Por ese motivo, ahora el monumento porteño abarca a todos “los que murieron combatiendo por los mismos ideales de justicia y equidad”, según figura en una leyenda al comienzo de las placas de cada uno de los homenajeados.
Oro y bronce también para aquellos jóvenes atacantes del cuartel de Formosa, a pesar de que no podían ser considerados víctimas del terrorismo de Estado, ya que fueron muertos en un tiroteo provocado por ellos durante la presidencia de la viuda de Perón, que había asumido de acuerdo con la Constitución, el 1° de julio de 1974. Aquel día murió su marido, el general Juan Domingo Perón, con quien Isabelita compartió la fórmula ganadora en los comicios del 23 de septiembre de 1973.
Con el aporte de esos datos y de otros extraídos de libros y documentos de la época, una asociación civil llamada Abogados por la Justicia y la Concordia logró el 8 de julio de 2011 que la justicia exigiera a la Secretaría de Derechos Humanos que informara si los herederos de sesenta y ocho personas incluidas en un nuevo anexo del Nunca Más habían cobrado la indemnización prevista en la ley 24.411, sancionada y promulgada en los noventa, durante la presidencia de Carlos Menem.
¿Qué establecía esa norma? Un “beneficio extraordinario”, equivalente a cien veces el sueldo mensual más elevado de la administración pública nacional, para los herederos de los desaparecidos y de “toda persona que hubiese fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10 de diciembre de 1983”, cuando terminó la dictadura.
Además, según el artículo quinto de esa ley, “en el caso de aparición” de una persona “no habrá obligación de reintegrar el beneficio si ya ha sido percibido”. Eso también vale para el caso de eventuales errores en la aprobación de ese pago.
No fue la única ley sancionada en los noventa para reparar las diversas violaciones a los derechos humanos durante la dictadura; todas esas normas tuvieron como base una causa iniciada en Córdoba por los sobrevivientes de la Unidad Penitenciaria Nº 1 contra el Estado, que fue patrocinada por el abogado especializado en derechos humanos Juan Carlos Vega, ex diputado nacional de la Coalición Cívica.
A partir del gobierno de Néstor Kirchner, en 2003, la interpretación oficial pasó a ser que esta ley incluía también a los parientes de todos los guerrilleros muertos en cualquier circunstancia, desde por lo menos el 28 de junio de 1966, cuando el presidente radical Arturo Illia fue derrocado por el general Juan Carlos Onganía. El kirchnerismo pasó de recordar a las víctimas de la dictadura y del terrorismo de Estado a honrar a todos los caídos por la revolución, sin importar cuándo y cómo murieron.
No fue Kirchner quien creó esta interpretación, que ya se venía insinuando en gobiernos anteriores, pero fue ciertamente quien la asumió como la única que valía y la llevó más lejos, de una manera sistemática, creando las categorías necesarias con el propósito de que no hubiera ya marcha atrás.
Luego, durante el gobierno de su esposa, Cristina Kirchner, hubo otra vuelta de tuerca y, con el respaldo de muchos opositores, el Congreso Nacional volvió a estirar esa indemnización hacia atrás para incluir a más beneficiados. Tanto es así que ahora pueden cobrar como víctimas del terrorismo de Estado los parientes de todos los desaparecidos y muertos en “ejecuciones sumarias” desde el 16 de junio de 1955, durante el segundo gobierno de Perón, cuando un intento golpista de militares y civiles masacró en la Plaza de Mayo a más de trescientas personas.
Esta nueva interpretación del terrorismo de Estado es aun más polémica que las anteriores, en parte porque abarca solo un episodio del segundo gobierno de Perón, el que resulta más adecuado al paradigma kirchnerista, a su manera de entender e interpretar la historia de las últimas décadas. Además, no se trata ya de castigar las violaciones de derechos humanos de un gobierno sino de sancionar una matanza protagonizada por una escuadra rebelde de treinta y cuatro aviones de la Marina.
El terrorismo de Estado pasó a ser interpretado como la práctica común utilizada por todos los adversarios de los luchadores por la revolución, controlen o no el aparato estatal.
