Va una serie de temas en el informe del JGM de hoy ante Diputados (los separo para evitar un choclo). Sugiero, si los moderadores están de acuerdo, que las discusiones específicas sobre cada tema se traten en los tópicos correspondientes):
IA 63 Pampa. Desde el Ministerio de Defensa se informa que el Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea ordenó que se inicie el proceso de recepción de las unidades después que la empresa FADEA informara que las mismas se encontraban en condiciones de ser entregadas. La recepción ordenada, al tratarse de aeronaves salidas de una línea de producción, requiere de un exhaustivo proceso de certificación y aseguramiento de la calidad previo a la entrega de la aeronave. Como resultado del proceso del control de recepción ordenado por el JEMGFAA y llevado a cabo por los organismos responsables de ejecutar las tareas correspondientes (Certificación y Aseguramiento de la Calidad) pertenecientes a la Fuerza Aérea y al EMCO, surgen novedades que son evaluadas por los organismos mencionados. En lo referente al sistema de frenos la novedad se encontraba circunscripta al ABS (sistema anti bloqueo), que de ninguna manera afecta la eficacia del frenado de la aeronave, sino que solo evita una rotura involuntaria del neumático por aplicación excesiva de presión de frenado; novedad que al momento ha sido levantada por la empresa Advent (USA), contratista de FADEA SA. Por esta razón, el contrato fue prorrogado hasta la solución de mencionada novedad. Asimismo, el Ministerio agrega que, no se registraron novedades en el sistema de comunicaciones; y en el sistema de presurización, uno de los aviones tuvo novedad a gran altitud no constituyendo una novedad privativa de vuelo. Durante el proceso de Certificación y Aseguramiento de la Calidad, se identifican y solucionan novedades hasta que la aeronave logra los estándares previstos en el diseño y los establecidos en los Reglamentos de Aeronavegabilidad Militar. En ese momento, la Dirección General de Aeronavegabilidad Militar Conjunta otorga un Certificado de Aceptación Inicial, en base a la información aportada por un equipo de asesoramiento técnico y de control de calidad en vuelo. Más allá de eso, un nuevo control es realizado por otro Organismo independiente, la Dirección de Aeronavegabilidad Militar de FAA, quien otorgó un Certificado de Aeronavegabilidad Continuada, mediante el que se deja constancia que la aeronave puede ser operada en forma segura dentro de las especificaciones establecidas en los Manuales de Operación. El Ministerio de Defensa destaca que la emisión de los mencionados certificados implica que todas las novedades que pudieran afectar a la seguridad fueron resueltas, y que las remanentes no afectan de manera alguna a la condición de vuelo seguro. Esta discriminación no se hace en forma discrecional, sino que se ajustan a las normas de seguridad aérea y las especificaciones establecidas en las correspondientes Listas de Equipamiento Mínimo. La Comisión de Recepción compila toda esta información en forma previa a la firma de la correspondiente acta de recepción. Con el objetivo de preservar la seguridad aérea, intervienen distintos organismos, tanto del EMCO (Dirección General de Aeronavegabilidad Militar Conjunta) y de la FAA (Dirección de Aeronavegabilidad Militar). Ambos organismos, trabajan en forma independiente, y dejan constancia de su conformidad mediante la emisión de los certificados correspondientes. La emisión de los certificados es el corolario de un sinnúmero de tareas de control que incluyen ensayos en banco, ensayos de los sistemas en tierra y ensayos en vuelo, con el objeto de detectar novedades para lograr que las aeronaves cumplan con las exigencias de operación estipuladas en las normas vigentes.