Se presentara un proyecto para reinstaurar el Servicio Militar Obligatorio (SMO)

¿Servicio Militar Obligatorio? ¿Si o No?

  • Si

    Votos: 201 62,2%
  • No

    Votos: 122 37,8%

  • Total de votantes
    323
La historia esta llena de movimientos civiles creados en los momentos necesarios, que se mandaron a pelear para defender su patria...saludos.

Estamos en el siglo XXI. Argentina está desarmada, sólo una parte de la población posee armas de fuego (y muy pocas poseen armas largas semiautomáticas, gracias al decreto 64/95), las fuerzas armadas no están a pleno funcionamiento y sufren una grave brecha tecnológica y logística. Ya no estamos en la época en que las batallas se definían por las vidas de los hombres en el campo de batalla. En esta época, las invasiones se definen por la tecnología, un país que posee una flota de bombarderos y misiles crucero convencionales puede dejar a un país en la edad de piedra, destruyendo los servicios básicos (usinas y represas eléctricas, plantas de potabilización de agua, gasoductos, etc). Si no se tienen fuerzas armadas profesionales bien equipadas, no se puede pensar en la defensa de un país. Pero tampoco se pueden dejar de lado a los reservistas, que son un apoyo logístico importante. De no existir el SM, ¿cómo se entrena al a población civil?. Actualmente existen los reservistas, pero son pocos.

Si usted afirma que los civiles pueden defender al país, dígame cómo lo pueden hacer sin contar con entrenamiento o armas de fuego.
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
Los que fueron a las islas fueron voluntarios o cumpliendo ordenes .Eran soldados que estaban haciendo el SMO y se les ordenó junto con su unidad ir a Malvinas o tenián la posiblidad de negarse a ir a la guerra.

No, no había forma de negarse.

No imagino igualmente alguien que pudiera negarse y vivir consigo mismo después de tan deleznable conducta.


Ya no estamos en la época en que las batallas se definían por las vidas de los hombres en el campo de batalla.

Esencialmente todas la guerras terminan definidas por los hombres en los campos de batalla o en otros escenarios.-
 
J

JULIO LUNA

No, no había forma de negarse.

No imagino igualmente alguien que pudiera negarse y vivir consigo mismo después de tan deleznable conducta.

Yo conozco personalmente casos que llegaron a herirse para volver continente y no combatir.Es decir había gente que no quería estar en la guerra y que no querían ser soldados.Por eso mantengo mi posición de que debe ser soldado solamente el que tiene vocación.El reclutamiento compulsivo que implica el SMO es anacrónico, no es práctico y no se es más hombre por ponerse un uniforme.
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
Yo conozco personalmente casos que llegaron a herirse para volver continente y no combatir.Es decir había gente que no quería estar en la guerra y que no querían ser soldados.Por eso mantengo mi posición de que debe ser soldado solamente el que tiene vocación.El reclutamiento compulsivo que implica el SMO es anacrónico, no es práctico y no se es más hombre por ponerse un uniforme.

No solo soldados. Muchos cuadros y algunos Of Jefes en las tres armas.

Ahora, alguien lo tiene que hacer y es de gente de bien asumir sus obligaciones y no esperar que alguien haga lo que le corresponde.

Dejar a otros a pelear o morir mientras miente una dolencia para escapar de lo que realmente debe hacer y es pelear por su país, por su tierra, por su herencia.

Quien lo haya hecho merece el mayor de los repudios de la sociedad por mentiroso e hipócrita además de cobarde y lacra humana.
 
Negarse en su momento a no cumplir el SMO además de una conducta deleznable es no cumplir con la única carga o deber verdadero que exigen la mayoría de los estados en su constitución.
Coincido que aquellos que les correspondia ir a Malvinas y se autoinfligieron heridas para volver al continente representan todo aquello reprobable de las conductas humanas; deben llevar con vergüenza el mote de veteranos, supongo que ocultarán su condición de ¿traidores?
 

Iconoclasta

Colaborador
Para no todos la patria es lo primero.

Existen razones lógicas y razonables para oponerse a participar de una guerra, esto no convierte a alguién en el tipo de persona que mencionan abajo, es una falta de respeto, que desconoce y desmerece la condición humana

Ademas, hay gente que es mas apta que otros
 
La constitución no discrimina, tanto los derechos como las obligaciones son para todos, despues están las excepciones, las objeciones y demás.
 

Iconoclasta

Colaborador
La constitución no discrimina, tanto los derechos como las obligaciones son para todos, despues están las excepciones, las objeciones y demás.

La constitución también permite poner objeciones de conciencia, entonces, hablar de lacras, traidores, etc... es un exceso, con cuestiones que encima estan contempladas en la constitución.

Eso no es "demas", es tan parte de la constitución como lo anterior mencionado
 
Quizas para no generalizar si me parece una lacra el que se autoinflingió heridas para volver al continente o aquel que evitó un puesto de guardia y como resultante de esto provocó la muerte de un camarada.
Estos dos casos que planteo no creo que puedan ser considerados como objetores de conciencia, me parece que el mote es otro.
 

thunder

Veterano Guerra de Malvinas
Miembro del Staff
Moderador
La constitución también permite poner objeciones de conciencia, entonces, hablar de lacras, traidores, etc... es un exceso, con cuestiones que encima estan contempladas en la constitución.

Eso no es "demas", es tan parte de la constitución como lo anterior mencionado

Estar en una posición en el Frente y que alguien mienta para dejar a su compañeros pelear por Él, no merece otro calificativo que LACRA HUMANA.
Se hubiera negado a Jurar la Bandera o hubiera planteado su objeción de conciencia CUANDO FUE INCORPORADO como hacían por ejemplo los Testigos de Jehová. Que, si bien no comparto sus creencias los respeto porque se la aguantaban con valor ya que eran separados del resto.

No hay otro calificativo, te guste o no te guste. Cobarde, mentiroso, hipócrita y traidor, poco hombre, mal compañero y lacra.
 

Iconoclasta

Colaborador
Estar en una posición en el Frente y que alguien mienta para dejar a su compañeros pelear por Él, no merece otro calificativo que LACRA HUMANA.
Se hubiera negado a Jurar la Bandera o hubiera planteado su objeción de conciencia CUANDO FUE INCORPORADO como hacían por ejemplo los Testigos e Jehová. Que, si bien no comparto sus creencias los respeto porque se la aguantaban con valor ya que eran separados del resto.

No hay otro calificativo, te guste o no te guste. Cobarde, mentiroso, hipócrita y traidor, poco hombre, mal compañero y lacra.

En este caso estas hablando de un caso puntual, pero en los comentarios anteriores haces una generalización muchisimo mas amplia y que abarca a todos los que no quisieran ir a la guerra. Entonces, a eso me refiero. Eso esta mal, es impreciso, y no corresponde con la realidad.

Quizas para no generalizar si me parece una lacra el que se autoinflingió heridas para volver al continente o aquel que evitó un puesto de guardia y como resultante de esto provocó la muerte de un camarada.
Estos dos casos que planteo no creo que puedan ser considerados como objetores de conciencia, me parece que el mote es otro.

Casos puntuales, analisis puntuales.

Igualmente, estamos hablando de casos abstractos, sin nombres ni apellido, yo no me animo a ser tan tajante ni concluyente

Saludos.
 
J

JULIO LUNA

El SMO está suspendido solo se implementaria en caso de guerra y provisoriamente.La objeción de conciencia no estaba en la ley del Servicio Militar en el 1982 en esa época se hacia el SMO y se iva a la guerra compulsivamente, por eso lo de tiro de F.A.L. en la pantorrilla.Yo conocí Testigos de Jehová que terminaron ahorcándose en el calabozo.
 
El SMO está suspendido solo se implementaria en caso de guerra y provisoriamente.La objeción de conciencia no estaba en la ley del Servicio Militar en el 1982 en esa época se hacia el SMO y se iva a la guerra compulsivamente, por eso lo de tiro de F.A.L. en la pantorrilla.Yo conocí Testigos de Jehová que terminaron ahorcándose en el calabozo.

IBA es con B

el IVA es un impuesto.-

Yo hice la colimba con CIENTOS DE TESTIGOS DE JEHOVA, y se les trató de primera y no se mató ninguno... larguemos con la leyenda negra, Roca y otra giladas, sigamos el debate por donde debe.-

Es más, los testigos de Jehová en la ARMADA no comían carne y nadie decía nada, NO ESTABA OBLIGADOS A USAR ARMAS DE FUEGO o participar de las prácticas de tiro... así que si alguien se suicida se debe que "antes" de ingresar al servicio ya tenía una patología.-

ACTUALMENTE HAY OFICIALES DEL EJERCITO ARGENTINO TESTIGOS DE JEHOVA Y CADETES EN EL COLEGIO MILITAR DE LA NACIÓN TESTIGOS DE JEHOVA, HASTA HAY UNA NOTA EN LA REVISTA VIVA DE CLARÍN.-

Perdón por la referencia, pero pareces la tía solterona, que siempre tiene alguien que lo robaron, a alguno que lo violaron, otro que justo era primo de Graciela Alfano, etc. etc. etc.

Ya conocemos tu postura anti bélica, Y TE LA RESPETAMOS; pero no desvirtúes una conversación, el que se autodispara o se suicida TIENE UN PROBLEMA PROPIO, una patología pre existente, posiblemente es un depresivo o un paranoico, y su vida tenía cientos de problemas, el GRUESO DE LA TROPA; NO SE VIOLA; NO SE DISPARA; NO SE VIOLENTA, NO DESOBEDECE...

LA gente no es LA EXCEPCIÓN; es la regla.-

Excepciones, dementes, enfermos también hay en la vida civil.

