Post # 126.813 de fecha 09/04/2023
Es oportuno resaltar que por las "Responsabilidades y Competencias de las Fuerzas Armadas Argentinas en Operaciones de Guerra",establecidas en la Resolucion 1/69 del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas el 1 de enero de 1969.Con respecto a la Fuerza Aerea Argentina,en el punto 2.2.1.1 se pauta:
"...El apoyo directo a las operaciones navales de superficie,submarinas y anfibias que comprende: exploracion,reconocimiento,lucha antisubmarina,minado y antiminado,ataque,defensa aerea y las operaciones auxiliares a tales fines,constiyuye una responsabilidad primaria de la Armada y una responsabilidad colateral de la Fuerza Aerea,cuando intervenga en tales operaciones..."
Hoy en dia. 09/04/2023 esta Resolucion del EMCFAA está vigente y para modificarla el Ministerio de Defensa debería ordenar una revision de las"Responsabilidades y Competencias de las Fuerzas Armadas Argentinas en Operaciones de Guerra",desde 1982 no se realizó.
Por ello la ARA continua con su esfuerzo en volver a operar la dupla SUE/SEM-AM39,volver a operar aeronaves de exploracion de largo alcance como los Orion y otro tipo de aeronaves para cumplir con esta Resolucion.
Este documento está al alcance de cualquier ciudadano argentino en la Direccion de Estudios Historicos de la FAA,bajo la nomenclatura de ARCHIVO DEH-FAA-C10/3B.Las negritas son mias para mejor lectura.