De la presentación del JGM ante la Cámara de Diputados:
PREGUNTA 366
¿Cuáles son los motivos que postergan, en su etapa final, la cumplimentación de la documentación legal del traspaso de 127 hectáreas del Ejército Argentino al Poder Ejecutivo provincial del Neuquén?
RESPUESTA
A fin de responder la consulta efectuada, como primera medida corresponde hacer un breve resumen de los antecedentes del asunto.El 14/4/03 el Ejército Argentino y la Provincia de Neuquén suscribieron un CONVENIO por el cual:
- El Ejército se obligó a transferir a la Provincia 3 inmuebles:1) Chacra La Sirena (127,52 ha.).2) 1 Inmueble en el sector de chacras de la localidad de Centenario(29,67 ha)3) 1 Inmueble en la localidad de Covunco, Depto. Zapala (2,65 ha).
- La Provincia, cómo contraprestación, se obligó a construir para el Ejército un Polvorín y obras conexas en la Guarnición Militar Covunco.
- Las partes acordaron que, una vez finalizadas las obras se realizaría unbalanceo de las contraprestaciones (valor de construcción de la obra vs. valorde los inmuebles a transferir) y si surgiese un saldo a favor de la Provincia setransferirían a su favor otros predios del Ejercito, mientras que en caso de existir un saldo a favor del Ejército el mismo sería pagado en efectivo por la Pcia. El 13/4/04 se firmó una ADENDA, por la que se modifican algunas cláusulas del convenio citado, sin modificarlo en lo sustancial. El 21/1/08 se produce la recepción definitiva de la obra, con la conformidad del Ejército. Asimismo, en enero de 2008 el Tribunal de Tasación de la Nación (TTN) tasó los inmuebles y las obras construidas a fin de balancear las contraprestaciones, determinando un saldo a favor del Ejército por la suma de $ 13.356.500.En razón de este saldo impago, la escrituración de los inmuebles a favor de la Provincia no pudo llevarse a cabo. El 22/6/2016 el Ejército y la Provincia, firmaron una nueva ADENDA, en este caso ad referéndum de la AABE, en virtud del cual las partes acuerdan como saldo definitivo a favor del Estado Nacional la suma de $ 23.908.791,22, el que se abonará mediante la realización de una serie de obras y con la entrega de suministros al Ejército. Cabe aclarar que en 2003 y 2004, cuando se celebró el Convenio y su primer Adenda estaba vigente la Ley 23.985 (que establecía el régimen legal aplicable a los bienes inmuebles pertenecientes al dominio privado de la Nación, asignados en uso y administración a las Fuerzas Armadas), que luego sería derogada por el Decreto 1.382/12, de creación de la AABE.
Habiéndose modificado la normativa que diera sustento a lo convenido entre el Ejército y la Provincia de Neuquén, actualmente el expediente del asunto se encuentra en examen por parte de las diferentes áreas de la Agencia, a fin de determinar si desde un punto de vista jurídico (debe establecerse si están cumplidos los requisitos establecidos por los Decretos 1.382/12 y 2.670/15 en materia de disposición de bienes del Estado Nacional) como así también técnico (si los inmuebles en su aspecto dominial, catastral y registral están en condiciones de ser transferidos), corresponde ratificar la última adenda suscripta por el Ejército y la Provincia de Neuquén. Se hace saber que el AABE otorgará trámite prioritario al asunto, a fin de poder resolverlo a la mayor brevedad posible.