Es más, son más las personas que se suicidaron entre 1996 a la fecha, que la media histórica, es decir, que en solo una DÉCADA se suicidaron más personas que en 100 años.-

Hablemos con estadísticas y cosas probas, lo que ví o lo que escuché es poco serio para este debate que lleva casi un centenar de páginas, y junto con el tema MIRAGE debe ser de los más extensos.-

Saludos
 
J

JULIO LUNA

IBA es con B

el IVA es un impuesto.-
ups …
Yo hice la colimba con CIENTOS DE TESTICULO DE JEHOVA, y se les trató de primera y no se mató ninguno... larguemos con la leyenda negra, Roca y otra giladas, sigamos el debate por donde debe.- Es más, los testigos de jehova en la ARMADA no comían carne y nadie decía nada, NO ESTABA OBLIGADOS A USAR ARMAS DE FUEGO o participar de las prácticas de tiro... así que si alguien se suicida se debe que "antes" de ingresar al servicio ya tenía una patología.-
Te parece hacerme una corrección ortográfica y en el siguiente párrafo insultar a una creencia religiosa llamándola de esa manera .Despreciando la opinión de los demás tratándola de giladas.
¿ Quién te crees que sos?


ACTUALMENTE HAY OFICIALES DEL EJERCITO ARGENTINO TESTIGOS DE JEHOVA Y CADETES EN EL COLEGIO MILLITAR DE LA NACION TESTIGOS DE JEHOVA, HASTA HAY UNA NOTA EN LA REVISTA VIVA DE CLARIN.-
Me gustaría verla… la nota de Clarín porque los testigos de Jehová se declaran neutrales en los asuntos políticos y conflictos militares, además de rechazar la violencia, lo que les lleva a rechazar el uso de armas; este es uno de los factores que ha llevado a que hayan experimentado oposición popular e institucional en algunos países. Mal podrían ser oficiales del Ejército argentino.





Perdón por la referencia, pero pareces la tía solterona, que siempre tiene alguien que lo robaron, a alguno que lo violaron, otro que justo era primo de Graciela Alfano, etc. etc. Etc
Tendrías que verme para verificar si parezco una tia solterona.:cool:

Ya conocemos tu postura anti bélica, Y TE LA RESPETAMOS; pero no desvirtúes una conversación, el que se autodispara o se suicida TIENE UN PROBLEMA PROPIO, una patología pre existente, posiblemente es un depresivo o un paranoico, y su vida tenía cientos de problemas, el GRUESO DE LA TROPA; NO SE VIOLA; NO SE DISPARA; NO SE VIOLENTA, NO DESOBEDECE...
Nunca escribí que tuviera una postura antibélica esos son inventos tuyos . Es cierto que el que se suicida tiene una patología preexistente pero el detonante fue el trato que recibió en el SMO.

Excepciones, dementes, enfermos también hay en la vida civil.

Es más, son más las personas que se suicidaron entre 1996 a la fecha, que la media histórica, es decir, que en solo una DECADA se suicidaron más personas que en 100 años.-

Hablemos con estadísticas y cosas probas, lo que ví o lo que escuché es poco serio para este debate que lleva casi un centenar de páginas, y junto con el tema MIRAGE debe ser de los más extensos.-

Saludos

¿vos sos abogado ,no ? te paso una denuncia que se hizo ("MARQUEZ Hector Armando S/ Reclamo Ley 24.043", Expte Nº 447.700/98 que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación). Copié una parte como dice el reglamento del foro el resto está en
APDH - Testigos de Jehová: objetores de conciencia. Denuncia ante el INADI
¿Esto es oficial No … ? :yonofui:

A: Pasamos a relatar el primero de los casos. Almeida se presentó en el Distrito Militar de su domicilio el día 5/2/75 con el objeto de plantear la excepción al SMO, solicitando la sustitución de la obligación emanada del Art. 21 CN por un servicio de carácter civil, fundado en los Arts. 14, 19, 16, 102 (texto de 1853) y concs. de la CN y Arts. 32 y 33 de la ley 1753. En esa oportunidad, lejos de escucharlo y permitirle tramitar la excepción, fue inmediatamente detenido y aislado, primeramente en un pabellón con prohibición de hablar (P.P.R) , y luego en una habitación sin cama ni colchón. Allí comenzó a desarrollarse la discriminación. Esta detención se produjo en la Base Aeronáutica del Palomar de la Fuerza Aérea. A los pocos días, y sin permitirle alegar sobre su condición de Ministro religioso y objetor de conciencia, fue encerrado en calabozo individual, en el Centro de Instrucción Profesional Aérea (Cipra) sito en Ezeiza. Aquí se puso de manifiesto el trato discriminatorio sufrido. En este sitio el Tte. 1ero Ortiz lo mantuvo desnudo por tres días y, con la ayuda de tres suboficiales, lo forzó a ponerse ropa militar y a no quitársela, aplicándole golpes en la cara y en el abdomen ante la tropa formada. Coaccionados por el mismo oficial, hubo conscriptos que le aplicaron golpes en la zona genital. El resultado de la golpiza fue la internación en el Hospital Aeronáutico, donde fue tratado por un período prolongado con antibióticos. Sólo se le explicó que era considerado subversivo por su condición religiosa, poniendo de manifiesto la discriminación existente. Durante su cautiverio, sufrió tratos crueles, indignos, inhumanos y degradantes. Era despertado por el Jefe de Guardia en forma violenta y obligado a salir a la intemperie repetidamente, con burlas e insultos sobre su condición. Durante el día se lo privaba de comida, agua y atención sanitaria. Hasta el momento de la condena fue colocado en Prisión Preventiva Rigurosa que implicaba incomunicación en condiciones infrahumanas. Los cuatro años de privación ilegal de la libertad que padeció no sólo le generaron un daño irreparable en su más íntima esfera e impidieron profesar su culto (nueva discriminación); ellos interrumpieron su vida familiar, afectiva, social y su desarrollo personal. Como si ello fuera poco, la condena tuvo el accesorio de inhabilitación absoluta y perpetua. Este es otro de los modos en que se ejercitó la discriminación sobre los Testigos de Jehová. Es decir, se los condenó a una suerte de muerte civil. Ello significó para los Testigos de Jehová la pérdida del derecho al voto, la imposibilidad de ocupar cargos estatales, de obtener créditos, de obtener pasaporte, de salir del país, etc. Al obtener su libertad tenía una severa inflamación en el testículo derecho, producto de las golpizas reiteradas. Consultó al urólogo Dr. Leisner, quien encontró una hidroceles por la que fue intervenido quirúrgicamente en julio de 1979. ("Almeida, Omar,Horacio S/Reclamo Ley 24.043-25497", Expte Nro. 447.190 que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación).

B: Por su parte, Márquez expresó su decisión el 6 de marzo de 1974 de no someterse a la instrucción militar por razones de índole religiosa y ofreció realizar un servicio social alternativo como civil, circunstancia por la cual fue detenido ese mismo día. El hecho se produjo en el Distrito Militar San Martín, con asiento en Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires, donde comenzó a operar la discriminación, ya que si hubiera pertenecido a otra religión se le habría permitido tramitar la excepción. De ahí fue trasladado al Regimiento 1 de Patricios, en la Ciudad de Buenos Aires, y al día siguiente, el 7 de marzo, fue transferido al Batallón de Ingenieros de Combate 181, con asiento en Río Gallegos. Mi mandante fue detenido, incomunicado y sometido a P.P.R. (prisión preventiva rigurosa). En la Patagonia, fue alojado en los calabozos de la guardia durante todo el invierno. En octubre de 1974 fue trasladado a Campo de Mayo, Provincia de Buenos Aires, donde se lo enjuició el 26 de noviembre del mismo año. El juicio fue absolutamente arbitrario: lo presionaban para que no hiciera uso del derecho de defensa, porque de lo contrario la condena iba a resultar mayor. La situación se agravó, ya que el defensor "oficial" ( no se le permitió designar defensor privado) no sólo no ejercía la defensa, sino que además se comportaba como un fiscal, mientras lo intimidaba diciéndole que no apelara porque las consecuencias serían aun más gravosas. Bajo las mencionadas amenazas, le daban a firmar actas y escritos que no le permitían leer. Fue condenado a 3 años y 5 meses de prisión mayor e inhabilitado en forma permanente en esta parodia de juicio. Se debe aclarar que el tiempo de detención previa al juicio, a los efectos del cumplimiento de la condena, le fue computado a razón de medio día por cada día real de detención, lo que constituye un serio agravante. Todas estas son diversas materializaciones de la discriminación que le obligaron a padecer.
En Río Gallegos, durante el invierno, estaba hacinado con otros Testigos de Jehová en los calabozos: no tenían camas ni ropa de cama durante el día. Recién les llevaban colchones y frazadas luego de la cena. En ocasiones, les mojaban el piso, por lo que no podían ni siquiera sentarse en el suelo y debían permanecer largas horas parados. Como la temperatura exterior a veces llegaba a los 12°C bajo 0, una noche mi mandante padeció un severo cuadro de hipotermia que, al pretender incorporarse, no pudo hacerlo . Sus compañeros Testigos de Jehová le friccionaron las piernas, que, de hecho, se estaban congelando. El resultado fue una hinchazón terrible y un dolor muy intenso, por lo que fue trasladado a la enfermería del Batallón. Desde aquel día, mi mandante sufre reuma y dolores en sus miembros inferiores por déficit de circulación sanguínea, además de problemas en la rodilla derecha. También en Río Gallegos, por el frío intenso y las condiciones de detención, que a veces incluían dormir en el suelo, se le declaró una enfermedad en las vías respiratorias. A causa de esta afección, fue internado y tratado con penicilina que le fuera suministrada en forma inyectable. Las primeras 24 horas permaneció inconsciente. Además del permanente maltrato verbal de parte de algunos militares, muchas veces debía orinar en la celda, porque no era trasladado a tiempo al baño. Otras veces llegó a estar 20 días sin poder asearse. También, en ocasiones no le suministraron alimentos durante 2 días, alegando que se habían olvidado. Además, toda su correspondencia era sistemáticamente violada, configurando esto un nuevo caso de discriminación que lo incomunicaba aún más.
Por último, cuando solicitó un permiso para retirar sus ahorros del banco para poder comprar un terreno, se le negó; como consecuencia de dicha negativa y de la hiperinflación de 1975, perdió todos sus ahorros. En Magdalena, le quitan toda su literatura religiosa, le prohiben reunirse con otros Testigos de Jehová, y le prohiben la predicación. Como vemos, estamos en presencia de una nueva y articulada discriminación. No hubo un solo invierno en el que no sufriera bronquitis y espasmos ocasionados por el frío y la humedad de las condiciones de detención . El médico militar que lo atendió el último año le recetó un broncodilatador. Finalmente, se le diagnosticó asma, que lo obliga, hasta el día de hoy, a utilizar ese tipo de medicación. Cabe destacar que mi mandante nunca pudo recuperase económicamente luego de su detención. No sólo perdió todos sus ahorros, sino que además, cuando presentaba su documento, en el cual constaban los datos de la supuesta insubordinación, era rechazado sistemáticamente en los empleos para los que se presentaba. Aquí se evidencia otro aspecto de la discriminación con la que fue tratado. Tal es así que recién cuando le robaron el documento y tramitó un duplicado, pudo conseguir trabajo, que se vió obligado a mantener, debido a que la condena que sufriera durante la dictuadura conllevaba la accesoria de inhabilitación perpetua, que entre otras consecuencias le impedía ocupar cargos públicos, obtener pasaporte, votar, etc. ("MARQUEZ Hector Armando S/ Reclamo Ley 24.043", Expte Nº 447.700/98 que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación).
 

