Abro OT:
La custodia del acto eleccionario entra dentro de las misiones subsidiarias de las FFAA (en este caso hablo del EA), por lo cual no es nada descabellado ni raro.
La función única de las FFAA es, dicho en criollo, no me toques a las urnas o te corto las manos. Para el resto de las funciones (evitar disturbios, reclamos de mala manera, etc) están las policías provinciales que apoyan a las FFAA.
Por ejemplo en caso de un disturbio dentro de una escuela, los militares lo único que deben hacer es resguardar las urnas, llamar a las FFSS apostadas afuera y que ellas se hagan cargo del problema. En todo caso se podrá ayudar en dicha actividad a la policía, pero siempre con la prioridad de custodia de las urnas.
Si el apoyo a la policía choca con la seguridad de las urnas, en ese caso deberán esperar apoyo de otra FFSS (en el caso de CABA hay una sección de reserva de GNA acantonada en el RI 1 Patricios), pero los militares NO deben descuidar el cuidado de las urnas.
Es la función primaria de su despliegue.
Cierro el OT.