Relaciones Chile - Perú

Iconoclasta, Por que pones en duda lo afirmado. Chile para bie no para mal ha cumplido con aceptar los fallos incluso cuando no le son favorables. Creo que la sociedad Chilena no ha cambiado para no aceptar un fallo, nosotros no somos los que inventamos casos para ir a la Haya o andamos declarando nulos tratados firmados hace ya mas de un siglo.
 

Iconoclasta

Colaborador
Iconoclasta, Por que pones en duda lo afirmado. Chile para bie no para mal ha cumplido con aceptar los fallos incluso cuando no le son favorables. Creo que la sociedad Chilena no ha cambiado para no aceptar un fallo, nosotros no somos los que inventamos casos para ir a la Haya o andamos declarando nulos tratados firmados hace ya mas de un siglo.

Me parece que hay cola de paja, yo hable de ambos paises.
 
se sabe la fecha estimada del veredicto?

No antes de mediados fines del 2013, y quizás después. Entiendo que Chile no alegó incompetencia del tribunal por existir tratado como excepción previa, pero sí lo hizo al contestar derechamente la demanda (puedo estar equivocado). De ser así, podría darse el caso que el Tribunal la acoja sin pronunciarse sobre el fondo del asunto, lo que adelantaría el fallo. En todo caso, no creo que esto suceda y lo probable es que se pronuncie sobre el fondo de la cuestión, que también incluye la defensa de Chile de que los límites marítimos están acordados en tratados.

Saludos
 

Iconoclasta

Colaborador
Lo que tiene mas a favor, Chile, es que ejercio soberania ininterrumpida.

Los acuerdos, tratados y todo eso, después del fallo de Colombia, quedaron medio en el aire.
 
Lo que tiene mas a favor, Chile, es que ejercio soberania ininterrumpida.

Los acuerdos, tratados y todo eso, después del fallo de Colombia, quedaron medio en el aire.

Buenas

No estoy de acuerdo con lo que dice
Colombia tenía soberanía sobre el archipiélago y se le confirmó esta.
No había tratado sobre delimitación marítima y la corte resolvió de acuerdo a las convenciones actuales
¡Que a Colombia no le haya gustado esa resolución, es otro tema!

En lo de Chile-Perú
Chile dice que hay delimitación acordada
Perú dice que no hay tal delimitación

¡Eso es lo que deberá resolver la CIJ!

Saludos
 

Iconoclasta

Colaborador
Buenas

No estoy de acuerdo con lo que dice
Colombia tenía soberanía sobre el archipiélago y se le confirmó esta.
No había tratado sobre delimitación marítima y la corte resolvió de acuerdo a las convenciones actuales
¡Que a Colombia no le haya gustado esa resolución, es otro tema!

En lo de Chile-Perú
Chile dice que hay delimitación acordada
Perú dice que no hay tal delimitación

¡Eso es lo que deberá resolver la CIJ!

Saludos

Colombia creo que decia que tenia delimitación y acuerdo maritimo sobre limites
 

Iconoclasta

Colaborador
Yo tengo entendido que sobre lo marítimo , ni una linea.
Saludos

Canciller peruano dice que debemos estar optimistas
El canciller peruano, José Antonio García Belaunde, se pronunció sobre el fallo de La Haya al considerar que este "es coherente con el anterior, en el caso Nicaragua- Honduras, porque lo que está diciendo la corte claramente es que no se puede interpretar un acuerdo, haciéndolo un acuerdo de límites. Señala que un acuerdo de delimitación marítima tiene que estar expresamente manifestado como tal y debe buscar la voluntad de las partes, que eso es lo que están haciendo, un acuerdo de límites marítimos".


Añadió que esta decisión va en la línea de lo que ha venido sosteniendo el Perú con respecto al diferendo con Chile, en el sentido de que los acuerdos de 1952 y 1954 son de facilitación pesquera, pero que no existe un tratado de límites marítimos entre ambos países.