Herr Professor

forista tempera-mental
Colaborador
Yo hice la colimba con CIENTOS DE xxxxxxxx DE JEHOVA,


Notable como pasas de Maquiavelo a la vulgaridad sin solución de continuidad...

---------- Post added at 05:18 ---------- Previous post was at 05:14 ----------

IBA es con B

el IVA es un impuesto.-


Es más, los testigos de jehova .........



Y ya que estamos, Jehová se escribe con mayúscula y lleva tilde....
 
Notable como pasas de Maquiavelo a la vulgaridad sin solución de continuidad...

---------- Post added at 05:18 ---------- Previous post was at 05:14 ----------





Y ya que estamos, Jehová se escribe con mayúscula y lleva tilde....

Para los que piensan que Jehova es Dios, es con mayúscula.-

Para los que NO es con minúscula.-

EL acento-TILDE- es según como lo pronuncie.-

Saludos

---------- Post added at 06:42 ---------- Previous post was at 06:30 ----------

ups …

Te parece hacerme una corrección ortográfica y en el siguiente párrafo insultar a una creencia religiosa llamándola de esa manera .Despreciando la opinión de los demás tratándola de giladas.
¿ Quién te crees que sos?



Me gustaría verla… la nota de Clarín porque los testigos de Jehová se declaran neutrales en los asuntos políticos y conflictos militares, además de rechazar la violencia, lo que les lleva a rechazar el uso de armas; este es uno de los factores que ha llevado a que hayan experimentado oposición popular e institucional en algunos países. Mal podrían ser oficiales del Ejército argentino.






Tendrías que verme para verificar si parezco una tia solterona.:cool:


Nunca escribí que tuviera una postura antibélica esos son inventos tuyos . Es cierto que el que se suicida tiene una patología preexistente pero el detonante fue el trato que recibió en el SMO.



¿vos sos abogado ,no ? te paso una denuncia que se hizo ("MARQUEZ Hector Armando S/ Reclamo Ley 24.043", Expte Nº 447.700/98 que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación). Copié una parte como dice el reglamento del foro el resto está en
APDH - Testigos de Jehová: objetores de conciencia. Denuncia ante el INADI
¿Esto es oficial No … ? :yonofui:

A: Pasamos a relatar el primero de los casos. Almeida se presentó en el Distrito Militar de su domicilio el día 5/2/75 con el objeto de plantear la excepción al SMO, solicitando la sustitución de la obligación emanada del Art. 21 CN por un servicio de carácter civil, fundado en los Arts. 14, 19, 16, 102 (texto de 1853) y concs. de la CN y Arts. 32 y 33 de la ley 1753. En esa oportunidad, lejos de escucharlo y permitirle tramitar la excepción, fue inmediatamente detenido y aislado, primeramente en un pabellón con prohibición de hablar (P.P.R) , y luego en una habitación sin cama ni colchón. Allí comenzó a desarrollarse la discriminación. Esta detención se produjo en la Base Aeronáutica del Palomar de la Fuerza Aérea. A los pocos días, y sin permitirle alegar sobre su condición de Ministro religioso y objetor de con

