Asuntos Antárticos.


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Más que interesante, honestos los comentarios de esta columnistas.
 

Lacoste y plataforma continental: "Error técnico de algún asesor (chileno) que se le pasó art. 7"​

Es increíble que un tipo que dice que se le "pasó" a Piñera, pero reivindicar las Malvinas era populista.
Sin contar que dice que somos un país de porquería y eso el gobierno lo va a querer tomar a su favor.
Y todo esto diciéndolo en un canal chileno. Magnífico "profesor".
 
Ojo en el tratado de 1984 no se habla del principio bioceánico, se habla de mar austral.

El Tratado de 1984 si declara un “Mar de la Zona Austral” según esta escrito, y como bien dijo anteriormente el forista Castelli, fue el reconocimiento, en la práctica, del principio bioceánico Pacifico-Atlántico.

Ese “Mar”, su nombre, fue creado/originado como resultado de años de las negociaciones bilaterales desde el Acta de Puerto Montt en febrero de 1978, el Acta de Montevideo de 1979 y después por los 5 años de Mediación del Vaticano, y fue creado en conciencia de que lo que confluye en la zona que estaba en disputa eran las aguas del Océano Pacifico y el Océano Atlántico, y desde el Cabo de Hornos hacia el sur, el denominado Paso Drake de ambos Océanos. Ambos Océanos y el Paso Drake son los nombres oficiales que hasta hoy reconoce internacionalmente la Organización Hidrográfica Internacional (OHI/IHO) como existentes en esa zona austral.

Según declaro en los 80 el Mediador del Vaticano, Cardenal Antonio Samoré, el no imponía a los dos países esa denominación, sino que insinuaba a los dos países una terminología para el espacio de aguas de los Océanos Atlántico y Pacifico que bañan la Zona Austral, materia del diferendo de ese entonces.

También en el Tratado de 1984 sigue presente el espíritu del Tratado de 1881, como dice en su introducción: “Teniendo presente el Tratado de Límites de 1881, fundamento inconmovible de las relaciones entre la República Argentina y la República de Chile, y sus instrumentos complementarios y declaratorios...”. Esto se ve además en el artículo 10 (Fijación de la línea del límite oriental del Estrecho de Magallanes) donde está escrito que la soberanía de la República Argentina y la soberanía de la República de Chile sobre el mar, suelo y subsuelo se extenderán, respectivamente, al Oriente y al Occidente de dicho límite. Es decir así como se pretende que Argentina no entre a aguas del Pacifico, se pretende mismo espíritu para que Chile no entre a aguas del Atlántico.

El principio posicional Chile al Oeste y Argentina al Este (de los Andes y de los limites Pacifico-Atlántico), fue el principio ordenador del emplazamiento geográfico de los dos países desde la Independencia de ambos, lo fue en los Tratados de 1881, 1893, en el de 1902 que evito Guerra para ambos países, y también el ultimo y vigente de 1984. La naturaleza tanto a través de una Cordillera, como de dos Océanos con sus limites en el Cabo de Hornos hacia el Continente Antártico, nos permite delimitar la posición geográfica de cada Nación, todo Gobierno debería aprovechar estos naturales límites para mantener una región sudamericana fuerte mirando a la Antártida, con convivencia en paz, intereses en común, acciones consensuadas, y trabajo conjunto
 
El Tratado de 1984 si declara un “Mar de la Zona Austral” según esta escrito, y como bien dijo anteriormente el forista Castelli, fue el reconocimiento, en la práctica, del principio bioceánico Pacifico-Atlántico.

Ese “Mar”, su nombre, fue creado/originado como resultado de años de las negociaciones bilaterales desde el Acta de Puerto Montt en febrero de 1978, el Acta de Montevideo de 1979 y después por los 5 años de Mediación del Vaticano, y fue creado en conciencia de que lo que confluye en la zona que estaba en disputa eran las aguas del Océano Pacifico y el Océano Atlántico, y desde el Cabo de Hornos hacia el sur, el denominado Paso Drake de ambos Océanos. Ambos Océanos y el Paso Drake son los nombres oficiales que hasta hoy reconoce internacionalmente la Organización Hidrográfica Internacional (OHI/IHO) como existentes en esa zona austral.

