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Policías: PFA - PSA
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<blockquote data-quote="Artrech" data-source="post: 3627054" data-attributes="member: 41"><p>Si, leí la legislación y justamente dice:</p><p></p><p>Respecto a GNA:</p><p></p><p>Funciones:</p><p style="text-align: justify">a) Policía de seguridad y judicial en el fuero federal.</p> <p style="text-align: justify">b) Policía auxiliar aduanera, de migraciones y sanitaria, donde haya autoridad establecida por las respectivas administraciones y dentro de las horas habilitadas por ellas.</p> <p style="text-align: justify">c) Policía de prevención y represión del contrabando, migraciones clandestinas e infracciones sanitarias en los lugares no comprendidos en el inciso anterior, como así también en éstos, fuera del horario habilitado por las respectivas administraciones.</p> <p style="text-align: justify">d) Ejercer por delegación, mediante acuerdo, funciones inherentes a los organismos aduaneros, de migración y sanitarios en los lugares que en cada caso se establezca.</p> <p style="text-align: justify">e) Policía de prevención y represión de infracciones que le determinen leyes y decretos especiales.</p> <p style="text-align: justify">f) Policía en materia forestal de conformidad con lo que determinen leyes, reglamentaciones y convenios pertinentes.</p> <p style="text-align: justify">g) Policía de prevención y de represión de infracciones a normas especiales que determine el Comando Militar establecido, cuando se la afecte a la vigilancia de fronteras, protección de objetivos y otras actividades afines con sus capacidades.</p> <p style="text-align: justify">h) Policía de seguridad de la navegación en los lagos, ríos y demás cursos de agua, cuando dicha función sea delegada por el Comando en Jefe de la Armada al comandante en jefe del Ejército. El ejercicio de esa delegación no incluirá lo relativo a habilitación de personal y material.</p> <p style="text-align: justify"><strong>i) Intervenir para reprimir la alteración del orden público, o cuando éste se vea subvertido, o cuya magnitud sobrepase las posibilidades de control de las fuerzas policiales, o cuando adquiera las características de guerrilla, en cualesquiera de sus formas.</strong></p> <p style="text-align: justify">Esta función será ejercida por disposición del Poder Ejecutivo Nacional.</p> <p style="text-align: justify">j) Toda otra función que se le asigne conforme a su misión y capacidades.</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Jurisdicción:</p> <p style="text-align: justify">a) En las zonas de seguridad de frontera terrestre, incluso los cursos de agua fronterizos con las excepciones que correspondan de acuerdo con el artículo 9° de la Ley 18.711.</p> <p style="text-align: justify">En razón de su función de policía de seguridad en la vigilancia de frontera, en los casos en que la ley pertinente fije un ancho inferior a cincuenta (50) kilómetros para el sector fronterizo fluvial, e inferior a cien (100) kilómetros para el sector fronterizo terrestre, la jurisdicción territorial de Gendarmería Nacional abarcará respectivamente, a lo largo de la frontera, una faja con las profundidades mencionadas precedentemente.</p> <p style="text-align: justify">b) En los túneles y puentes internacionales.</p> <p style="text-align: justify">c)<strong> En cualquier otro lugar del territorio de la Nación, cuando ello sea dispuesto por el Poder Ejecutivo con vista al mantenimiento del orden y la tranquilidad pública o para satisfacer un interés de seguridad nacional.</strong></p> <p style="text-align: justify">d) En cualquier otro lugar del país a requerimiento de la Justicia Federal.</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Respecto a la PFA</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Funciones:</p> <p style="text-align: justify">Artículo 3º. -<strong> Son funciones de la Policía Federal</strong>:</p> <p style="text-align: justify">1. - Prevenir los delitos de la competencia de los jueces de la Nación:</p> <p style="text-align: justify">2. - Averiguar los delitos de la competencia de los jueces de la Nación, practicar las diligencias para asegurar su prueba, descubrir a los autores y partícipes, entregándolos a la Justicia, con los deberes y atribuciones que a la policía confiere el Código de Procedimientos en lo Criminal:</p> <p style="text-align: justify">3. - Proveer a la seguridad de las personas o cosas de la Nación, entendiéndose por tales, los funcionarios, empleados y bienes nacionales;</p> <p style="text-align: justify">4. - Concurrir a la vigilancia y seguridad policiales en las fronteras nacionales;</p> <p style="text-align: justify">5. - Cooperar con las autoridades militares en la defensa antiaérea pasiva;</p> <p style="text-align: justify">6. - Cooperar dentro de sus posibilidades con las justicias nacional, militar y provinciales para el mejor cumplimiento de la función jurisdiccional, cuando así se le solicitare.</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Artículo 4º. -<strong> En la Capital Federal</strong> son funciones de la Policía Federal sin perjuicio de las contenidas en el Artículo 3, las siguientes</p> <p style="text-align: justify">1. - <strong>Velar por el mantenimiento del orden público y de las buenas costumbres garantizando la tranquilidad de la población y reprimir el juego ilícito, todo ello de acuerdo con las leyes, reglamentos y edictos respectivos;</strong></p> <p style="text-align: justify">2. - Colaborar en la protección de los menores e incapaces en la forma que las leyes, reglamentos y edictos establezcan;</p> <p style="text-align: justify">3. - Recoger las cosas perdidas y proceder con ellas de acuerdo con las prescripciones del Código Civil;</p> <p style="text-align: justify">4. - Asegurar los bienes dejados por desaparición, demencia o fallecimiento del propietario, sin derechohabientes conocidos, dando inmediata intervención a la Justicia.