Sueldos en las FFAA / FFSS

J

JULIO LUNA

Los militares que en número superior a cuatro reclamen o peticionen tumultuosamente al superior, desconozcan el mando, agredieren o coaccionen a otros militares o provoquen daños, o desórdenes que afecten el cumplimiento de las tareas o funciones militares.
Julio, es la única forma de interpretarla. No es una redacción compleja que se preste a más de una interpretación
Si es la única manera de interpretarla para mi no es motín porque no desconocen el mando no agreden o coaccionan a otros militares no están provocando daños ni desórdenes que afecten el cumplimiento de las tareas o funciones militares esto es asi porque se turnan para protestar en su tiempo libre, yo opino que de lo único que se los puede acusar es de hacer declaraciones públicas a los medios sin permiso y eso es una falta leve.
 

3-A-982

Forísta Táctico
Con respecto a este tema y el de las "o", es de la siguiente manera.

Delito: Contra la Disciplina, agresiones Fisicas, fasta de Respeto a Superior y Subordinado.
Insubordinación: Se Niega Ostenciblemente al cumplimiento del Deber (Trabajo)
MOTíN: Cuando 4 o Mas Militares Incurren en vías de Echo de la Insubordinación o Inrespetuosidad
Desebediencia: Dejar de Cumplir sin Causa Justificada una Orden del Servicio.

Etc etc etc.........hay muchos mas. Como toda Causa tiene su Basico, Condicionantes y agravantes, el personal de la ARA ingresa en la catalogacion de Motín, con respecto al agrabante y desmas, debera esperarse.
 
J

JULIO LUNA

Con respecto a este tema y el de las "o", es de la siguiente manera.

Delito: Contra la Disciplina, agresiones Fisicas, fasta de Respeto a Superior y Subordinado.
Insubordinación: Se Niega Ostenciblemente al cumplimiento del Deber (Trabajo)
MOTíN: Cuando 4 o Mas Militares Incurren en vías de Echo de la Insubordinación o Inrespetuosidad
Desebediencia: Dejar de Cumplir sin Causa Justificada una Orden del Servicio.

Etc etc etc.........hay muchos mas. Como toda Causa tiene su Basico, Condicionantes y agravantes, el personal de la ARA ingresa en la catalogacion de Motín, con respecto al agrabante y desmas, debera esperarse.

Si la protesta la están haciendo en su tiempo libre fuera de la institución muchos vestidos de civil ¿ donde está el motín? ojo que el Código de Justicia militar está derogado y reemplazado por la ley 26.394 .Para mí no se cumple ninguna situación parecida a lo que posteaste.
 

3-A-982

Forísta Táctico
Esto es lo último en Ley (Me lo transmitiero recientemente)

Motín: Cuando 4 o mas militares incurren en acciones de Insubordinación o Irrespetuosidad (Uno o el Otro o Ambos)

*In subordinación: Se Niega Ostenciblemente al Cumplimiento (Desobediencia) del Servicio
y/o Ordenes.
*Irrespetuosidad: Hacia el Superior aun cuando este se encuentre de civil.
*Desobediencia: Dejar de Cumplir sin causa justificada una orden de un Superior
*INDISCIPLINA: Infracción que dañe el servicio y Deberes Militares que a Juicio de un
Superior Afecte el Servicio tales como Incorreccion del Uniforme, Asistir
a Reunion Politica Con Uniforme etc.


1.0: Con o Sin Uniforme, Con o Sin Arma, mas de 4 Militares en Servicio (Fuera del Mismo o NO)
es MOTIN (Nueva Derogación).

2.0: Las Ordenes impartidas por parte de los Oficiales fue claramente que NO a la Acción que
estan llevando a cabo, ante ello, corresponde INSUBORDINACION y DESOBEDIENCIA

2.1: Es decir, Ordenes NO acatadas y dejar de cumplir con las directivas con CAUSAS NO
JUSTIFICADAS, las acciones de reclamo NO estan permitidas para las FFSS, no puede hacer lo
que estan haciendo y punto.

