En lo penal militar:

La responsabilidad atribuida en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso c., encuadra en el Artículo 750 del Código de Justicia Militar.

n. TENIENTE CORONEL ( r ) XXXXX PIAGGI

La responsabilidad que se le atribuye en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso e., encuadra en el Artículo 751 del Código de Justicia Militar.

n. Comodoro d. Wilson Rosier Pedrozo

En lo penal militar:

La responsabilidad que se le asigna en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso e., encuadra en el Artículo 751 del Código de Justicia Militar.

o. CAPITÁN DE CORBETA D. LUIS CARLOS LAGOS

Respecto a la conducta señalada en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso f., según comunicación recibida del Comando en Jefe de la Armada, y por el mismo hecho mencionado en el párrafo ante dicho, se instruye el Sumario SGEM, 3TO; 96/83S.

p. TENIENTE DE NAVÍO D. ALFREDO ASTIZ

En cuanto a la conducta expresada en el Capítulo XII, párrafo 837, inciso g., la Comisión considera procedente la instrucción del pertinente sumario.

851. Se deja constancia que del análisis y evaluación efectuados respecto de las conductas y responsabilidades en el nivel de la conducción política y estratégico-militar y, complementariamente, de los Mandos en el nivel operacional y táctico, esta Comisión ha concluido en que aquéllas, estricta y formalmente, encuadran en las normas que rigen en materia y que para cada caso quedan señaladas.
 
V Parte - Experiencias y enseñanzas

Experiencias y enseñanzas

Capítulo XIV - Las lecciones del conflicto
Introducción
Aspectos nacionales
Aspectos institucionales

Capítulo XV - Conclusiones finales
Conclusiones finales
Acta de constancia de finalización de las tareas de la Comisión de Análisis y Evaluación de las responsabilidades en el conflicto del Atlántico Sur
 
V Parte - Experiencias y enseñanzas

Capítulo XIV - Las lecciones del conflicto


Introducción

852. Al realizar el análisis y evaluación de lo actuado en el Conflicto del Atlántico Sur, esta Comisión ha advertido y comprobado una serie de circunstancias y hechos que constituyen importantes experiencias de naturaleza política y militar. Una vez elaboradas, podrán proporcionar valiosas enseñanzas, las que contribuirán a perfeccionar la organización integral de la Nación para el logro de sus objetivos políticos en situaciones de conflicto, actualizarán nuestra doctrina para el empleo del potencial de guerra y del poder militar, mejorarán los conocimientos y procedimientos de empleo de medios modernos en el combate, y acrecentarán la aptitud profesional de los mandos, como así también de las tropas de nuestras FF.AA.

853. Por lo expuesto, esta Comisión se limitará a enunciar los aspectos más trascendentes, toda vez que, a su juicio, ellos deban ser estudiados y procesados en los organismos competentes, a fin de extraer de los mismos las modificaciones rectificadoras que modernicen y perfeccionen el sistema xxxxxxxxxxxx, orgánico y jurídico integral de nuestra defensa nacional.

854. De esta manera, los errores y omisiones cometidos podrán sser aprovechados, luego de imprescindibles sinceramiento de las falencias propias a la ley dde verdad y de la realidad conocida, para procurar capitalizar esta experiencia en provecho propio y evitar, simultáneamente, la repetición de los aspectos negativos producidos durante el conflicto.

855. Ello constituye una obligación moral insoslayable ante la ofrenda de nuestros muertos en batalla, el sacrificio de los heridos y el sufrimiento de los cuadros y de las tropas durante la campana.


Aspectos nacionales


Organización de la Nación para la Guerra

856. Ha quedado demostrada la falta de preparación y organización del país para caso de guerra, debido a la carencia de una legislación necesaria en materia de defensa nacional, a la deficiencia de las estructuras orgánicas adecuadas y a la falta de procedimientos convenientes que permitan prever, planificar y ejecutar, en forma oportuna y eficaz, la movilización de la Nación para atender las exigencias de una confrontación bélica.

857. Por otra parte, tampoco se cuenta con un organismo y medios idóneos que, en forma centralizada, elaboren un sistema nacional de planeamiento para conducir integralmente el quehacer de las Fuerzas Armadas dentro de la política nacional, en sus vertientes de seguridad y desarrollo.

