Fragata Libertad retenida en Ghana

Estado
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la foto fue agregada el 17 DE NOVIEMBRE (de este año) por... ??? ejem

todos los datos que aparecen ahi son autorìa del que lo subiò.

acà esta la pagina de la IMO: http://www.imo.org/Pages/home.aspx a ver quien encuentra ese numero de registro acà (yo hasta ahora no pude)


yo posteo en ese site tambien... ahi podes poner el IMO que se te cante, peude estar equivocado nadie te lo rechaza....

o sea que esta "diputada" armo este quilombo innecesario por que leyo un IMO tipeado por un desconocido que se pudo haber equivocado....?

yo todos los IMO que puse son los reales y solamente de buques comerciales ( portacontenedores, graneleros etc )
--- merged: 28 Nov 2012 a las 23:07 ---
http://www.ambito.com/noticia.asp?id=665078
Según derechos del mar, goza de inmunidad

Organismo marítimo de la ONU confirmó que la Fragata es inembargable

La Organización Marítima Internacional (OMI) certificó que la Fragata Libertad es un buque militar y por lo tanto que no puede ser embargada, informó la embajadora argentina ante el Reino Unido, Alicia Castro.


cuando vuelve la fragata? ya zarpo? :cool:
 
ojalá que zarpe pronto y que no la escondan.
La van a a esconder, porque en dos meses de negociaciones solo hicieron macanas, y solo esta entidad en un dia y de un plumazo cambio la historia.
Al oficialismo no le salio la maldad de dejar a la ARA sin su buque escuela.
Saludos.
 
Cual entidad y en base al pedido de quien? vamos..
La Organizacion Maritima Internacional, mientras elllos se expedian, una legisladora del oficialismo intentaba argumentar que deberian sacarle el status de buque militar a la FRALI para otorgarle el de Buque de Servicios. Quiza yo tengo poca info y estoy tirando fruta, pero creo haberlo escuchado en un reportaje que le hicieron en Radio 10 a esa dipùtada.
De haberme equivocado en algo pido disculpas, pero el oido me funca bien;)
Saludos.
 
S

SnAkE_OnE

Que la diputada sea una impresentable no significa que el proceso haya estado mal encarado, a eso es a lo que me refiero, igualmente hablamos de por si de una situacion que ya venia malparida desde el vamos.
 

gabotdf

Miembro notable
la foto fue agregada el 17 DE NOVIEMBRE (de este año) por... ??? ejem

todos los datos que aparecen ahi son autorìa del que lo subiò.

acà esta la pagina de la IMO: http://www.imo.org/Pages/home.aspx a ver quien encuentra ese numero de registro acà (yo hasta ahora no pude)
yo no la doy por válida!
Simplemente googleé y salió eso, puede ser que el pescado podrido haya haya llegado desde un lugar así a manos de la legisladora
 

diazpez

Complicador
Buenos Días, gente.
Arrancaron las audiencias, primero con la exposición de la Embajadora (en su calidad de consejera legal), Susana Ruiz Cerruti.
Siguió el camino de lo que les mostré en el documento (que nunca terminè de traducir, pido disculpas). Lo màs fuerte fue "hicimos todo para resolver este conflicto pacíficamente, pero Ghana se niega a volver a la vìa del derecho internacional".
En un rato (porque los muchachos tienen que comer), vuelven y expone Ghana. Que bastante flojito quedó con el documento que presentó ayer como defensa, que les paso en un ratito.
Mi sensación? La Fragata ARA Libertad pasa la navidad en su casa.
Los mantengo al tanto.
Saludos,
Diazpez.-
 

rojo

Desde el Nacional
Colaborador
La Argentina denunció que Ghana intentó "tomar la bandera y los documentos del barco"



(Diario La Nación) - La delegación lanzó duras acusaciones en el inicio del juicio por la Fragata en Hamburgo; estiman que la decisión del Tibunal del Mar podría demorar al menos un mes

HAMBURGO.- Con duras acusaciones, la Argentina realizó su presentación en el juicio contra Ghana por la Fragata Libertad, que se inició hoy ante el Tribunal del Mar en Hamburgo. La delegación de nuestro país dijo que hizo "todo lo posible para resolver pacíficamente este diferendo", aunque denunció que las autoridades locales intentaron "tomar la bandera y los documentos del barco".

"La Argentina hizo todo lo que estaba en su poder antes de traer el caso al tribunal. Hicimos todo lo posible para resolver pacíficamente este diferendo", dijo la embajadora Susana Ruiz Cerutti, consejera legal de la Cancillería argentina, en la parte introductoria de la defensa presentada esta mañana en Hamburgo. "Lo que es grave, es que dos meses después (de que se retuviera a la fragata en el puerto ghanés de Tema) Ghana no regresó al camino del derecho internacional", indicó, añadiendo que esta "violación del derecho internacional genera una situación de crisis".

