Noticias de la Fuerza Aérea Argentina

73° ANIVERSARIO DE LA CREACION DE INMAE



Durante la ceremonia se inauguró el aula y la sala de estar de residentes de Medicina Aeronáutica y Espacial
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El 22 de febrero el Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica y Espacial (INMAE) celebró el 73° Aniversario de su creación. Durante el evento se realizó el corte de cinta e inauguración de la sala de estar y aula de la Residencia de Medicina Aeronáutica y Espacial.

Al respecto, el director del INMAE, comodoro Horacio Hunicken, afirmó: “Este Instituto se caracterizó a lo largo de su evolución por la excelencia en la aplicación efectiva de la ciencia en la realización de los exámenes psicofisiológicos siempre en pos del máximo objetivo que es la Seguridad Operacional”.

El comodoro manifestó que la estructura del INMAE sigue vigente desde su creación y se conforma por los departamentos de Aptitud Psicofisiológica; Docencia e Investigaciones “para perfeccionar las máquinas que vuelan es necesario estudiar tanto la aeronave como al hombre, desde que en vuelo ambos se amalgaman hasta constituir un sistema integrado”.

Por su parte, el decano emérito del Gabinete Psicofisiológico, Dr. Alberto Lattanzio explicó qué significa para él el INMAE: “Su mejor definición se resume en dos palabras: investigación y docencia. Aquí cada uno de nosotros cumple su rol con responsabilidad y corrección, por ello INMAE ha logrado un gran y merecido prestigio internacional”.

Además de celebrar la historia de este Instituto, durante el evento se realizó el corte de cinta por parte del director general de Salud, brigadier "VGM" Eduardo Daghero, y se inauguró la sala de estar y el aula de la Residencia de Medicina Aeronáutica y Espacial.

Sobre este tema, la residente de tercer año de Medicina Aeronáutica y Espacial, primer teniente María del Valle Clua, manifestó: “En 2012 la Fuerza Aérea Argentina concretó un anhelo de larga data para todos los profesionales médicos militares de la Fuerza comprometidos con la medicina aeronáutica. La creación de la residencia en nuestra materia específica y singular, la medicina aeronáutica”.

Posteriormente, la oficial continuó: “A la fecha se han graduado dos promociones de médicos militares de Fuerza Aérea Argentina con los saberes teóricos y la práctica adquiridos en este ámbito nuestro. Como ejemplo para los que aún no hemos terminado el ciclo de la residencia, quienes nos precedieron culminando su especialidad con honores vienen demostrando su idoneidad y orgullo de pertenencia honrando permanentemente a quienes promovieron y dieron lustre a la medicina aeronáutica en la Patria. La inauguración de este sector nuestro en INMAE, nos obliga, en primer lugar, a ejercitar la mayor virtud: la gratitud”.

“A los maestros que con generosidad y tesón han venido transmitiéndonos su conocimiento y experiencia. A la totalidad del personal de este Instituto que con un pincel de brocha gorda o con una computadora han estado siempre junto a nosotros”, concluyó la primer teniente.

FUENTE: INMAE
¡Qué grande el INMAE! Pero, por favor BIGUÁ, no le haga propaganda, a ver si algún iluminado se le ocurre que sería mejor que esté bajo la órbita del Ministerio de Salud o, lo que es peor, privatizarlo (como a los psicológicos del ANMaC). Upss, capaz que les dí la idea...
 

stalder

Analista de Temas de Defensa
El tema es que el programa Pampa nunca fue completado y con la falta de recursos solo el armamento de entrenamiento fue adquirido, por eso no hay LAU 61 ni pod de 30 ni nada .
Claramente se deberian homologar pods comerciales de 12,7 y 20 mm y adquirirlos porque sino no sirve de nada asi como un lote de LAU 61

El Pampa en la FAA solo fue de entrenamiento y eso se hace notar en una Fuerza Aerea venida a menos desde el 84 que viene perdiendo escuadrones de combate a lo loco.

Nunca pensaron que 30 años despues , estarian casi en primera linea de combate porque todos los SDA principales desaparecieron..

Hoy nos encontramos que los A4ar y los PAMPA son los unicos con equipamiento electronico para ataques precisos y el PAMPA solo es de entrenamiento, por eso salvo bombas de 125 kg nunca se le ve con nada, los pod de 7,62 son precisamente de entrenamiento .
 