858. En 1966 se promulgó una Ley de Defensa Nacional (N° 16.970) que procuró remediar esta falencia, pero, en forma paulatina, fue dejada de lado. Subsistieron sólo algunos organismos como el COMIL y el EMC, los que no respondieron en forma alguna a las exigencias del conflicto, en razón de sus problemas intrínsecos.

859. La estructuración del CONASE ha sido el elemento orgánico que más se ha aproximado a las necesidades que reclamar previamente, el estado de guerra. En caso de haberse hallado vigente para el Conflicto del Atlántico Sur, habría permitido evitar las deficiencias observadas, teniendo en cuenta que tampoco la Secretaría de Planeamiento fue debida y oportunamente consultada.

860. En la actualidad, y en los países mas desarrollados, las situaciones bélicas o conflictivas son conducidas por medio de Gabinetes de Crisis que actúan en forma adecuada para atender las necesidades de la conducción del Estado durante la guerra y los cambios político, económico, psico-social y militar, durante el transcurso de situaciones de conflicto.

861. En el campo económico, es conveniente contar con las previsiones necesarias Y la legislación adecuada para el pasaje a una eventual situación de economía de guerra en la que, en forma expeditiva y con equipos de XXXX xxxx preferentemente el desarrollo del conflicto desde el punto de vista de este campo del potencial nacional.

Política Militar

862. La República Argentina no posee oficialmente una política militar orgánica, cuyos fines y modos de acción claramente establecidos, armonicen, presupuestos, estructuras y estrategias entre las tres FF. AA., y entre éstas y el conjunto del quehacer político, económico y social del Estado Nacional. Así, por ejemplo, se careció de una armónica política presupuestaria que, debidamente integrada en nuestra real capacidad tecnológica, económica e industrial, atendiera las necesidades de mejorarlos medios aéreos, submarinos, de defensa aérea y electrónicos.

Código de Justicia Militar

863. Esta Comisión considera que el Código de Justicia Militar conviene que sea actualizado a la luz de la realidad del combate moderno, la incorporación de complejas tecnologías, las experiencias recogidas en la guerra del Atlántico Sur y la confrontación con códigos similares pertenecientes a las potencias que intervinieron en las últimas conflagraciones en el mundo.

Servicio Exterior

864. El personal que se desempeñaba en los cargos superiores del Ministerio de RR.EE., salvo honrosas excepciones, no acreditó en las tareas de estudio y de asesoramiento correspondiente al campo integral de las relaciones internacionales, el alto nivel de eficiencia profesional que exigía el conflicto.

Tal situación reclama, para ese ámbito, la urgencia de una mejor y más exigente capacitación y selección de los funcionarios para sus promociones y destinos orgánicos. (v.g: Asesoramientos producidos e incluidos en expediente CM VI/38/83).

Inteligencia Estratégica

865. Las actividades propias de este campo no recibieron el tratamiento que su importancia integral reclamaba, mostrando así graves vulnerabilidades ante la acción enemiga, y limitaciones en la obtención oportuna de la información necesaria y su consecuente elaboración para obtener inteligencia de-diferentes niveles.

866. Todo ello reclama la constitución y funcionamiento de la real comunidad informativa establecida en la incipiente doctrina de inteligencia que comprende, además de los organismos especializados, los ministerios más directamente involucrados en el quehacer de la defensa, nacional y en el logro de objetivos políticos nacionales (Defensa, RR.EE., Acción Social, Economía, Obras y Servicios Públicos, etc).

De esta manera se logrará constituir una verdadera y eficaz herramienta de la conducción para sistir, en este campo fundamental del quehacer humanos, los responsables de la conducción política y estratégico-militar.

Acción Psicológica

867. Las falencias en ese campo han sido graves. No hubiese afectado tanto el resultado del conflicto si se hubiese dispuesto de una eficaz acción psicológica ante , durante y después del mismo, lo que habría permitido, al menos evitar el sentimiento nacional de frustración que produjo el desenlace.

868. La importancia de este especialísimo campo de la actividad humana se evidencia, cuando se considera que la derrota, en última instancia, sobreviene cuando claudica la voluntad de lucha de uno de los contendores. Esto involucra la influencia de un factor de orden psicológico, QUE ES INDEPENDIENTE DEL RESULTADO DE LA BATALLA Y DE LOS POTENCIALES ENFRENTADOS.

869. De esta forma, la caída de Puerto Argentino, podría haberse convertido en una victoria psicológica de la cual se podrían enorgullecer las generaciones venideras. La dimensión del oponente, la justicia de la causa, y, finalmente, la firme determinación de enfrentar a un enemigo superior, a despecho del inevitable epílogo, eran algunos de los ingredientes más importantes para lograr ese objetivo.
 
