Torturas en Islas Malvinas

rodrigocarra

RED OBSERVADORES DEL AIRE
la justicia entiende la declaración de testigos como elemento firme que puede llevar a una condena , sea por este tema o por cualquier causa penal
Me hizo recordar estimado profesor un programa que vi anoche de los testigos presentados en el juicio de Maria Antonieta, en la revolución francesa que tanto gusta a abogados.

No es este el caso claro, pero demuestra que se puede condenar a muerte a una persona totalmente inocente, con un juicio político y testigos políticos. Que la justicia puede servir a la política y dejar de ser justicia y que eso es a lo que debemos estar atentos como ciudadanos...
Un abrazo
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
Me hizo recordar estimado profesor un programa que vi anoche de los testigos presentados en el juicio de Maria Antonieta, en la revolución francesa que tanto gusta a abogados.

No es este el caso claro, pero demuestra que se puede condenar a muerte a una persona totalmente inocente, con un juicio político y testigos políticos. Que la justicia puede servir a la política y dejar de ser justicia y que eso es a lo que debemos estar atentos como ciudadanos...
Un abrazo
No te entiendo Rodrigo. Esto no tiene nada que ver con el fondo de la cuestión. Es un tema técnico que invalida la continuidad por prescripción al cambiar la valoración de lo denunciado y dejar de considerarlo de lesa humanidad.
En esa línea los delitos, casi todos estarían prescritos y eso haría caer las causas. No la falta de méritos.
Entiendo que una de ellas tiene involucrado un homicidio así que esa no debería prescribir.
Igualmente para tristeza de muchos falta la decisión del más alto tribunal de la Nación . Yo, para citar una frase de otro personaje tristemente célebre diría” no hay que contar la piel del oso antes de haberlo cazado”.
 

rodrigocarra

RED OBSERVADORES DEL AIRE
No te entiendo Rodrigo. Esto no tiene nada que ver con el fondo de la cuestión. Es un tema técnico que invalida la continuidad por prescripción al cambiar la valoración de lo denunciado y dejar de considerarlo de lesa humanidad.
En esa línea los delitos, casi todos estarían prescritos y eso haría caer las causas. No la falta de méritos.
Entiendo que una de ellas tiene involucrado un homicidio así que esa no debería prescribir.
Igualmente para tristeza de muchos falta la decisión del más alto tribunal de la Nación . Yo, para citar una frase de otro personaje tristemente célebre diría” no hay que contar la piel del oso antes de haberlo cazado”.
Puede que los últimos acontecimientos de mi país me politizaran Don Thunder.
La política se me ha pegado como alquitrán. Ya no dejo de cuestionar todo en base a esta.
Y Malvinas tampoco escapa a mi paranoia política. Tampoco he revisado los casos con detención.
Y no es que me sienta parte de la defensa, pero siento que muchos podrían verlo como una ventaja política.
Delito es delito al fin. No puedo estar yo en que no se aplique castigo. Mientras sea Justo.
 

Herr Professor

forista tempera-mental
Colaborador

Por estos días el expediente referido a las torturas en Malvinas llegó a la Corte Suprema. Por fin revisará un fallo propio y definirá si las torturas a soldados son o no delitos de lesa humanidad, que no prescriben.
 

berraondo

Veterano Guerra de Malvinas
https://realidadsm.com/2021/11/01/p...ado-por-torturas-y-delitos-de-lesa-humanidad/
 

A la espera de que se pronuncie la Corte Suprema​

Torturas en Malvinas: excombatientes reclamaron a la ONU por el freno de la causa​


 

Malvinas y derechos humanos​

26 de Junio

La Cámara Federal de Casación Penal, mediante los votos de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, volvió a ratificar, en saludable fallo (“G.M.A. y otros”), la improcedencia de las denuncias realizadas por organismos de derechos humanos y presuntas víctimas de supuestas torturas y maltratos proferidos por personal superior de las Fuerzas Armadas a soldados conscriptos que participaron en la Guerra de las Malvinas. Según la sentencia, además, tales hechos se encuentran prescriptos.

Con base en los precedentes “Taranto”, “Ferrante” y otros de ese mismo tribunal, se especificó que tales actos carecen del requisito de ser cometidos en el contexto de un ataque sistemático y generalizado hacia la población civil, condición exigida por el Estatuto de Roma para considerarlos delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles. La coincidencia temporal con otros delitos perpetrados por el gobierno de facto de entonces, calificados como de lesa humanidad, no puede permitir la equiparación ni la agrupación de unos actos con otros, como pretendían los denunciantes. Una solución en contrario podría conducir –según señaló la Cámara– “a resultados jurídicos de manifiesta arbitrariedad, llevando a considerar crímenes de tal entidad a delitos aislados por la sola circunstancia de haber sido cometidos por personal o autoridad de alguna fuerza y durante la última dictadura”.

Este nuevo fallo y sus precedentes introducen un dato de singular importancia: destacan no solo que los delitos se encuentran prescriptos, sino que fueron denunciados en el año 2006, a 24 años de la contienda armada. La injustificada dilación, según el tribunal, provoca la violación de la garantía de que goza todo ciudadano que es denunciado a ser juzgado en un plazo razonable. Esa garantía, también llamada derecho “a la justicia pronta”, se encuentra reconocida en el propio Estatuto de Roma y ha sido consagrada por nuestra Corte Suprema de Justicia en forma reiterada e invariable desde 1968 (casos “Mattei”, “Bramajo”, “Firmenich” y muchos otros) hasta la fecha; es decir, mucho antes de que la República convirtiera en ley los tratados internacionales de derechos humanos que también la contemplan.

Preocupa que el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de Justicia, tanto de la Nación como de la provincia de Buenos Aires, alienten y propicien sanciones a oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas que actuaron en el conflicto austral por actos que, como puso de manifiesto oportunamente la jueza de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, Hebe Corchuelo de Huberman, respondieron en todos los casos a la propia iniciativa de los superiores como respuesta sancionatoria a la comisión de faltas de las supuestas víctimas, coligiéndose de ello la inexistencia de un plan preorganizado.

La insistencia en estas acciones judiciales contra militares de todas las jerarquías con procedimientos que no respetan la ley, la igualdad de todos los ciudadanos ante ella, y la citada garantía de ser juzgado en un plazo razonable, es producto de una política basada en el odio ideológico y la discriminación, que ha provocado y provoca que el Estado argentino litigue con sus estructuras contra sí mismo, provocando ingentes indemnizaciones cuya escandalosa generación y administración ya ha sido materia de graves denuncias penales en trámite.

 
Impunidad para los responsables de los casos de tortura contra nuestros soldados. El fallo no niega torturas, sino que no acepta la condición de esos crímenes como de lesa humanidad(que no prescriben) y asi los acusados no poder ser juzgados. Seguro que esto no termina acá y sigue.
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
Yo no llevo la ropa al laverap!
La lavo en casa! Pero no mezclo la ropa sucia con la limpia porque si no, después parece que todo el canasto está sucio.
Entonces viene mi señora y lava toda junta.
Perdón por la analogía. Pero no parece difícil de entender !!!!!
 
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