</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify">Jurisdicción:</p> <p style="text-align: justify">Artículo 1º. - La policía Federal cumple funciones de Policía de Seguridad y Judicial en el territorio de las Provincias y Capital de la Nación, dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación</p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify"></p> <p style="text-align: justify"></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Artrech, post: 3627054, member: 41"] Si, leí la legislación y justamente dice: Respecto a GNA: Funciones: [JUSTIFY]a) Policía de seguridad y judicial en el fuero federal. b) Policía auxiliar aduanera, de migraciones y sanitaria, donde haya autoridad establecida por las respectivas administraciones y dentro de las horas habilitadas por ellas. c) Policía de prevención y represión del contrabando, migraciones clandestinas e infracciones sanitarias en los lugares no comprendidos en el inciso anterior, como así también en éstos, fuera del horario habilitado por las respectivas administraciones. d) Ejercer por delegación, mediante acuerdo, funciones inherentes a los organismos aduaneros, de migración y sanitarios en los lugares que en cada caso se establezca. e) Policía de prevención y represión de infracciones que le determinen leyes y decretos especiales. f) Policía en materia forestal de conformidad con lo que determinen leyes, reglamentaciones y convenios pertinentes. g) Policía de prevención y de represión de infracciones a normas especiales que determine el Comando Militar establecido, cuando se la afecte a la vigilancia de fronteras, protección de objetivos y otras actividades afines con sus capacidades. h) Policía de seguridad de la navegación en los lagos, ríos y demás cursos de agua, cuando dicha función sea delegada por el Comando en Jefe de la Armada al comandante en jefe del Ejército. El ejercicio de esa delegación no incluirá lo relativo a habilitación de personal y material. [B]i) Intervenir para reprimir la alteración del orden público, o cuando éste se vea subvertido, o cuya magnitud sobrepase las posibilidades de control de las fuerzas policiales, o cuando adquiera las características de guerrilla, en cualesquiera de sus formas.[/B] Esta función será ejercida por disposición del Poder Ejecutivo Nacional. j) Toda otra función que se le asigne conforme a su misión y capacidades. Jurisdicción: a) En las zonas de seguridad de frontera terrestre, incluso los cursos de agua fronterizos con las excepciones que correspondan de acuerdo con el artículo 9° de la Ley 18.711. En razón de su función de policía de seguridad en la vigilancia de frontera, en los casos en que la ley pertinente fije un ancho inferior a cincuenta (50) kilómetros para el sector fronterizo fluvial, e inferior a cien (100) kilómetros para el sector fronterizo terrestre, la jurisdicción territorial de Gendarmería Nacional abarcará respectivamente, a lo largo de la frontera, una faja con las profundidades mencionadas precedentemente. b) En los túneles y puentes internacionales. c)[B] En cualquier otro lugar del territorio de la Nación, cuando ello sea dispuesto por el Poder Ejecutivo con vista al mantenimiento del orden y la tranquilidad pública o para satisfacer un interés de seguridad nacional.[/B] d) En cualquier otro lugar del país a requerimiento de la Justicia Federal. Respecto a la PFA Funciones: Artículo 3º. -[B] Son funciones de la Policía Federal[/B]: 1. - Prevenir los delitos de la competencia de los jueces de la Nación: 2. - Averiguar los delitos de la competencia de los jueces de la Nación, practicar las diligencias para asegurar su prueba, descubrir a los autores y partícipes, entregándolos a la Justicia, con los deberes y atribuciones que a la policía confiere el Código de Procedimientos en lo Criminal: 3. - Proveer a la seguridad de las personas o cosas de la Nación, entendiéndose por tales, los funcionarios, empleados y bienes nacionales; 4. - Concurrir a la vigilancia y seguridad policiales en las fronteras nacionales; 5. - Cooperar con las autoridades militares en la defensa antiaérea pasiva; 6. - Cooperar dentro de sus posibilidades con las justicias nacional, militar y provinciales para el mejor cumplimiento de la función jurisdiccional, cuando así se le solicitare. Artículo 4º. -[B] En la Capital Federal[/B] son funciones de la Policía Federal sin perjuicio de las contenidas en el Artículo 3, las siguientes 1. - [B]Velar por el mantenimiento del orden público y de las buenas costumbres garantizando la tranquilidad de la población y reprimir el juego ilícito, todo ello de acuerdo con las leyes, reglamentos y edictos respectivos;[/B] 2. - Colaborar en la protección de los menores e incapaces en la forma que las leyes, reglamentos y edictos establezcan; 3. - Recoger las cosas perdidas y proceder con ellas de acuerdo con las prescripciones del Código Civil; 4. - Asegurar los bienes dejados por desaparición, demencia o fallecimiento del propietario, sin derechohabientes conocidos, dando inmediata intervención a la Justicia. Jurisdicción: Artículo 1º. - La policía Federal cumple funciones de Policía de Seguridad y Judicial en el territorio de las Provincias y Capital de la Nación, dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación [/JUSTIFY] [/QUOTE]
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