3.0: Las FFSS/FFAA no pueden participar de acciones que sean de caracter politico, todo peticion
debe realizarce por la cadena correspondiente (Jerarquica Vertical) y mucho menos con
Uniforme (Ni Hablar de Armas como muchos allí la tenian), corresponede a INCORRECION
DEL UNIFORME.

4.0: A habido agresiones a superiores, entre ello destaco el Jefe de Logística de la PNA que de Civil
intento pasar desapersivido e ingresar al edificio, agredido por el Personal alli afuera
reclamando. IRRESPETUOSIDAD.

Ante todo, estoy con los muchachos de las FFSS, se merecen cada cosa que piden y evidentemente solo de esta manera se pueden lograr cambios en este país, lejos de estar de Acuerdo O no en su metodologia, NO quita sus FALTAS y por ende las Represalias detras de las mimas.

PD: Uno de los puntos imprecindibles del reclamo es justamente, NO CASTIGO/SANCIONES.
 

DSV

Colaborador
Hay personal de la Fuerza Aérea reunida en la puerta del edificio Cóndor. También son suboficiales retirados los que fueron a apoyar a gendarmes y prefectos.
 
ÚLTIMO MOMENTO: Primicia de NOVA
Noche negra para Scioli: Se acuarteló la Policía Bonaerense







Ministerio de Seguridad.



Efectivos de la Policía Bonaerense se acuartelaron esta noche frente al Ministerio de Justicia ubicado en calle 2 entre 51 y 53 de La Plata en protesta por bajos salarios, y en disconformidad con las políticas aplicadas por el gobernador Daniel Scioli, y su ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal.

En este momento se encuentran frente al edificio un grupo de policías protestando y se está realizando una convocatoria masiva para mañana.

Según los uniformados que se encuentran en el lugar su reclamo se basa en tener un sindicato, un aumento y reformas en el bajo salario que tienen, mejores condiciones laborales y chalecos nuevos y en buenas condiciones para manejarse con seguridad mientras cumplen su función.

Según fuentes que se encuentran con los manifestantes, oficiales de La Matanza, Quilmes y de todo el Conurbano Bonaerense se encuentra sumándose a esta protesta de “brazos caídos” y se espera que mañana jueves sea masiva la convocatoria para obtener lo solicitado.

Por otra parte trabajadores del Ministerio ha informado a este medio que el edificio se encuentra cerrado y que dentro del mismo no se encuentra ningún funcionario ni trabajador.


AMPLIAREMOS. link de la noticia: http://www.agencianova.com/nota.asp?id=33783&id_tiponota=24&n=2012_10_3
 
J

JULIO LUNA

Esto es lo último en Ley (Me lo transmitiero recientemente)

Motín: Cuando 4 o mas militares incurren en acciones de Insubordinación o Irrespetuosidad (Uno o el Otro o Ambos)

*In subordinación: Se NiegaOstenciblemente al Cumplimiento (Desobediencia) del Servicio
y/o Ordenes.
*Irrespetuosidad: Hacia el Superior aun cuando este se encuentre de civil.
*Desobediencia: Dejar de Cumplir sin causa justificada una orden de un Superior
*INDISCIPLINA: Infracción que dañe el servicio y Deberes Militares que a Juicio de un
Superior Afecte el Servicio tales como Incorreccion del Uniforme, Asistir
a Reunion Politica Con Uniforme etc.


1.0: Con o Sin Uniforme, Con o Sin Arma, mas de 4 Militares en Servicio (Fuera del Mismo o NO)
es MOTIN (Nueva Derogación).

2.0: Las Ordenes impartidas por parte de los Oficiales fue claramente que NO a la Acción que
estan llevando a cabo, ante ello, corresponde INSUBORDINACION y DESOBEDIENCIA

2.1: Es decir, Ordenes NO acatadas y dejar de cumplir con las directivas con CAUSAS NO
JUSTIFICADAS, las acciones de reclamo NO estan permitidas para las FFSS, no puede hacer lo
que estan haciendo y punto.