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Capítulo XIV - Las lecciones del conflicto

Aspectos institucionales

Doctrina Conjunta

870. Las deficiencias observadas en materia conjunta han resultado significativas y reclaman urgente solución. El primer accionar conjunto de las Fuerzas Armadas se produjo en esta guerra con Gran Bretaña.

No se registran, previamente, operaciones de adiestramiento o ejercicios conjuntos de importancia. Ello ha constituido una grave responsabilidad de los conductores del presente conflicto.

871. En la guerra moderna, sólo la integración a nivel conjunto de las FF.AA. permite el logro de los objetivos militares propuestos. Ello requiere, por consiguiente, un desarrollo armónico, balanceado, racional y adaptado a las necesidades del combate moderno de las tres FF.AA. De nada vale que una fuerza adquiera un potencial o capacidad determinada, si no es acompañada por un desarrollo similar en las otras fuerzas. Gran Bretaña lo demostró, al formar una fuerza de tareas anfibia perfectamente balanceada con las necesidades operativas. De nada le hubiese servido, por ejemplo, disponer de más buques de guerra si no le resultaba suficiente la cantidad de aviones que trasladó al TO. o viceversa. Otro tanto puede decirse de su infantería o de su artillería.

872. Solucionar este problema, debe constituirse en una responsabilidad primordial de las autoridades de cada fuerza. Será necesario, en primer término, limar asperezas, delimitar ámbitos operacionales, desarrollar doctrinas conjuntas, efectuar ejercitaciones teóricas y practicas, instrumentar cursos de estado mayor y de conducción conjuntos y, fundamentalmente, hacer comprender a todos y cada uno de los integrantes de un comando operacional, que la misión y la suerte de dicho comando se hallan por encima de toda consideración de orden institucional. Las guerras son ganadas o perdidas- por la fuerza XXXXX de una Nación, y no por tal o cual de ellas. La guerra moderna no admite la posibilidad del triunfo por parte de una fuerza, exclusivamente. En cambio, existe la seguridad de la derrota si ellos actúan en compartimientos estancos.

873. El Estado Mayor Conjunto es el organismo fundamental para operar esta transformación. Para ello será necesario prestigiarlo, potenciarlo y dotarlo de los hombres más aptos que cada fuerza pueda destinar al mismo, en función de su vocación conjunta, acreditada y oficialmente calificada. Un sistema único de planeamiento, y el curso de guerra conjunto, más la atenta y exigente observación y selección en este sentido, deben ser los primeros pasos.

Debilidades de las FF.AA. en el Conflicto

874. Este ha sido el único conflicto bélico de la Nación en lo que va del siglo. Si bien la paz es un objetivo nacional permanente de cualquier comunidad civilizada, ella se logra mediante una adecuada preparación para disuadir a los enemigos potenciales de emplear la fuerza en contra propia.

875. Nuestras FF.AA. demostraron en el conflicto, las siguientes debilidades:

a. Deficiencias en el accionar conjunto, según fue referido en el subtítulo anterior.

b. Falta de desarrollo equilibrado y armónico del equipamiento de cada Fuerza, sujeto ello a las necesidades de la guerra moderna y las hipótesis de guerra existentes.

c. Falta de una fuerza submarina adecuada.

d. Falta de una aviación modernizada para la guerra en tierra y en el mar, y de medios aéreos de exploración y reconocimiento adecuados.

e. Falta de fuerzas terrestres actualizadas profesionalmente, en especial para el combate en horas de oscuridad.

f. Ausencia de una logística organizada y conducida con criterio conjunto.

g. Falta de fuentes diversas para la obtención de armamento y de una adecuada capacidad de autoabastecimiento, por ausencia de tecnología propia y de industrias de guerra suficientes.

h. Falta de adiestramiento suficiente en las FF.AA. para el aprovechamiento integral de la electrónica en todos los ámbitos de la guerra moderna (Aire, agua, tierra).

876. En el aspecto humano, debe enfatizarse el concepto de que el hombre es el elemento decisivo en toda batalla y, como tal, la calidad de los mandos adquiere importancia fundamental.

La edad del personal bajo servicio militar obligatorio, cuando estuvo bien instruido y conducido, no constituyó, en sí misma, limitación alguna a su capacidad de combatiente.