La embajadora argentina dijo que la actitud de las autoridades de Accra generan una "situación de crisis" que obligó a las autoridades argentinas a evacuar a 281 personas, tripulantes del buque, tanto argentinos como de otras nacionalidades, por los riesgos a su seguridad y la falta de medios para vivir dignamente luego de que las autoridades portuarias de Tema cortaran la energía del buque.

"Tuvimos que resistir a las autoridades de Ghana de tomar la bandera y los documentos del barco", lo que le valió al capitán del buque una acusación por "desacato", dijo Ruiz Cerutti. Durante su exposición la embajadora añadió que "incluso tuvimos que resistir por la fuerza los intentos de abordaje". "Desde entonces la tripulación vive con la amenaza de un nuevo abordaje", insistió la embajadora.

Ghana envió el miércoles un documento de unas diez páginas con los argumentos de su defensa que, según la delegación argentina, no responde por qué Accra "viola" el derecho internacional, aunque sí reconoció, según citó la embajadora ante el tribunal, que "utilizó la fuerza para subir al barco".

En medio de un clima de fuerte expectativa por parte del Gobierno, el Tribunal Internacional del Mar, con sede en Hamburgo, empezó esta mañana a definir el futuro de la Fragata Libertad. La embarcación está amarrada en Ghana desde el 2 de octubre pasado, por una decisión judicial del país africano que hizo lugar a una petición de embargo presentada por el fondo de inversión NML.

La Argentina sustenta su petición en el artículo 290, párrafo 5, de la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar y argumenta que la Fragata, buque de guerra de su Armada, no es embargable.
El Tribunal del Mar prevé para la exposición argentina la sesión de la mañana de hoy, a lo que seguirá tras la pausa del mediodía la correspondiente a Ghana, hasta aproximadamente las 18.30 de ese país. A las sesiones de hoy seguirán mañana otros dos turnos de intervención, una para cada parte, tras lo cual se iniciará el proceso de deliberación por los jueces.

Si bien el Gobierno pretende resolver rápidamente el conflicto con Ghana para liberar la Fragata cuanto antes, los tiempos del tribunal internacional son otros: se estima que la decisión podría demorar por lo menos un mes.

La petición de embargo ante el reclamo de los "fondos buitre" se amparó en una demanda para el pago de bonos soberanos que se instruye en Nueva York, pendiente desde fines de 2001, que derivó en la retención de la Fragata cuando realizaba un viaje de instrucción con 300 marinos a bordo. El caso de la Fragata es el número 20 en la historia del Tribunal del Mar y a pesar de tratarse de la máxima instancia sobre Derecho del Mar no puede asegurarse que la decisión que adopte sea la definitiva, ya que se puede apelar.

Agencias AFP y EFE .
--- merged: 29 Nov 2012 a las 10:14 ---

Argentina pidió liberar la Fragata, denunció ataques y alertó 'riesgo de confrontación'
http://www.infobae.com/notas/683866...ataques-y-alerto-riesgo-de-confrontacion.html
 

diazpez

Complicador
Gracias muchachos, me van a hacer poner colorado.
Les paso el argumento de defensa de Ghana, enviado ayer al tribunal.
http://www.itlos.org/fileadmin/itlo..._REPUBLIC_OF_GHANA_-_28_NOVEMBER_2012__2_.pdf

Bàsicamente y en un resumen sucinto, Ghana plantea que el Tribunal del Mar no tiene jurisdicción para resolver la disputa.

Salteo los hechos, y voy a la respuesta legal de Ghana. Mis opiniones, en rojo.
Plantean que para tener derecho a recibir medidas provisionales del tribunal, la situación tiene que cumplir las siguientes condiciones:

1) El tribunal a constituirse tenga jurisdicción.
2) Las medidas provisionales pedidas por Argentina sean necesarias o apropiadas para preservar los derechos de todas las partes.
3) Exista la urgencia que Argentina expresa para justificar la imposición de medidas provisionales.

Ghana dice que no se cumple "una o ninguna" de las condiciones. Ademàs, indica que "entiende claramente" las razones por las que Argentina plantea el caso y que de ningún modo busca minimizar la importancia de los intereses que busca proteger. Pero considera que la resolución de esta "desafortunada disputa" debe hacerse de acuerdo al derecho internacional, por fuera de los límites de la convención.