Por último, cuando solicitó un permiso para retirar sus ahorros del banco para poder comprar un terreno, se le negó; como consecuencia de dicha negativa y de la hiperinflación de 1975, perdió todos sus ahorros. En Magdalena, le quitan toda su literatura religiosa, le prohiben reunirse con otros Testigos de Jehová, y le prohiben la predicación. Como vemos, estamos en presencia de una nueva y articulada discriminación. No hubo un solo invierno en el que no sufriera bronquitis y espasmos ocasionados por el frío y la humedad de las condiciones de detención . El médico militar que lo atendió el último año le recetó un broncodilatador. Finalmente, se le diagnosticó asma, que lo obliga, hasta el día de hoy, a utilizar ese tipo de medicación. Cabe destacar que mi mandante nunca pudo recuperase económicamente luego de su detención. No sólo perdió todos sus ahorros, sino que además, cuando presentaba su documento, en el cual constaban los datos de la supuesta insubordinación, era rechazado sistemáticamente en los empleos para los que se presentaba. Aquí se evidencia otro aspecto de la discriminación con la que fue tratado. Tal es así que recién cuando le robaron el documento y tramitó un duplicado, pudo conseguir trabajo, que se vió obligado a mantener, debido a que la condena que sufriera durante la dictuadura conllevaba la accesoria de inhabilitación perpetua, que entre otras consecuencias le impedía ocupar cargos públicos, obtener pasaporte, votar, etc. ("MARQUEZ Hector Armando S/ Reclamo Ley 24.043", Expte Nº 447.700/98 que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación).


YA TE LO INDIQUE, vas a la HEMEROTECA DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN (sobre lo calle ALSINA) y pedis los ejemplares de 2008 y 2009.-

Ahí tenés las notas...


Sino:

- - - - ReDiU - - - - Revista Digital Universitaria del Colegio Militar de la Nación - - - -

Lo que colocas como el TEMA DE DISCRIMINACIÓN MAL TRATO y otras... PROPIAS DE ABOGADOS que DEMANDAN AL ESTADO, claramente INDICAN lo mismo ... 1974 ... (saliendo del placard) siempre en el medio el tema de la Triple A y el terrorismo de Estado que POCO Y NADA tiene que ver con "EL SMO".-

Respecto a los testigos... en la jerga castrense se los llamaba así...:yonofui:... y así se los seguirá llamando... POR OTRO LADO SON UNA SECTA, ultrarreligiosa que a diario PONEN EN PELIGRO A SUS HIJOS... es raro que no pusiste los fallos POR AMPAROS MEDICOS, que las mismas instituciones médicas debieron interponer en la justicia federal para que NO MATARAN A SUS PROPIOS HIJOS para NO DARLES SANGRE... por ejemplo:yonofui:


En 1975 se registró el primer caso (L.L. 1976 A-1), una parturienta que se negaba a recibir sangre por ser Testigo de Jehová. Su padre promovió un amparo y el juez ordenó que se le suministraran todos los tratamientos que aconsejara la ciencia médica, inclusive la transfusión sanguínea. Según este fallo, la intervención del médico estaría justificada aún cuando no hubiere orden judicial o mediare oposición del paciente y sus parientes, ya que la abstinencia profesional le haría responsable del delito que resultare de su omisión, como así también de la reparación de daños.


"...Más tarde, en 1985, un juez autorizó a transfundir a un menor de un mes de vida (1985 E.D. 114-113). En este caso colisionaban la objeción de conciencia de los padres y el derecho a la vida (y a la salud) del hijo menor de edad. El sentenciante priorizó el derecho a la vida por sobre todas las cosas y opinó que los jueces no pueden permitir el abuso de la patria potestad cuando está en juego la vida del menor, por respetar una creencia religiosa. En la alternativa y por tratarse de un menor que no podía decidir por sí, era razonable dar primacía a la vida, pues se trata de los derechos de un tercero, ajeno a sus progenitores, que no tenía discernimiento...."


"...A partir del Caso Bahamondez, la jurisprudencia, que se inclina por respetar la decisión del paciente a no transfundirse, en las condiciones arriba mencionadas, es abrumadora. Sin embargo, es menester aclarar que no ocurre lo mismo con los menores, donde en caso de oposición de los padres a que se practiquen en sus hijos transfusiones sanguíneas, se debe recurrir a la justicia. Porque en estos casos el derecho a la libertad de cultos, debe ceder ante el derecho a la vida y a la salud de los incapaces teniendo en cuenta que el ejercicio de la patria potestad no debe ser abusivo y que los menores que no pueden decidir por sí mismos, deben ser protegidos por el Estado Si bien el Decreto Nº 2316/03, modifica la reglamentación de la Ley Básica de Salud, eliminando la edad para firmar el consentimiento informado en estudios y tratamientos, creo conveniente que sea el juez quien escuche al menor de 21 años y decida si respeta o no su decisión de no transfundirse..."

