El Club de los F-16 de la Fuerza Aérea Argentina.

nico22

Colaborador

MINISTERIO DE DEFENSA​

Decisión Administrativa 252/2024​

DA-2024-252-APN-JGM - Apruébase gasto.​


Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2024
VISTO los Expedientes Nº EX-2024-05198131- -APN-DGPPYP#FAA y N° EX-2024-37977004- -APN-DGDA#MEC y el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha generado el proyecto BAPIN Nº 107.799 para la incorporación de aviones caza multirol para recuperar la capacidad de operaciones aeroespaciales en la VI BRIGADA AÉREA – TANDIL PROV. BS.AS.
Que el propósito del mencionado Proyecto es la incorporación a la citada Fuerza de un sistema de armas con capacidad supersónica atento a que la REPÚBLICA ARGENTINA requiere por su gran extensión territorial y litoral marítimo un Sistema de Defensa Nacional con capacidad de reacción inmediata y alcance suficiente para la reacción ante amenazas que se desplacen por el aeroespacio.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha realizado un proceso de análisis y selección de diferentes aeronaves y concluyó que el Sistema de Armas F-16, Fighting Falcon, y la propuesta formulada por el organismo competente del REINO DE DINAMARCA constituyen la mejor solución para el Instrumento Militar Argentino.
Que, en consecuencia, se proyectó el respectivo contrato entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la ORGANIZACIÓN DE ADQUISICIONES Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA DANÉS (DALO) para la adquisición del Sistema de Armas F-16 Fighting Falcon, el que incluye DIECISÉIS (16) aeronaves Monoplazas, OCHO (8) aeronaves Biplazas, componentes y servicios.
Que el precio total del contrato se fijó en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 301.200.000) a pagar en CINCO (5) cuotas anuales.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.
Que han tomado intervención los organismos técnicos competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el gasto derivado del Contrato entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la ORGANIZACIÓN DE ADQUISICIONES Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA DANÉS para la adquisición del Sistema de Armas F-16, el que incluye DIECISÉIS (16) aeronaves Monoplazas, OCHO (8) aeronaves Biplazas, componentes y servicios, por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 301.200.000) a pagar en CINCO (5) cuotas anuales.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 -ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Luis Petri
e. 29/04/2024 N° 24912/24 v. 29/04/2024
 

nico22

Colaborador

MINISTERIO DE DEFENSA​



Decreto 370/2024​

DECTO-2024-370-APN-PTE - Declárase Secreto Militar.​


Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA, las Leyes Nros. 23.554 y 24.948 y sus modificatorias y el Decreto N° 9390 del 11 de octubre de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 2° de la Ley N° 23.554 se determina que la Defensa Nacional es la integración y acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas Armadas, en forma disuasiva o efectiva, para enfrentar las agresiones de origen externo.
Que, asimismo, el citado artículo prevé que la Defensa Nacional tiene por finalidad garantizar de modo permanente la soberanía e independencia de la Nación Argentina, su integridad territorial y capacidad de autodeterminación, proteger la vida y la libertad de sus habitantes.
Que la Ley N° 24.948 y su modificatoria establece que es responsabilidad del MINISTERIO DE DEFENSA evaluar y decidir sobre los requerimientos para el equipamiento de las fuerzas que mejor contribuyan a las capacidades operativas necesarias para el logro conjunto de los objetivos de la Defensa Nacional.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA requiere, por su gran extensión territorial y litoral marítimo, un SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL con capacidad de reacción inmediata y alcance suficiente para la reacción ante amenazas que se desplacen por el aeroespacio.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha iniciado un proceso de adquisición de material que tiene carácter de Secreto Militar conforme lo establecido por el Decreto N° 9390/63.
Que, en consecuencia, toda vez que la mencionada contratación compromete a la DEFENSA NACIONAL, procede declararla amparada por el SECRETO MILITAR de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 9390/63.
Que una vez declarado el SECRETO MILITAR de la referida operación contractual, el organismo contratante deberá seguir el trámite pertinente, estando exceptuado del cumplimiento de las disposiciones relativas a la publicidad y difusión de todas las actuaciones del proceso.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase SECRETO MILITAR en los términos del Decreto N° 9390/63 a la operación contractual que tramita bajo el Expediente N° EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA a instrumentar los actos conducentes y necesarios para efectivizar el objeto de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Luis Petri
e. 29/04/2024 N° 24909/24 v. 29/04/2024
Fecha de publicación 29/04/2024
 

nico22

Colaborador

El gobierno aprobó el gasto para la compra de los 24 F-16 Fighting Falcon de la Fuerza Aérea Argentina​




www.zona-militar.com

El gobierno aprobó el gasto para la compra de los 24 F-16 Fighting Falcon de la Fuerza Aérea Argentina

Por medio de la Decisión Administrativa 252/2024 recientemente publicada en el Boletín Oficial, el gobierno argentino aprobó el gasto derivado del
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nico22

Colaborador

Misiles y bombas guiadas: qué armamento llevan los caza F16 que Argentina le compró a Dinamarca​