Al 30 de abril de 2013, el sueldo mensual más alto de la administración pública nacional era el Nivel A y tenía catorce grados, del 0 (11.264,76 pesos), al 14 (24.123,12 pesos). La Secretaría de Derechos Humanos no informa el valor de la indemnización para cada una de esas víctimas; para tener una idea de la cantidad, podemos tomar el sueldo mensual del grado promedio, el 7, que era de 16.912,08 pesos, y multiplicarlo por cien. Con este criterio, la indemnización llegaba a 1.691.208 pesos.
Sin embargo, tanto los fundamentos del proyecto de la ley 24.411 como los discursos de los diputados y senadores que la aprobaron indican que el objetivo era reparar las violaciones a los derechos humanos cometidas por el Estado, incluso antes del golpe de 1976,
pero no beneficiar a las víctimas de la represión realizada dentro de la ley. Lo confirmó el ex senador Eduardo Menem, quien estuvo a cargo de la presidencia del Senado en la sesión en la que se debatió y aprobó ese proyecto, el 7 de diciembre de 1994: “El sentido era muy claro; reparar a todas las víctimas de la represión ilegal de los militares, incluso antes del golpe del 24 de marzo de 1976. Por ejemplo, en el caso de la Masacre de Trelew, en 1972. Y también a las víctimas de los grupos paramilitares, como la Triple A. Pero para mí no se debe aplicar a los ataques a cuarteles como el de Formosa porque, ante el ataque a un regimiento, en democracia, ¿cómo no se iban a defender los militares? Es absurdo pensar que no deberían haberse defendido”.
En abril de 2006, durante la Feria del Libro en la ciudad de Buenos Aires, el gobierno de Kirchner presentó una versión “actualizada” del Nunca Más, que incorporó el Anexo II, con una lista de 1.169 personas que figuraban como “desaparecidos” o víctimas de “ejecución sumaria” entre el 1° de enero de 1969 y el 24 de marzo de 1976.
En realidad, la Conadep había sido creada por el presidente Raúl Alfonsín el 15 de diciembre de 1983 para investigar la desaparición de personas sólo durante la dictadura. Por lo tanto, el Anexo II, con esos 1.169 nombres, excede el objetivo original de aquella comisión, que fue integrada por destacadas personalidades encabezadas por el escritor Ernesto Sabato.
En esa versión “actualizada” del Nunca Más, el kirchnerismo también sumó un nuevo prólogo en el que rechazó en forma explícita la “teoría de los dos demonios”; es decir, la justificación del “terrorismo de Estado como una suerte de juego de violencias contrapuestas, como si fuera posible buscar una simetría justificadora en la acción de particulares, frente al apartamiento de los fines propios de la Nación y del Estado que son irrenunciables”.
La tercera modificación en el informe de la Conadep, que como el Anexo II y el nuevo prólogo también fue realizada en silencio, como un hecho consumado, fue el agregado de dos conceptos nuevos, que se sumaron al de desaparición y sirvieron para calificar dos tipos de delitos que tampoco estaban previstos en el decreto de Alfonsín:
Desaparición forzada: cuando el cuerpo de la víctima no ha sido identificado ni entregado a sus familiares. La categoría “desaparición”, a secas, quedó para los casos en los que los parientes ya recuperaron los restos de la persona que estuvo desaparecida.
Ejecución sumaria: en un e-mail enviado el 9 de junio de 2010, la Dirección de Gestión de Políticas Reparadoras de la Secretaría de Derechos Humanos me informó que esa categoría fue “decidida por las autoridades de la Secretaría en el momento de la actualización del anexo del Nunca Más”, y me detalló los quince casos en los que es aplicada por el gobierno, que transcribo en forma textual:
-Asesinato de detenidos-desaparecidos/Inhumación clandestina.
-Enfrentamiento.
-Ejecución/Asesinato.
-Ejecución/Asesinato/Inhumación administrativa.
-Enfrentamiento fraguado/Asesinato de cautivos.
-Enfrentamiento fraguado/Asesinato de cautivos/ Inhumación clandestina.
-Fallecimiento durante detención.
-Homicidio en el “Cordobazo”.
-Muerte por secuelas de tortura.
-Secuestro y asesinato.
-Asesinato de detenidos-desaparecidos.
-Excesos en eventual defensa/Ejecución sumaria.
-Supuesto enfrentamiento.
-Tormento seguido de muerte.
-Víctima accidental en el marco del terrorismo de Estado.
Todos los casos imaginables parecen caber en esta categoría creada especialmente por el kirchnerismo.
De los 1.169 nombres del Anexo II del Nunca Más, 526 correspondían a “Ejecución sumaria” y sus datos provenían del Redefa, es decir del Registro de Fallecidos de la ley 24.411. Son los legajos de cada uno de los muertos cuyos parientes han reclamado el cobro del beneficio extraordinario previsto por esa norma. Eso supone que sus parientes habrían cobrado esa indemnización. En la mayoría de los casos fue así, pero no en todos: parientes de Fernando Abal Medina, el primer jefe de Montoneros, que encabeza el listado por razones alfabéticas, me dijeron que “nadie de la familia cobró nunca nada por Fernando” ni está interesado en hacerlo.
Abal Medina es un caso paradigmático de la laxitud con la cual el kirchnerismo elaboró ese listado. No se trata, claramente, de una víctima de “ejecución sumaria”: fue abatido a los 23 años en un tiroteo con la Policía Bonaerense en la pizzería La Rueda, en William Morris, el 7 de septiembre de 1970, apenas tres meses después del secuestro y asesinato del ex dictador Pedro Eugenio Aramburu, con el cual Montoneros se dio a conocer. Como era el jefe, Abal Medina fue quien ejecutó a Aramburu con una pistola 9 milímetros luego de un “juicio revolucionario”. Junto con él murió su amigo Carlos Gustavo Ramus, cuando quiso lanzar una granada contra los policías que le estalló en la mano; también Ramus figura en esa nómina.
Fernando Abal Medina
Uno de los parientes de Abal Medina, que era tío del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina hijo, me aseguró que ellos mismos se sorprendieron cuando se enteraron de la inclusión del ex jefe montonero en el Nunca Más. “Nunca nos avisaron nada de eso, ni tampoco que figuraba en el monumento de la Costanera. Fernando no se reivindicaría jamás como una víctima de ejecución sumaria sino como un combatiente, que murió en un tiroteo”, me dijo la fuente, que pidió permanecer en el anonimato. “Habíamos iniciado gestiones con el entonces secretario de Derechos Humanos, (Eduardo Luis) Duhalde, a quien conocíamos mucho, para retirar a Fernando, si bien de manera discreta, tanto del Nunca Más como del Monumento; no lo pudimos conseguir”, agregó.
En esa lista hay de todo, desde víctimas de bandas paraestatales como la Triple A hasta los sesenta y ocho guerrilleros que motivaron la presentación de los Abogados por la Justicia y la Concordia. Figuraron en ese pedido Haymal, los ocho guerrilleros muertos en Formosa y miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo caídos en el monte tucumano y durante los ataques a las instalaciones militares de Azul, Villa María, Fray Luis Beltrán y Monte Chingolo; todos ellos habían fallecido en 1974 y 1975, durante el gobierno de Isabel Perón.
Fue necesaria la intervención del juez federal en lo Contencioso Administrativo Esteban Furnari, porque el gobierno se negaba, como siempre, a brindar esos datos. Finalmente, la Secretaría de Derechos Humanos tuvo que informar sobre cada uno de esos pagos.
En el caso de los guerrilleros muertos en Formosa, se supo que, en una primera instancia, cada uno de los pedidos de resarcimiento fue rechazado con el argumento de que “la muerte no se produjo en situación justificada legalmente”; es decir, no se encuadraba en la ley promulgada por Menem el 28 de diciembre de 1994.