Según declaro en los 80 el Mediador del Vaticano, Cardenal Antonio Samoré, el no imponía a los dos países esa denominación, sino que insinuaba a los dos países una terminología para el espacio de aguas de los Océanos Atlántico y Pacifico que bañan la Zona Austral, materia del diferendo de ese entonces.

También en el Tratado de 1984 sigue presente el espíritu del Tratado de 1881, como dice en su introducción: “Teniendo presente el Tratado de Límites de 1881, fundamento inconmovible de las relaciones entre la República Argentina y la República de Chile, y sus instrumentos complementarios y declaratorios...”. Esto se ve además en el artículo 10 (Fijación de la línea del límite oriental del Estrecho de Magallanes) donde está escrito que la soberanía de la República Argentina y la soberanía de la República de Chile sobre el mar, suelo y subsuelo se extenderán, respectivamente, al Oriente y al Occidente de dicho límite. Es decir así como se pretende que Argentina no entre a aguas del Pacifico, se pretende mismo espíritu para que Chile no entre a aguas del Atlántico.

El principio posicional Chile al Oeste y Argentina al Este (de los Andes y de los limites Pacifico-Atlántico), fue el principio ordenador del emplazamiento geográfico de los dos países desde la Independencia de ambos, lo fue en los Tratados de 1881, 1893, en el de 1902 que evito Guerra para ambos países, y también el ultimo y vigente de 1984. La naturaleza tanto a través de una Cordillera, como de dos Océanos con sus limites en el Cabo de Hornos hacia el Continente Antártico, nos permite delimitar la posición geográfica de cada Nación, todo Gobierno debería aprovechar estos naturales límites para mantener una región sudamericana fuerte mirando a la Antártida, con convivencia en paz, intereses en común, acciones consensuadas, y trabajo conjunto

Es que justamente en ninguna parte de dicho tratado se reconoce el principio bioceanico en esa lugar de la frontera, justamente los negociadores chilenos se cuidaron de no establecer dicho principio, fijese que en ninguna parte se habla de Oceano Pacifico u Atlantico, ademas dejando abierto que esa zona sea parte del Oceano antartico que todavia no tiene claro un limite fijado.

Ojo protocolo de 1893 en su texto es claro que en relacion a la interpretacion del tratado de 1881 solo tiene aplicacion en "el límite entre Chile y la República Argentina es de Norte a Sur hasta el paralelo 52 de latitud, la Cordillera de los Andes", no para la zona austral al sur de TDF.
 
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joseph

Colaborador
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El Tratado de 1984 si declara un “Mar de la Zona Austral” según esta escrito, y como bien dijo anteriormente el forista Castelli, fue el reconocimiento, en la práctica, del principio bioceánico Pacifico-Atlántico.

Ese “Mar”, su nombre, fue creado/originado como resultado de años de las negociaciones bilaterales desde el Acta de Puerto Montt en febrero de 1978, el Acta de Montevideo de 1979 y después por los 5 años de Mediación del Vaticano, y fue creado en conciencia de que lo que confluye en la zona que estaba en disputa eran las aguas del Océano Pacifico y el Océano Atlántico, y desde el Cabo de Hornos hacia el sur, el denominado Paso Drake de ambos Océanos. Ambos Océanos y el Paso Drake son los nombres oficiales que hasta hoy reconoce internacionalmente la Organización Hidrográfica Internacional (OHI/IHO) como existentes en esa zona austral.

Según declaro en los 80 el Mediador del Vaticano, Cardenal Antonio Samoré, el no imponía a los dos países esa denominación, sino que insinuaba a los dos países una terminología para el espacio de aguas de los Océanos Atlántico y Pacifico que bañan la Zona Austral, materia del diferendo de ese entonces.

