Rumores y discusión sobre el próximo multirrol que no fue para la FAA

Todo muy emocionante, pero el debate es: pueden o no pueden usar misiles antibuque los F-16 ( no me refiero al tema técnico) o es solo potestad del COAN?
 

Argos

Colaborador
Colaborador
Gracias por tanto...

 
No pueden por disposición/ley o como se llame del año 69. FAA tiene su área de operaciones hasta las 12 MN. Lo explicó Biguá hace rato el por que no se pedía armamento antibuque.
Muchas gracias Willy, es que mi memoria falla con estas cosas (asociativa), y me cuesta encontrar los post.
Mas siendo algo tan puntual. espero encontrar el post de don @BIGUA82
 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Que hacen que no se van,ya Michelun prendió las luces,estan poniendo las sillas sobre las mesas,la cadena de la persiana se está escuchando como cada eslabon golpea en los dientes del engranaje,afuera ya es madrugada,vayan para el nuevo tema,allá es todo nuevo,mesas y sillas nuevas,la maquina para hacer café está humeante,las tazitas calentitas,solo faltan Ustedes para iniciar la ronda del primer café en el nuevo bar del F-16 bien nuestro.
 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Muchas gracias Willy, es que mi memoria falla con estas cosas (asociativa), y me cuesta encontrar los post.
Mas siendo algo tan puntual. espero encontrar el post de don @BIGUA82
Post # 126.813 de fecha 09/04/2023

Es oportuno resaltar que por las "Responsabilidades y Competencias de las Fuerzas Armadas Argentinas en Operaciones de Guerra",establecidas en la Resolucion 1/69 del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas el 1 de enero de 1969.Con respecto a la Fuerza Aerea Argentina,en el punto 2.2.1.1 se pauta:
"...El apoyo directo a las operaciones navales de superficie,submarinas y anfibias que comprende: exploracion,reconocimiento,lucha antisubmarina,minado y antiminado,ataque,defensa aerea y las operaciones auxiliares a tales fines,constiyuye una responsabilidad primaria de la Armada y una responsabilidad colateral de la Fuerza Aerea,cuando intervenga en tales operaciones..."

Hoy en dia. 09/04/2023 esta Resolucion del EMCFAA está vigente y para modificarla el Ministerio de Defensa debería ordenar una revision de las"Responsabilidades y Competencias de las Fuerzas Armadas Argentinas en Operaciones de Guerra",desde 1982 no se realizó.
Por ello la ARA continua con su esfuerzo en volver a operar la dupla SUE/SEM-AM39,volver a operar aeronaves de exploracion de largo alcance como los Orion y otro tipo de aeronaves para cumplir con esta Resolucion.

Este documento está al alcance de cualquier ciudadano argentino en la Direccion de Estudios Historicos de la FAA,bajo la nomenclatura de ARCHIVO DEH-FAA-C10/3B.Las negritas son mias para mejor lectura.
 
Publicación del Ministerio de Defensa danés, hace 11hs (traducida):

"El ministro de Defensa @troelslundp acogió el lunes y martes al Ministro de Defensa de Argentina Luis Petri en Copenhague y Skrydstrup, que estaba en Dinamarca para firmar el contrato de venta de aviones de combate daneses F-16 a Argentina. Después de reunirse en la fragata Niels Juel en Copenhague Harbor -y de un poco de comida callejera argentina en el muelle- y poner una corona en el castillo, el viaje al sur de Jutlandia fue a un vuelo de demostración en Fighter Wing y firmó el contrato de los 24 aviones de combate. Cuando llegó el momento del intercambio de regalos, resultó que ambos ministros habían elegido camisetas de fútbol."

Link: https://www.instagram.com/p/C50pf4vsXws/?img_index=1

Algunas de las fotos:



 
Post # 126.813 de fecha 09/04/2023

Es oportuno resaltar que por las "Responsabilidades y Competencias de las Fuerzas Armadas Argentinas en Operaciones de Guerra",establecidas en la Resolucion 1/69 del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas el 1 de enero de 1969.Con respecto a la Fuerza Aerea Argentina,en el punto 2.2.1.1 se pauta:
"...El apoyo directo a las operaciones navales de superficie,submarinas y anfibias que comprende: exploracion,reconocimiento,lucha antisubmarina,minado y antiminado,ataque,defensa aerea y las operaciones auxiliares a tales fines,constiyuye una responsabilidad primaria de la Armada y una responsabilidad colateral de la Fuerza Aerea,cuando intervenga en tales operaciones..."

Hoy en dia. 09/04/2023 esta Resolucion del EMCFAA está vigente y para modificarla el Ministerio de Defensa debería ordenar una revision de las"Responsabilidades y Competencias de las Fuerzas Armadas Argentinas en Operaciones de Guerra",desde 1982 no se realizó.
Por ello la ARA continua con su esfuerzo en volver a operar la dupla SUE/SEM-AM39,volver a operar aeronaves de exploracion de largo alcance como los Orion y otro tipo de aeronaves para cumplir con esta Resolucion.

Este documento está al alcance de cualquier ciudadano argentino en la Direccion de Estudios Historicos de la FAA,bajo la nomenclatura de ARCHIVO DEH-FAA-C10/3B.Las negritas son mias para mejor lectura.
Gracias nuevamente Don Eduardo
ya le puse marcador ::)
 
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