Seguro alguien tiene datos mas técnicos, pero se me hace que con dos o tres cañonazos no hundís un barco, pero a una avioneta si le das la partís.:smilielol5:
por otra parte y referido a la cuestion del tema, radarizar el norte, dotar a resistencia y posadas de PUCAS Y PAMPAS y que los alferes y tenientes q salen de mendoza practiquen tiro con todo lo que vuele y no tenga autorizacion! he dicho
al carajo,le tiras con todo y que se ***** el intruso ...que interrogacion ni que nada
"llamando a la aeronave no identificada"...
"la aeronave intrusa no responde,preparo misil...FOX 2!"
"la aeronave ha sido borrada del cielo"
:sifone:
deveria haver ya q si un avion se dirige a un area restringida o realiza mañobras ofensivas no se lew puede acer nada legalmente...
Eso ya es saturación de defensas
Al derribar un avión prácticamente se está condenando a muerte a sus tripulantes, por lo que se estaría violando el Pacto de San José de Costa Rica.
En el único caso que sería aceptable la utilización de la fuerza y por consiguiente el derribo de una aeronave debe ser cuando esta sea un peligro real contra la nación argentina, como pueden ser incursores extranjeros, aeronaves terroristas, o aviones usados para atacar a la población o los bienes de la misma y sea considerado menos dañino derribar el avión, que dejarlo continuar y que el mismo genere una tragedia mayor.
Pero una ley de derribos no está hecha para esos casos, sino que se dirige a vuelos ilegales, especialmente vuelos de narcos.
En esos casos sólo se necesita una buena fuerza de detección, intercepción, seguimiento y, en caso que salga de espacio aéreo nacional, coordinar con las autoridades de dicho país, que el mismo continue el seguimiento de la aeronave para detenerla al momento de aterrizar. Nada más que eso. No se pierde armamento propio usado en aviones ilegales. No se pierden aeronaves ilegales (pueden ser capturadas y usadas). No se pierden vidas.Algunas veces hace falta sacarse un poco el Rambo de la cabeza.