1) ¿Donde caraxo puse que los derechos de exortación son a cuenta de IVA?. Eso lo puso Hymenóptero, al confundir la "retenciones" con los Derechos Aduaneros, y es lo que le estoy criticando.
2) ¿Jerga? . . . Qué jerga ni ocho cuartos. Se llaman "retenciones" porque son retenciones a cuenta de IVA, y no son oponibles a otros impuestos. Esto es así porque es el único impuesto que en su ley permite este tipo de mecanismos de percepción. En el caso de Ganancias, por ejemplo, los adelantos (que no están contemplados en la norma), se llaman "pagos a cuenta".
Eso es un mecanismo espurio para crear un impuesto por fuera del Congreso (única autoridad nacional para fijar o quitar impuestos), entonces idearon un "mecanismo" con un impuesto existente, de forma de generar un flujo de fondos a favor del Estado, que por la dinámica misma del sector y del IVA, nunca va a ser reintegrado . . .
Y además, en todo caso, desmentí a la misma gente de la AFIP, que en el informe que subió Hymenóptero, en la página 12 (no 9) como ya he citado, en el punto 2.1 "Impuesto al Valor Agregado" (
NETO DE REINTEGROS), en la descomposición de los ingresos por el mismo el cuarto renglón dice:
"Retenciones Aduaneras" . . . . ($20.000 millones en 2013)
Así que en todo caso andá a explicarle a Etchegaray lo que son las Retenciones . . . . .
Saludos.
P.S.: Dudo seriamente con la confusión de términos que tenés que realmente seas un contador . . . .