3.0: Las FFSS/FFAA no pueden participar de acciones que sean de caracter politico, todo peticion
debe realizarce por la cadena correspondiente (Jerarquica Vertical) y mucho menos con
Uniforme (Ni Hablar de Armas como muchos allí la tenian), corresponede a INCORRECION
DEL UNIFORME.

4.0: A habido agresiones a superiores, entre ello destaco el Jefe de Logística de la PNA que de Civil
intento pasar desapersivido e ingresar al edificio, agredido por el Personal alli afuera
reclamando. IRRESPETUOSIDAD.

Ante todo, estoy con los muchachos de las FFSS, se merecen cada cosa que piden y evidentemente solo de esta manera se pueden lograr cambios en este país, lejos de estar de Acuerdo O no en su metodologia, NO quita sus FALTAS y por ende las Represalias detras de las mimas.

PD: Uno de los puntos imprecindibles del reclamo es justamente, NO CASTIGO/SANCIONES.
Estuve leyendo la ley 26394 y tiene razón es Motín y se aplica a Gendarmeria.

ARTICULO 10. — Disposiciones transitorias.

Primera: Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a Gendarmería Nacional hasta tanto se dicte un nuevo ordenamiento legal para dicha fuerza de seguridad.

Segunda: Las disposiciones de la presente ley resultarán aplicables a todos los procesos en trámite ante el Fuero Penal Federal.
 

Jorge II

Serpiente Negra.
Ayer por la tarde salió la modificación del Decreto 1305/12, las modificaciones y la nueva escala salarial para el personal de las Fuerzas Armadas. Ahora creo que se entiende el enojo de Garré con el Ministro de Defensa, cuando se dijo que este problema podria ocurrir, el Ministro de Defensa modificó en parte el decreto y eso enfureció a la Ministra de Seguridad que lo pasó sin modificación algúna y en la cual Berni dijo que ponia su renuncia si esto no se modificaba, despues Garré para limar asperezas dijo que lo iba hacer y no lo hizo, y le estalló la granada en la cara; Señores, este conflicto lo hubiesen parado en minutos y lo dejaron crecer dejando que la sociedad se enterara de ademas del magro sueldo que cobra, las condiciones en que trabajan. Tambien la presidenta se dió cuenta que el aparato de inteligencia que tienen armado no pudo detectar que esto se venia como para reaccionar a tiempo, y los que sabian que podria ocurrir lo subestimaron diciendo que jamas se van a quejar. Ahora no les queda más remedio que solucionar ademas de la forma principalmente el fondo porque la sociedad no compró el discurso desestabilizador del gobierno apoyado por la oposición, porque si realmente fuese cierto en minutos estaria llenado la plaza, por eso es hora que el gobierno solucione el problema de fondo sabiendo las concecuencias posteriores que eso conlleva en toda la administración publica nacional y ni hablar del provincial.
 

3-A-982

Forísta Táctico
Estuve leyendo la ley 26394 y tiene razón es Motín y se aplica a Gendarmeria.

ARTICULO 10. — Disposiciones transitorias.

Primera: Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a Gendarmería Nacional hasta tanto se dicte un nuevo ordenamiento legal para dicha fuerza de seguridad.

Segunda: Las disposiciones de la presente ley resultarán aplicables a todos los procesos en trámite ante el Fuero Penal Federal.

