Para Papa. Don Luiz 51 Lula
Muy buen tema.
Querría saber la cifras de bajas brasileras en SGM.
Recuerdo el cenatafio que se encuentra en Río de Janeiro, sobre la avenida Brasil, son tres columnas, una por cada fuerza, con el nombre de los combatientes que dieron sus vidas en el frente europeo.
Esta fue la peor consecuencia de la guerraY malo, muy malo, mí querido Palestra Italia fue obligado a cambiar su nombre para "Sociedade Esportiva Palmeiras"
Bueno fue unos días antes .... Eso marco una diferencia que hasta hoy no nos fue perdonada !!!!Así y todo, creyendo en blanco o negro, gris, o celeste, de verdad: GRACIAS a Dios que no pisamos en aquella guerra.
El Ejército era de influencias Prusianas desde fines el S.XIX.Bueno fue unos días antes .... Eso marco una diferencia que hasta hoy no nos fue perdonada !!!!
Declaración de guerra de Argentina a Alemania y Japón (Decreto Nº 6945/45)
DECRETO Nº 6945/45
B.O. 28 de marzo de 1945
Adhiere la República Argentina al acta final de la Conferencia Panamericana de México y declara el estado de guerra con el Japón y Alemania
[25 de Marzo de 1945]
Vista la comunicación del Director General de la Unión Panamericana, adjuntando copia del Acta Final de la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, celebrada en México, y copia autenticada de la Resolución LIX aprobada el 7 de marzo de 1945 por los veinte Estados americanos participantes de la mencionada Conferencia, y
Considerando:
Que el Art. 6º de la citada Resolución, referente a nuestro país, establece que el Acta Final queda abierta a la adhesión de la Nación Argentina y autoriza al Presidente de la Conferencia para que haga la comunicación del caso al Gobierno argentino por intermedio de la Unión panamericana;
Que en dicha Resolución se reconoce que la unidad de les pueblos de América es indivisible y se afirma, con acierto, que la Nación Argentina es y ha sido siempre parte integrante de la Unión de las Repúblicas Americanas, y se considera igualmente, que la completa solidaridad y la política común entre los Estados americanos ante amenazas o actos de agresión de cualquier Estado a un Estado Americano son esenciales para la paz y seguridad del Continente;
Que el Gobierno de la República, consecuente con la invariable política internacional argentina ratificó su posición contraria a la agresión y de solidaridad con los países hermanos, por medio de las declaraciones del señor Ministro interino de Relaciones Exteriores y Culto del 7 de marzo del año en curso, en las que se refirió especialmente a anteriores manifestaciones de este Poder Ejecutivo consecuentes con la tradición y doctrina argentinas;
Que los considerandos del Acta de Chapultepec y los principios que enumera como incorporados al derecho internacional de nuestro Continente desde 1890, han orientado en todo momento la política exterior de la Nación y coinciden con los postulados de la doctrina internacional argentina;
Que la República Argentina ha colaborado siempre con los Estados de America en toda acción tendiente a aproximar a los pueblos del Continente;
Que esta política tradicional, de las generaciones argentinas desde los albores de nuestra independencia, ha sido inspirada por un sentimiento de real y efectivo americanismo, consecuencia del mandato imperativo de nobles principios que han regulado siempre nuestra vida internacional, manifestados y proclamados por la República Argentina en Conferencias Panamericanas, incorporados a la legislación multilateral, a la labor de la Unión Panamericana y cumplidos en el terreo de los hechos con desinteresado esfuerzo;
Que frente al gesto unánime de los países hermanos que concurrieron a la Conferencia de México, el Gobierno de la Nación, animado de los más elevados ideales de solidaridad continental, norma directriz de nuestra política internacional, no puede permanecer indiferente, dentro de un alto espíritu de confraternidad latinoamericana;
Que el Japón agredió a los Estados Unidos en Pearl Harbor como lo reconoció oficialmente el Gobierno argentino en su decreto de 9 de diciembre de 1941, declarando la no beligerancia de este último Estado, a quién ulteriormente Alemania le declaró la guerra;
Que no quedan descartadas nuevas agresiones de parte del Japón contra alguna de las naciones americanas;
Que países vecinos y amigos, se encuentran ahora en estado de beligerancia con el Imperio del Japón, lo que los expone a un posible ataque de este último;
Que ante esta situación y los nuevos hechos producidos, el Gobierno de la Nación, consecuente con la tradición de solidaridad americana, se propone, una vez más, unificar su política con la común de los demás Estados del Continente, para ocupar el puesto que le corresponda a fin de compartir las responsabilidades que puedan sobrevenir;
Que el Gobierno de la Nación acepta y se halla preparado para dar ejecución a los principios, declaraciones y recomendaciones que son fruto de la Conferencia de México;
Que las disposiciones de los arts. 67, inc. 21 y 86, inc. 18 de la Constitución Nacional y la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación autorizan a dictar las medidas consiguientes a la aceptación por el Gobierno de la República de la invitación de las naciones hermanas;
Que para adoptar tales medidas, el Poder Ejecutivo, en las circunstancias actuales, consideró conveniente compulsar opiniones que aseguren el conocimiento de la voluntad general. El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros, decreta:
Artículo 1º. - El Gobierno de la Nación, acepta la invitación que le ha sido formulada por las veinte Repúblicas Americanas participantes de la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz, y adhiere al Acta Final de la misma.