También en el Tratado de 1984 sigue presente el espíritu del Tratado de 1881, como dice en su introducción: “Teniendo presente el Tratado de Límites de 1881, fundamento inconmovible de las relaciones entre la República Argentina y la República de Chile, y sus instrumentos complementarios y declaratorios...”. Esto se ve además en el artículo 10 (Fijación de la línea del límite oriental del Estrecho de Magallanes) donde está escrito que la soberanía de la República Argentina y la soberanía de la República de Chile sobre el mar, suelo y subsuelo se extenderán, respectivamente, al Oriente y al Occidente de dicho límite. Es decir así como se pretende que Argentina no entre a aguas del Pacifico, se pretende mismo espíritu para que Chile no entre a aguas del Atlántico.

El principio posicional Chile al Oeste y Argentina al Este (de los Andes y de los limites Pacifico-Atlántico), fue el principio ordenador del emplazamiento geográfico de los dos países desde la Independencia de ambos, lo fue en los Tratados de 1881, 1893, en el de 1902 que evito Guerra para ambos países, y también el ultimo y vigente de 1984. La naturaleza tanto a través de una Cordillera, como de dos Océanos con sus limites en el Cabo de Hornos hacia el Continente Antártico, nos permite delimitar la posición geográfica de cada Nación, todo Gobierno debería aprovechar estos naturales límites para mantener una región sudamericana fuerte mirando a la Antártida, con convivencia en paz, intereses en común, acciones consensuadas, y trabajo conjunto
El tema es que Chile tiene mucha más tierra al Sur que Argentina. No veo como los limites de Argentina deban influir sobre los limites de Chile.
 
Me acuerdo del fallo informático del año 2000, era 1985 y todo el mundo hablaba de ese día. 2040 se abre el debate de la repartija de la Antártida. 18 años y pasan volando........ que no nos agarre en bolas y a los gritos.
 
El tema es que Chile tiene mucha más tierra al Sur que Argentina. No veo como los limites de Argentina deban influir sobre los limites de Chile.
en terminos simples es que ambos paises reclaman plataforma continental mas alla del limite establecido en 1984 aplicando diferentes criterios en una zona que es actualmente alta mar o mar libre, Chile se proyecta desde la isla Diego Ramirez y la Argentina con sus estudios cientificos que habla de una PC extendida mas alla de sus 200 mn.
 

joseph

Colaborador
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en terminos simples es que ambos paises reclaman plataforma continental mas alla del limite establecido en 1984 aplicando diferentes criterios en una zona que es actualmente alta mar o mar libre, Chile se proyecta desde la isla Diego Ramirez y la Argentina con sus estudios cientificos que habla de una PC extendida mas alla de sus 200 mn.
Lo de la plataforma continental me parece una ridiculez porque yo no la veo por ningún lado.
 
Veamos , como formamos una coalición, rápida:
1 . El mejor Pisco es el Peruano.
2. Bolivia tendrá al fin su salida al Pacifico.
3 . Nosotros tenemos, los mejores tintos.
Amigos chilenos esto es solo una humorada, un off topic, para bajar decibeles de los que me montan, ya en improbable, conflicto, más allá de puro tenía verbal, gracias a Dios y en beneficio de ambos pueblos, nosotros, económicamente y es un secreto a gritos, en algún momento cambiará, y nada mejor que tener un horizonte común para ambos pueblos a fin de generar una sinergia dónde las sumas de las partes superen el todo, y poteciarnos, en cara a un futuro mucho mejor.
 
Tengo la leve impresión que mas allá de que sea un mecanismo acordado de resolución de conflictos Chile quiere un dialogo bilateral mas que un posible arbitraje; mas que nada para intentar ligar Hielos Continentales con este tema. Lo que seria para Argentina un error, pues Hielos Continentales ya esta resuelto y solo falta demarcación entre el Fitz Roy y el cerro Daudet.



Para apreciar cuan cerca del Pacifico están los Hielos Continentales.

