REPUBLICA ARGENTINA
MINISTERIO SEGURIDAD
POLICIA FEDERAL ARGENTINA
SUPERINTENDENCIA
DE ADMINISTRACION
DIVISION CONTRATACIONES
LICITACION PUBLICA Nº****14/2010
Ejercicio: 2011
Expediente Nº****513-01-000262/2009
RESOLUCION Nº 352/2011
Objeto de la licitación: Adquisición de blin-
dajes, balizamientos y equipamientos técnicos
para vehículos patrulleros y blindajes sirenas
para vehículos no identificables.
Clase: Nacional de Etapa Unica
Modalidad: Sin Modalidad
Observaciones Generales:
Relacionado con el procedimiento de Licita-
ción Pública Nº 14/10. Se pone en su conoci-
miento que con fecha 17 de febrero de 2011 el
Sr. Jefe de la Policía Federal Argentina emitió
Resolución Nº 352/11 la cual se transcribe: Visto
el Expediente Nº S02:0000584/2010 del registro
de la Policía Federal Argentina, la Ley de Admi-
nistración Financiera y de los Sistemas de Con-
trol del Sector Público Nacional Nº 24.156, los
Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000,
1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de
octubre de 2007, las Resoluciones Nros. 1698
del 2 de julio de 2010 del registro del Ministerio
de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y
39 del 8 de febrero de 2011 del registro del Mi-
nisterio de Seguridad, y Considerando: Que por
el expediente citado en el Visto, tramita el llama-
do a Licitación Pública Nacional de Etapa Unica
y sin modalidad Nº 14/10, substanciado para la
adquisición de blindajes, balizamientos y equi-
pamientos técnicos para vehículos patrulleros y
blindajes y sirenas para vehículos no identifica-
bles. Que dicho procedimiento fue autorizado
mediante Resolución M.J.S. y D.H. Nº 1698 del
2 de julio de 2010, habiéndose cumplido con la
publicidad y difusión de la convocatoria. Que en
el acto de apertura de ofertas se recibieron las
propuestas de las firmas “CARROCERIAS NA-
VARRO HNOS. S.A.”, “AMERICA BLINDAJES
S.A.”, “VIRTUAL REMOTE S.A.” y “EQUIPPING
S.A.”. Que la Sindicatura General de la Nación
mediante nota 4441/2010 – G.N. y T. agregada a
foja 888, indicó que no fue factible relevar por
los canales habituales precios representativos
de mercado, por lo que no informó el Precio Tes-
tigo solicitado por aplicación de lo dispuesto por
el artículo 4° de la Resolución SIGEN Nº 79/05.
Que el 30 de agosto de 2010 la firma “VIRTUAL
REMOTE S.A.” a fojas 894/896, presentó copia
simple de formulario 206/1 Multinota impositivo
fechado el 23 de julio de 2010 y del Certificado
Fiscal para Contratar con vigencia a partir del 30
de agosto de 2010. Que la Comisión Evaluadora
de Ofertas mediante el Dictamen Nº 56 del 30
de septiembre de 2010 obrante a fojas 903/904,
consideró que correspondía desestimar la ofer-
ta de la firma “VIRTUAL REMOTE S.A.”, por ca-
recer de Certificado Fiscal para Contratar vigen-
te al momento del acto de apertura, circunstan-
cia acreditada mediante consulta a la página
web de la Administración Federal de Ingresos
Públicos, a tenor de lo dispuesto en el párrafo
tercero del artículo 140 del Anexo al Decreto
Nº 436/00 y del artículo 12, apartado e) del
Pliego Unico de Bases y Condiciones Genera-
les; declarar la inadmisibilidad de la oferta de
la firma “EQUIPPING S.A.” a tenor de lo dis-
puesto en el artículo 74, inciso c) del Anexo al
Decreto citado, por haber intentado constituir
garantía de mantenimiento de oferta a través
de una póliza de caución cuya vigencia se
inició UN (1) mes después del acto de apertu-
ra de ofertas; y asimismo estimó pertinente
intimar a las firmas “CARROCERIAS NAVA-
RRO HNOS. S.A.” y “AMERICA BLINDAJES
S.A.” a subsanar los defectos formales de sus
propuestas, conforme con lo normado por el
artículo 141 del Anexo al Decreto 436/00. Que
a fojas 905/908 obran las constancias de noti-
ficación a las firmas “VIRTUAL REMOTE
S.A.”, “EQUIPPING S.A.”, “CARROCERIAS
NAVARRO HNOS. S.A.” y “AMERICA BLINDA-
JES S.A.”, respectivamente. Que el 8 de octu-
bre de 2010, la firma “VIRTUAL REMOTE
S.A.” realizó una presentación a fojas 911, so-
licitando que la Comisión Evaluadora de Ofer-
tas reconsidere el Dictamen de Evaluación
Nº 56/10 por cuanto estimó que corresponde-
ría desestimar su oferta. Que el mencionado
oferente adujo que el 28 de julio de 2010 soli-
citó la emisión de un nuevo Certificado Fiscal
para Contratar por ante la Administración Fede-
ral de Ingresos Públicos, con la antelación de
quince (15) días para su presentación en el acto
de apertura de ofertas del día 12 de agosto de
2010, sin perjuicio de lo cual, a dicha fecha el
referido certificado se encontraba en trámite.
