Entonces la decisión de los britanicos (detener a los prisioneros), aunque muy dolorosa para los argentinos, tenia los fundamentos racionales de punto de vista de las reglas de la guerra? Entiendo bien? Aclaro: no dije de los aspectos eticos - sólo de la racionalidad.
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NO OLENKA, no insista por favor, no son cosas racionales detener Prisioneros, esos es ser pirata, inhumano, villano y cuanto calificativo les corresponde a los Britanicos.
Las Leyes Internacionales de la Guerra son racionales, como el convenio de Ginebra de 1949, firmado y realizado con la ayuda de los mismos britanicos, luego de padecer la Segunda Guerra Mundial dice racionalmente lo siguiente:
Artículo 4 - Prisioneros de guerra
A. Son prisioneros de guerra, en el sentido del presente Convenio, las personas que, perteneciendo a una de las siguientes categorías, caigan en poder del enemigo:
1) los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto, así como los miembros de las milicias y de los cuerpos de voluntarios que formen parte de estas fuerzas armadas
Artículo 12 - Responsabilidad por el trato a los prisioneros
Los prisioneros de guerra están en poder de la Potencia enemiga, y no de los individuos o de los cuerpos de tropa que los hayan capturado. Independientemente de las responsabilidades individuales que pueda haber, la Potencia detenedora es responsable del trato que reciban.
Gran Bretaña era la Potencia Enemiga.
y para mi continuauhhhh
Artículo 13 - Trato humano a los prisioneros
Los prisioneros de guerra deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias. Está prohibido y será considerado como infracción grave contra el presente Convenio, todo acto ilícito o toda omisión ilícita por parte de la Potencia detenedora, que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero de guerra en su poder. En particular, ningún prisionero de guerra podrá ser sometido a mutilaciones físicas o a experimentos médicos o científicos sea cual fuere su índole, que no se justifiquen por el tratamiento médico del prisionero concernido, y que no sean por su bien
Artículo 19 - Evacuación de los prisioneros
Los prisioneros de guerra serán evacuados, en el más breve plazo posible después de haber sido capturados, hacia campamentos situados lo bastante lejos de la zona de combate como para no correr peligro.
Sólo se podrá retener, temporalmente, en una zona peligrosa a los prisioneros de guerra que, a causa de heridas o enfermedad corran más peligro siendo evacuados que permaneciendo donde están.
Los prisioneros de guerra no serán expuestos inútilmente a peligros mientras esperan su evacuación de una zona de combate
PD: Alexandra, como profesora debe ser muy buena, PERO en algunos temas, tiene una capacidad para defender a los Britanicos, llevando de a poco la informacion o el tema que se trata , mediante un excelente analisis de la misma y contestaciones de los foristas, al terreno que usted le interesa : Tratar de demostar que los Britanicos y los Kelpers son los buenos de la pelicula y nosotros los Argentinos nos equivocamos por haber recuperado lo nuestro.
O sea que en la Materia Comunicacion Organizacional , usted habra sido la primera en notas.
pero tengo una buena estima hacia su persona, porque hace mas ameno y
tibio al Foro.
Saludos