Así es Diego, deberan asegurarce de que cualquier arreglo que lleguen, ya sea como único punto o principal punto la catalegación de Motín que les puedan imponer en el futuro cercano, debe se la Prioridad Absoluta de la GNA/PNA y sobre todo de la ARA. Saludos.
 
les pido disculpas, pero recien puedo entrar estaba organizando algunas cosas de trabajo. pero este debate es muy importante para la gente que esta protestando

alguien le tiene que hacer llegar lo que opinan la gente que tiene imparcialidad
 

Jorge II

Serpiente Negra.
Como viene la mano y más aun la situación que se está dando lo más probable es que lo primero que se resuelva es el punto de catalogación de Motín, Igualmente lo más importante que se logró y que supera los puntos en negociación es que de ahora en más por la politica en general sea oficialista y oposición van a ser tratados como Personas en el cual van a tener que escuchar mejor dicho se terminó de tenerlos bajo la alfombra sin posibilidad de queja alguno.
 
QUIEREN ENTENDER LA PROTESTA DE LAS FFAA

por el tema de la recomposicion salarial, les pongo una tabla con el RIM 22 del personal que cobro el mes pasado,

muchos estaban con los ampàros y estos amparos se cayeron con ese decreto, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial son responsables directos de este desmadre que ya tiene dos decadas, lo decia en varias oportunidades

SINO PASA NADA EN EL EJERCITO, ES PORQUE EL PERSONAL TIENE PRESENTE QUE PASO CON LOS CARAPINTADAS Y ESTOS ESTAN OS AFUERA

porque la disconformidad esta.

se estan empezando a enviar notas como las de mas abajo


Punta Alta, de octubre del 2012.-





Al Sr. Ministro de Defensa

Dr. Arturo PURICELLI

S / D







De mi mayor consideración:

Me dirijo al Sr. Ministro por medio de la presente, en mi carácter de personal retirado y/o pensionista de las FFAA, y amparado en lo establecido en el Capítulo Primero: Declaraciones, Derechos y Garantías del Art. 14 de la Constitución Nacional: “Peticionar a las Autoridades”



Motiva el envío de la presente la reciente entrada en vigencia del Decreto Nº 1.305/2012. La mencionada normativa, no dio fin a los agravios que vengo padeciendo desde la promulgación de los Decretos Nº 2.769/1993, 1.104/2005,1.095/2006, 871/2007, 1.053/2008 y 751/2009; lo que derivó en la constante presentación, en todos éstos años, de demandas judiciales.



Los reclamos (primero administrativos y luego judiciales), que dentro del debido proceso llegaron hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación (C.S.J.N.), fueron resueltos a través del fallo dictado en los autos: “Salas Pedro Ángel y otros c/Estado Nacional-Ministerio de Defensa s/Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de Seguridad”. En dicho expediente, la Corte sentó la jurisprudencia aplicable al caso y dejó resueltos favorablemente los agravios que fueran causados por el Estado Nacional. Esto más allá de la aptitud adoptada a posteriori por la misma Corte en el Fallo “Zanotti, Oscar Alberto y otros…”. Según el criterio sentado en dicho fallo : “… los porcentajes referentes al aumento mínimo asegurado deben calcularse, no sobre el sueldo bruto, sino sobre el haber mensual y sumarse a éste, de modo tal que dicho monto constituya la base para determinar el valor de todos los suplementos que se determinen como un porcentaje o parte proporcional de aquel ítem…”. El error, a mi parecer, es que se siguen manteniendo los Fundamentos de los distintos Considerandos que componen el “Fallo Salas” y que dispusieron, con total claridad que los denominados “Suplementos Particulares” que se adjudicaron al personal en actividad, mediante los decretos 1.104/2005,1.095/2006, 871/2007, 1.053/2008 y 751/2009, fueron aumentos encubiertos y que el único fin de considerarlos como “particulares”, fue para no ser otorgados al personal en situación de retiro y/o pensión.



Por todo lo expuesto, considero que se hace necesario que el Poder Ejecutivo, a través de su Ministerio, revea los alcances fijados en el Decreto 1.305/2012, analizando los siguientes puntos.