Artículo 2º. - A fin de identificar la política de la Nación con la común de las demás Repúblicas Americanas y solidarizarse con ellas ante amenazas o actos de agresión de cualquier país a un Estado americano, declárase el estado de guerra entre la República Argentina por una parte y el Imperio del Japón por otra.
Artículo 3º. – Declárase igualmente el estado de guerra entre la República Argentina y Alemania, atento el carácter de esta última aliada del Japón.
Artículo 4º - Por los respectivos Ministerios y Secretarias de Estado se adoptarán de inmediato las medidas necesarias al estado de beligerancia, así como las que se requieran para poner término definitivamente a toda actividad de personas, firmas y empresas de cualquier nacionalidad que puedan atentar contra la seguridad del Estado o interferir en el esfuerzo bélico de las Naciones Unidas o amenazar la paz, el bienestar y la seguridad de las Naciones americanas.
Artículo 5º - Comuníquese, etc, --
FARRELL. - Juan D. Perón - César Ameghino, Alberto Teisaire - Juan Pistarini - Amaro Ávalos. - Bartolomé de la Colina – Julio C. Checchi
15/08/45 se rinde Japón 48 días de guerra
08/05/45 se rinde Alemania 41 días de guerra
28/03/45 Declaramos la guerra
Si no fuera por nosotros ......creo que de acordaron tarde hoy viviríamos otra realidad como país ..... Pero Juan tenia afinidad con Adolf y no se puede negar, hasta los uniformes se parecían, miren si nos confundían talvez esa fue la razón ???
90 Días de Guerra...para que más...encima entramos y ganamosDeclaración de guerra de Argentina a Alemania y Japón (Decreto Nº 6945/45)
15/08/45 se rinde Japón 48 días de guerra
08/05/45 se rinde Alemania 41 días de guerra
28/03/45 Declaramos la guerra
Si no fuera por nosotros ......creo que de acordaron tarde hoy viviríamos otra realidad como país ..... Pero Juan tenia afinidad con Adolf y no se puede negar, hasta los uniformes se parecían, miren si nos confundían talvez esa fue la razón ???
"Cuando hacemos mergullo para inicio efectivo del ataque, el U-199 se desvió bruscamente hacia estribor y completar un giro de 90 grados y alineado exactamente con el eje de nuestra trayectoria, con el arco que nos enfrentamos.
Notamos una sola llama parte naranja de la cubierta de proa, y por lo tanto efetuei alguna acción evasiva para llegar a un centenar de metros, cuando el avión se estabilizó para permitir el perfecto lanzamiento de las bombas.
Con todas las armas disparando en los últimos doscientos metros, en comparación con frente en orden, lanzamos la cadena de cargas de profundidad sólo la proa del submarino.
Se hizo detonar en el momento exacto en que el U-199 pasaba a los tres, uno en la proa, otro en popa y una en medio del barco.
La proa del sumergible se lanzó fuera del agua, y se detuvo allí mismo, dentro de los tres círculos de espuma blanca que dejan las explosiones.
Una descripción completa de la manera en la que las cargas de profundidad golpeó el submarino fue proporcionada a mí en una conversación que tuve con el piloto de un PBM, el teniente Smith, que de lejos fue testigo de todo, y hasta me dio una foto del U- 199 que, lamentablemente, no puedo encontrar.
Nos bajamos por poco menos de 50 metros y pegados en el agua para disminuir el riesgo de reacción eventual de fuego antiaéreo, empezó a curvarse de nuevo a la última carga que se produjo cerca de la popa del submarino que, parado se hundia muy lentamente.
En este pasaje, ya empieza a saltar a bordo de algunos de los tripulantes.
Al completar este segundo pasaje es que vimos un PBM estadounidense que bajó hacia la meta. Despues sabríamos de dónde vino.
Nostros transmitir con emoción el tradicional SSSS – SIGHTED SUB SANK SAME en Inglés, utilizado por los aliados para decir submarino avistado y hundido.
En cuestión de segundos el submarino se hundió, dejando parte de su equipo en mar gruesa.
Echamos un bote inflable y el PBM lanzado dos. Ser testigo de los sobrevivientes se embarcan en los tres botes de goma, pegados en convoy.
Había doce alemanes. Sabríamos despues que eran el comandante, tres oficiales y ocho marineros ".
En realidad la decisión de Alemania fue hundir todo lo que pudieran sin distinción de nacionalidad.Parece que en la decisión del Eje de atacar buques de todos los países americanos hubo una orden expresa del alto mando alemán para no atacar los de bandera argentina y chilenos.