Uhhh se le acabó la joda a unos cuantos
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-
Apruébase el Reglamento Interno “CONTROL DE ASISTENCIA Y PRESENTISMO DEL MINISTERIO DE DEFENSA”, el que será de aplicación obligatoria para todos los trabajadores designados bajo el régimen de estabilidad previsto en el artículo 8° del anexo de la Ley N° 25.164, Planta Transitoria y personal comprendido en el régimen de contrataciones de conformidad con el artículo 9° del anexo de la citada Ley, que presten funciones en las dependencias de este MINISTERIO, que como Anexo IF-2018-27116217-APN-DGRRHH#MD forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas interpretativas que deriven de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Encomiéndase a los Directores Nacionales, Generales o sus equivalentes, la gestión integral del registro de asistencia y presentismo, y del cumplimiento del horario de trabajo en sus respectivas áreas, debiendo remitir en los plazos fijados, dicha información a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO para su homologación, y archívese. Oscar Raúl Aguad
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/08/2018 N° 62559/18 v. 28/08/2018
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/190456/20180828