En virtud al reciente fallo del juez Narcone, el cual libero a los integrantes de una banda de narcotraficantes porque los mismos fueron aprendidos durante una serie de allanamientos (18 simultáneos) y tras dos años de investigación (se secuestraron armas, droga, documentación apócrifa, balanzas, elementos de procesamiento y fraccionamiento de drogas, etc) por considerar los procedimientos invalidos y contrarios al Artículo 225º del Código Procesal Penal.
Según el juez Narcone, los procedimientos nocturnos "son de la dictadura" y por lo tanto improcedentes.
Como estoy hinchado las pelotas con este caso, someto el tema a discusión en su arísta táctica, preguntando en general, pero a los miembros del foro integrantes de las FFSS y FFEE que piensan sobre este tema, así como cuales son las virtudes o desventajas de un asalto táctico a un domicilio en horario nocturno.
El Artículo en cuestión:
Allanamiento de morada
Art. 225. - Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado o en sus dependencias cerradas, la diligencia sólo podrá realizarse desde que salga hasta que se ponga el sol.
Sin embargo, se podrá proceder a cualquier hora cuando el interesado o su representante lo consienta, o en los casos sumamente graves y urgentes, o cuando peligre el orden público.
Según el juez Narcone, los procedimientos nocturnos "son de la dictadura" y por lo tanto improcedentes.
Como estoy hinchado las pelotas con este caso, someto el tema a discusión en su arísta táctica, preguntando en general, pero a los miembros del foro integrantes de las FFSS y FFEE que piensan sobre este tema, así como cuales son las virtudes o desventajas de un asalto táctico a un domicilio en horario nocturno.
El Artículo en cuestión:
Allanamiento de morada
Art. 225. - Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado o en sus dependencias cerradas, la diligencia sólo podrá realizarse desde que salga hasta que se ponga el sol.
Sin embargo, se podrá proceder a cualquier hora cuando el interesado o su representante lo consienta, o en los casos sumamente graves y urgentes, o cuando peligre el orden público.