877. Los largos períodos de paz alteran frecuentemente las pautas y los criterios para la formación y selección del personal de cuadros. De esta forma, en los períodos mencionados, prevalecen las aptitudes intelectuales por sobre las de carácter y espíritu militar. El valor -virtud genérica connatural a la profesión de las armas- resulta difícil de ser percibido y evaluado. De allí surge la necesidad de extremar, con severa prolijidad, la selección y formación de los hombres destinados al ejercicio del mando y la conducción superiores. A su vez, y para tener acceso a ese nivel de autoridad, es imprescindible destacar la importancia que poseen las aptitudes armónicamente acreditadas en el mando efectivo de tropas y unidades de combate, antes que en los trabajos de gabinete.

878. Considerado el conjunto de valores necesarios al militar, la responsabilidad es una de las virtudes superlativas. Su devoción constituye la cualidad más relevante de un comandante, y el hecho de que le corresponda en forma exclusiva, no exime, sin embargo, a los niveles dependientes, del respectivo ejercicio de la suya. Ello obliga, en particular en los niveles de la conducción superior, a exponer y analizar con absoluta lealtad militar aquellas disidencias de fondo que pudieren, eventualmente, afectar las futuras operaciones proyectadas y la suerte de las armas. La independencia de juicio y la honrada y leal franqueza intelectual, constituyen así, una exigencia en las tareas y en las decisiones del Comandante.
 
V Parte - Experiencias y enseñanzas

Capítulo XV - Conclusiones finales

Conclusiones finales

879. Los efectos resultantes del bloqueo total de las Islas por parte de Gran Bretaña, caracterizaron la situación y el desempeño de las fuerzas terrestres propias destacadas en las mismas. Ellos afectaron decisivamente las posibilidades de su adecuado refuerzo, del mantenimiento de su capacidad de desplazamiento y de acción táctica de combate frente al enemigo y, finalmente, limitaron en forma casi total, el transporte de abastecimientos desde el continente hacia las Islas -pese al arduo esfuerzo que significó el mantenimiento del puente aéreo-, imponiendo serias restricciones logísticas que afectaron el poder de combate.

880. Es obvio, que haber pretendido -por ejemplo- convertir a la Isla

Soledad en una fortaleza, defendiéndola en toda la longitud de su perímetro de 1600 Km, habría reclamado una densidad inaceptable de efectivos, más aún por la proximidad de la aviación británica, embarcada y por la abundancia de sus helicópteros de transporte y combate. Todo ello se concretó en una gran libertad de acción para ejercer la iniciativa y actuar ofensivamente dónde, cuándo y cómo más les favorecía. Así, operaron primero sobre San Carlos, luego sobre, Darwin-Pradera del Ganso y, finalmente, sobre Puerto Argentino.

881. La suerte una vez más estuvo del lado de los Batallones más fuertes.

En esa forma, el desenlace de la natural consecuencia de la relación del poder de combate integralmente considerado, lo que también incluye, como es justo expresarlo, la capacidad de los mandos tácticos británicos y el valor y adiestramiento de sus tropas.

882. Existen numerosos actos de valor extraordinario producidos en todas las FF.AA. y FF.SS. en el teatro de la guerra por quienes, sirviendo a su deber, acreditaron la vigencia de nuestras mejores tradiciones castrenses.

883. Debemos estar orgullosos por la hidalguía con que procedieron las armas de la Patria, las que, en momento alguno, infringieron las normas de la guerra incurriendo en acciones reñidas con la ética de las tropas en lucha, tales como atacar a los combatientes, a las naves y aeronaves afectadas a tareas de salvamento.

884. Más allá del resultado del conflicto bélico, nuestras FF.AA. pueden estar satisfechas de su actuación durante la contienda, ya que se enfrentaron a una potencia mundial de primera magnitud, apoyada política y logísticamente por los EE.UU.

885. Si en las condiciones mencionadas nuestras FF.AA. supieron infligir daños fuera de toda proporción a la Fuerza de Tareas Conjunta del Reino Unido, a tal punto que éste se vio obligado a desplegar la mayor parte de sus Fuerzas anfibias, podemos afirmar que han cumplido airosamente con su deber.

886. Las responsabilidades de la conducción superior en los niveles de la política y de la estrategia están ahora establecidos. También ya lo fueron los méritos en campaña y las responsabilidades que pudieron caberle a los mandos tácticos y a los combatientes, en el cumplimiento de sus misiones de combate, logísticas o administrativas.