 
El principio que cerro el conflicto del Beagle fue el reconocimiento, en la práctica, del principio bioceánico. Así, al evitar la proyección de la ZEE de las islas Picton, Lennox y Nueva sobre el Atlántico se pudo acordar en otorgar la soberanía sobre la superficie terrestre de las islas a Chile, sumado el mar territorial circundante, pero no la proyección de las 200MN. Con ese principio y de esa forma se cerró el tema.




Siempre me ha causado dudas lo de la supuesta teoria argentina del principio bioceanico en dicha zona, dado que dan por supuesto que el meridiano del Cabo de Hornos es la divisoria entre Pacifico y Atlantico pero que pasa con las islas chilenas que estan al este de ese meridiano de Cabo de Hornos, es decir la isla Navarino y las islas Picton, Nueva y Lenox que aplicando dicho criterio estan en el Atlantico y por lo tanto dicho teoria no tendria asidero.
 
Siempre me ha causado dudas lo de la supuesta teoria argentina del principio bioceanico en dicha zona, dado que dan por supuesto que el meridiano del Cabo de Hornos es la divisoria entre Pacifico y Atlantico pero que pasa con las islas chilenas que estan al este de ese meridiano de Cabo de Hornos, es decir la isla Navarino y las islas Picton, Nueva y Lenox que aplicando dicho criterio estan en el Atlantico y por lo tanto dicho teoria no tendria asidero.
Pero es que no es un supuesto, desde 1919 (luego ratificado en 1953) la International Hydrogtraphic Organization (IHO), que Chile integra, oficializo el limite sur entre ambos océanos en el meridiano del Cabo de Hornos. Que las islas Picton, Nueva y Lenox estén en el Atlántico fue lo que en realidad casi nos lleva a la guerra en 1978. Y solo evitando su proyección de ZEE hacia el este es que se pudo llegar a un acuerdo, previa derrota de 1982.

Por otro lado la Isla Navarino fue reconocida como chilena por encontrarse al sur del Canal de Beagle desde 1881, y no por su ubicación oceánica.

Y en cuanto al principio oceánico es bueno recodar el Protocolo Adicional al Tratado de 1881 de 1893, el que dispone: “Los infrascritos declaran que, a juicio de sus Gobiernos respectivos, y según el espíritu del Tratado de Límites, la República Argentina conserva su dominio y soberanía sobre todo el territorio que se extiende al oriente del encadenamiento principal de los Andes, hasta las costas del Atlántico, como la República de Chile el territorio occidental hasta las costas del Pacífico; entendiéndose que, por las disposiciones de dicho Tratado, la soberanía de cada Estado sobre el litoral respectivo es absoluta, de tal suerte que Chile no puede pretender punto alguno hacia el Atlántico, como la República Argentina no puede pretenderlo hacia el Pacífico” (Protocolo Errázuriz-Quirno, 1893).

Este Protocolo fue el que enmendó los errores del tratado de 1881 donde se concedió por error a Chile una posible salida al Atlántico en la bahía de San Sebastian en la isla Grande de Tierra del Fuego y otorgaba por error a la Argentina una salida al Pacífico en el fiordo Ultima Esperanza en la región de Puerto Natales. Ambos errores fueron corregidos de común acuerdo en respeto del espíritu del principio bioceánico. Aclarando que "si en la parte peninsular del sur, precisamente el seno de Ultima Esperanza, al acercarse al paralelo 52, apareciese la cordillera internada entre los canales del Pacífico que allí existen, los peritos dispondrán el estudio del terreno para fijar una línea divisoria que deje a Chile las costas de esos canales". Entendiendo que la cordillera, que era el accidente geográfico que establecía el limite, no podía internarse en el Pacifico.

Claro que la postura de Chile siempre fue que eso es valido solo hasta el paralelo 52 y no mas al sur.