En el asunto marítimo, en cambio, la corte ha afirmado su competencia para establecer la delimitación correspondiente y resolver otros asuntos vinculados de acuerdo con el artículo 31 del Pacto de Bogotá, que establece la jurisdicción obligatoria de la corte para casos en los que exista controversia. La jurisprudencia al respecto queda, por tanto, reforzada para los casos en que no haya un tratado de delimitación y en que exista una controversia como en el caso peruano-chileno.
 
Yo tengo entendido que sobre lo marítimo , ni una linea.
Saludos

Parece que ese era el asunto. Es decir, existía tratado entre Nicaragua y Colombia sobre islas y cayos, pero nada sobre límites marítimos. Colombia había señalado desde los años 60 que el paralelo 82 era su límite maritimo, pero nunca hubo tratado sobre esto, la actitud de Colombia fue algo vacilante también sobre esto, y tampoco fue aceptado por Nicaragua (ver nota adjunta). Es decir, en lo marítimo nunca hubo tratados o convenios.

Colombia pretendía no sólo mar territorial (12 MN) hacia el oeste a partir de sus islas y cayos, sino que también ZEE y plataforma continental. En la nota adjunta se dice por el abogado de Colombia (el mismo de Chile) que para los derechos en el mar “la delimitación debería efectuarse, por ende, entre el archipiélago y la costa e islas de Nicaragua, en lugar de entre las costas continentales de las partes como sostiene Nicaragua”. Esto porque pretendían que el dominio de islas y cayos les otorgaba ese derecho según el derecho marítimo moderno. La CIJ sólo concedió el mar territorial a las islas y cayos colombianos, otorgando ZEE y plataforma continental a Nicaragua.

Revisando el mapa, de haberse concedido todo lo pedido por Colombia, su proyección hacia el oeste "encerraba" a Nicaragua. Ante falta de tratados o convenios sobre límites marítimos entre las partes, el fallo de la CIJ parece conciderar que la proyección que pudiesen conferir islas menores y cayos no puede equivaler a la proyección continental. Ignoro si esto es razón de derecho o de justicia.

El link
http://www.elnuevodiario.com.ni/politica/260832

Saludos
 
Canciller peruano dice que debemos estar optimistas
El canciller peruano, José Antonio García Belaunde, se pronunció sobre el fallo de La Haya al considerar que este "es coherente con el anterior, en el caso Nicaragua- Honduras, porque lo que está diciendo la corte claramente es que no se puede interpretar un acuerdo, haciéndolo un acuerdo de límites. Señala que un acuerdo de delimitación marítima tiene que estar expresamente manifestado como tal y debe buscar la voluntad de las partes, que eso es lo que están haciendo, un acuerdo de límites marítimos".


Añadió que esta decisión va en la línea de lo que ha venido sosteniendo el Perú con respecto al diferendo con Chile, en el sentido de que los acuerdos de 1952 y 1954 son de facilitación pesquera, pero que no existe un tratado de límites marítimos entre ambos países.

En el asunto marítimo, en cambio, la corte ha afirmado su competencia para establecer la delimitación correspondiente y resolver otros asuntos vinculados de acuerdo con el artículo 31 del Pacto de Bogotá, que establece la jurisdicción obligatoria de la corte para casos en los que exista controversia. La jurisprudencia al respecto queda, por tanto, reforzada para los casos en que no haya un tratado de delimitación y en que exista una controversia como en el caso peruano-chileno.
Buenas