stalder

Analista de Temas de Defensa
CONTRATOS
Decisión Administrativa 185/2018
Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-30424957-APN-DGM#FAA, las Leyes Nros. 24.156 y 26.501, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016 y 690 del 16 de mayo de 2016, sus respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 25 inciso d) apartado 8 del Decreto N° 1023/01 y el artículo 22 del Anexo al Decreto N° 1030/16 establecen que la modalidad de la contratación directa se podrá aplicar para los contratos celebrados entre las jurisdicciones y entidades del ESTADO NACIONAL, entre sí o con Organismos provinciales, municipales o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también con las empresas y sociedades en las que tenga participación mayoritaria el Estado, siempre que tengan por objeto la prestación de servicios de seguridad, logística o de salud.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA es un Organismo dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, y éste es una jurisdicción comprendida dentro de la Administración Central, conforme los términos del artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.
Que por su parte, la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), es una sociedad anónima en la que el Estado, tiene una participación accionaria mayoritaria, conforme lo dispuesto por la Ley N° 26.501, que autorizó al PODER EJECUTIVO, a través del MINISTERIO DE DEFENSA, a ejercer la opción de compra de las acciones de la Empresa LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, la que se concretó en el marco del Acuerdo suscripto entre las partes, con fecha 17 de diciembre de 2009.
Que el objeto del contrato celebrado entre la FUERZA AÉREA ARGENTINA y la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA) de fecha 14 de diciembre de 2017 se circunscribe a la certificación de configuración PAMPA III, el completamiento de aeronaves PAMPA III, la provisión por parte de FAdeA a FAA de las mismas y la provisión de estaciones de planificación de misión, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 612.128.970), correspondiente al período 2018.
Que conforme los informes técnicos acompañados por la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, los requerimientos operativos de esa Institución se encontrarían satisfechos con los servicios de la co-contratante FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), respecto de la cual se destaca su eficiencia técnica para dichas prestaciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES PROGRAMAS Y PRESUPUESTOS de la FUERZA AÉREA ARGENTINA y la DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado las intervenciones correspondientes.
Que los Anexos I, II y III del contrato interadministrativo mencionado, han sido declarados Reservados, en los términos de la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 581 del 23 de abril de 1997.
Que el Anexo IV del contrato interadministrativo que se propicia aprobar establece la designación de los miembros de la Comisión de Recepción, recayendo sobre el señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, la facultad para modificar los integrantes de la mencionada Comisión en caso de resultar necesario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios, y el artículo 9º incisos d) y e) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Contrato Interadministrativo para la certificación de configuración PAMPA III, el completamiento de aeronaves PAMPA III, la provisión por parte de FAdeA a FAA de las mismas y la provisión de estaciones de planificación de misión (IF 2017-33047441-APN-SEMG#FAA) y sus OCHO (8) Anexos, ANEXO I (IF-2017-33047838-APN-SEMG#FAA), ANEXO II (IF-2017-33048123-APN-SEMG#FAA), ANEXO III (IF-2017-33048461-APN-SEMG#FAA), ANEXO IV (IF-2017-33048755-APN-SEMG#FAA), ANEXO V (IF-2017-33049041-APN-SEMG#FAA), ANEXO VI (IF-2017-33049234-APN-SEMG#FAA), ANEXO VII (IF-2017-33049521-APN-SEMG#FAA) y ANEXO VIII (IF-2017-33049824-APN-SEMG#FAA), los que forman parte integrante de la presente medida, revistiendo los ANEXOS I, II y III carácter RESERVADO, suscripto con fecha 14 de diciembre de 2017 entre la FUERZA AÉREA ARGENTINA y la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), por un monto total de PESOS SEISCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 612.128.970), correspondiente al período 2018.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente correspondiente a la Jurisdicción 45- MINISTERIO DE DEFENSA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, con excepción de los Anexos I, II y III, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Oscar Raúl Aguad.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 26/02/2018 N° 11061/18 v. 26/02/2018
Fecha de publicación 26/02/2018
 
no te decia eso, sino que el brazo telescopico que levanta el parabrisas, esta entre medio de los dos asientos....y este brazo telescopico esta en el segundo asiento...justamente en el asiento del ingeniero.

Vi este comentario tuyo en el celular minutos después de que lo hiciste y quería aportar unas fotos de mi archivo pero me atrase mucho y el señor @BIGUA82 me gano por muchas horas!!!!!

No obstante te dejo una foto, tarde pero seguro


Saludos
 
Última edición:

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
CONTRATOS
Decisión Administrativa 185/2018
Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2018
VISTO el Expediente N° EX-2017-30424957-APN-DGM#FAA, las Leyes Nros. 24.156 y 26.501, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016 y 690 del 16 de mayo de 2016, sus respectivas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 25 inciso d) apartado 8 del Decreto N° 1023/01 y el artículo 22 del Anexo al Decreto N° 1030/16 establecen que la modalidad de la contratación directa se podrá aplicar para los contratos celebrados entre las jurisdicciones y entidades del ESTADO NACIONAL, entre sí o con Organismos provinciales, municipales o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también con las empresas y sociedades en las que tenga participación mayoritaria el Estado, siempre que tengan por objeto la prestación de servicios de seguridad, logística o de salud.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA es un Organismo dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, y éste es una jurisdicción comprendida dentro de la Administración Central, conforme los términos del artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.
Que por su parte, la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), es una sociedad anónima en la que el Estado, tiene una participación accionaria mayoritaria, conforme lo dispuesto por la Ley N° 26.501, que autorizó al PODER EJECUTIVO, a través del MINISTERIO DE DEFENSA, a ejercer la opción de compra de las acciones de la Empresa LOCKHEED MARTIN AIRCRAFT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, la que se concretó en el marco del Acuerdo suscripto entre las partes, con fecha 17 de diciembre de 2009.
Que el objeto del contrato celebrado entre la FUERZA AÉREA ARGENTINA y la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA) de fecha 14 de diciembre de 2017 se circunscribe a la certificación de configuración PAMPA III, el completamiento de aeronaves PAMPA III, la provisión por parte de FAdeA a FAA de las mismas y la provisión de estaciones de planificación de misión, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 612.128.970), correspondiente al período 2018.
Que conforme los informes técnicos acompañados por la DIRECCIÓN GENERAL DE MATERIAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, los requerimientos operativos de esa Institución se encontrarían satisfechos con los servicios de la co-contratante FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), respecto de la cual se destaca su eficiencia técnica para dichas prestaciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES PROGRAMAS Y PRESUPUESTOS de la FUERZA AÉREA ARGENTINA y la DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado las intervenciones correspondientes.
Que los Anexos I, II y III del contrato interadministrativo mencionado, han sido declarados Reservados, en los términos de la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 581 del 23 de abril de 1997.
Que el Anexo IV del contrato interadministrativo que se propicia aprobar establece la designación de los miembros de la Comisión de Recepción, recayendo sobre el señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, la facultad para modificar los integrantes de la mencionada Comisión en caso de resultar necesario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios, y el artículo 9º incisos d) y e) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Contrato Interadministrativo para la certificación de configuración PAMPA III, el completamiento de aeronaves PAMPA III, la provisión por parte de FAdeA a FAA de las mismas y la provisión de estaciones de planificación de misión (IF 2017-33047441-APN-SEMG#FAA) y sus OCHO (8) Anexos, ANEXO I (IF-2017-33047838-APN-SEMG#FAA), ANEXO II (IF-2017-33048123-APN-SEMG#FAA), ANEXO III (IF-2017-33048461-APN-SEMG#FAA), ANEXO IV (IF-2017-33048755-APN-SEMG#FAA), ANEXO V (IF-2017-33049041-APN-SEMG#FAA), ANEXO VI (IF-2017-33049234-APN-SEMG#FAA), ANEXO VII (IF-2017-33049521-APN-SEMG#FAA) y ANEXO VIII (IF-2017-33049824-APN-SEMG#FAA), los que forman parte integrante de la presente medida, revistiendo los ANEXOS I, II y III carácter RESERVADO, suscripto con fecha 14 de diciembre de 2017 entre la FUERZA AÉREA ARGENTINA y la FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A. (FAdeA), por un monto total de PESOS SEISCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 612.128.970), correspondiente al período 2018.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente correspondiente a la Jurisdicción 45- MINISTERIO DE DEFENSA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, con excepción de los Anexos I, II y III, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Oscar Raúl Aguad.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 26/02/2018 N° 11061/18 v. 26/02/2018
Fecha de publicación 26/02/2018





Fue aprobado el contrato entre la Fuerza Aérea y FAdeA por el completamiento y entrega de tres aeronaves Pampa III

Mediante la Decisión Administrativa 185/2018 de la Jefatura de Gabinete de Ministros publicada hoy en el Boletín Oficial, se aprobó el contrato firmado en el mes de diciembre pasado entre la Fuerza Aérea y FAdeA referente al completamiento y entrega de tres aeronaves de entrenamiento avanzado IA-63 Pampa III.

Específicamente el contrato, el cual tiene una duración de un año prorrogable por otro adicional, establece que FAdeA completará y entregará a la Fuerza Aérea 3 (tres) aeronaves Pampa III (células 1028, 1029 y 1030), además de estos tres Pampa III y como parte del contrato FAdeA suministrará a la FAA una Estación Fija de Planificación de Misión (Ground Station Mission Planning), dos Estaciones Móviles de Planificación de Misión (Mobil Station Mission Planning) y proveerá equipamiento y repuestos para las aeronaves bajo la modalidad de "lote mínimo". El valor del contrato es de 612 millones de pesos.

Recordemos que de las tres aeronaves comprometidas en este contrato, la primera (matricula EX-05) ya efectuó su primer vuelo de prueba, mientras que las restantes dos se encuentran en etapa de fabricación.

Foto: https://www.facebook.com/FuerzasArmadasArg/
Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/…
 

DSV

Colaborador
FAdeA suministrará a la FAA una Estación Fija de Planificación de Misión (Ground Station Mission Planning), dos Estaciones Móviles de Planificación de Misión (Mobil Station Mission Planning)
Biguá, esto es interesante. Serán estaciones del tipo las que operan los vehículos aéreos no tripulados?
 
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