Que tiene que ver un avion espia con una avioneta que trae estupefacientes (delito tipificado por ley penal) y que entra en territorio sin autorizacion (falta administrativa)
Que ambos amenazan la seguridad nacional (así, así de hollywoodense).
Todo el asunto se resume en lo siguiente:
1-Yo me dirijo (sin permiso) a la Quinta de Olivos = soy una amenaza para la seguridad del Presidente.
2-¿Me bajan de un tiro? No..
..¿Por qué no?
Porque existe otra forma de eliminar la amenaza. (se me tiran encima unos monos).
3-¿Qué pasa si no pueden eliminar la amenaza sin usar fuerza letal? (supongamos porque llevo mi pequeño ejército, o tengo una bomba). Usan fuerza letal. No se puede permitir a la amenaza continuar.
4-¿Qué pasa con una avioneta no identificada
que se rehúsa a cooperar (remarcado, detalle importante? Todo se resuelve en si la potencial amenaza puede o no eliminarse sin usar fuerza letal. Como el rayo succionador alien de tantas películas no existe, queda por ver si es posible esperar hasta que baje
sin concretizar la amenaza.
5-¿Qué pasa si puede concretizarla? Porque lanza el cargamento a gente que lo recibe en tierra, porque no es factible desplegar fuerzas de tierra con la velocidad necesaria, etc.....
.Se debe usar fuerza letal.
Nadie quiere salir a los tiros cual viejo oeste del aire. Simplemente que el último recurso, normal en todas las situaciones, sin necesidad de un juicio previo, debe existir también en el aire.
Justamente todo el tema es definir que nivel de amenaza representa una avioneta que no coopera.
La intercepción.
Refugiados antes de pisar territorio nacional no son sujetos de nuestro derecho por el mero hecho de no estar en nuestro territorio (aunque dependería de la nacionalidad del sujeto y del principio de aplicacion de la ley penal que tenga cada pais). Sin embargo se encuentran alcanzados por convenios internacionales, por lo tanto no dejan de ser "sujetos de derecho". Igual, justo el tema refugiados es un poco mas complejo.
La adquisicion de ciudadania te entrega ciertos derechos y obligaciones, pero el no tenerla no te transforma en un "no-sujeto" de derecho.
En todos los casos estamos ante un cambio de estatus. tan simple como eso.