En relación al punto 1), Ghana plantea un tecnicismo: de acuerdo al Artículo 32 de UNCLOS, la inmunidad de los buques de guerra esta protegida en el "mar territorial", pero no dice nada de dicha inmunidad en "aguas internas". Pifian cuando ellos mismos reconocen que el Art 32 indica que "nada en esta convención afecta las inmunidades de buques de guerra y barcos gubernamentales cumpliendo misiones no comerciales", pero lo usan para indicar que nada en la convención dicta normas sobre la inmunidad (o la renuncia a la misma) en aguas internas.
Cierran el argumento diciendo que, ya que no hay legislación referente a la inmunidad en aguas internas, y hay que referirse a legislación externa a UNCLOS, el artículo 32 no puede ser aplicado. Legalmente, esto es verdad: no puedo presentar caso en un tribunal que no trata exactamente la disputa. Pero esto dependerá de la extensión del significado de "aguas internas" contra "mar territorial". Sería muy raro que el tribunal permita diferenciar en este caso entre una cosa y otra, porque entonces crearía tres jurisdicciones distintas para tres momentos muy parecidos. Además, no está río arriba como el Octubre rojo. Está en un puerto internacional que es continuidad directa del "mar territorial".
El segundo punto que plantea es la bendita renuncia a la inmunidad. Lo que dice es que en todo caso, tal renuncia deberá ser tratada por el derecho internacional, ya que al no contener ninguna normativa al respecto, UNCLOS no tiene forma de juzgar tal renuncia. Plantea también que al haber un proceso abierto en el sistema judicial Ghanés, toda la disputa podría - y debería, según ellos- resolverse bajo las bases del derecho internacional privado. En este sentido, esperan que la apelación presentada por Argentina sea resuelta no más allá de enero de 2013. También verdad, y es el núcleo del asunto. Este es el único punto fuerte de la postura Ghanesa. De todos modos, si el tribunal resuelve que la Fragata está dentro de su jurisdicción, la liberación inmediata es una medida provisional factible. Y la resolución por medio del Derecho Internacional Privado no me asusta ni un poquito, más bien es relajante.
En relación con el punto 2), Ghana dice que no está demostrado que la retención de FRLI provoque daños irreparables a los derechos Argentinos.
Ghana dice que nosotros planteamos que el amarre de la Fragata en el puerto de Tema:
- Impide la instrucción de cadetes;
- Representa un riesgo para el buque y su tripulación;
- Representa un riesgo para la mera existencia de los derechos Argentinos;
- Daña los sentimientos del Pueblo Argentino.
Dicen que en realidad, no hay tal riesgo, ya que la Autoridad Portuaria en toda su estadía se encargaron -y encargarán- de "asegurar la libertad y seguridad del barco y su tripulacion". De hecho, al ejecutar la orden de la Corte Ghanesa, actuó "razonablemente, evitando el uso de fuerza excesiva y tomando en cuenta el valor histórico del barco, y tratando de protegerlo de todos los riesgos posibles- incluyendo riesgos de seguridad de navegación y contaminación por cemento."
Además, la posibilidad de la liberación inmediata existe mediante el pago de una caución, por lo que la imposición de medidas provisionales no sería necesaria.
Psé. El caso viene caído de antes. Ahora viene lo mejor.
Punto 3), la urgencia: Ghana plantea que Argentina no presenta evidencia que sostenga la urgencia que reclama.
Indica que Argentina, tras los eventos del 7 de Diciembre en donde "la Autoridad Portuaria trató de mover el buque de un muelle a otro de acuerdo a la orden de la Corte Ghanesa) plantea que otras rupturas de los derechos Argentinos pueden suceder en el futuro cercano. También que sugerimos que el suministro de combustible de la Fragata se acabará a mediados de Diciembre, y que la tripulación presente en ARA Libertad no es suficiente en número para responder adecuadamente a emergencias o para cumplir con el mantenimiento del barco necesario para implementar los planes de instrucción de 2013.
Ghana "lamenta que los eventos del 7 de Diciembre hayan parecido exacerbarse por las dificultades del idioma, que pueden haber causado que ciertas acciones llevadas a cabo por la Autoridad Portuaria puedan ser consideradas erróneamente como hostiles". Además, "cualquier inconveniente que la tripulación de ARA Libertad pueda tener como resultado de la necesidad de reabastecerse o la necesidad de responder adecuadamente a emergencias son mantenidas en permanente consideración por la Autoridad Portuaria".
El problema era el acento, muchachos!

Concluyen solicitando al tribunal:
1) Rechazar el pedido de medidas provisionales solicitadas por Argentina el 14 de Noviembre de 2012;
2) Ordenar a Argentina el pago de las costas del proceso.

En síntesis, no hay demasiado caso. Pero veremos qué plantean en un ratito.

Saludos,
Diazpez.-
 
El mar territorial se mide desde la costa con la máxima baja marea. Los puertos se consideran parte de dicha zona.
Aguas internas son los ríos navegables, lagos, etc., que son jurisdicción interna del Estado. ¿Acaso este puerto esta en el interior de un río? Realmente muy rebuscado el argumento.
 

diazpez

Complicador
Por eso digo que el caso está caído. Sería rarísimo que ITLOS diga que está en aguas internas.
Le tengo más miedo a la argumentación que refiere a que UNCLOS no trata específicamente el tema de las inmunidades y sus renuncias. Pero fuera de UNCLOS, la jurisprudencia nos recontra avala.
La salida menos comprometida para el tribunal sería que desestime la urgencia y nos remita al tribunal local, donde tras la apelación debería liberarse. Pero me da la sensación que el Tribunal va a pronunciarse por la liberación inmediata.
Saludos,
Diazpez.-
 
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