Aunque este tipo de aeronave nació a fines de los 70, se mantiene vigente y ha incorporado con el paso de los años tecnología de los aviones más modernos de quinta generación​



 

nico22

Colaborador

El Gobierno aprobó el gasto de 301 millones de dólares para la compra de 24 aeronaves F-16 a Dinamarca​

Con el respaldo de Estados Unidos, Argentina avanza con la adquisición de 16 aeronaves monoplazas y 8 aeronaves biplazas, componentes y servicios​


www.infobae.com

El Gobierno aprobó el gasto de 301 millones de dólares para la compra de 24 aeronaves F-16 a Dinamarca

Con el respaldo de Estados Unidos, Argentina avanza con la adquisición de 16 aeronaves monoplazas y 8 aeronaves biplazas, componentes y servicios
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BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Este segundo será el contrato de armamento ?
Dagger
Será para todo el Programa F-16 FAA,mas allá de los intereses propios de seguridad nacional,el CONDOR PEACE PROGRAM lo requiere en todo lo concerniente a la incorporacion del F-16,va desde las obras de infraestructura en las dos Uniades,hasta el armamento,pasando por cursos,arribo de contenedores etc.
A fines de este año ingresamos en una dimension en seguridad nacional que habiamos olvidado o no habiamos tenido oportunidad.
 
Buen día,

Sólo para compañeros del foro que estén interesados en los simuladores daneses F-16 MLU.

Este material (fecha de entrega en diciembre de 2018) dentro del proyecto DART, muestra 2 simuladores, una estación de instructor y 2 sistemas de entrenamiento IFACTS FAC/JTAC.

La nota habla de la posibilidad de incorporar 2 simuladores más (cosa que debió ocurrir según información de Don Biguá).

Un abrazo y buena semana.

 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador

MINISTERIO DE DEFENSA​

Decisión Administrativa 252/2024​

DA-2024-252-APN-JGM - Apruébase gasto.​


Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2024
VISTO los Expedientes Nº EX-2024-05198131- -APN-DGPPYP#FAA y N° EX-2024-37977004- -APN-DGDA#MEC y el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha generado el proyecto BAPIN Nº 107.799 para la incorporación de aviones caza multirol para recuperar la capacidad de operaciones aeroespaciales en la VI BRIGADA AÉREA – TANDIL PROV. BS.AS.
Que el propósito del mencionado Proyecto es la incorporación a la citada Fuerza de un sistema de armas con capacidad supersónica atento a que la REPÚBLICA ARGENTINA requiere por su gran extensión territorial y litoral marítimo un Sistema de Defensa Nacional con capacidad de reacción inmediata y alcance suficiente para la reacción ante amenazas que se desplacen por el aeroespacio.
Que la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha realizado un proceso de análisis y selección de diferentes aeronaves y concluyó que el Sistema de Armas F-16, Fighting Falcon, y la propuesta formulada por el organismo competente del REINO DE DINAMARCA constituyen la mejor solución para el Instrumento Militar Argentino.
Que, en consecuencia, se proyectó el respectivo contrato entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la ORGANIZACIÓN DE ADQUISICIONES Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA DANÉS (DALO) para la adquisición del Sistema de Armas F-16 Fighting Falcon, el que incluye DIECISÉIS (16) aeronaves Monoplazas, OCHO (8) aeronaves Biplazas, componentes y servicios.
Que el precio total del contrato se fijó en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 301.200.000) a pagar en CINCO (5) cuotas anuales.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO de la FUERZA AÉREA ARGENTINA ha tomado la intervención de su competencia.
Que han tomado intervención los organismos técnicos competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el gasto derivado del Contrato entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la ORGANIZACIÓN DE ADQUISICIONES Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA DANÉS para la adquisición del Sistema de Armas F-16, el que incluye DIECISÉIS (16) aeronaves Monoplazas, OCHO (8) aeronaves Biplazas, componentes y servicios, por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS MIL (USD 301.200.000) a pagar en CINCO (5) cuotas anuales.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 -ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Posse - Luis Petri
e. 29/04/2024 N° 24912/24 v. 29/04/2024
Piedra Fundamental para la creacion de este tema.Este debe ser considerado el post #cero
 

BIGUA82

VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS
Colaborador
Buen día,

Sólo para compañeros del foro que estén interesados en los simuladores daneses F-16 MLU.

Este material (fecha de entrega en diciembre de 2018) dentro del proyecto DART, muestra 2 simuladores, una estación de instructor y 2 sistemas de entrenamiento IFACTS FAC/JTAC.

La nota habla de la posibilidad de incorporar 2 simuladores más (cosa que debió ocurrir según información de Don Biguá).

Un abrazo y buena semana.

Si esos son,son en total cuatro unidades.
JTAC: Join Terminal Attack Controller,para cumplir tareas tacticas
Los JTACs desempeñan un papel esencial en el campo de batalla, coordinando el apoyo aéreo cercano (CAS), a travésde la comunicación entre las unidades de tierra y los pilotos de las aeronaves.
 
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