TESTIGOS DE JEHOVÁ


Bahamondez, Marcelo (Fallo de la C.S. del 06/04/1993, sobre el derecho a ser, o no, transfundido en caso de gravedad y el respeto a las convicciones intimas, art. 19 Const. Nacional)


Bidart Campos G. La transfusión de sangre y la objeción religiosa de conciencia. En: Bidart Campos G. Manual de la Constitución reformada. Buenos Aires: Ediar, 1998; 113-114.
- Garay OE. Código de Derecho Médico. Buenos Aires: Ad-Hoc, 1999.
- Watch Tower Blide and Tract Society of Pennsylvania ¿Cómo puede salvarle la vida la sangre? EE.UU., 1990.
- Navari C, Patitó J. Medicina Legal. Buenos Aires: Ed. Centro Norte, 2000.
- Tesone J. En torno del niño maltratado físicamente. Rev Hosp Niños Buenos Aires 1984; 26: 226-234.
- Bueres A. Responsabilidad civil de los médicos. Buenos Aires: Abaco, 1979.
- Ghersi CA. Responsabilidad por prestación médico asistencial. Buenos Aires: Interocean, 1992.


ESTA MISMA GENTE QUE NO PRESTA según vos S.M.O., tiene derecho a MATAR A SUS HIJOS a diario... pero QUÉ BÁRBARO!!!

ESE RAZONAMIENTO TAN FANTÁSTICO LEGAL... suscripto solo a un fallo de daños y perjuicios en el INADI... pero si así deben ser los jueces, con su criterio, el mismo criterio que día a día nos persiguen con el ABOLICIONISMO.



Claro...siempre lo mismo... 1974...1976...:yonofui: (por lo menos el Dr. Tecastro salió del placard y se dice marxista) HOMBRE VALIENTE y de ideas... ahora para cuando joven:yonofui:, a mejor aún... cuando VAN A DENUNCIAR ESTO EN EL FORO:

Contraalmirante-Raul-F-Viñas En Dios y La Patria

Saludos


PD: el art 14 de la CN defiende el DERECHO SINE QUANON DE LIBERTAD DE EXPRESION, en el cual me amparo en mis declaraciones, y en mismo artículo indica LA LIBERTAD RELIGIOSA, no existe obligación legal de Defender o respetar a las sectas contrarias al espíritu federal de nuestra nación.

PD BIS: EL GUARDAR EL IDIOMA CASTELLANO es obligación de todos.-

PD TER.: A cada cual lo suyo... lo legal para abogados...

SIGAMOS CON EL TEMA S.M.O.
 
J

JULIO LUNA

Para los que piensan que Jehova es Dios, es con mayúscula.-

Para los que NO es con minúscula.-

EL acento-TILDE- es según como lo pronuncie.-
No señor, aparte del significado religioso que por lo menos exige respeto de los ateos es un nombre propio y como tal va con mayúscula.

YA TE LO INDIQUE, vas a la HEMEROTECA DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN (sobre lo calle ALSINA) y pedis los ejemplares de 2008 y 2009.-

Ahí tenés las notas...
Sino:

- - - - ReDiU - - - - Revista Digital Universitaria del Colegio Militar de la Nación - - - -

Lo que colocas como el TEMA DE DISCRIMINACIÓN MAL TRATO y otras... PROPIAS DE ABOGADOS que DEMANDAN AL ESTADO, claramente INDICAN lo mismo ... 1974 ... (saliendo del placard) siempre en el medio el tema de la Triple A y el terrorismo de Estado que POCO Y NADA tiene que ver con "EL SMO".-

La APDH patrocina a 530 testigos de Jehová detenidos por negarse a cumplir el servicio militar. Entre 1971 y 1984 hubo cuatro mil seguidores de ese culto presos. El punto máximo de persecución fue con Videla. Hubo casos de hasta siete años de cárcel. También se constataron torturas y muertes en cautiverio.
Página/12 :: El país :: Testigos de Jehová, testigos del horror
Es evidente que no es un caso que escuché por ahí como dijiste cuando intentabas ridiculizar mis argumentos porque según vos eran parecidos a un comentario de tía solterona .



