Veamos que dice:
La Prefectura Naval Argentina (PNA), en su carácter de Autoridad Marítima Nacional y en cumplimiento de su función de Policía Auxiliar Pesquera y parte componente del Sistema Integrado de Control de Actividades Pesqueras (SICAP), desarrolla múltiples tareas de vigilancia y control en los diferentes espacios marítimos bajo jurisdicción nacional. Estas tareas, van más allá del control del límite exterior de nuestra Zona Económica Exclusiva y de la prevención del ingreso y la actividad ilegal, de buques pesqueros extranjeros dentro del mar argentino.
Además de ello, la PNA en conjunto con la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación (Autoridad de Aplicación), lleva adelante la labor del monitoreo y control de la flota pesquera nacional y de garantizar el cumplimiento del marco normativo que rige esta actividad en lo que respecta a las temporadas y zonas de veda de las distintas especies, las artes de pesca que se utilizan, las autorizaciones de capturas y la instrucción de las actuaciones sumariales por infracción al Régimen Federal de Pesca. Todo ello sin olvidar que, como Autoridad Marítima, lleva adelante el control de la flota pesquera nacional, en cuanto al aspecto técnico de la seguridad de la navegación, prevención de la contaminación y salvaguarda de la vida humana en el mar.
También, como resultado de la firma de un Convenio Marco de Cooperación con la Administración de Parques Nacionales, la Prefectura contribuye a la fiscalización del Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas, a través del monitoreo permanente del tráfico de buques en dichos espacios y mediante el control y patrullaje con unidades de superficie y aéreas propias, a fin de detectar posibles actividades que impliquen un riesgo efectivo sobre esas áreas y sus recursos.
En el lugar que hace referencia a la ARA es:
Dada la importante extensión del mismo (un frente marítimo de casi 700 kilómetros), ello sería imposible de realizar adecuadamente sólo con patrullajes marítimos combinados de aeronaves y unidades guardacostas.
Para el control de esta amplia zona de nuestro mar, la PNA cuenta además con una importante tecnología de vanguardia aplicada al mismo, nuestro Sistema Guardacostas, líder en Sudamérica. Está especialmente diseñado para el monitoreo y seguimiento de los buques en nuestros diferentes espacios marítimos, con la capacidad de detección también de aquellos buques considerados NO COLABORATIVOS, es decir de los que apagan sus equipos de Identificación Automática para no ser detectados (no se muestran), para lo que emplea imágenes satelitales que provee la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE).
Ello permite además, un uso racional y eficiente de los recursos con que se cuenta (guardacostas y aeronaves), los cuales y de acuerdo con la ubicación y dinámica de la flota seguida por el Sistema Guardacostas, son desplegados en tiempo y lugar, acorde necesidades operativas. Desde el año 2020, se efectúan también, patrullajes coordinados con la Armada Argentina sobre en el límite de la Zona Económica Exclusiva.
Finalmente:
La PNA, como autoridad marítima vela por el cumplimiento de todos los Convenios y Acuerdos Internacionales asumidos por el Estado Argentino, controla la Seguridad de la Navegación, protege a la vida Humana en el Mar, preserva el Medio Ambiente marino, previene la contaminación por hidrocarburos y otras sustancias nocivas, ejerce la función policial de seguridad pública de la ciudadanía embarcada y realiza operaciones de búsqueda y salvamento cuando exista un riesgo de vida. Todas estas tareas son realizadas en el Mar Territorial, Zona Contigua, la Zona Económica Exclusiva y en Alta Mar de corresponder. Mantiene presencia en los puntos más diversos y alejados de la jurisdicción y frontera marítima, desalentando la comisión de contravenciones y delitos.
Me parece que queda claro que la PNA es la Autoridad Marítima Nacional y en consecuencia es la que tiene la misión y jurisdicción del control de la ZEE y la regulación de la pesca. La ARA solo brinda apoyo dado cuenta con medios idóneos para ello pero la misión le corresponde a la PNA y la autoridad es la PNA.
La creación de la División Patrullado Marítimo corresponde a una decisión unilateral de la ARA de asumir misiones que le corresponden a otra fuerza. Obviamente que ya contando con los medios hay que darles el mayor uso posible, pero pensado a futuro, creo que es un tema de roles superpuestos que debería resolverse.