Pero luego todos esos reclamos resultaron aprobados en virtud de una nueva norma, la ley 24.823, que vino a completar la ley 24.411 y fue promulgada por Menem el 23 de mayo de 1997. La clave fue el artículo sexto, que permitió esos pagos. ¿Y qué decía ese artículo? Que “en caso de duda sobre el otorgamiento de la indemnización prevista por la ley 24.411, deberá estarse a lo que sea más favorable al beneficiario o sus causahabientes o herederos, conforme al principio de la buena fe”.
Se trata de los casos Reinaldo R. Brigiller ($ 396.364),($ 322.560), Jorge Alberto Livieres ($ 224.000), Alfredo Velázquez ($ 224.000)y José Daniel Graziano ($ 322.560). El expediente de Oscar Ramón Boero está en trámite y
otro -como Luis Carlos Morero-aparece ya abonado ($ 396.364), pero con el nombre
de Jorge Horacio Morero.
Reinaldo Briggiler
Saúl Kobrinsky
Jorge Alberto Livieres
Alfredo Velázquez
Juan Sebastián Hernández
Los últimos dos casos abonados por Cristina Kirchner ascendieron a $ 901.407, el 26 de agosto último, para indemnizar a la familia de Ismael Antonio Monzón, muerto en el ataque a Monte Chingolo, y a $ 750.984, el 9 de mayo, por la muerte de Juan Sebastián Hernández, fallecido en el ataque a Formosa.
Otros casos cuestionables en cuanto a su inclusión en la lista de beneficiados por las disposiciones introducidas por el kirchnerismo se dieron bajo las siguientes circunstancias:
El 12 de abril de 1975, luego de expropiar un camión cerealero en el cruce de la ruta 6 y Panamericana, a la altura de Campana, cayeron muertos en combate Guillermo Rodríguez (apodado “Mario”), Carlos Pablo Molinas (“Oscar”), Luis Bocco (el “Flaco Tito”) y Carlos Alberto Tuda (el “Negro Nano”). Ninguno de ellos estaba citado en el primer informe de la Conadep, pero aparecen en el informe encargado por Néstor Kirchner en 2006 como “víctimas de ejecución sumaria”.
Guillermo Atilio Rodríguez
Carlos Molinas Benuzzi
Carlos Alberto Tuda
Las militantes montoneras Ana María Teresa Drago y María Cristina Lucchesi saltaron al vacío el último día de 1976, en Rosario, cuando su casa fue rodeada por fuerzas de seguridad. En el listado de 2006, el caso Drago aparece como “ejecución sumaria” y el de Lucchesi como “desaparición forzada”.
Ana María Teresa Drago
María Cristina Luchessi
En abril de 1976, hallaron ahorcada en Lomas de Zamora a María Teresa Cerviño, con un cartel que decía: “Yo fui montonera. ¡Seguime!”. Su cuerpo fue identificado y el juez Raúl Varesio dictó el sobreseimiento provisional de la causa por no poder individualizar al autor del crimen. A pesar de que su cuerpo había aparecido, en el informe de 2006 su caso se menciona como “desaparición forzada”.
María Teresa Cerviño
Jorge Riganti murió cuando transportaba una bomba en su Citroën, en La Plata, el 7 de mayo de 1976. En el informe de la Secretaría de DD.HH. se señala su caso como de ejecución sumaria.
Evita Montonera y el autor Gillespie coinciden en señalar que Montoneros declaró traidor a Carlos Roth por colaborar con el enemigo y que la propia organización ordenó su ejecución. Para el informe oficial, Roth es un caso de desaparición forzada, en enero de 1976.
Carlos Guillermo Roth
El listado de 2006 menciona como desaparición forzada el caso del ciudadano francés Jean-Henri Raya Ribard, muerto en Brasil el 21 de noviembre de 1973. No se explica la inclusión de un extranjero, muerto fuera de la Argentina en tiempos en que gobernaba Juan Domingo Perón.
Jean-Henri Raya Ribard
Se trata de casos que se ajustan a la premisa de “no entregarse vivos, resistir hasta escapar o morir en el intento”, como lo definió la organización conducida por Mario Firmenich en la revista
Evita Montonera , de marzo de 1976. La mayoría de ellos no había sido incluido en el informe original de la Conadep, que consideraba 8961 casos, y cuyo prólogo -escrito por Ernesto Sabato- fue modificado en 2006 por el gobierno de Néstor Kirchner por considerar que reivindicaba la “teoría de los dos demonios”.