Que la firma “VIRTUAL REMOTE S.A.” sostuvo
haber peticionado el Certificado Fiscal para
Contratar en tiempo, forma y con la antelación
debida. Que dicha presentación resulta formal-
mente procedente en los términos del artículo
80 del Anexo al Decreto 436/00. Que la Comi-
sión Evaluadora de Ofertas se pronunció a tra-
vés del Dictamen Nº 69/10 en cuanto al fondo
de la cuestión planteada. Que la Resolución
General A.F.I.P. Nº 1814/05 en su artículo 4°
dispone en lo pertinente: “Los responsables
que posean certificados vigentes, podrán soli-
citar –en la dependencia en la cual se encuen-
tren inscriptos– el otorgamiento de uno nuevo,
con una antelación de quince (15) días hábiles
administrativos a su vencimiento, en cuyo caso
informarán los datos del último certificado ex-
tendido, indicando la dependencia de este or-
ganismo que lo otorgó, él número de certifica-
do, la fecha de su emisión y la fecha en que
expira su validez”. Que en mérito de lo expues-
to, corresponde rechazar la impugnación impe-
trada por la firma “VIRTUAL REMOTE S.A.” por
no asistirle razón y no ajustarse a derecho.
Que el 13 de octubre de 2010 la firma “AMERI-
CA BLINDAJES S.A.” manifestó a fojas 945,
que una vez vencidos los sesenta (60) días
hábiles desde la apertura de ofertas, se en-
cuentra imposibilitada de mantener su Oferta
Alternativa 1. Que a fojas 949/950 y 978 obran
los informes técnicos de la División Automoto-
res de la Superintendencia de Administración
sobre las ofertas obtenidas, referidos al cum-
plimiento del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y a los precios cotizados. Que la
Comisión Evaluadora de Ofertas mediante el
Dictamen Nº 69 del 10 de noviembre de 2010
agregado a fojas 952/958, ratificó en todos sus
términos los argumentos expuestos en su ante-
rior intervención a los efectos de la desestima-
ción de la oferta de la firma “VIRTUAL REMO-
TE S.A.”, por cuanto la Resolución General
A.F.I.P. Nº 1814/05 prevé la posibilidad de re-
querir la renovación del Certificado Fiscal para
Contratar con quince (15) días de antelación a
su vencimiento, no habiendo hecho uso la im-
pugnante de dicha facultad conforme surge
acreditado del expediente. Que en consecuen-
cia, el mencionado Organo Evaluador opinó que
correspondería dictar acto administrativo adjudi-
cando a la firma “AMERICA BLINDAJES S.A.”