Es muy paradójico que este tema se parezca tanto a las circunstancias del Protocolo de 1893, donde ambos cedieron para no ingresar en el océano del otro. Hoy Chile se proyecta al Atlántico por el sur y Argentina puede tener en el futuro, con el progresivo deshielo, una salida la Pacifico en la zona B de los Hielos Continentales (en un punto la traza pasa a poco más de 7 kilómetros del área del Seno Andrew)

Los hielos en retroceso afectaran los limites como ya lo hicieron con el lago Dikcson que al perder la lengua de hielo que lo dividía paso a ser un lago binacional. Quizás seria bueno tener un principio aceptado por ambas partes que evite periódicas reinterpretaciones y disputas según vaya cambiando la geografía o la ley internacional. Saludos
 
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joseph

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Pero es que no es un supuesto, desde 1919 (luego ratificado en 1953) la International Hydrogtraphic Organization (IHO), que Chile integra, oficializo el limite sur entre ambos océanos en el meridiano del Cabo de Hornos. Que las islas Picton, Nueva y Lenox estén en el Atlántico fue lo que en realidad casi nos lleva a la guerra en 1978. Y solo evitando su proyección de ZEE hacia el este es que se pudo llegar a un acuerdo, previa derrota de 1982.

Por otro lado la Isla Navarino fue reconocida como chilena por encontrarse al sur del Canal de Beagle desde 1881, y no por su ubicación oceánica.

Y en cuanto al principio oceánico es bueno recodar el Protocolo Adicional al Tratado de 1881 de 1893, el que dispone: “Los infrascritos declaran que, a juicio de sus Gobiernos respectivos, y según el espíritu del Tratado de Límites, la República Argentina conserva su dominio y soberanía sobre todo el territorio que se extiende al oriente del encadenamiento principal de los Andes, hasta las costas del Atlántico, como la República de Chile el territorio occidental hasta las costas del Pacífico; entendiéndose que, por las disposiciones de dicho Tratado, la soberanía de cada Estado sobre el litoral respectivo es absoluta, de tal suerte que Chile no puede pretender punto alguno hacia el Atlántico, como la República Argentina no puede pretenderlo hacia el Pacífico” (Protocolo Errázuriz-Quirno, 1893).

Este Protocolo fue el que enmendó los errores del tratado de 1881 donde se concedió por error a Chile una posible salida al Atlántico en la bahía de San Sebastian en la isla Grande de Tierra del Fuego y otorgaba por error a la Argentina una salida al Pacífico en el fiordo Ultima Esperanza en la región de Puerto Natales. Ambos errores fueron corregidos de común acuerdo en respeto del espíritu del principio bioceánico. Aclarando que "si en la parte peninsular del sur, precisamente el seno de Ultima Esperanza, al acercarse al paralelo 52, apareciese la cordillera internada entre los canales del Pacífico que allí existen, los peritos dispondrán el estudio del terreno para fijar una línea divisoria que deje a Chile las costas de esos canales". Entendiendo que la cordillera, que era el accidente geográfico que establecía el limite, no podía internarse en le Pacifico.

Claro que la postura de Chile siempre fue que eso es valido solo hasta el paralelo 52 y no mas al sur.

Es muy paradójico que este tema se parezca tanto a las circunstancias del Protocolo de 1893, donde ambos cedieron para no ingresar en el océano del otro. Hoy Chile se proyecta al Atlántico por el sur y Argentina puede tener en el futuro, con el progresivo deshielo, una salida la Pacifico en la zona B de los Hielos Continentales (en un punto la traza pasa a poco más de 7 kilómetros del área del Seno Andrew)

Los hielos en retroceso afectaran los limites como ya lo hicieron con el lago Dikcson que al perder la lengua de hielo que lo dividía paso a ser un lago binacional. Quizás seria bueno tener un principio aceptado por ambas partes que evite periódicas reinterpretaciones y disputas según vaya cambiando la geografía o la ley internacional. Saludos
Me gusta como muchos hablan como si para pasar por la ZEE se necesitara permiso de alguien. Demasiadas dictaduras y demagogos tanto en Argentina y Chile como para darse una idea de lo que hay en realidad en los tratados.
 
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