Con esas incorporaciones, se llegó a 9334 casos. El agregado de los integrantes de las organizaciones guerrilleras que cayeron fue hecho como una reivindicación. Pero ese reconocimiento contrasta con el silencio que mantiene el Gobierno hasta hoy acerca de los pagos de indemnizaciones a los familiares de esas mismas personas.
Como era de esperar, el artículo sexto de la nueva ley fue utilizado de una manera generosa por los gobiernos que se fueron sucediendo desde 1997 para autorizar numerosos pagos que no se ajustaban a la ley original.
Fue el caso del reclamo de los parientes de Haymal: según la información oficial, el pago de 224 mil pesos fue autorizado el 25 de abril de 2002 por una resolución firmada por el presidente Eduardo Duhalde y su ministro de Justicia, Jorge Vanossi, en base a un informe favorable que había sido elaborado dos años antes por la Subsecretaría de Derechos Humanos, que en aquel momento, el 11 de abril de 2000, era encabezada por la actual diputada ultrakirchnerista Diana Conti; gobernaba el presidente Fernando de la Rúa, de la Alianza. Ese informe concluyó que Haymal “falleció a causa del accionar de un grupo paramilitar” y que debía ser aplicado el artículo sexto de la ley 24.823, el que se refería a los casos dudosos.
“Al ministro no le llegaban todos esos casos. El Ministerio tenía dos secretarías de Estado: Justicia y Derechos Humanos; los temas vinculados a Derechos Humanos los resolvía directamente esa Secretaría”, dice Vanossi.
Con los datos aportados por la Secretaría de Derechos Humanos, los Abogados por la Justicia y la Concordia presentaron el 11 de mayo de 2012 una denuncia por los presuntos delitos de defraudación a la administración pública, asociación ilícita, violación de deberes de los funcionarios públicos, apología del delito y prevaricato. Pretendían que, además, la justicia impidiera el pago de las “indemnizaciones irregulares en trámite” y ordenara al jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, que quitara del monumento en la Costanera los nombres de los guerrilleros mencionados.
La denuncia cayó en el Juzgado Federal Nº 7, a cargo de Norberto Oyarbide, que menos de un mes después, el 4 de junio de 2012, la desestimó. ¿Su argumento? Muy escueto: todas las leyes que establecen ese beneficio a las personas que “entre el 16 de junio de 1955 y el 9 de diciembre de 1983 hayan estado detenidas, hayan sido víctimas de desaparición forzada o hayan sido muertas en alguna de las condiciones y circunstancias establecidas en las mismas”.
Otros guerrilleros caídos en Córdoba en tiroteos con policías y militares antes del último golpe también figuran como víctimas del terrorismo de Estado, tanto en el Nunca Más como en el monumento de la Costanera porteña, entre ellos:
Liliana Raquel Gelin, muerta a los 21 años en un asalto al Banco de la Provincia de Córdoba.
José Sabino Navarro, el único jefe de Montoneros que provenía de una familia pobre y peronista; sucedió a Abal Medina hasta que fue “despromovido”, castigado, porque tenía una amante y enviado a Córdoba. Murió el 9 de agosto de 1971, luego de una espectacular persecución policial por la sierra cerca de Alta Gracia.
Carlos Olmedo, el primer jefe de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, y sus compañeros Juan Carlos Baffi, Raúl Peressini y Agustín Villagra, que fallecieron el 3 de noviembre de 1971 en el llamado Combate de Ferreyra o Combate de la Fiat, en las afueras de la ciudad de Córdoba.
Liliana Raquel Gelin
José Sabino Navarro
Carlos Olmedo
Juan Carlos Baffi
Raúl Peressini
Agustín Villagra
Justino Argañaraz, Ivar Brollo y José Luis Boscarol, bajas del ERP en el ataque a la Fábrica Militar de Villa María, en la noche del 10 al 11 de agosto de 1974.
