Me pareció a mí o hubo una insinuación a las GBU-39???
Sí. Estaría bueno saber el precio...
Me pareció a mí o hubo una insinuación a las GBU-39???
Inolvidable y emocionante. único para nosotros.Resumen del ministerio de defensa de Dinamarca, del acto de firma de la venta del F16 a la Argentina!
Lindo video!
Un documento audiovisual histórico para la FAA.
Resumen del ministerio de defensa de Dinamarca, del acto de firma de la venta del F16 a la Argentina!
Lindo video!
Un documento audiovisual histórico para la FAA.
Si, de muy alto nivel.Estupendo, y el ingles de Isaac es excelente! Aprecio mucho su carisma y capacidad, lo que debe ser tener un líder como el!
No está firmado todavía, creo.Este segundo será el contrato de armamento ?
Estupendo, y el ingles de Isaac es excelente!
DaggerEste segundo será el contrato de armamento ?
Piedra Fundamental para la creacion de este tema.Este debe ser considerado el post #ceroMINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 252/2024
DA-2024-252-APN-JGM - Apruébase gasto.
Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2024
VISTO los Expedientes Nº EX-2024-05198131- -APN-DGPPYP#FAA y N° EX-2024-37977004- -APN-DGDA#MEC y el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha generado el proyecto BAPIN Nº 107.799 para la incorporación de aviones caza multirol para recuperar la capacidad de operaciones aeroespaciales en la VI BRIGADA AÉREA – TANDIL PROV. BS.AS.
Que el propósito del mencionado Proyecto es la incorporación a la citada Fuerza de un sistema de armas con capacidad supersónica atento a que la REPÚBLICA ARGENTINA requiere por su gran extensión territorial y litoral marítimo un Sistema de Defensa Nacional con capacidad de reacción inmediata y alcance suficiente para la reacción ante amenazas que se desplacen por el aeroespacio.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha realizado un proceso de análisis y selección de diferentes aeronaves y concluyó que el Sistema de Armas F-16, Fighting Falcon, y la propuesta formulada por el organismo competente del REINO DE DINAMARCA constituyen la mejor solución para el Instrumento Militar Argentino.
Que, en consecuencia, se proyectó el respectivo contrato entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la ORGANIZACIÓN DE ADQUISICIONES Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA DANÉS (DALO) para la adquisición del Sistema de Armas F-16 Fighting Falcon, el que incluye DIECISÉIS (16) aeronaves Monoplazas, OCHO (8) aeronaves Biplazas, componentes y servicios.
Que el precio total del contrato se fijó en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 301.200.000) a pagar en CINCO (5) cuotas anuales.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.
Que han tomado intervención los organismos técnicos competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el gasto derivado del Contrato entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la ORGANIZACIÓN DE ADQUISICIONES Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA DANÉS para la adquisición del Sistema de Armas F-16, el que incluye DIECISÉIS (16) aeronaves Monoplazas, OCHO (8) aeronaves Biplazas, componentes y servicios, por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 301.200.000) a pagar en CINCO (5) cuotas anuales.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 -ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Luis Petri
e. 29/04/2024 N° 24912/24 v. 29/04/2024
Si esos son,son en total cuatro unidades.Buen día,
Sólo para compañeros del foro que estén interesados en los simuladores daneses F-16 MLU.
Este material (fecha de entrega en diciembre de 2018) dentro del proyecto DART, muestra 2 simuladores, una estación de instructor y 2 sistemas de entrenamiento IFACTS FAC/JTAC.
La nota habla de la posibilidad de incorporar 2 simuladores más (cosa que debió ocurrir según información de Don Biguá).
Un abrazo y buena semana.
que fácil y fluido parece todo cuando hay voluntad política no?..Piedra Fundamental para la creacion de este tema.Este debe ser considerado el post #cero