Es que ahí está el quid del asunto Chile-Perú
Lo que plantea el canciller peruano, de interpretar acuerdos, de expresar manifiestamente,de la voluntad de las partes y de facilitación pesquera, para Chile son acuerdos explícitos, con la voluntad de las partes, de expresión manifiesta y no de facilitación pesquera.(Le cuento que el acuerdo de 1952, no cita en ninguna parte del documento la pesca, los pesqueros ni a los pescados siquiera)
Eso es lo que deberá dirimir la CIJ

saludos
 
Perú reclamó frontera equidistante a Chile



Los jueces de la Corte Internacional de Justicia de la ONU, en La Haya, escuchan las alegaciones en las audiencias que comenzaron en 3 de diciembre, para resolver una antigua disputa fronteriza marítima entre Peru y Chile. (Foto: AFP/ANP/Bas Czerwinski)


El Peru pidió a la Corte Internacional de Justicia, en 3 de diciembre, una “solución equitativa” para el trazado de la frontera marítima con Chile en el Océano Pacífico, a través de una línea equidistante al litoral.

“La causa del Peru se basa en el hecho de la delimitación nunca haber sido fijada, alegando que en la ausencia de esa delimitación, la misma deberá ser determinada pela Corte”, dijo en La Haya el representante y ex-canciller del Peru, Allan Wagner, al reclamar una “solución equitativa” para los dos países.

En una sesión solemne donde algunos magistrados ostentaram peruca y otros arminhos, Allan dio inicio a las alegaciones verbales del Peru, que continuaron el día 4 de diciembre en la misma sala adyacente al Palacio de la Paz, cerrado temporalmente para reforma.

Los días 6 y 7 de diciembre, cabrá a Chile presentar sus alegaciones, antes de una segunda ronda de argumentos de cada país, a partir de 10 de diciembre.

La CIJ procederá enseguida a la determinación de la frontera entre los dos países, en fecha aún no establecida.

El Peru presentó un documento de 302 páginas con mapas y anexos que detallan sus argumentos y explica que “el punto de partida del análisis es el principio axiomático de que el Peru tiene derecho a una zona de 200 millas náuticas”.

El juicio despertó más atención después de una sentencia proferida el mes pasado por el mismo tribunal, sobre un conflicto en la frontera marítima entre a Nicaragua y Colombia, después de la cual Bogotá anunció su salida de la jurisdicción de la CIJ por considerarla injusta.

Chile estima, en resumo, que el límite haya sido establecido por dos acuerdos firmados en 1952 y 1954, que demarcaram la frontera actualmente vigente y respetada por ambos países, especialmente en relación a la pesca.

El Peru cuestiona que la línea de proyección hasta el Pacífico sea trazada con base en un paralelo y no sobre una línea equidistante, mediana, más perpendicular a la costa, como preconiza desde 1982 la Convención del Mar de la ONU.

Para algunos historiadores, la disputa es un último resquício de la Guerra del Pacífico trabada por Chile, Peru y Bolivia entre 1879 y 1883, después de la cual los chilenos extendieron su territorio norte en casi 400 kilómetros de litoral y 8 mil kilómetros cuadrados terrestres, anexionando provincias anteriormente peruanas y bolivianas.
 
No se si vieron los alegatos chilenos que se iniciaron hoy, lo medular fue explicar porque los tratados del 52 y 54 son tratados de limites e hicieron una exposición de leyes internas peruanas que fijan el paralelo como limite marítimo, así como la existencia de una isla peruana y una chilena en la frontera, fue bastante contundente la exposición.

Una nota aparte, el abogado por la parte chilena Crawford alego que Perú presento pruebas adulteradas, mostró un acta que presento Peru y la misma chilena, en la peruana faltaba los timbres de la cancillería peruana y la embajada chilena en Perú asi como una frase completa en la parte inferior que si la tenia el acta chilena, otra prueba que presento como adulteracion de prueba fue el tratado de 1954 que en la memoria peruana falta la frase que hace mención al limite marítimo que como lo expuso en el alegato la chilena si la tiene, con todo esto hace pensar en MALA FE del Perú.

Aca la parte que omitieron los peruanos en una minuta de 1954, la izquierda la peruana y la de la derecha es la chilena.

 
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