Ahora si,a ver si se pasea alguna aeronave sin plan de vuelo por espacio aéreo del Perú
Perú regula su espacio aéreo para optimizar la interceptación de aeronaves
http://www.x.com/archivo/images/Peru_ADIZ_Abr2016_FuerzaAereaPeru.jpg
El Gobierno del Perú ha procedido a regular la denominada
Zona de Identificación Aérea, ADIZ Perú, en la que se establecen procedimientos específicos para la identificación y monitoreo del flujo de aeronaves que ingresa al espacio aéreo del país andino.
La regulación se enmarca en la
Ley de Control, Vigilancia y Defensa del Espacio Aéreo Nacional (Ley Nº 30339), aprobada en agosto de 2015 para la interceptación de aeronaves presumiblemente involucradas en el tráfico ilícito de drogas.
ADIZ Perú es una porción del espacio aéreo peruano de dimensiones definidas, dentro de la cual se exige la pronta identificación, ubicación y control de aeronaves. Fue creada el 9 de octubre de 1991 y los ministerios de
Defensa,
Relaciones Exteriores, y
Transportes y Comunicaciones han considerado necesario actualizar la definición y dimensiones de esta zona especial de monitoreo aeroespacial.
La zona está enmarcada por el norte desde las coordenadas 3° 17’ 05.19” S y 78° 06’ 44.915” W, siguiendo el contorno de las fronteras terrestres con Colombia, Brasil y Bolivia hasta un punto en el sur de coordenadas 16° 33’ 55.03” S y 69° 02’ 18.34” W, desde este punto en línea recta hacia el norte, pasando por los puntos de coordenadas 13° 30’ S y 75° 00’ W, 11° 13’ S y 76° 00’ W, 05° 30’ S y 78° 00’ W hasta alcanzar el punto inicial.
Procedimientos
Todas las aeronaves que transiten en el área indicada deben mantener permanentemente encendido su transpondedor o aplicar el código (Modo A/C) 2000 si no ha recibido código transpondedor o código 1200 si es bajo las reglas de vuelo VFR; presentar el plan de vuelo incluyendo todos los puntos de aterrizaje previstos en la ruta ante la autoridad de aviación civil correspondiente y, de no haberla en el aeropuerto o aeródromo, remitir el plan de vuelo vía fax, por teléfono antes de iniciar vuelo y por radio durante el vuelo; establecer comunicación con las autoridades en frecuencias establecidas y, en caso de activación de Zonas Prohibidas o Restringidas, tener permiso de las autoridades para sobrevolarlas en caso sea ello necesario.
Las aeronaves que ingresen a la ADIZ Perú desde Colombia deberán comunicarse en frecuencias establecidas del
Centro de Control de Área Lima (Lima Radio) o, de no lograr contacto, comunicarse con la torre de control del Aeropuerto Internacional de Iquitos para las coordinaciones correspondientes.
Las aeronaves provenientes de Brasil deberán comunicarse con Lima Radio o en su defecto con las Torres de Control de los Aeropuertos Internacionales de Iquitos o Pucallpa, dependiendo de la zona de acceso al espacio aéreo peruano y la ruta a seguir.
Desde Bolivia las aeronaves deben comunicarse con Lima Radio o con las Torres de Control de los Aeropuertos Internacionales de Juliaca o Puerto Maldonado.
La
Fuerza Aérea del Perú (
FAP) es la autoridad controladora de la ADIZ Perú y aquellas aeronaves que no cumplan con las disposiciones establecidas para la zona serán interceptadas por aviones militares de la FAP, en conformidad con el marco legal vigente.
El
Ejército del Perú, la
Marina de Guerra del Perú, la
Policía Nacional del Perú, la
Dirección General de Aeronáutica Civil (
DGAC) y la
Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (
Corpac) deberán suministrar a la FAP la información necesaria para el control efectivo de la ADIZ Perú.
Foto: Fuerza Aérea del Perú
http://www.x.com/latam/2016/04/08/n...-aerea-optimizar-monitoreo-espacio-aereo.html
saludos!!! ENIGMA