887. Las circunstancias propias del epílogo de los acontecimientos militares en las Islas, limitaron la posibilidad de una más rápida obtención, reunión, clasificación y análisis de la documentación sobre las distintas acciones.

888. Sólo la perspectiva del tiempo otorgará justa proporción y adecuada distancia a los sucesos y a las conductas. Y ya que, desde ahora, están aseguradas la objetividad y la certeza, tampoco la responsabilidad quedará librada al acaso, rodando imprecisamente, de mano en mano.

889. Desde nuestro aquí y nuestro ahora, esta paz, tan grave y tan costosa, debe ser, necesariamente, noble determinación y también valerosa actitud de orden y de rectos propósitos.

890. Al Reino Unido, vencedor de la contienda, le queda hoy el análisis desapasionado de su conducta durante el conflicto que, más allá de toda consideración sentimental, no se compadece, por sus alternativas, con su ubicación de potencial relevante en nuestro mundo occidental y cristiano.

De este análisis surgirá, y no exclusivamente del hecho intrínsecamente cruel por innecesario, cual fue el hundimiento del Crucero A.R.A. General Belgrano.

Su responsabilidad por este acontecimiento, además de otros de menor cuantía, es insoslayable.

V Parte - Experiencias y enseñanzas


Capítulo XV - Conclusiones finales

Acta de constancia de finalización de las tareas de la Comisión de Análisis y Evaluación de las responsabilidades en el conflicto del Atlántico Sur

En la Ciudad de BUENOS AIRES, sede del CONGRESO DE LA NACIÓN, a los dieciséis días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y tres, la COMISIÓN DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES EN EL CONFLICTO DEL ATLÁNTICO SUR da por finalizada la tarea que le fuese encomendada por la Honorable JUNTA MILITAR, mediante el Acta del día dos de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, procediendo en este acto, a la firma los los ejemplares del INFORME FINAL, según el siguiente detalle:

- Ejemplar 01, con destino a la Junta Militar y ejemplares 05, 06 y 07, con destino al Comando en Jefe del Ejército, Comando en Jefe de la Armada y Comando en Jefe de la Fuerza Aérea respectivamente, son rubricados en todos los folios por cada uno de los integrantes de la Comisión, que a su vez firman al pie de la presente para debida constancia.

- Ejemplares 02, XX, 04, 08, 09 y 10, con destino al señor Teniente General ( ) D, Benjamín Rattenbach, Almirante D. Alberto Pablo VagXXX Brigadier General R D. Carlos Alberto Rey, Vicealmirante (R) Carlos Alberto Boffi, General de División D. Tmas Armando Sanchez de Bustamante y Brigadier Mayor D. Francisco Cabrera respectivamente, llevan la firma de todos los integrantes de la COMISIÓN al final de cada uno de los quince capítulos que integran el Informe Final.

Para debida constancia de la finalización de la tarea encomendada y de firma de los ejemplares del Informe Final, de acuerdo a lo expresado precedentemente, los señores integrantes de la Comisión firman de conformidad al pie de la presente.


CARLOS ALBERTO REY
Brigadier General

BENJAMÍN RATTENBACH
Teniente General

ALBERTO PABLO VAGO
Almirante

JORGE ALBERTO BOFFI
Vicealmirante

TOMAS SANCHEZ DE BUSTAMANTE
General de División

FRANCISCO CABRERA
Brigadier Mayor
 
Estimados: El Informe (versión no oficial) apareció publicado en tres ocasiones en sendos libros (uno con prólogo de Bayer, si mal no recuerdo), sumando la publicación por tandas de Siete Días apenas confeccionado el informe.

Técnicamente, es la acusación que se utilizó en el proceso ante el tribunal del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, que dictó sentencia, luego apelada ante la Cámara en lo Penal Federal.

Para ser objetivos y rigurosos históricamente, debieran publicarse también las sentencias mencionadas. Si no, nos quedamos solo con la acusación pero no con el resultado final.

Saludos,

Alejandro
 

Jorge II

Serpiente Negra.
Cuando fué a declarar el General Rattenbach y pidió la publicación original y descubrió que estaba adulterada y esa publicación es la que salió a la luz publica.
 
Pregunto, a esta altura, ¿cuantos quedan vivos de los que tomaron las maximas decisiones, y de los generales que comandaban a las tropas en las islas?
 
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