Respecto a los testigos... en la jerga castrense se los llamaba así...:yonofui:... y así se los seguirá llamando...
Es un insulto hacia una creencia reconocida por el Estado Argentino.
POR OTRO LADO SON UNA SECTA, ultrarreligiosa que a diario PONEN EN PELIGRO A SUS HIJOS... es raro que no pusiste los fallos POR AMPAROS MEDICOS, que las mismas instituciones médicas debieron interponer en la justicia federal para que NO MATARAN A SUS PROPIOS HIJOS para NO DARLES SANGRE... por ejemplo:yonofui:
En 1975 se registró el primer caso (L.L. 1976 A-1), una parturienta que se negaba a recibir sangre por ser Testigo de Jehová. Su padre promovió un amparo y el juez ordenó que se le suministraran todos los tratamientos que aconsejara la ciencia médica, inclusive la transfusión sanguínea. Según este fallo, la intervención del médico estaría justificada aún cuando no hubiere orden judicial o mediare oposición del paciente y sus parientes, ya que la abstinencia profesional le haría responsable del delito que resultare de su omisión, como así también de la reparación de daños.
"...Más tarde, en 1985, un juez autorizó a transfundir a un menor de un mes de vida (1985 E.D. 114-113). En este caso colisionaban la objeción de conciencia de los padres y el derecho a la vida (y a la salud) del hijo menor de edad. El sentenciante priorizó el derecho a la vida por sobre todas las cosas y opinó que los jueces no pueden permitir el abuso de la patria potestad cuando está en juego la vida del menor, por respetar una creencia religiosa. En la alternativa y por tratarse de un menor que no podía decidir por sí, era razonable dar primacía a la vida, pues se trata de los derechos de un tercero, ajeno a sus progenitores, que no tenía discernimiento...."
"...A partir del Caso Bahamondez, la jurisprudencia, que se inclina por respetar la decisión del paciente a no transfundirse, en las condiciones arriba mencionadas, es abrumadora. Sin embargo, es menester aclarar que no ocurre lo mismo con los menores, donde en caso de oposición de los padres a que se practiquen en sus hijos transfusiones sanguíneas, se debe recurrir a la justicia. Porque en estos casos el derecho a la libertad de cultos, debe ceder ante el derecho a la vida y a la salud de los incapaces teniendo en cuenta que el ejercicio de la patria potestad no debe ser abusivo y que los menores que no pueden decidir por sí mismos, deben ser protegidos por el Estado Si bien el Decreto Nº 2316/03, modifica la reglamentación de la Ley Básica de Salud, eliminando la edad para firmar el consentimiento informado en estudios y tratamientos, creo conveniente que sea el juez quien escuche al menor de 21 años y decida si respeta o no su decisión de no transfundirse..."

TESTIGOS DE JEHOVÁ

Bahamondez, Marcelo (Fallo de la C.S. del 06/04/1993, sobre el derecho a ser, o no, transfundido en caso de gravedad y el respeto a las convicciones intimas, art. 19 Const. Nacional)
Bidart Campos G. La transfusión de sangre y la objeción religiosa de conciencia. En: Bidart Campos G. Manual de la Constitución reformada. Buenos Aires: Ediar, 1998; 113-114.
- Garay OE. Código de Derecho Médico. Buenos Aires: Ad-Hoc, 1999.
- Watch Tower Blide and Tract Society of Pennsylvania ¿Cómo puede salvarle la vida la sangre? EE.UU., 1990.
- Navari C, Patitó J. Medicina Legal. Buenos Aires: Ed. Centro Norte, 2000.
- Tesone J. En torno del niño maltratado físicamente. Rev Hosp Niños Buenos Aires 1984; 26: 226-234.
- Bueres A. Responsabilidad civil de los médicos. Buenos Aires: Abaco, 1979.
- Ghersi CA. Responsabilidad por prestación médico asistencial. Buenos Aires: Interocean, 1992.
ESTA MISMA GENTE QUE NO PRESTA según vos S.M.O., tiene derecho a MATAR A SUS HIJOS a diario... pero QUÉ BÁRBARO!!!
ESE RAZONAMIENTO TAN FANTÁSTICO LEGAL... suscripto solo a un fallo de daños y perjuicios en el INADI... pero si así deben ser los jueces, con su criterio, el mismo criterio que día a día nos persiguen con el ABOLICIONISMO.
Claro...siempre lo mismo... 1974...1976...:yonofui: (por lo menos el Dr. Tecastro salió del placard y se dice marxista) HOMBRE VALIENTE y de ideas... ahora para cuando joven:yonofui:, a mejor aún... cuando VAN A DENUNCIAR ESTO EN EL FORO:
Contraalmirante-Raul-F-Viñas En Dios y La Patria

Saludos

Estamos de acuerdo en cuanto a las críticas sobre la negativa de los Testigos de Jehová a dar o recibir transfusiones de sangre a mi tampoco me parece correcto, pero no entiendo que tiene que ver con el maltrato recibido durante el SMO por parte de los militares una cosa no justifica la otra. Como argumento me parece incorrecto.

PD: el art 14 de la CN defiende el DERECHO SINE QUANON DE LIBERTAD DE EXPRESION, en el cual me amparo en mis declaraciones, y en mismo artículo indica LA LIBERTAD RELIGIOSA, no existe obligación legal de Defender o respetar a las sectas contrarias al espíritu federal de nuestra nación.
No creo que que el articulo 14 permita insultos como el que posteaste a una creencia que está reconocida por el Estado Argentino.

PD BIS: EL GUARDAR EL IDIOMA CASTELLANO es obligación de todos.-

Si los nombres propios se escriben con mayúscula.

PD TER.: A cada cual lo suyo... lo legal para abogados...

Como abogado tus argumentos no me convencieron porque eludiste el tema de las denuncias por maltrato durante el SMO y te la pasaste criticando a los Testigos de Jehová.

SIGAMOS CON EL TEMA S.M.O.
Si que sea con argumentos y no con insultos e intentos de ridiculizar la opiniones contrarias .
 
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