  1. Que de la lectura de los fundamentos de los dos nuevos “Suplementos” denominados “Particulares” y la “Compensación”, se deduce que reiteran los mismos errores que se vienen produciendo, desde la promulgación del Decreto 2.769/1993.
  2. Que se debe asumir que esta situación (no deseada por los retirados y pensionistas de la Fuerzas Armadas), y provocada por el Poder Ejecutivo, a través de la sanción del decreto 1.305/2012, desembocará en la denominada “Industria del Juicio”, siendo, lamentablemente, la única opción que tenemos en defensa de nuestros derechos.
  3. Teniendo en cuenta que ya la C.S.J.N. se expidió en situaciones similares a la presente y que además es una aptitud contraria a lo que el mismo Estado Nacional expresa (que es el de combatir las liquidaciones salariales en “negro”), y que con éste carácter de “no bonificables” y “no remunerativas”, no tributan ni a las Obras Sociales ni al I.A.F y que los montos que se originan para el pago de cada uno de estos Suplementos y Compensaciones superan el 100% en menos el ingreso del personal retirado y/o pensionista, con relación al personal en actividad, la consecuencia lógica será que el Estado Nacional vuelva a enfrentar, en los próximos años, las demandas tendientes a solucionar los perjuicios causados por el Decreto 1.305/2012.
  4. Por otra parte, hasta el Decreto 926/2011 en el caso del grado de Suboficial Mayor, la diferencia existente para con la jerarquía de Capitán de Corbeta (y sus equivalentes), era algo menor. Por ejemplo, en el año 2005 era de $28,00, en el año 2010 de $44,00 y el año 2011 de $42,00, pero que a través del Decreto 1.305/2012, la diferencia se elevó a $747,00 y si tenemos en cuenta que el S.A.S. y el T.M.C. salen del Haber Mensual, hace de que esa diferencia sea de gran importancia. Recordándole al Sr. Ministro que obtener la jerarquía de Suboficial Mayor, es una meta que se fijan los Suboficiales, desde el mismo inicio de la carrera militar y que para alcanzarla se tienen en cuenta muchos factores en el desarrollo profesional y personal y para intentar lograrlo (como mínimo), se necesitan aproximadamente 30 años de servicios.
  5. Además este “achatamiento” produjo dentro de lapirámide salarial una diferencia importante a tener en cuenta, ya que el Haber Mensual del Marinero 2º (y sus equivalentes), pasó a ser de $2.583,00 y el Haber Mensual de un Suboficial Mayor quedó fijado en $3.774,00, lo que hace una diferencia de $1.091,00 entre las nueve jerarquías.
  6. También sería importante recordarle al Sr. Ministro que a la fecha no se concretó lo anunciado por parte de la Sra. Presidente de la Nación, en la Cena de Camaradería, realizada en el mes de julio próximo pasado, debiendo aceptarse que lo establecido en el Decreto 1.305/2012 no debe considerarse como un incremento salarial. El mismo decreto dice: “Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal militar de las Fuerzas Armadas que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad… Que en tal entendimiento resulta procedente fijar los importes del “Haber Mensual” del Personal Militar conforme las pautas establecidas al respecto en fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación…”. En otras palabras, no es más que un reacomodamiento y jerarquización salarial basado en los Fallos de la Corte, asumiendo de que este reacomodamiento salarial se debió haber realizado en el año 2009, conjuntamente con la Policía Federal Argentina (como lo fijó el Decreto 1.262/2009), ya que eran situaciones a resolver de similares características, tanto para con la P.F.A. como con las FFAA, Prefectura Naval Argentina y la Gendarmería Nacional


Es por ello que ante todo lo expresado precedentemente, es que considero que se hace necesario colaborar como parte afectada en la búsqueda de una solución definitiva con la intervención directa del Ministerio de Defensa y con la participación de las autoridades de la Corte, de la Comisión de Defensa del HCN, de los Sres. Jefes del EMC y de cada una de las Fuerzas y del Sr. Presidente. del IAF, por estar los mismos relacionados de manera directa con la problemática salarial; como así también por quienes representen a los retirados y/o pensionados y de esa manera entre TODOS poder llegar a una solución y poder fijar una política salarial a futuro, tal como lo establece el Art. 55 de la Ley 19.101. Por lo que le elevo al Sr. Ministro la siguiente propuesta para su análisis, la cual la considero factible de realizar.