Hugo Baretta, muerto “en combate”, según la revista Evita Montonera, en su número 3, durante un tiroteo con la Policía el 24 de febrero de 1975, cuando viajaba en un auto a secuestrar al cónsul estadounidense John Patrick Egan. Baretta fue uno de los fundadores de Montoneros en Córdoba.
Hugo Therisod, 26 años, casado, estudiante del último año de Arquitectura, muerto durante un tiroteo luego del ataque a la jefatura de la policía cordobesa, el 20 de agosto de 1975. Otras fuentes, como un informe de la Facultad de Arquitectura, indican que, en realidad, fue ejecutado por la Policía cuando ya se había rendido.
Hugo Baretta
Hugo Therisod
La política del kirchnerismo, entendido como una amplia alianza entre sectores del peronismo, la izquierda, los sindicatos, los movimientos sociales y los organismos de derechos humanos, busca homenajear a todos “los caídos por la revolución” y beneficiar a sus herederos con una indemnización a cargo del presupuesto público.
Para eso, ya no se refiere tanto a la dictadura entre 1976 y 1983 sino al “terrorismo de Estado”, como una suerte de ente metafísico que se desplaza hacia los años anteriores sin reconocer fronteras políticas o ideológicas ni diferencias entre gobiernos militares y democráticos.
Esta política aumenta —abulta sería un verbo más adecuado— el número de víctimas de ese “terrorismo de Estado”, aunque, al menos por ahora, no alcanza para llegar a la cifra mágica de 30 mil muertos y desaparecidos que se le achaca a la dictadura.
Pero este número aparece, sí, como un objetivo a cumplir; por ejemplo, el monumento frente al Aeroparque porteño contiene 30 mil placas que en su mayoría continúan vacías, como si estuvieran esperando la llegada de los nombres de las más de 20 mil personas que aún faltan.
Cuando este monumento fue inaugurado, en 2007, con todos los agregados realizados, la lista total de víctimas llegaba a 8.717:
7.664 correspondían a la última dictadura;
981, a los cuatro gobiernos constitucionales del peronismo, entre 1973 y 1976;
72, a los gobiernos militares que se sucedieron entre 1969 y el 25 de mayo de 1973, casi
catorce veces menos que en las presidencias peronistas que los reemplazaron.
El total de víctimas era similar a la cifra a la que había llegado la Conadep, en 1984, luego de ocho meses de trabajo: 8.960 víctimas, una cantidad que en los años siguientes fue depurada. “Seguramente se suprimieron nombres repetidos y errores que se habían cometido por el apremio del corto plazo otorgado”, explica Graciela Fernández Meijide, que fue miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y secretaria de la Conadep, y es madre de un adolescente detenido-desaparecido, Pablo.
La Conadep recibió, en total, 7.380 denuncias de desapariciones por razones políticas durante la dictadura, a las que incorporó los reclamos que habían sido formulados ante organismos específicos, nacionales e internacionales, con lo cual llegó al número de 8.960.
La cifra del Monumento era algo mayor al de la última “actualización” que se conoce del Nunca Más, de 2006, que contiene, en total, 8.327 nombres, también desde 1969:
7.158 correspondían a la dictadura;
1.169, previos al golpe del 24 de marzo de 1976.
Es decir que en los dos únicos listados difundidos por el kirchnerismo, el total de desaparecidos y muertos durante la dictadura es de entre 7.158 y 7.664 personas.
Sólo el Nunca Más discrimina entre desaparecidos y muertos durante la dictadura:
6.415 desaparecidos;
743 víctimas de “ejecución sumaria”.
Entre esas víctimas de “ejecución sumaria” figuran los presos fusilados por orden del general Luciano Benjamín Menéndez, pero también casos discutibles, como Carlos Hobert, muerto por su propia esposa porque no quería ser capturado vivo.
