boletin oficial de hoy
MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 107/2013
Apruébase Contrato de Prestación de Servicios de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves Pampa de la Fuerza Aérea Argentina.
Bs. As., 27/12/2013
VISTO el Expediente N° 24157/12 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, las Leyes N° 23.696, N° 24.045 y N° 26.501, los Decretos N° 899 del 8 de mayo de 1991, “S” N° 2221 del 15 de diciembre de 1994, “S” N° 628 del 14 de abril de 2008, la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 1548 del 12 de diciembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Capítulo II de la Ley N° 23.696, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante el Decreto N° 899/91 declaró “sujeta a privatización” a la Hacienda Productiva AREA DE MATERIAL CORDOBA, medida que fue ratificada por la Ley N° 24.045. Que mediante el Decreto “S” N° 2221/94 se aprueba el Contrato de Concesión del AREA DE MATERIAL CORDOBA, suscripto entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la empresa LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA S.A., antes denominada LOCKHEED AIRCRAFT S.A., por el que se le otorgan en concesión a esta última las instalaciones de la EX - AREA DE MATERIAL CORDOBA por un término inicial de VEINTICINCO (25) años, con opción a extenderse por DOS (2) períodos consecutivos de DIEZ (10) años cada uno. Que el mencionado Decreto “S” N° 628/08 aprobó el Contrato de Transición de la Concesión para la eventual transferencia de las acciones de la empresa LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA S.A. (Contrato 07). Que la Ley N° 26.501 autorizó al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE DEFENSA, a ejercer la opción de compra de las acciones de LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA S.A. en los términos del Contrato 07 suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA, LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA S.A., LOCKHEED MARTIN AERONAUTICS SERVICE INTERNATIONAL y ALBERTO OSVALDO BUTHET, de fecha 23 de octubre de 2007, y su addenda de fecha 27 de noviembre de 2008. Que con fecha 17 de diciembre de 2009 se suscribió el Acuerdo Definitivo entre la REPUBLICA ARGENTINA, LOCKHEED MARTIN AERONAUTICS SERVICE INTERNATIONAL, ALBERTO OSVALDO BUTHET y LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA S.A. para la correspondiente transferencia de acciones. Que la nueva denominación social es FABRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTIN” S.A. (FAdeA). Que la Resolución MD N° 1548/12 aprobó el Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves PAMPA de la FUERZA AEREA ARGENTINA (Contrato PAMPA III y PAMPA GT) cuyo plazo de vigencia es de SESENTA (60) meses, a suscribirse entre el citado Ministerio y la FABRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTIN” S.A. (FAdeA). Que a fin de asegurar la continuidad del mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AEREA ARGENTINA se suscribió con fecha 14 de diciembre de 2012 UN (1) nuevo Contrato de Prestación de Servicios de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves PAMPA de la FUERZA AEREA ARGENTINA (Contrato PAMPA III y PAMPA GT) con vigencia desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2017, ad referéndum de la aprobación de la autoridad competente. Que razones de índole técnica y operativa determinaron la suscripción de una Enmienda al mencionado Contrato. Que el citado Contrato y su Enmienda cumplen con el señalado servicio de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves PAMPA y responden a razones de defensa y seguridad de la REPUBLICA ARGENTINA a fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional. Que, por las razones expuestas, resulta pertinente la aprobación de dicho Contrato y su Enmienda por parte de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que por Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 1548/12 se calificó a los ANEXOS II a VIII del Contrato de Prestación de Servicios de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves PAMPA de la FUERZA AEREA ARGENTINA (Contrato PAMPA III y PAMPA GT), que resultan de carácter estrictamente técnico, como SECRETO MILITAR, en los términos del Decreto N° 9390 del 11 de octubre de 1963, correspondiendo dicha calificación aplicable a los mismos Anexos de la referida Enmienda. Que la referida calificación deberá ser tenida en cuenta a la hora de publicar los referidos Anexos en el BOLETIN OFICIAL y en la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA, ha tomado la intervención que le corresponde. Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 14, inciso c), del Anexo al Decreto N° 893 del 7 de junio de 2012, y el artículo 35, inciso b), del Anexo al Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, ambos sustituidos por el Decreto N° 1039 del 29 de julio de 2013. Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase el Contrato de Prestación de Servicios de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves PAMPA de la FUERZA AEREA ARGENTINA (Contrato PAMPA III y PAMPA GT) con sus VEINTIDOS (22) Anexos, suscripto entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la FABRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTIN SA” con fecha 14 de diciembre de 2012, y su Enmienda con sus VEINTIDOS (22) Anexos, suscripta entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la FABRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTIN SA” con fecha 13 de noviembre de 2013, que como Anexos I y II, en copia autenticada, forman parte integrante de la presente.
Art. 2° — Conforme la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 1548 del 12 de diciembre de 2012, los Anexos II a VIII del Contrato de Prestación de Servicios de Fabricación, Modernización de Aviónica y Soporte para Aeronaves PAMPA de la FUERZA AEREA ARGENTINA (Contrato PAMPA III y PAMPA GT) y cuyos Anexos II a VIII de la Enmienda al mencionado Contrato, revisten carácter de SECRETO MILITAR, en los términos del Decreto N° 9390/63, por ser de carácter estrictamente técnico, en atención a la naturaleza de sus prestaciones y a su relación directa con la seguridad y defensa nacional.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —
www.boletinoficial.gov.ar—y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
fuente:
http://ftp2.errepar.com/bo/2014/01/09-01-2014.pdf#nameddest=DA107