Propuesta



  1. Que en plazo no mayor a tres años y consecutivamente, se incorpore al “Haber Mensual”, la diferencia existente al día de la fecha, de los Suplementos por “Responsabilidad Jerárquica” y “Administración del Material” y la “Compensación” mencionada en el Decreto 1.305/2012, y/o cualquier otra que en el futuro se establezca con el mismo alcance que las mencionadas.
  2. Que de aplicarse lo propuesto, se establezca como Política Salarial para con las FFAA, el de otorgar el mismo porcentaje que se le conceda anualmente a la Administración Pública Nacional. Teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 55 de la Ley 19.101, referido a que es el Honorable Congreso de la Nación quién debe fijar en la Ley de Presupuesto Anual, el Salario de las FFAA.
  3. Volver a fijar para las jerarquías como en el caso del Suboficial Mayor, la misma equiparación que existió hasta el Decreto 926/2011, para con el grado de Capitán de Corbeta (y sus equivalentes).
  4. Incorporar a los Retirados y Pensionados que residan en las Zonas establecidas en la Ley Nº 19.485, el “Suplemento por Zona Sur o Zona Desfavorable”, de acuerdo a lo solicitado ante ese Ministerio - Subsecretaria de Coordinación – (Expediente Nº 7.372/2011) y que se encuentra pendiente de Resolución.


Sr. Ministro sin más que lo expresado y a la espera de una pronta respuesta satisfactoria, me despido de Ud. con mi mayor consideración, agradeciendo su atención para conmigo.



Atte.









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Firma





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Aclaración





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Jerarquía





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DNI/LE/LC





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Domicilio







Se remite Copia de la presente al:

Sr. Presidente de la CSJN.-

Sr. Presidente de la Comisión de Defensa del HCN.-

Sr. Presidente del I.A.F.-

Sr. Jefe del Estado Mayor Conjunto.-

A los Sres. Jefes de las FFAA.-




--- merged: 4 Oct 2012 a las 18:07 ---
quieren escuchar una persona que tiene en claro el tema de los Juicios de los Haberes de los militares y el desastre que estan haciendo con la recomposicion salarial

ESTA NOCHE A LAS 22 HRS. ESTARE CON NELSON CASTRO EN TN. APROVECHO PARA AGRADECER TODO EL APOYO Y PALABRAS DE ALIENTO QUE SON RECIPROCAS. CREO QUE ALLI NO TENDRE PROBLEMAS EN EXPRESARME LIBREMENTE. LES PIDO DISCULPAS QUE NO RESPONDO CADA MENSAJE, ESTOY TRABAJANDO ARDUAMENTE SUMADO A TODO EL ESFUERZO QUE APORTO PARA DAR A CONOCER LA PROBLEMATICA. POR AHORA SOLO RESPONDERE CONSULTAS DE INDOLE PROFESIONAL, YA QUE EL ASESORAMIENTO ES PRIORIDAD. HOY ME ENTREVISTARON POR RADIO DESDE CORDOBA, CAPITAL FEDERAL Y SANTA FE. ENTRE LAS 17.30 Y 18.00 HRS DARE UNA ENTREVISTA A RADIO MITRE.
 
quieren ver el nuevo proyecto de la recomposicion salarial de las FFAA, luego del desastre que hicieron a principios de mes

aca esta Señores aca esta

https://docs.google.com/file/d/0B-dC5aaeuXaBN0FWR0tEakM5dVk/edit

estan trabajando apresuradamente para enmendar los errores pero......


