El derecho internacional sobre tratamiento de prisioneros de guerra prevé la devolución de los mismos a su país de origen, siempre y cuando juren no volver a armarse y combatir. El país que los recupera también debe jurar que no volverá a convocarlos a las filas.… canjear, así sin más, no tendría mucho sentido meter en circulación más tropa al enemigo
Generalmente, ambas cuestiones se franjan con declaraciones juradas firmadas tanto por el prisionero de guerra como, de concretarse la devolución, el país receptor.
¿Qué pasa si el soldado incumple con su juramento y/o el país vuelve a envíarlo al frente? Ya no gozarán de la protección del derecho internacional sobre tratamiento de prisioneros de guerra. Entiendo que si caen nuevamente prisioneros pueden ser ejecutados.
Incluso si no vuelven a caer prisionero, corresponde la denuncia y su enjuiciamiento por violación del derecho internacional que aplica al caso.
No recuerdo los detalles porque estoy hablando de memoria. Hace muchos años que estudié la convención.