los renglones Nros. 1, 2 y 4, por ajustarse a lo
solicitado y ser sus precios equitativos y corrien-
tes en plaza, y el renglón Nº 3 a la firma “CA-
RROCERIAS NAVARRO HNOS. S.A.” por ajus-
tarse a lo solicitado y ser sus precios equitativos
y corrientes en plaza; desestimando las ofertas
de las firmas “VIRTUAL REMOTE S.A.” por ca-
recer de Certificado Fiscal para Contratar vigen-
te al momento del acto de apertura, “EQUIP-
PING S.A.” por ser inadmisible su oferta al haber
intentado constituir garantía de mantenimiento
de la oferta a través de una póliza de caución
cuya vigencia se inició 1 (UN) mes después del
acto de apertura de ofertas, y el ítem 1 del ren-
glón Nº 3 de la firma “AMERICA BLINDAJES
S.A.” por no ajustarse las balizas ofrecidas a las
Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases
y Condiciones Particulares, teniendo por desis-
tida en legal tiempo y forma su Oferta Alternati-
va 1. Que el Dictamen de Evaluación Nº 69 del
10 de noviembre de 2010 fue publicado en el
Boletín Oficial de la República Argentina, según
constancia de fojas 964/966. Que el gasto de la
contratación en cuestión asciende a la suma de
pesos tres millones seiscientos noventa y seis
mil treinta y tres ($ 3.696.033,00) y será afronta-
do con cargo a las partidas específicas del pre-
supuesto de la Policía Federal Argentina asig-
nadas al presente ejercicio económico financie-
ro. Que ha tomado la intervención de su compe-
tencia la Dirección General de Asuntos Jurídi-
cos. Que la presente se dicta en uso de las atri-
buciones conferidas por la Resolución M.S.
Nº 39/11. Por ello, El Jefe de la Policía Federal
Argentina, Resuelve: Artículo 1°.- Apruébase lo
actuado en el trámite de la Licitación Pública
Nacional de Etapa Unica y sin modalidad
Nº 14/10 convocada para adquirir blindajes,
balizamientos y equipamientos técnicos para
vehículos patrulleros y blindajes y sirenas
para vehículos no identificables. Artículo 2°.-
Adjudícanse, por los fundamentos expuestos
en los Considerandos de la presente, los ren-
glones Nros. 1, 2 y 4 a favor de la firma “AME-
RICA BLINDAJES S.A.”, por la suma total de
pesos tres millones doscientos veintidós mil
quinientos sesenta ($ 3.222.560,00) y el ren-
glón Nº 3 a la firma “CARROCERIAS NAVA-
RRO HNOS. S.A.”, por la suma total de pesos
cuatrocientos setenta y tres mil cuatrocientos
setenta y tres ($ 473.473,00). Artículo 3°.-
Desestímanse, por los fundamentos expues-
tos en los Considerandos de la presente, las
ofertas de las firmas “VIRTUAL REMOTE
S.A.” y el ítem 1 del renglón Nº 3 de la firma
“AMERICA BLINAJES S.A. Artículo 4°.- Declá-
rase inadmisible, por los fundamentos ex-
puestos en los Considerandos de la presente,
la oferta presentada por la firma “EQUIPPING
S.A.”. Artículo 5°.- Recházase la impugnación
formulada por la firma “VIRTUAL REMOTE
S.A.”, por los fundamentos expuestos en los
Considerandos de la presente. Artículo 6°.-
Téngase por desistida en legal tiempo y forma
la Oferta Alternativa 1 de la firma “AMERICA
BLINDAJES S.A.”. Artículo 7°.- Impútase el
gasto que implica la adjudicación dispuesta a
las par tidas específicas de la Jurisdicción
41 – Ministerio de Seguridad, Subjurisdic-
ción 04 - Pol icía Federal Argentina, del
presupuesto del ejercicio económico finan-
ciero 2011. Ar tículo 8°.- Delégase en el se-
ñor Jefe del Departamento Contaduría de la
Superintendencia de Administración la firma
de las respectivas Ordenes de Compra. Artí-
culo 9°.- Mándase a registrar el presente acto.
Artículo 10°.- Remítase a la Superintendencia
de Administración para su prosecución
administrativa.
En otro orden de cosas se le hace saber que
contra el acto administrativo ut supra referido,
podrá interponerse recurso de reconsideración,
dentro de los diez (10) días de notificado el acto
ante el mismo órgano que lo dictó. Asimismo
corresponde señalar que en el supuesto que
hiciera uso de su derecho de impugnación el
recurso de reconsideración lleva implícito el re-
curso jerárquico en subsidio.
La presente publicación es realizada a los
efectos de la fehaciente notificación de las fir-
mas participantes, acorde a lo dispuesto en la
Circular Nº 2/2001 de la Oficina Nacional de
Contrataciones.
Consultas en la página web: www.argentina-
compra.gov.ar.
e. 09/03/2011 Nº****24836/11 v. 09/03/2011