ESTE ES EL PROYECTO DE NUEVO DECRETO EN EL QUE VIENEN TRABAJANDO LAS 3 FFAA. ESTARIA PRACTICAMENTE APROBADO. SOLO REORDENA EL PROBLEMA DE LA DESJERARQUIZACION Y OTORGA UN PEQUEÑO AUMENTO, PERO MANTIENE LAS SUMAS EN NEGRO, POR LO CUAL SEGUIREMOS CON LA INICIACION Y TRAMITE DE NUEVAS DEMANDAS. QUIENES AUN NO HAYAN COMENZADO, MI RECOMENDACION ES NO PERDER MAS TIEMPO (TENIENDO EN CUENTA ADEMAS LA PROXIMIDAD DEL FIN DE AÑO). FELICITO LAS MANIFESTACIONES Y LAS LUCHAS QUE ESTAN LLEVANDO ADELANTE
--- merged: 4 Oct 2012 a las 18:18 ---
trato de aportar lo que puedo, pero tengo poco tiempo, le pido disculpas, me gustaria expresarme un poco mas, pero creo que es mejor estar en otro lado, como Dijo Finbak, quejate con quien te paga, y asi haremos.
--- merged: 4 Oct 2012 a las 18:21 ---
analisis completo del decreto de las FFAA realizado el mes pasado, con un abogado experto en el tema

https://docs.google.com/file/d/0B-dC5aaeuXaBNnBJa0pXeWJTTE0/edit?pli=1
 
QUIEREN ENTENDER LA PROTESTA DE LAS FFAA

por el tema de la recomposicion salarial, les pongo una tabla con el RIM 22 del personal que cobro el mes pasado,

muchos estaban con los ampàros y estos amparos se cayeron con ese decreto, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial son responsables directos de este desmadre que ya tiene dos decadas, lo decia en varias oportunidades

SINO PASA NADA EN EL EJERCITO, ES PORQUE EL PERSONAL TIENE PRESENTE QUE PASO CON LOS CARAPINTADAS Y ESTOS ESTAN OS AFUERA

porque la disconformidad esta.

se estan empezando a enviar notas como las de mas abajo


Punta Alta, de octubre del 2012.-

Resalto ese parrafo, porque es la realidad cruda. Y si bien el fantasma de las represalias de Semana Santa del 87 estan presentes en la memoria de los Cuadros del EA, te aseguro que en este mismo momento se llevan a cabo demostraciones de disconformidad y protesta muy en la onda del Mahatma Gandhi , y en varios sitios de la Republica. Ademas sin caer en nada contemplado en el Reglamento de Justicia Militar...Saludos!!!
 

Iconoclasta

Colaborador
http://www.infobae.com/notas/674196...su-curiosa-marcha-al-ritmo-de-Pink-Floyd.html

Los gendarmes de Córdoba y su curiosa marcha al ritmo de Pink Floyd


En Jesús María, la banda de música participó del reclamo por la reducción de salarios y fue contundente al momento de sugerir la solución: tocó el tema "Money". En los actos por el Bicentenario habían dado otro show

El conflicto que mantiene en vilo a los efectivos de Prefectura Naval y Gendarmería tuvo un momento de color en la provincia de Córdoba, donde los integrantes del cuerpo de música decidieron tocar una conocida canción del grupoPink Floyd que va a tono con la protesta.
La elección del tema "Money" (dinero) fue sin dudas una sugerencia directa de cuál puede ser la forma de llegar a un acuerdo tendiente a que las fuerzas de seguridad recuperen la tranquilidad y el normal desarrollo de su actividad.
Se trata de la misma banda de música que fue noticia durante los actos por el bicentenario, donde sorprendió al público al improvisar tres temas musicales que no estaban en el libreto de nadie: sus integrantes tocaron "Macarena" (Los del Río); "Thriller" (Michael Jackson); y "El Bombón asesino", clásico de Los Palmeras.

En su momento se habló que los gendarmes podían ser sancionados por ese concierto fuera de contexto, pero luego las autoridades desestimaron esa posibilidad.
--- merged: 4 Oct 2012 a las 20:34 ---
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