Uso de PUNTA HUECA
Hola Willy
Te copio un trozo de la nota que más abajo detallo:
"El 4 de julio de 2008, el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos suscribió la resolución 1770, en la cual autorizó al personal de la Policía Federal Argentina afectados a servicios de custodias especiales; a los integrantes del Grupo Especial de Operaciones Federales (G.E.O.F.) y a los del Grupo Especial 1 (G.E.1) a la utilización de munición clasificada como expansiva, a diferencia del resto de la fuerza que utiliza munición encamisada tronco-cónica.
Para fundar esta decisión, entre otras razones, en los considerandos de la norma citada se sostiene que "...la munición de proyectil expansivo tiene la capacidad de inhibir eficazmente, con la menor reacción, el poder ofensivo de un eventual agresor...".
También asume que "...la munición de proyectil expansivo disminuye, asimismo, la velocidad y los eventuales rebotes en superficies duras, lo que contribuye a salvaguardar la integridad física de ciudadanos que se hallaren en los recintos o en las áreas circundantes al lugar de un enfrentamiento armado...".
Finalmente refiere que "...la munición de proyectil expansivo fue concebida para el empleo específico por parte de fuerzas de seguridad y policiales de un importante número de países del mundo...".
La nota salió en FULLAVENTURA -
http://www.fullaventura.com.ar/municiones/nota102206.asp y su autor es el Juez Claudio BONADIO - Juez Federal - I.T.A. Nº 5299 (es decir: "propia tropa" :rofl: de los nuestros!) Perdón "los nuestros" = Legítimos Usuarios
Lo que falta es el SINCERAMIENTO general del tema. Primero: permitir que TODAS las Policías puedan utilizar las JHP. Segundo: permitir que TODOS los LLUU podamos utilizar -sin restricciones-a cualquier munición expansiva... exactamente por los mismos motivos que se ha citado en la norma que autoriza su uso a los Grupos de Operaciones Especiales de la Federal.
Dos observaciones:
1. Si pueden conseguirlas... sugiero las FEDERAL HST para uso en Defensa Personal.
2. Hay un error bastante generalizado entre gente del ambiente (de Tiro), considerar que el uso de ammo con puntas huecas es un delito. NONES, no es delito. Para que lo sea debe estar TIPIFICADO en el Código Penal y no lo está. Simplemente hay una Ley y un Decreto Reglamentario que ha adoptado GROSSO ERROR las leyes de la guerra (que prohiben este tipo de puntas) para el mundo civil. Si usan este tipo de puntas en un acto de LEGÍTIMA DEFENSA, el juez, a lo sumo, da intervención al RENAR (autoridad de aplicación) y este organismo puede aplicar una Sanción de tipo Administrativo que va desde una simple "reprimenda" hasta una multa o -como tope- el quite de la CLU. No hay pena, no hay condena alguna (porque -insisto- no es un delito).
Lo que está en juego (con el uso de FMJ o puntas totalmente encamisadas y de punta no-hueca) es:
- la propia vida
- la vida de TERCEROS INOCENTES (por los rebotes y sobrepenetración)
Hay un caso paradigmático del uso de FMJ por parte de una Oficial de la Policía, en un parque (un sitio abierto y público) tuvo que repeler la agresión de un delincuente y el tiro que le pegó (9mm FMJ) lo atravesó limpito... para luego pasar la tabla de un banco (de plaza) donde estaba sentada una persona (de espaldas a la acción) quien resultó MUERTA por ese tiro sobreperforante. :banghead:
Resultado: el delincuente herido pero no muerto, el tercero inocente MUERTO por causa de esta bazofia que es la legislación protectora de delincuentes... (por algo será que quieren proteger TANTO la vida de los delincuentes y buscan perjudicar a la gente honesta...) :banghead: