Resolución 2065 (XX). Cuestión de las Islas Malvinas (Malvinas Islands)
La Asamblea General,
Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Malvinas Islands),
Teniendo en cuenta los capítulos de los informes del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (Malvinas Islands) y en particular las conclusiones y recomendaciones aprobadas por el mismo relativas a dicho Territorio,
Considerando que su resolución 1514 (XV), del 14 de diciembre de 1960, se inspiró en el anhelado propósito de poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (Malvinas Islands),
Tomando nota de la existencia de una disputa entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre dichas Islas,
1. Invita a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como los intereses de la población de las Islas Malvinas (Malvinas Islands).
2. Pide a ambos Gobiernos que informen al Comité Especial y a la Asamblea General, en el vigésimo primer período de sesiones, sobre el resultado de las negociaciones.
Tambièn hay referencias en las res. 3160, 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25.
Saludos,
Diazpez.-