Vamos a aclarar lo que dije, el FONDEF está por fuera del presupuesto de Defensa... no del presupuesto nacional (estamos en el tema Ministerio de Defensa, no en Economía Nacional). De hecho la ley así lo establece el artículo 4 tal como transcribió y dicho artículo no lo limita en nada a elementos de capital directamente dice que es independiente de los recursos afectados al presupuesto de defensa.Me toco dedicar varios años a trabajar específicamente el tema de presupuesto público. Ha pasado bastante de ese tiempo, pero aún recuerdo varias cosas.
Nada, absolutamente nada, esta fiera de las leyes de presupuesto. Porque es obligatorio que todo figure allí. Las Leyes de presupuesto también incluye todos los fondos con asignaciones específicas, los organismos descentralizados y un largo etcétera.
¿que ingresos y gastos existen por fuera de las leyes de presupuesto? Ninguno.
Eso no quita que muchas partidas del presupuesto tienen que ajustarse a normativas específicas, como es el caso del FONDEF.
El ARTÍCULO 6 del FONDEF define como autoridad de aplicación al Ministerio de Defensa de la Nación.
Así que, claramente, se computará dicha partida a esa dependencia, y ninguna otra.
El artículo 4 de la ley del FONDEF específica como fuente de financiamiento un porcentaje muy específico “del total de los Ingresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado para el Sector Público Nacional”.
Y aclara que “Este aporte es independiente a los recursos que sean asignados al Ministerio de Defensa y a las Fuerzas Armadas en el presupuesto nacional”. Esto debe interpretarse como que no deben destinarse fondos previstos para gastos corrientes para financiar el FONDEF, es decir, desvestir un santo para vestir otro.
Pues bien, el Ministerió de Defensa debe recibir una suma de dinero para solventar sus gastos corrientes y, además, tiene que recibir una partida específica para financiar el FONDEF y, con ello, los gastos de capital.
El decreto reglamentario básicamente aclara lo que cualquiera que se dedica a presupuesto entendería, y es que el FONDEF es para cubrir las inversiones de capital del Ministerio de Defensa.
Algunos, yo creo que ingenuamente, creían que existirían gastos de capital por fuera del FONDEF. El decreto reglamentario realiza las aclaraciones necesarias para evita esa interpretación incorrecta.
Un ejemplo claro de violación a eso es la compra de las OPV que fue previsto y aprobado en el presupuesto de Defensa antes del nacimiento del Fondef pero el actual gobierno lo computó al Fondef...
No me referí al decreto reglamentario sino a la decisión administrativa 4/21 de la JGM, que va directamente en contra de la ley de FONDEF...
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a financiar gastos de capital y adelantos a proveedores y contratistas de la jurisdicción, entidades y empresas que operan bajo la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, que para el Ejercicio 2021 se contemplan en la distribución de gastos del artículo 1° de la presente medida, integran el FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA (FONDEF).
BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - PRESUPUESTO - Decisión Administrativa 4/2021
BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - PRESUPUESTO - Decisión Administrativa 4/2021 - DECAD-2021-4-APN-JGM - Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021. Distributivo.
www.boletinoficial.gob.ar
Lo pero es que por esa decisión administrativa, ya no van solo los gastos de capital sino también adelantos a proveedores y contratistas sin distinción de destino del gasto, podrían meter los pagos de empresas de limpieza tercerizadas sin problemas...