Carlos Alberto Hobert
Pero el caso más polémico es el de Hugo Irurzún, cuyo nombre de guerra en el ERP era Capitán Santiago. Irurzún ya no militaba en el ERP cuando fue muerto, horas después de haber disparado la bazooka que aniquiló el Mercedes Benz en el que viajaba el ex dictador nicaragüense Anastasio Somoza. Eso ocurrió el 17 de septiembre de 1980 en Asunción del Paraguay. Irurzún figura con el legajo número 1.230 del Redefa en el nuevo Nunca Más a pesar de que fue muerto fuera de la Argentina y por la policía paraguaya.
Cadáver de Irurzun
El número de víctimas de la dictadura según el Nunca Más y el monumento porteño se acerca al que dio Jorge Rafael Videla en el libro Disposición Final de Ceferino Reato, cuando admitió: “Pongamos que eran siete mil u ocho mil las personas que debían morir para ganar la guerra contra la subversión. No podíamos fusilarlas, ¿cómo íbamos a fusilar a toda esa gente? Tampoco podíamos llevarla ante la Justicia, que estaba inerte. Había que eliminar a un conjunto grande de personas que no podían ser llevadas a la Justicia ni tampoco fusiladas”. Y a la lista de desaparecidos elaborada en 1979 por el ministro del Interior, el general Albano Harguindeguy, que contenía “alrededor de ocho mil” nombres, según el propio Harguindeguy dijo antes de morir.
Un tercer relevamiento oficial, elaborado en el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos pero que no ha sido difundido públicamente, indica que hasta mediados de abril de 2010 la indemnización prevista por la ley 24.411 había sido pagada a los herederos de un total de 7.500 víctimas de desaparición, desaparición forzada y ejecución sumaria:
6.454 casos fueron resueltos de manera favorable desde la entrada en vigencia de esa ley hasta el 31 de diciembre de 2003; en ese periodo, 80 pedidos fueron denegados.
1.046 casos fueron resueltos también de manera favorable desde el 1° de enero de 2004 al 14 de abril de 2010. Otros 226 pedidos fueron rechazados.
También en este caso la cuenta comienza mucho antes de la última dictadura, en 1969.
Otras fuentes también ubican la cifra de víctimas en los rangos ya conocidos.
Los organismos de Derechos Humanos y el kirchnerismo consideraban que eran ellos los únicos que podían hablar de Derechos Humanos. Había un relato bien articulado, muy rígido y no querían correrse ni un centímetro, entonces atacaban cosas como que Videla decía que
tenían que matar a 7 mil, 8 mil personas, como no decía 30 mil les parecía que estaba mal, como si 7 mil u 8 mil personas, fueran nada. Eso es peligroso porque para que sea genocidio no tiene que ver con la cantidad de víctimas, pero 7 mil u 8 mil personas es un montón de sufrimiento.Hay una obsesión de los organismos de DD-HH para que sean 30 mil, como que la sangre derramada haya sido más. Ellos consideraban que eran los únicos que podían hablar y desde la memoria, nunca desde la historia.
Ahora sabemos que la
memoria es parcial, es importante que la víctimas hablen, pero también es importante que hablen todos los grupos, eso es la diferencia entre historia y memoria,
memoria es de un grupo particular, historia es un trabajo que trata de preguntarles a todos los grupos, interpelarlos a todos, para crear algo que no sea solo de un grupo, sino de la sociedad argentina. En ese sentido, también la historia interpela a los grupos revolucionarios, a los grupos guerrilleros. Mientras los organismos de Derechos Humanos con Estela de Carlotto y Hebe de Bonafini defienden la lucha armada, la historia la cuestiona: dice la
lucha armada sirvió también para que mucha gente pidiera la intervención de los militares.
Fue así porque hasta los grupos guerrilleros, Montoneros, el ERP, hacían
fuerza para que hubiera un golpe militar porque ellos esperaban que de esa manera la gente iba a terminar apoyando a las guerrillas, eso iba a acelerar la revolución socialista, eso molestaba y sigue molestando a los organismos de Derechos Humanos.
Fuentes: V
iva la sangre!, Ceferino Reato
La memoria de los de abajo , Roberto Baschetti
Galimberti, Marcelo Larraquy
Revista Evita Montonera,varios números
Archivo diario La Nación
Mentirás tus muertos , Carlos Manfroni